Resolución 491/2010

Receso Administrativo

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Comision Federal De Impuestos
Receso Administrativo

Disponer receso administrativo durante el mes de enero del año 2011, en el ambito de la comision federal de impuestos y, declarar en consecuencia inhabiles los dias comprendidos en el citado mes, a los fines del computo de todos los terminos procesales en las actuaciones en tramite.

Id norma: 177275 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32058

Fecha boletin: 29/12/2010 Fecha sancion: 17/12/2010 Numero de norma 491/2010

Organismo (s)

Organismo origen: Comision Federal De Impuestos Ver Resoluciones Observaciones: -

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

COMISION FEDERAL DE IMPUESTOS – Ley 23.548

Resolución Nº 491/2010

Salta, 17/12/2010

VISTO:

Que los Miembros del Comité Ejecutivo de la Comisión Federal de Impuestos poseen la facultad para decretar, si lo consideraran conveniente, un receso administrativo en su ámbito durante el mes de ENERO del año 2011, y

CONSIDERANDO

Que las actuaciones que compete sustanciar a la Comisión Federal de Impuestos deben ajustarse a las disposiciones contenidas en su Ordenanza Procesal y, con carácter supletorio, a las receptadas en el Código de Procedimientos en lo Civil y Comercial de la Nación y en la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos;

Que asimismo, es conveniente, de decretarse un receso, que el mismo coincida con el ya establecido para la Justicia Nacional, a los fines de no entorpecer presentaciones dentro de términos que se computan en días hábiles judiciales, sin perjuicio que el mismo proyecte sus efectos sobre todos los plazos, incluso los que se cuenten en días corridos;

Que ha sido oída la Asesoría Jurídica;

Por ello,

EL COMITE EJECUTIVO DE LA COMISION FEDERAL DE IMPUESTOS
RESUELVE:

ARTICULO 1º — Disponer receso administrativo durante el mes de ENERO del año 2011, en el ámbito de la Comisión Federal de Impuestos y, declarar en consecuencia inhábiles los días comprendidos en el citado mes, a los fines del cómputo de todos los términos procesales en las actuaciones en trámite.

ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese y dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese. — Lic. DEBORA M. V. BATAGLINI, Secretaria Administrativa. — JORGE GUSTAVO JIMENEZ, Vicepresidente.

e. 29/12/2010 Nº 162452/10 v. 29/12/2010

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