Resolución 119/1984

Licitaciones Internacionales

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Industria
Licitaciones Internacionales

Establecese el procedimiento a observar para las empresas beneficiarias del regimen de la ley n° 20.852 a los efectos de la percepcion de los beneficios previstos en la misma, con relacion a las licitaciones internacionales abiertas por el departamento provincial de aguas de la provincia de rio negro, para la ejecucion de obras en jurisdiccion de la misma, correspondientes al programa de tierras aridas y comprendidas en el decreto n° 2616/83

Id norma: 182552 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 25380

Fecha boletin: 07/03/1984 Fecha sancion: 29/02/1984 Numero de norma 119/1984

Organismo (s)

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

SECRETARIA DE INDUSTRIA
INDUSTRIA
RESOLUCION N° 199
Establécese el procedimiento a observar por las empresas beneficiarias del régimen de la Ley N° 20.852 a los efectos de la percepción de los beneficios previstos en la misma, con relación a las licitaciones internacionales abiertas por el Departamento Provincial de Aguas de la Provincia de Río Negro, para la ejecución de obras en jurisdicción de la misma, correspondientes al Programa de Tierras Aridas y comprendidas en el Decreto N° 2.616/83.
Bs. As., 29/2/84
VISTO el Expediente ex-SIM Número 215.160/83 promovido por el Departamento Provincial de Aguas de la Provincia de Río Negro, y
CONSIDERANDO:
Que en dichas actuaciones el mencionado Departamento presta su conformidad al procedimiento establecido en las Resoluciones M.E. Números 580/77 y 1170/77, ex-SEDI N° 60/78 y ex-MIM Número 154/81, reglamentarias de la Ley 20.852 con relación a las licitaciones públicas internacionales para la ejecución de las obras a realizar en jurisdicción de las obras a realizar en jurisdicción de la Provincia de Río Negro.
Que las referidas licitaciones internacionales financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo fueron incluidas en el régimen de la Ley N° 20.852 a través del Decreto N° 2616 del 6 de octubre de 1983.
Que la Provincia de Río Negro ha efectuado, mediante la Ley Provincial número 1012 del 10 de diciembre de 1974, la adhesión al régimen de la Ley 20.852.
Que de conformidad a lo establecido en el artículo 15 del Decreto Número 2099 de fecha 17 de setiembre de 1976, corresponde a esta Secretaría establecer con acuerdo del licitante el procedimiento para que la industria nacional pueda hacer efectivos los beneficios previstos en la Ley N° 20.852
Que para la realización de las mencionadas licitaciones internacionales se estima conveniente fijar el mismo procedimiento regulado en las Resoluciones anteriormente citadas.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete de acuerdo con el artículo 7°, inciso d) de la Ley 19.549.
Que la presente Resolución se dicta de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto N° 2099 de fecha 17 de setiembre de 1976.
Por ello,
El Secretario de Industria
Resuelve:
Artículo 1° — Establécese que el procedimiento a observar por las empresas beneficiarias del régimen de la Ley N° 20.852 a los efectos de la percepción de los beneficios previstos en la misma, con relación a las licitaciones internacionales abiertas por el Departamento Provincial de Aguas de la Provincia de Río Negro, para la ejecución de obras en jurisdicción de la misma Provincia, correspondientes al programa de Tierras Aridas y comprendidas en el Decreto N° 2616 del 6 de octubre de 1983, será el fijado por las Resoluciones M.E. N° 580/77 y 1170/77, ex-SEDI N° 60/78 y ex-MIM N° 154/81.
Art. 2° — Para las solicitudes de certificación presentadas al ente licitante por los beneficiarios del régimen de la Ley 20.852 en las licitaciones referidas en el artículo anterior con anterioridad a la fecha de la presente, los plazos establecidos en los artículos 3°, 4° y 11 de la Resolución M.E. Número 580/77 se computarán a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial.
Art. 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
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