Resolución 29/2010

Adopcion De Las Normas Internacionales De Informacion Financiera

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Federacion Argentina De Consejos Profesionales De Ciencias Economicas
Adopcion De Las Normas Internacionales De Informacion Financiera

Normas contables profesionales: adopcion de las normas internacionales de informacion financiera (niif) del consejo de normas internacionales de contabilidad (iasb)

Id norma: 182628 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32159

Fecha boletin: 30/05/2011 Fecha sancion: 03/12/2010 Numero de norma 29/2010

Organismo (s)

Organismo origen: Fed.Arg.De Cons.Prof. De Ciencias Economicas Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

FEDERACION ARGENTINA DE CONSEJOS PROFESIONALES DE CIENCIAS ECONOMICAS
Resolución Técnica Nº 29/2010
MODIFICACION DE LA RESOLUCION TECNICA 26:
NORMAS CONTABLES PROFESIONALES:
ADOPCION DE LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACION FINANCIERA (NIIF) DEL CONSEJO DE NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD (IASB)
El Calafate (provincia de Santa Cruz), 3/12/2010
PRIMERA PARTE
Visto:
El Proyecto de Resolución Técnica Nº 19 sobre "Modificación de la Resolución Técnica 26: Normas contables profesionales: adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB)", elevado por el CECyT, y aprobado por la Junta de Gobierno del 19 de marzo de 2010.
Considerando:
a) Que las atribuciones de los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas incluyen el dictado de normas de ejercicio profesional;
b) que dichos Consejos han encargado a esta Federación la elaboración de proyectos de normas técnicas para su posterior aprobación y puesta en vigencia dentro de sus respectivas jurisdicciones;
c) que en marzo de 2009, esta Federación aprobó la Resolución Técnica 26 adoptando las NIIF para determinados entes bajo el control de la Comisión Nacional de Valores —CNV—;
d) que esa aprobación se encontraba en el marco del plan de adopción de las NIIF, presentado oportunamente a la CNV y aprobado por su Directorio;
e) que la CNV aprobó la Resolución General 562/2009, adoptando la Resolución Técnica 26, el 29 de diciembre de 2009;
f) que, en virtud de los plazos inmediatos que corrían con la Resolución Técnica 26, la RG 562 no adoptó tales plazos de vigencia;
g) que el objetivo principal del plan de adopción de las NIIF ha sido logrado —aprobación por el organismo profesional y el organismo de control de la aplicación de las NIIF para determinados tipos de entes—, y es conveniente armonizar las disposiciones de la norma profesional (Resolución Técnica 26) y la norma del organismo de control (RG 562/09);
h) que en julio de 2009, el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) aprobó la NIIF para Pequeñas y medianas empresas —NIIF para las PYME—;
i) que se han analizado las opiniones recibidas después de aprobada la Resolución Técnica 26;
i) que la CENCyA aprobó la propuesta de este Proyecto de Resolución Técnica en su reunión del 4 de marzo de 2010,
k) que la Junta de Gobierno del 19 de marzo de 2010 aprobó el citado proyecto;
I) que se ha sometido el mismo a consulta de los interesados y se han recibido importantes aportes;
m) que la CENCyA analizó esos comentarios, aceptando muchos de ellos y mejorando el contenido del proyecto,
n) que la CENCyA en su reunión del 15 de noviembre de 2010 aprobó el nuevo texto del Proyecto y lo elevó a la Junta de Gobierno para su análisis,
o) que ha sido aprobada la Circular Nº 1 de Adopción de las NIIF agregando versiones más actualizadas de las NIIF.
Por ello:
LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA FEDERACION ARGENTINA DE CONSEJOS PROFESIONALES DE CIENCIAS ECONOMICAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Aprobar la Resolución Técnica Nº 29, "Modificación de la Resolución Técnica 26: Normas contables profesionales: Adopción de las Normas internacionales de información financiera (NIIF) del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB)" contenida en la segunda parte de esta Resolución.
ARTICULO 2º — Recomendar a los Consejos Profesionales adheridos a esta Federación: a) establecer la vigencia de esta resolución para los estados financieros correspondientes a períodos iniciados a partir del 1 de enero de 2011 —inclusive—, de acuerdo con lo comprometido en el Acta de Catamarca, firmada en la Junta de Gobierno del 27 de septiembre de 2002; b) la difusión de esta Resolución Técnica entre sus matriculados y los organismos de control, educativos y empresarios de sus respectivas jurisdicciones.
ARTICULO 3º — Solicitar al CECyT la incorporación de estos cambios al texto ordenado de normas profesionales.
ARTICULO 4º — Publicar esta Resolución Técnica en la página de Internet de esta Federación, publicarla en el Boletín Oficial de la República Argentina, comunicarla a los Consejos Profesionales, a la Comisión Nacional de Valores, y a los organismos nacionales e internacionales pertinentes.
En la Ciudad de El Calafate, provincia de Santa Cruz, 3 de diciembre de 2010. — Dr. GUILLERMO H. FERNÁNDEZ, Secretario, Designado por Acta de Asamblea General Ordinaria del 18/09/2009. — Dr. JORGE A. PAGANETTI, Presidente Designado por Acta de Asamblea General Ordinaria del 18/09/2009.
e. 30/05/2011 Nº 62291/11 v. 30/05/2011

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