Ley 63

Transferencia Del Presupuesto General Para El Año Economico De 1856.

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Presupuesto De La Administracion Nacional
Transferencia Del Presupuesto General Para El Año Economico De 1856.

Apruebase el decreto del ejecutivo nacional fecha 15 de enero del año corriente en que transfiere al año empezado el primero del mismo, el presupuesto general de rentas y gastos calculados para el año economico empezado el primero de mayo del año anterior.

Id norma: 183291 Tipo norma: Ley Numero boletin: 0

Fecha boletin: 24/05/1810 Fecha sancion: 09/06/1856 Numero de norma 63

Organismo (s)

Organismo origen: Honorable Congreso De La Nacion Argentina Ver Leyes Observaciones: LA NUMERACION DE LA PRESENTE LEY CORRESPONDE A LAS LEYES NUMEROS 1 A 292 SANCIONADAS POR EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL INSTALADO EN LA CIUDAD DE PARANA, CAPITAL PROVISORIA DE LA CONFEDERACION DURANTE LOS AÑOS 1854 A 1861, SEGUN CLASIFICACION INDICADA EN LAS COMPILACIONES DE LEYES NACIONALES REALIZADAS POR AUGUSTO DA ROCHA Y JOSE GIUSTINIAN. PUBLICADA EN "REGISTRO NACIONAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA - TOMO TERCERO - 1852 A 1856", PAG. 356. EL PRESENTE TEXTO CONSERVA LA REDACCION ORIGINAL DE LA LEY.

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Ley núm 63
Transferencia del Presupuesto General para el año económico empezado el primero de Mayo
El Senado y Cámara de Diputados
Artículo 1.° Apruébase el Decreto del Ejecutivo Nacional fecha 15 de Enero del año corriente en que transfiere al año empezado el primero del mismo, el Presupuesto General de rentas y gastos calculados para el año económico empezado el primero de Mayo del año anterior.
Art. 2.° En lo sucesivo, el año económico se contará desde el primer de Enero hasta el treinta y uno de Diciembre.
Art. 3. ° La Memoria en las primeras sesiones de las cámaras, según el artículo 87 de la Constitución, vendrá acompañado del presupuesto de gastos, y cálculo de recursos del siguiente año, como también de las cuentas de ingreso e inversión del año anterior.
Art. 4.° Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso, en el Paraná, Capital Provisoria de la Confederación Argentina, a 9 de Junio del año Señor de 1856.

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