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Ley 193
Ejercicio 1867
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Presupuesto De La Administracion Nacional
Ejercicio 1867
Los gastos ordinarios de la administracion para el ejercicio de mil ochocientos sesenta y siete, quedan fijados en la suma de siete millones ochocientos diez y seis mil seiscientos cuarenta y nueve pesos fuertes sesenta y un centavos (7816649.61)
Id norma: 184722 Tipo norma: Ley Numero boletin: 0
Fecha boletin: 24/05/1810 Fecha sancion: 25/08/1866 Numero de norma 193
Organismo (s)
Organismo origen: Honorable Congreso De La Nacion Argentina Ver Leyes Observaciones: LA NUMERACION DE LA PRESENTE LEY CORRESPONDE A LAS LEYES NUMEROS 1 A 10366 SANCIONADAS POR EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL EN LA ACTUAL CAPITAL FEDERAL DE BUENOS AIRES DURANTE LOS PERIODOS LEGISLATIVOS DE 1862 A 1917. PUBLICADA EN "DIARIO DE SESIONES - CAMARA DE SENADORES - SESIONES 1866", PAG. 573/575. EL PRESENTE TEXTO CONSERVA LA REDACCION ORIGINAL DE LA LEY.
Esta norma es complementada o modificada por
Ver 1 norma(s).Texto Original
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Leynúm. 193 de 19 de Octubre
Presupuesto general para el serviciodel año de 1867.
El Senado y laCámara de Diputados, etc.
Artículo 1° Los gastos ordinarios dela Administración para el ejercicio de mil ochocientos sesenta y siete,quedan fijados en la suma de siete millones ochocientos diez y seis milseiscientos cuarenta y nueve pesos fuertes y un centavos(7816649.61).
Art. 2° El Poder Ejecutivo Nacional queda autorizado para invertir porel Departamento del Interior, la suma de un millón noventa milnovecientos ochenta y tres pesos fuertes setenta y dos centavos,conforme á los incisos siguientes y en la forma designada en losrespectivos presupuestos parciales, segun se detalla en el anexo A queforma parte de esta ley.
Art. 3° Por el Departamento de Relaciones Exteriores la suma deochenta y nueve mil trescientos cuarenta pesos fuertes,conforme á los incisos siguientes y en la forma desginada en lospresupuestos parciales, segun se detalla en el anexo B que forma partede esta ley.
Art. 4° Por el Departamento de Hacienda la suma de setecientos veinte ytres mil trescientos sesenta y cuatro pesos fuertes, conforme á losincisos siguientes y en la forma designada en los presupuestosparciales, segun se detallan en el anexo C que forma parte de esta ley.
Art. 5° Por el Departamento de Justicia, Culto é Instrucción Pública lasuma de cuatrocientos cincuenta y dos mil novecientos veinte y sietepesos fuertes veinte y cuatro centavos, conforme á los incisossiguientes y en la forma designada en los presupuestos parciales, segunse detallan en el anexo D.
Art. 6° Por el Departamento de Guerra y Marina la suma dedos millones ochocientos trece mil ciento ocho pesos fuertes treinta yseis céntimos, conforme á los incisos siguientes, y en la formadesginada en los presupuestos parciales, segun se detalla en el anexo Eque forma parte de esa ley.-
Art. 7° Para el pago de la deuda pública se asigna la suma de dosmillones seiscientos cuarenta y seis mil novecientos veinte y seispesos fuertes veinte y nueve céntimos, conforme á los incisossiguientes:
Art. 8° Autorízase al Poder Ejecutivo Nacional para invertir de larenta general, la cantidad de siete millones ochocientos diez y seismil seiscientos cuarenta y nueve pesos fuertes con sesenta y uncentavos.
Art. 9° Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Buenos Aires, Setiembre 25 de 1866.
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