Resolución 552/2011

Receso Administrativo

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Comision Federal De Impuestos
Receso Administrativo

Disponer receso administrativo durante los dias comprendidos entre el 18 y el 29 de julio, ambos inclusive, del año 2011 en el ambito de la comision federal de impuestos y, declarar en consecuencia inhabiles los dias mencionados en el citado periodo, a los fines del computo de todos los terminos procesales en las actuaciones en tramite.

Id norma: 184764 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32197

Fecha boletin: 22/07/2011 Fecha sancion: 06/07/2011 Numero de norma 552/2011

Organismo (s)

Organismo origen: Comision Federal De Impuestos Ver Resoluciones Observaciones: -

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

COMISION FEDERAL DE IMPUESTOS

Resolución 552/2011

Dispónese receso administrativo en el ámbito de la Comisión.

Bs. As., 6/7/2011

VISTO:

La Acordada de la CSJN Nº 03/11 que dispone un feriado judicial para los tribunales nacionales de la Capital Federal, y

CONSIDERANDO:

Que las actuaciones que compete sustanciar a la Comisión Federal de Impuestos deben ajustarse a las disposiciones contenidas en su Ordenanza Procesal y con carácter supletorio a las receptadas en el Código de Procedimientos en lo Civil y Comercial de la Nación y en la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos.

Que asimismo es conveniente, de decretarse un receso, que el mismo coincida con el ya establecido para la Justicia Nacional, a los fines de no entorpecer presentaciones dentro de términos que se computan en días hábiles judiciales, sin perjuicio que el mismo proyecte sus efectos sobre todos los plazos, incluso los que se cuenten en días corridos.

Que la Asesoría Jurídica ha informado la factibilidad de la presente resolución y la inexistencia de causas que demanden procesalmente tratamientos con plazos excepcionales.

Por ello,

EL COMITE EJECUTIVO DE LA COMISION FEDERAL DE IMPUESTOS
RESUELVE:

Artículo 1º — Disponer receso administrativo durante los días comprendidos entre el 18 y el 29 de julio, ambos inclusive, del año 2011 en el ámbito de la Comisión Federal de Impuestos y, declarar en consecuencia inhábiles los días mencionados en el citado período, a los fines del cómputo de todos los términos procesales en las actuaciones en trámite.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese y dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial, Cumplido, Archívese. — Débora Bataglini. — Daniel R. Hassan.

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