Resolución 2253/2011

Tramite De Pasaporte Express - Comision

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio Del Interior
Tramite De Pasaporte Express - Comision

Establecese en pesos cien ($ 100,00) la comision a percibir por las direcciones generales provinciales por cada tramite de pasaporte express gestionado en oficinas habilitadas dentro de sus respectivas jurisdicciones.

Id norma: 186061 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32222

Fecha boletin: 29/08/2011 Fecha sancion: 24/08/2011 Numero de norma 2253/2011

Organismo (s)

Organismo origen: Registro Nacional De Las Personas Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DEL INTERIOR

REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS

Resolución Nº 2253/2011

Bs. As., 24/8/2011

VISTO el Expediente RNP Nº S02:00002129/2011, la Ley Nº 17.671, elDecreto Nº 2018/92, las Resoluciones RNP Nº 1471/2009 y Nº 2245 /2011, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 17.671, el REGISTRONACIONAL DE LAS PERSONAS es competente para percibir las tasascorrespondientes por la prestación de los servicios que efectúa.

Que en consecuencia, y atento a lo establecido en el Decreto Nº2018/92, el REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS se encuentra facultado apercibir las tasas establecidas para el otorgamiento de documentos,certificaciones, testimonios, reproducciones o información, a través deboletas prenumeradas o de cualquier otro método que la evolucióntecnológica permita aplicar dentro del citado Organismo.

Que asimismo, el artículo 3º del Decreto citado, autoriza a laDirección Nacional del REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS a dictar losactos administrativos pertinentes, a los fines de establecer losprocedimientos que posibiliten la aplicación del Sistema de Recaudación.

Que por otra parte, la Resolución RNP Nº 1471/2009 estableció el nuevoSistema de Recaudación en todo el ámbito del territorio nacional.

Que por Resolución RNP Nº 2245/2011 se establece la suma de pesosquinientos ($ 500,00) como arancel adicional a aplicar a aquellostrámites de Pasaportes de servicio express.

Que resulta necesario acordar una comisión a favor de las DIRECCIONESGENERALES de REGISTRO CIVIL y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS de lasPROVINCIAS por cada trámite de pasaporte express tomado en oficinasdependientes de las mismas.

Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE TECNICA JURIDICA.

Que la presente medida se dicta conforme lo preceptuado en el artículo 5º de la Ley Nº 17.671.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONASRESUELVE:

ARTICULO 1º — Establécese en PESOS CIEN ($ 100,00) la comisión apercibir por las DIRECCIONES GENERALES PROVINCIALES por cada trámite depasaporte express gestionado en oficinas habilitadas dentro de susrespectivas jurisdicciones.

ARTICULO 2º — La presente medida será refrendada por la DIRECCIONGENERAL DE ADMINISTRACION y por la DIRECCION GENERAL TECNICA JURIDICA.

ARTICULO 3º — Por el Departamento Secretaría General dependiente de laDirección General Técnica Jurídica, regístrese y comuníquese a lasDIRECCIONES GENERALES.

ARTICULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DELREGISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. MORA ARQUETA, Directora Nacional,Registro Nacional de las Personas.

e.29/08/2011 N°107147/11 v. 29/08/2011

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