Resolución 479/2011

U.T.E.D.Y.C. Y La Asociacion Del Futbol Argentino - Reg N°584/2011

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Convenciones Colectivas De Trabajo
U.T.E.D.Y.C. Y La Asociacion Del Futbol Argentino - Reg N°584/2011

Declarase homologado el acuerdo celebrado entre la union trabajadores de entidades deportivas y civiles (u.t.e.d.y.c.) y la asociacion del futbol argentino, obrante a fojas 3/4 del expediente n° 1.438.669/11, conforme a lo dispuesto en la ley de negociacion colectiva n° 14.250 (t.o. 2004).

Id norma: 186873 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32236

Fecha boletin: 16/09/2011 Fecha sancion: 16/05/2011 Numero de norma 479/2011

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Trabajo Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución N° 479/2011

Registro N° 584/2011

Bs. As., 16/5/2011

VISTO el Expediente N° 1.438.669/11 del Registro del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), laLey N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3/4 del Expediente N° 1.438.669/11 obra el Acuerdocelebrado entre la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES(U.T.E.D.Y.C.) y la ASOCIACION DEL FUTBOL ARGENTINO, ratificado a fojas5 y 6 de autos, conforme a lo dispuesto en la Ley de NegociaciónColectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en el mentado Acuerdo los agentes negociadores convienen unincremento salarial, en el marco de los Convenios Colectivos de TrabajoN° 463/06, 553/09 y 1070/09 “E”, por ellos suscriptos, conforme surgede los términos y contenido del texto pactado..

Que sin perjuicio de ello, las partes sólo acompañan a fojas 4 de autoscomo Anexo del acuerdo de marras la escala salarial correspondiente alConvenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1070/09 “E”.

Que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con larepresentatividad de la parte empleadora signataria y de la entidadsindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que las partes acreditan la representación que invocan con ladocumentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos elmentado Acuerdo.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relacionesdel Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente actoadministrativo de homologación, de conformidad con los antecedentesmencionados.

Que por último corresponde que una vez dictado el presente actoadministrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a laDirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar laprocedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Topelndemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 245 dela Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentesactuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la UNIONTRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (U.T.E.D.Y.C.) y laASOCIACION DEL FUTBOL ARGENTINO, obrante a fojas 3/4 del Expediente N°1.438.669/11, conforme a lo dispuesto en la Ley de NegociaciónColectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en el DepartamentoDespacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido,pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin que el DepartamentoCoordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 3/4 del Expediente N°1.438.669/11.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, pase a laDirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar laprocedencia de efectuar el cálculo de la Base Promedio y TopeIndemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 dela Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Posteriormente,procédase a la guarda del presente legajo juntamente con los ConveniosColectivos de Trabajo N° 463/06, N° 553/09 y N° 1070/09 “E”.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación decarácter gratuito del Acuerdo y de esta Resolución, las partes deberánproceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley N°14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N° 1.438.669/11

Buenos Aires, 19 de mayo de 2011

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 479/11, se hatomado razón del acuerdo obrante a fojas 3/4 del expediente dereferencia, quedando registrado bajo el número 584/11. — VALERIA ANDREAVALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -D.N.R.T.

ACTA ACUERDO - AFA UTEDYC CCT 463/09, 553/09 y 1070/09 E

En la ciudad de Buenos Aires, a los 31 días del mes de marzo de 2011,entre la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (UTEDYC)representada por Carlos Bonjour, en su carácter de Secretario Gral.,Jorge Ramos, Secretario Gremial Nacional, Marcel Carretero sub.Secretaria Gremial Nacional, y como paritarios Claudio Enea Spilimbergoy Juan José Peralta, y por la otra parte, la ASOCIACION DE FUTBOLARGENTINO (AFA), representada por su Secretario Gral. Dr. Miguel A.Silva, D.N.I. 14.446.499 y por su Gerente de R.R.H.H. el Lic. DanielClaudio Mazzitelli, D.N.I. 14.585.223 acuerdan lo siguientes en elmarco de los C.C.T. 463/08, 553/09 y 1070/09 E.

Otorgar para el período abril 2011 a diciembre 2011, un incremento del30%, no acumulativo, sobre los básicos de convenio vigentes al 31/03/11y un 3% para los meses de enero, febrero y marzo de 2012, según sereflejan en las planillas adjuntas. Estos aumentos se otorgan de lasiguiente manera:

1) Tomando como base los básicos de convenio del mes de marzo de 2011,se practicará sobre los básicos de convenio a percibir en el mes deabril, un incremento remunerativo del 10%; un incremento remunerativodel 20%, a partir del mes de junio y un incremento remunerativo del 30%a partir del mes de septiembre, siempre tomando como base los básicosde marzo de 2011.

2) Se otorgará además, para el personal incluido en los ConveniosColectivos citados más arriba, y sobre los salarios devengados adiciembre de 2011, un incremento remunerativo del 3%, sobre los básicosconvencionados. El valor que resulte del porcentaje precitado seliquidará como “Fuera del Básico” en los salarios de los meses deenero, febrero y marzo de 2012 y a partir del mes de abril de 2012 seintegrará al sueldo básico de convenio.

3) Para los casos de los CCT, 463/08 y 1070/09 E, los incrementos serán sobre los valores de sus correspondientes jornales.

4) Asimismo, las partes acuerdan el compromiso de disponer toda su voluntad a los efectos de evitar futuros conflictos.

5) Las partes acuerdan reiniciar las negociaciones salariales para elaño 2012, en la primera semana del mes de marzo del año 2012.

6) El presente acuerdo salarial será presentado ante el Ministerio deTrabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación a los fines de suhomologación, quedando incorporado al CCT 463/06, 553/09 y 1070/09 E.

En prueba de conformidad, se suscriben cinco ejemplares de un mismotenor y a un solo efecto, uno para cada parte y tres para el Ministeriode Trabajo, a los fines de ser agregados al expediente correspondientea cada uno de los convenios colectivos referidos.

ACUERDO SALARIAL - ANEXO II CONVENIO INSPECTORES AFA 1070/09

30% + 3% fuera del básico


2011

2012

marzoabriljuniosept.dic-11enerofebreromarzo5 al Básicomás 10 %más 10 %más 10%30%3% f. básico3% f. básico3% f. básicoCategorías

Encargado General458,04503,844549,648595,452595,45217,8617,8617,86Encargado357,36393,096428,832464,568464,56813,9413,9413,94Inspectores “A”294,44323,884353,328382,772382,77211,4811,4811,48Inspectores “B”281,86310,046338,232366,418366,41810,9910,9910,99Inspectores “C”244,10268,51292,92317,33317,339,529,529,52

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