Disposición 437/2011

Telefonica De Arg Sa - Union Del Personal Jerarquico De Empresas De Telecomunicaciones - Reg. 699/11

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Convenciones Colectivas De Trabajo
Telefonica De Arg Sa - Union Del Personal Jerarquico De Empresas De Telecomunicaciones - Reg. 699/11

Declarase homologado el acuerdo celebrado entre la empresa telefonica de argentina sociedad anonima y la union del personal jerarquico de empresas de telecomunicaciones, obrante a fojas 2/35 del expediente nº 1.426.333/11, conforme a lo dispuesto en la ley nº 14.250 (t.o. 2004).

Id norma: 187371 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 32241

Fecha boletin: 23/09/2011 Fecha sancion: 09/06/2011 Numero de norma 437/2011

Organismo (s)

Organismo origen: Direccion Nacional De Relaciones Del Trabajo Ver Disposiciones Observaciones: -

Esta norma modifica o complementa a

Ver 1 norma(s).

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición N° 437/2011

Registro Nº 699/2011

Bs. As., 9/6/2011

VISTO el Expediente Nº 1.426.333/11 del Registro del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), laLey Nº 20.744 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo celebrado entre la empresaTELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA y la UNION DEL PERSONALJERARQUICO DE EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES, obrante a fojas 2/35 deautos, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 (t.o. 2004).

Que el precitado acuerdo de marras se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 257/97 “E”.

Que corresponde señalar en relación con el C.C.T. Nº 257/97 “E” que elmismo ha sido celebrado entre la UNION DEL PERSONAL JERARQUICO DEEMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES (U.P.J.E.T.) y la FEDERACION DEORGANIZACIONES DEL PERSONAL DE SUPERVISION Y TECNICOS TELEFONICOSARGENTINOS (F.O.P.S.T.T.A.) por el sector sindical y las empresasTELECOM ARGENTINA STET FRANCE TELECOM SOCIEDAD ANONIMA, TELEFONICA DEARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, STARTEL SOCIEDAD ANONIMA y TELINTARSOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora y oportunamente homologadomediante Resolución Secretaría de Trabajo (S.T.) Nº 236, de fecha 9 deoctubre de 1997.

Que ello significa que se trata de un convenio colectivo firmado entre dos entidades gremiales y un grupo de empresas.

Que no obstante, cabe destacar, que los actores de esa unidad negocialoriginaria han sido legitimados por esta autoridad de aplicación conanterioridad al presente y de manera reiterada, para negociarcolectivamente por separado.

Que en ese sentido es que las partes de autos están habilitadas paraacordar la normativa cuya homologación se solicita y que será deexclusiva aplicación a los trabajadores que agrupa la entidad sindicalfirmante y que laboran en la empresa TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDADANONIMA.

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con laactividad principal de la entidad empresaria signataria y larepresentatividad de la parte sindical firmante, emergente de supersonería gremial.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando elacuerdo alcanzado, se procederá a remitir a la Dirección deRegulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuarel pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, deconformidad a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744(t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones delTrabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han acreditado la representación invocada ante estaCartera de Estado y ratificaron en todos sus términos el mentadoacuerdo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente actoadministrativo de homologación, de conformidad con los antecedentesmencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentesactuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº1304/09.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJODISPONE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre laempresa TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA y la UNION DELPERSONAL JERARQUICO DE EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES, obrante a fojas2/35 del Expediente Nº 1.426.333/11, conforme a lo dispuesto en la LeyNº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Disposición en el DepartamentoDespacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido,pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que elDepartamento Coordinación registre el presente acuerdo, obrante a fojas2/35 del Expediente Nº 1.426.333/11.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pasea la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluarla procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y TopeIndemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto sehomologan, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación decarácter gratuito del acuerdo homologado y/o de esta Disposición, laspartes deberán proceder conforme a lo establecido en el artículo 5 dela Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE de PUIG MORENO,Directora Nacional de Relaciones del Trabajo; Ministerio de Trabajo,Empleo y Seguridad Social.

Expediente Nº 1.426.333/11

Buenos Aires, 13 de junio de 2011

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 437/11, se hatomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/35 del expediente dereferencia, quedando registrado bajo el número 699/11. — VALERIA ANDREAVALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -D.N.R.T.

En la ciudad de Buenos Aires, a los 2 días del mes de diciembre de2010, se reúnen los Sres. Jorge Norberto PEREZ, Osvaldo SERRANO y OmarPUENTE en representación de la UPJET y los Sres. Daniel Di Filippo,Hugo Re y María Paula Bargero en representación de TELEFONICA DEARGENTINA S.A., quienes acuerdan lo siguiente exclusivamente para elámbito del personal representado por UPJET convencionado en el CCT257/97 E, que presta servicios para Telefónica de Argentina S.A.

CARRERAS LABORALES

PRIMERO: Las Partes acuerdan, con vigencia desde el 1º de enero de2011, los nuevos grupos laborales, su categorización, así como lascarreras laborales y mecanismos de promoción en un todo de acuerdo conlo pactado en el punto PRIMERO del acta del 30/3/2010.

El detalle de los mismos se establece en los Anexos I y II de lapresente acta y pasará a reemplazar, a partir de la fecha mencionada,lo acordado con la UPJET en el Anexo II del CCT 257/97E y susmodificaciones, así como todo otro acuerdo alcanzado hasta el presenteque regule estas materias.

Quedan sin efecto, por lo tanto, todos los acuerdos suscriptos hasta lafecha respecto de grupos laborales, categorización, carrerasprofesionales y/o mecanismos de promoción; en particular, El puntoCUARTO del acta suscripta entre las Partes el 4/6/2009.

Se incluye como Anexo IV de este acuerdo una serie de ejemplos de funcionamiento de las herramientas definidas en el presente.

SEGUNDO: Con la vigencia de las nuevas carreras laborales mencionadas, las Partes introducen:

• Diferentes posibilidades de desarrollo profesional dentro del ámbito del CCT 257/97E, a saber:

v Promociones basadas en antecedentes y experiencia en la posición, lascompetencias del personal, el enriquecimiento de las tareas y elcumplimiento de objetivos.

v Mejora en el posicionamiento, en las 3 categorías superiores (XI, XIIy XIII), basada en el mérito y en las características cualitativas ydiferenciales en la realización de su trabajo y en la profundización deconocimientos.

• Diferentes tipos de puestos para cada grupo laboral:

v “Especialista de Soporte Técnico” cuyas funciones y recorrido por grupo laboral se encuentra detallado en el Anexo I.

v “Líder” cuyas funciones serán, las siguientes:

- Coordinar, asignar tareas y dar soporte a sus colaboradores en la tarea diaria.

- Planificar, realizar seguimiento de indicadores y el análisis que se requiera según la función.

- Garantizar la correcta calidad de atención de los clientes internosy/o externos siguiendo los lineamientos de las normas y procedimientosdefinidos cumpliendo sus objetivos en el marco presupuestario.

- Administrar los recursos humanos a través de: control de asistencia ypuntualidad, seguimiento de tareas encomendadas, asignación de horariosy descansos, ropa de trabajo y elementos de protección, aplicación demedidas disciplinarías; utilizando los sistemas de gestión corporativos

- Realizar la gestión de recursos humanos: participar activamente en laselección de sus colaboradores, procurar la capacitación formal y en elpuesto de trabajo, participar en la definición de acciones capacitaciónpara el personal a cargo, gestionar el clima laboral, medir eldesempeño de sus colaboradores con el fin de identificar aspectos amejorar y fortalezas de cada colaborador, e implementar devolucionessistemáticas al personal a su cargo sobre estos aspectos.

v Diferentes etapas para la instrumentación del régimen de promociones:

v “Período de Transición”: que regirá desde enero de 2011 a diciembre de 2014.

v “Sistema definitivo”: que regirá a partir de enero de 2015.

• Herramientas de evaluación: A partir del año 2011 comenzará aevaluarse a todo el personal convencionado en categorías de UPJET conlas siguientes herramientas:

v Evaluación de objetivos: Que medirá el cumplimiento de objetivos de gestión individuales y grupales.

v Evaluación de desempeño competencial: Que medirá aspectoscualitativos del desempeño. En el Anexo III se informan cada una de lascompetencias que serán evaluadas.

Las evaluaciones correspondientes a cada año se realizarán durante elprimer trimestre del año posterior al período a evaluar, con lasherramientas que utiliza actualmente la empresa, pudiendo modificarlasprevio aviso a la organización sindical.

En forma cuatrimestral, el empleado contará con una reunión con su jefeinformando el estado de cumplimiento de sus objetivos y una devoluciónde su desempeño en ese período.

Las partes establecen que los objetivos de gestión que se establezcanserán más exigentes a mayor categoría del personal, incluyendo aportesadicionales en el caso de revistar en una categoría superior a laprevista para la función.

Se incluye como Anexo IV de este acuerdo una serie de ejemplos de funcionamiento de las herramientas definidas en el presente.

TERCERO: Las Partes crearán una comisión gremio-empresa, la cual seencargará de evaluar en forma periódica el normal funcionamiento delproceso indicado más arriba. También tendrá la misión de analizar,modificar, anular y/o agregar todos los cambios que se considerennecesarios para la mejora de dicho proceso.

Esta Comisión asimismo analizará durante el período de transición laposibilidad de incorporar la categoría XIII dentro de las carreras deaquellos grupos laborales que hoy no la tienen prevista, en función delos cambios organizacionales, tecnológicos y del mercado.

CUARTO: La Empresa realizará las adecuaciones necesarias en sussistemas informáticos de manera de asegurar que en los recibos dehaberes correspondientes al mes de enero de 2011 se registren lasnuevas denominaciones profesionales de los empleados que desarrollanlas funciones definidas en este acta.

QUINTO: Las partes acuerdan que, en aquellos casos de personalrepresentado por UPJET que a la fecha, se encuentre revistando encategorías superiores a las que se fijan como máxima de referencia paracada grupo laboral, mantendrán en forma excepcional su actual categoríay denominación del puesto al solo efecto de no afectarlos en susderechos, comprendiendo única y exclusivamente a los empleados que seencuentren actualmente en esta situación.

ADICIONAL POSICIONAMIENTO

SEXTO: Las partes coinciden en la necesidad de disponer, para lascategorías convencionales superiores, un adicional individual decarácter remunerativo mensual denominado “Adicional posicionamiento”(creado según acta suscripta entre las Partes el 30/3/10) para quepuedan continuar creciendo salarialmente y cuyo valor podrá irmodificándose para cada empleado que ocupe las mencionadas categoríasen base al mérito, permanencia en el puesto, característicascualitativas y diferenciales en la realización de su trabajo y a laprofundización de conocimientos.

A tal fin, las Partes establecen que, en ocasión de cada negociación salarial, acordarán:

- Un monto de dinero para destinar a mejoras en el adicional posicionamiento.

- Un valor máximo para el “Adicional posicionamiento”, que determinarála magnitud máxima posible para la banda salarial de cada categoría.

Se deja establecido que el adicional posicionamiento será absorbidohasta su concurrencia en aquellos casos que el personal seapromocionado a una categoría superior.

Por su parte, se acuerdan las siguientes medidas transitorias:

a) A partir del 1/1/11 los montos que hasta ese momento se liquiden acada empleado que revista en la categoría XI, XII y XIII bajo losdiversos conceptos de “Ajuste encuadramiento” que surgieron de losencuadres convencionales realizados, pasarán a integrar el nuevo rubrodenominado “Adicional Posicionamiento” en reemplazo de aquéllos.

b) En caso de producirse futuros encuadres en categorías XI, XII oXIII, cualquier eventual diferencia que pudiese existir entre lossalarios de cada empleado y los que surgen de las escalas salariales deUPJET pasarán a integrar el valor inicial del “AdicionalPosicionamiento”.

c) Los valores mencionados en los ítems precedentes, que constituyenlos valores iniciales del concepto “Adicional Posicionamiento”, apartir del 1/1/11 podrán experimentar ajustes que la empresa aplicaráen base a los criterios mencionados en el primer párrafo del presentepunto.

d) A tal fin, las Partes se comprometen aplicar en la negociaciónsalarial del período que comienza en julio de 2011 una parte delincremento que se acuerde para que la empresa distribuya al adicionalposicionamiento en base a los criterios mencionados. Dicha parterepresentará un monto global de $ 50.000 mensuales, el cual serádistribuido a partir del mes que las partes definan paritariamente. Sedeja establecido que los valores que la empresa se encuentre abonandoen concepto de “adicional posicionamiento” en junio de 2011 integrarála base de cálculo del incremento salarial que se pacte.

e) En relación con el personal de categorías VIII, IX y X que percibepagos mensuales bajo conceptos de “Ajuste encuadramiento”, las partesacuerdan que continuarán percibiéndolo con la actual denominación, y seirán paulatinamente absorbiendo en virtud de las promociones que sevayan produciendo de acuerdo al plan de carrera acordado en el presente.

ADICIONALES Y COMPENSACIONES

SEPTIMO: Las Partes acuerdan el incremento de los siguientes adicionales y/o compensaciones convencionales:

- Turnos Especiales (art. 20 CCT 257/97 E): quedando fijado a partirdel 1º de diciembre de 2010 en el valor total de $ 220 por día, y apartir del 1º de febrero de 2011 en el valor total de $ 250 por día.

- Adicional por Capacitación (Punto 2 Acta de fecha 26/4/1993),quedando fijado a partir del 1º de enero de 2011 en los siguientesvalores por hora:

Concepto Valores desde ene-11Capacitación hasta 2 horas $ 22Capacitación entre 3 y 4 horas $ 18Capacitación 5 o más horas $ 15

OCTAVO: Las Partes acuerdan incorporar al CCT 257/97E como el art. 32, bis con el siguiente texto:

ART 32 BIS

GASTOS DE SEPELIO

El trabajador designará, mediante declaración jurada, al o losbeneficiarios que tendrán derecho en caso de su fallecimiento a lapercepción de la suma no remunerativa que se incorpora en el Anexo Vdel convenio, para atender los gastos de su sepelio. Este beneficio seabonará en un plazo máximo de 10 (diez) días.

Para la percepción del citado beneficio será necesaria la presentacióndel certificado de defunción y el comprobante emitido por quien presteel servicio.

El monto del beneficio establecido en el presente artículo, seráacumulable a otros que pudieran estar previstos en otras normativas deaplicación.

El beneficio que se incorpora precedentemente tendrá vigencia a partirdel 1º de enero de 2011 y el monto correspondiente al mismo se indica acontinuación, pasando a integrar el Anexo V del CCT 257/97 E:

CONCEPTOIMPORTEGastos de sepelio (art. 32 bis) $ 3.000

TARJETA TELEFONICA

NOVENO: Las Partes acuerdan a partir del próximo incremento salarialparitario, dejar sin efecto la entrega por parte de la empresa de lastarjetas telefónicas prepagas establecidas en el punto QUINTO delacuerdo de fecha 22/12/2004, en tanto el concepto “Compensación TarifaTelefónica” resulte incrementado en un valor superior a $ 20 mensuales.Dicho beneficio quedará absorbido e incorporado dentro del concepto“Compensación Tarifa Telefónica” a través de los incrementosconvencionales que surjan del acuerdo paritario indicado al inicio delpresente punto.

DESCANSO COMPENSATORIO EXTRAORDINARIO

DECIMO: Las Partes ratifican la necesidad de compensar con descansosequivalentes aquellas extensiones de jornada que superen las 40 horassemanales promedio.

En este sentido, en forma excepcional y dada la particular situaciónoperativa existente, las Partes acuerdan reiterar lo establecido en elpunto DECIMO del acta suscripta entre las partes el 4/6/2009, motivopor el cual desde el día de la fecha del presente acuerdo y hasta el30/6/2011, se otorgará un descanso compensatorio extraordinario de 5(cinco) días para el personal jerárquico que tengan a la fecha desuscripción del presente acuerdo una antigüedad igual o mayor a 15años, siempre que no sea beneficiario de lo previsto en el punto 2) delrégimen transitorio del Art. 21 del CCT 257/97 E.

El descanso previsto en el párrafo anterior, deberá ser consensuado conla respectiva jefatura, pudiendo ser acumulado con el período devacaciones.

La empresa evaluará con posterioridad a la vigencia del presenteacuerdo la posibilidad de equiparar el régimen vacacional del personaljerárquico con el resto del personal convencionado.

GRATIFICACION ANUAL POR CUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS (“BONUS”)

DECIMO PRIMERO: Las Partes acuerdan, a partir del 1º de julio de 2011 ypara el personal convencionado en el CCT 257/97 E y representado porUPJET, la inclusión de un esquema de pago anual por logro de objetivosdenominado “Bonus”. Se exceptúa del presente régimen al personal:

1) que se encuentre incluido en planes de incentivos. Con la excepción prevista en el punto DECIMO TERCERO.

2) que haya sido encuadrado en el CCT 257/97 E y representados porUPJET en los últimos 11 meses provenientes de una situación “Fuera deConvenio” que ya se encuentra abarca do por este beneficio o por unsistema de incentivos.

Se define como “target bonus” al monto de dinero teórico a pagar porconcepto de bonus que correspondería a un cumplimiento del 100% de losobjetivos totales definidos para empleado (individuales y grupales).

Su valor para el personal que se incorpora al sistema a través delpresente se calculará sobre los salarios de diciembre del año al quecorresponda el pago y será equivalente a:

1) Para el período julio a diciembre de 2011:

a. El 45% de la suma del Sueldos Básico y del Adicional Jerarquizaciónpara el personal que realiza funciones de Especialista Soporte Técnico.

b. El 55% de la suma del Sueldo Básico + Adicional Jerarquización para el personal que realiza funciones de Líder.

2) Para el período 2012 en adelante:

c. El 90% de la suma del Sueldos Básico y del Adicional Jerarquizaciónpara el personal que realiza funciones de Especialista Soporte Técnico.

d. El 115% de la suma del Sueldo Básico + Adicional Jerarquización para el personal que realiza funciones de Líder.

Sin perjuicio de lo precedentemente dispuesto, las Partes establecenque el target bonus del personal que revistaba como “fuera de convenio”y fuese encuadrado en categorías de UPJET del CCT 257/97 E durante elpresente año, continuará manteniendo su valor preestablecido. LasPartes podrán, en futuras negociaciones paritarias, incrementar elvalor correspondiente al target bonus definido precedentemente, con elobjeto de equiparar los valores con el personal fuera de convenioencuadrado.

Los valores establecidos tienen incluida la doceava parte correspondiente al SAC.

Los valores establecidos en el punto 1) corresponden al semestrecalendario completo y los del punto 2) al año calendario completo. Encaso de personal que durante el período tenga ausencias sin cobro dehaberes, el target bonus será proporcional.

Las Partes dejan constancia que el valor que se abone en concepto debonus será liquidado en dos conceptos a saber: “Gratificación anual”por un valor del 0,923 del bonus determinado (12/13) y la doceava partedel valor de la Gratificación anual bajo la voz “SAC gratificaciónanual”. El total que se abone en concepto de “bonus” se considera acuenta de cualquier crédito que pudiera generarse a favor deltrabajador dentro del período al que corresponde, relacionado con elart. 201 de la LCT.

Lo dispuesto en el presente punto comenzará a tener vigencia únicamenteen caso de que se cumplan las previsiones del punto DECIMO SEGUNDO aDECIMO CUARTO.

DECIMO SEGUNDO: A los fines de la implantación del beneficio dispuestoen el punto DECIMO PRIMERO las Partes acuerdan aplicar una parte delincremento salarial total que se acuerde paritariamente a partir dejulio de 2011. La porción del incremento total a aplicar a este esquemaserá por un monto equivalente al 2,8% de la masa salarial anual totalconsiderando conceptos fijos sin cargas sociales calculada sobre lossalarios de diciembre de 2011 luego del incremento salarial acordado,con las siguientes cautelas:

a. Juntamente con la liquidación de sueldos del mes de agosto de 2011la empresa abonará a todo el personal encuadrado convencionalmente enUPJET que se encuentre afectado al sistema de bonus, un adelantoconsistente en el 25% del salario básico más adicional jerarquización,que será considerado a cuenta del bonus que corresponda en cada casoabonar en el mes de marzo de 2012 (por el segundo semestre del año2011). En el anexo VI se muestra que este valor es superior al 2,8% dela masa salarial fija semestral (sin cargas sociales).

b. En el eventual caso que a partir del año 2012, la sumatoria de losbonus que se abonen al total del personal convencionado en UPJETresulte inferior al 5% de la masa salarial anual del personal afectadoal sistema de bonus, calculada a valores de diciembre del año a quecorresponda, la empresa depositará el dinero faltante en una cuenta quelas Partes determinarán y que pasará a integrar un fondo que seráaplicado por sobre el porcentaje mencionado a futuros bonus.

c. La Empresa informará a UPJET los valores que se liquiden por esteconcepto a todo el personal incluido en el sistema, pudiendo la entidadsindical verificar las evaluaciones realizadas y requerir explicacionespara los casos de disconformidad.

d. La herramienta a utilizar para medir el porcentaje de cumplimientode objetivos de cada período será la misma que la empresa utiliceactualmente. La empresa podrá realizar cambios en la herramienta,debiendo avisar a la organización sindical con suficiente antelación.

e. En el caso que más del 10% del personal encuadrado en UPJET logremenos del 80% de cumplimiento de objetivos, las partes analizarán enforma conjunta las evaluaciones en cuestión y definirán los ajustes quedeban realizarse.

f. Durante el período de transición definido en el presente acuerdo laspartes garantizan que el valor mínimo de bonus a cobrar será del 50%del valor del salario básico más adicional jerarquización. En el anexoVI se muestra, a efectos ilustrativos, que este valor es superior al2,8% de la masa salarial fija anual (sin cargas sociales).

DECIMO TERCERO: Las partes acuerdan que el personal perteneciente a lasáreas que más abajo se detallan, que al 30/6/11 cobren incentivosmensuales por logro de objetivos, dejarán de percibir a partir de juliode 2011 dichos incentivos, pasando a integrarse al sistema de bonusestablecido en el punto DECIMO PRIMERO y DECIMO SEGUNDO, por resultarsuperiores sus valores target.

Las áreas incluidas en lo precedentemente dispuesto se detallan a continuación:

• Operaciones Técnicas - Planta Interna

• Call Técnico 114

• Servicio al cliente - Asistencia Técnica (Post-Venta)

En estos casos, la Empresa establecerá los objetivos para el cobro delbonus considerando los objetivos que tienen planteados para el cobrodel incentivo actual, convertidos de acuerdo al plazo anual del nuevorégimen.

Las partes dejan establecido que un mínimo de $ 10.000 de los $ 50.000establecidos en el punto SEXTO inciso d) serán aplicados al personal delas áreas anteriormente mencionadas.

En relación al resto del personal de UPJET afectado a planes deincentivos, continuarán bajo el mismo esquema, en tanto sus valorestarget son superiores al target bonus del punto DECIMO PRIMERO.

DECIMO CUARTO: Las partes establecen que para el caso especial delpersonal que se incorpora al sistema de bonos según los dispuesto en elpunto DECIMO PRIMERO, que se encuentre revistando en las categoríasprofesionales que más abajo se indican, se considerará el porcentajeestablecido cara el target bonus sobre las escalas salarialescorrespondientes a las categorías que se detallan en la siguiente tabla:

Denominación ProfesionalCategoría a considerar a los efectos de establecer el target bonusEspecialista de Soporte Técnico Adm./Staff VIII IXEspecialista de Soporte Técnico Desarrollo de Red VIII IXLíder Adm./ Staff VIII XLíder Proyectos y Obras VIII XLíder Operación de Red VIII XLíder Asistencia Técnica VIII IXLíder Comercial VIII XLíder Telegestión VIII IXLíder Adm./Staff IX XLíder Proyectos y Obras IX XLíder Logística, Infraestructura y Serv. Grales. VIII XLíder Logística, Infraestructura y Serv. Grales. IX XLíder Operación de Red IX XLíder Comercial X

Las Partes solicitarán a la Autoridad de Aplicación la correspondiente homologación de la presente.

No siendo para más, finaliza el acto firmando los comparecientes tresejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, previa lectura yratificación.

Anexo I - ACTA DEL 2-12-10

Grupos Laborales

1. Desarrollo de Red

2. Proyectos y Obras

3. Operación de Red

4. Asistencia Técnica

5. Comercial

6. Administración / Staff

7. Logística / Infraestructura y Servicios Generales

8. Telegestión

1.- GRUPO LABORAL: DESARROLLO DE RED

En este grupo laboral están incluidas las siguientes funciones:

• Especialista de Soporte Técnico: puede desempeñar estas funciones en las áreas de incumbencia:

Desarrollo Tecnológico: Anticipar la evolución de las redes, serviciosde telecomunicaciones y sistemas técnicos de gestión. Apoyar o liderarla redacción de las especificaciones de las nuevas tecnologías.Identificar el estado de disponibilidad de las nuevastecnologías/productos a utilizar en las redes, servicios detelecomunicaciones y sistemas técnicos de gestión. Determinar lasnuevas tecnologías/productos a incorporar, en el marco del plantecnológico. Apoyar técnicamente la definición y/o evaluación de nuevosservicios y nuevos negocios. Elaborar y emitir anualmente el plantecnológico del Grupo. Elaborar los protocolos de pruebas, realizar laspruebas de certificación técnica en Laboratorio y redactar informes depruebas orientados a la selección de nuevas tecnologías. Brindarsoporte y asesoramiento técnicos a los Clientes Internos en tiempo yforma.

Planificación Técnica: Elaborar los planes directores (anuales yplurianuales) de las redes, servicios de telecomunicaciones y sistemastécnicos de gestión. Definir la arquitectura de las redes, servicios detelecomunicaciones y sistemas técnicos de gestión. Realizar lacoordinación técnica con otros operadores para el desarrollo de lasredes. Definir los planes de aseguramiento de calidad de las redes,servicios de telecomunicaciones y sistemas técnicos de gestión.Proponer, dentro de las estrategias y planes de acción establecidos enel plan estratégico, la cuota de inversiones en nuevas tecnologías.

Integración de soluciones: Realizar el análisis, implementación ypostventa de proyecto; de Clientes Empresas y Negocios y Mayoristasasegurando el funcionamiento y calidad de servicio end to end, duranteel período de vida de la red. Asesoría técnica a los sectores deIngeniería de Clientes y Marketing. Análisis de riesgos einconsistencias de las soluciones a implementar. Definición de laingeniería de detalle en coordinación con las Gerencias responsablesdel proyecto del lado cliente. Implementación de redes de ClientesEmpresas y Negocios (Backbone, transporte, EDC). Consultoría deseguridad y perfomance de servicios de voz, datos, internet y telefoníaIP. Desarrollo y despliegue de oportunidades de negocio con las áreascomerciales, identificando nuevas necesidades.

Proyectos a Clientes: Brindar asesoramiento técnico-comercial alejecutivo de cuenta y al cliente externo. Elaborar propuestas técnicas,conformes con las necesidades de los clientes. Detectar e interpretarnecesidades técnicas de los clientes. Desarrollar la ingeniería dedetalle de los productos y las soluciones diseñadas para los clientes.Efectuar el soporte a los proyectos de soluciones integrales aoperadores y prestadores, junto con el cliente hasta obtener elconforme final de servicio Coordinar entre las áreas de la compañía yproveedores para cumplir los contratos de servicio para clientescorporativos. Validar la información del estado de los proyectos parainformar a los clientes. Obtener la conformidad del cliente y enviar suposterior facturación.

Ingeniería Técnica: Implementar los planes directores (anuales yplurianuales) de las redes, servicios de telecomunicaciones y sistemastécnicos de gestión. Integrar la arquitectura de las redes, serviciosde telecomunicaciones y sistemas técnicos de gestión. Desplegar losplanes de aseguramiento de calidad de las redes, servicios detelecomunicaciones y sistemas técnicos de gestión. Asegurar, dentro delas estrategias y planes de acción establecidos en el plan estratégico,la cuota de inversiones en nuevas tecnologías asignada.

Implantación de soluciones OSS (Sistemas de soporte para la gestión deredes y servicios): Realizar el análisis, implementación, integración ypuesta en producción de proyectos de sistemas OSS y plataformasasociados con los servicios de la compañía, para los segmentosResidencial, Negocio y Empresas. Asegurar la transferencia de estossistemas OSS al área de mantenimiento correspondiente. Apoyo técnico alos sectores de Tecnología, Planificación, Ingeniería de Redes. Gestiónde proyectos y riesgos, garantizando la integración de las solucionescon los sistemas BSS y las redes. Definición de la ingeniería dedetalle en coordinación con las Gerencias responsables de los proyectosasociados con los servicios.

CategoríaDenominación profesionalVIII (*)Especialista de Soporte Técnico Desarrollo de Red VIII (*)IXEspecialista de Soporte Técnico Desarrollo de Red IXXEspecialista de Soporte Técnico Desarrollo de Red XXIEspecialista de Soporte Técnico Desarrollo de Red XIXIIEspecialista de Soporte Técnico Desarrollo de Red XIIXIIIEspecialista de Soporte Técnico Desarrollo de Red XIII

(*) Categoría profesional a amortizar. Regirá hasta diciembre de 2012.

2.- GRUPO LABORAL: PROYECTOS Y OBRAS

En este grupo laboral están incluidas las siguientes funciones:

• Especialista de Soporte Técnico: puede desempeñar estas funciones en las áreas de incumbencia:

Verificación Técnica: Determinar y especificar necesidades decontratación de mano de otra contratada: condiciones particulares,premios, penalidades y definir baremos para las actividades. Calificara los contratistas a través de un modelo de premios y penalizacionesglobales, aprobar y rechazar penalidades. Solicitar y coordinar con elárea de compras necesidades, contrataciones, zonas de actuación.Unificar de baremos y especificaciones para contratos corporativos.

Proyectos: Definir políticas y estrategias operativas de mantenimientocorrectivo y preventivo y provisión de servicios y acordarlas con lasáreas de Marketing, Ventas y Sistemas para la implementación deproductos/servicios. Diseñar, establecer y comunicar losprocedimientos, procesos y criterios de operación de cada una de lastareas o áreas de responsabilidad de Asistencia Técnica a fin demejorar su calidad y eficiencia. Coordinar con las áreas operativas laimplementación de los procesos o procedimientos necesarios. Definir,implementar y realizar la gestión centralizada, de los procesos y delas pautas de trabajo para la especialidad o proceso de suresponsabilidad Realizar el seguimiento de los indicadores de operaciónde su especialidad o proceso. Coordinar y monitorear con las áreasoperativas todas las tareas vinculadas a la resolución de Riesgo enGeneral. (Eléctricos de Postes, etc.).

Seguimiento de Obras: Diseñar, establecer y comunicar losprocedimientos, procesos y criterios para el mantenimiento de la Fibraóptica a las áreas de responsabilidad de Planta Interna a fin de mejorasu Calidad y eficiencia. Realizar el seguimiento de los indicadores deoperación de su especialidad o proceso. Planificar y coordinar con lasAreas de Ingeniería y Obras la asignación y ejecución de trabajos parael cumplimiento de los planes anuales de Inversión y de GastosPlanificar y gestionar la correcta distribución de los recursosmateriales de acuerdo al plan de obras para garantizar el cumplimientoen tiempo y forma, interactuando con logística y compras.

Seguimiento de Instalaciones/Mantenimiento: Coordinar y direccionar lastareas de planes de obras, implementación de servicios para losdistintos productos entre las empresas contratistas y Telefónica,asesorar, administrar y hacer el seguimiento de las mismas. Solucionary coordinar con las áreas comerciales, técnicas, y empresasproveedoras, la resolución de los problemas que afectan a la provisióndel servicio. Planificar los recursos de terceros por zonas, a fin decumplir con las prioridades de gestión.

CategoríaDenominación profesionalVIIIEspecialista de Soporte Técnico Proyectos y Obras VIIIIXEspecialista de Soporte Técnico Proyectos y Obras IXXEspecialista de Soporte Técnico Proyectos y Obras XXIEspecialista de Soporte Técnico Proyectos y Obras XIXIIEspecialista de Soporte Técnico Proyectos y Obras XII

• Líder, que coordina en forma directa equipos de trabajo de proyectosde ingeniería planta externa, sobrestancia y verificación técnica

CategoríaDenominación profesionalVIII (*)Líder Proyectos y Obras VIII (*)IX (**)Líder Proyectos y Obras IX (**)XLíder Proyectos y Obras XXILíder Proyectos y Obras XIXIILíder Proyectos y Obras XIIXIIILíder Proyectos y Obras XIII

(*) Categoría profesional a amortizar. Regirá hasta diciembre de 2011.

(**) Categoría profesional a amortizar. Regirá hasta diciembre de 2013.

3.- GRUPO LABORAL: OPERACION DE RED

En este grupo laboral están incluidas las siguientes funciones:

• Especialista de Soporte Técnico: cuyas responsabilidades son:

- Brindar soporte técnico de alto nivel para todos los elementos deplanta o sistemas de su especialidad existentes en Telefónica, siendodesignado por la organización como interlocutor válido con lossuministradores para la resolución de incidencias en los sistemas o lared.

- Elaborar y consensuar con las diferentes áreas, los métodos detrabajo de Gestión, Supervisión, Operación y Mantenimiento, así comotambién los procedimientos de actuación ante contingencias en lossistemas o en la red, para todos los componentes correspondientes a suespecialidad de la planta de Telefónica.

- Generar herramientas de apoyo a la gestión para las áreas desupervisión, operación, mantenimiento y áreas de negocios y realizarpruebas de nuevos equipos, de correcciones de software, de nuevossistemas y de servicios, emitiendo los documentos que establezcan losprocedimientos de incorporación e integración a los sistemas o a lared, con un mínimo impacto en el servicio.

- Dictar cursos de capacitación acerca de todos los elementos de plantao sistemas de su especialidad existentes a distintos equipos de trabajode la organización.

CategoríaDenominación profesionalVIIIEspecialista de Soporte Técnico Operación de Red VIIIIXEspecialista de Soporte Técnico Operación de Red IXXEspecialista de Soporte Técnico Operación de Red XXIEspecialista de Soporte Técnico Operación de Red XIXIIEspecialista de Soporte Técnico Operación de Red XII

• Líder, que coordina en forma directa equipos de trabajo responsablesde operar y mantener equipos de planta interna o equipos de centro degestión de despacho y diagnóstico de post-venta de ClientesCorporativos.

CategoríaDenominación profesionalVIII (*)Líder Operación de Red VIII (*)IX (**)Líder Operación de Red IX (**)XLíder Operación de Red XXILíder Operación de Red XIXIILíder Operación de Red XIIXIIILíder Operación de Red XIII

(*) Categoría profesional a amortizar. Regirá hasta diciembre de 2011

(**) Categoría profesional a amortizar. Regirá hasta diciembre de 2013

4.- GRUPO LABORAL: ASISTENCIA TECNICA

En este grupo laboral están incluidas las siguientes funciones:

• Especialista de Soporte Técnico, cuyas responsabilidades son:

- Administrar, coordinar y controlar la gestión de los gruposoperativos propios y contratistas, a fin de garantizar la instalación yel mantenimiento del bucle de cliente, tanto para telefonía básica,TUPs, ADSL, telefonía rural en el ámbito territorial de su agrupación.

- Hacer seguimiento los grupos operativos propios y contratados a finde garantizar el logro de los objetivos de instalación de nuevas líneasy reparación de averías.

- Capacitar, administrar los recursos humanos, y materiales a fin de asegurar el cumplimiento del presupuesto asignado.

CategoríaDenominación profesionalVIIIEspecialista de Soporte Técnico Operación de Red VIIIIXEspecialista de Soporte Técnico Operación de Red IXXEspecialista de Soporte Técnico Operación de Red XXIEspecialista de Soporte Técnico Operación de Red XIXIIEspecialista de Soporte Técnico Operación de Red XII

• Líder, que coordina en forma indirecta a través de personal desupervisión los equipos de trabajo de empleados (por ejemplo,instaladores, revisadores, funciones de despacho, etc.) cuya actividaden la Empresa es la Asistencia Técnica / Pos-Venta de clientes.

CategoríaDenominación profesionalVIII (*)Líder Asistencia Técnica VIII (*)IXLíder Asistencia Técnica IXXLíder Asistencia Técnica XXILíder Asistencia Técnica XIXIILíder Asistencia Técnica XII

5.- GRUPO LABORAL: COMERCIAL

En este grupo laboral están incluidas las siguientes funciones:

• Especialista Soporte Técnico, que es un ejecutivo de cuenta SR conexperiencia de más de 5 años de clientes Mayoristas (Operadores,Prestadores, Cooperativas, etc.) con vasta experiencia en:

CategoríaDenominación profesionalVIIIEspecialista de Soporte Técnico Comercial VIIIIXEspecialista de Soporte Técnico Comercial IXXEspecialista de Soporte Técnico Comercial XXIEspecialista de Soporte Técnico Comercial XIXIIEspecialista de Soporte Comercial XII

• Líder que coordina:

v en forma indirecta a través de personal de supervisión los equipos detrabajo de Ver tas, Atención Comercial o Soporte Comercial (Back Office)

v directamente a empleados responsables de la venta, seguimiento y atención de una cartera de clientes propiamente asignada

CategoríaDenominación profesionalVIII (*)Líder Comercial VIII (*)IX (**)Líder Comercial IX (**)XLíder Comercial XXILíder Comercial XIXIILíder Comercial XIIXIIILíder Comercial XIII

(*) Categoría profesional a amortizar. Regirá hasta diciembre de 2011.

(**) Categoría profesional a amortizar. Regirá hasta diciembre de 2013.

6.- GRUPO LABORAL: ADMINISTRACION / STAFF

En este grupo laboral están incluidas las siguientes funciones:

• Especialista Soporte Técnico, que es un experto con alta idoneidad ensu materia y vasta experiencia (más de 5 años en la organización) enáreas staff de la compañía como Marketing, Inteligencia Comercial,Recursos Humanos, Estrategia, Regulación, Comunicación, Calidad,Organización y Procesos, Planificación, Control de Gestión, Finanzas,Relaciones Institucionales, Compras entre otras. Brinda orientación apersonal con menos conocimientos para la resolución de problemascomplejos. Se ocupa de las tareas más complicadas en forma autónoma. Elocupante del puesto puede realizar alguna de estas funciones:

- Elaborar políticas, estándares, procesos y procedimientos en sumateria de incumbencia. Genera informes con profundo grado decomprensión técnica.

- Gestionar proyectos con equipos de trabajo interdisciplinario con su respectivo seguimiento y gestión de su presupuesto.

- Desarrollar de aplicaciones con sus respectivos mantenimiento ydocumentación (sistemas legacy y sus aplicaciones satélites, PDLA,SINPLEX: Mapinfo, SICERT, SIGEST) para las áreas que prestan serviciosa partir del relevamiento de las necesidades operativas a efectos deautomatizar procesos. Monitorear performance de los sistemas, analizarfallos y problemas y proponer acciones de mejora preventiva ycorrectiva, gestionar interfaces. Participar y evaluar pruebas de camposobre nuevos sistemas/versiones para diagnóstico. Dar soporte ausuarios.

CategoríaDenominación profesionalVIII (*)Especialista de Soporte Técnico Adm / Staff VIII (*)IXEspecialista de Soporte Técnico Adm./ Staff IXXEspecialista de Soporte Técnico Adm./ Staff XXIEspecialista de Soporte Técnico Adm./ Staff XIXIIEspecialista de Soporte Técnico Adm./ Staff XIIXIIIEspecialista de Soporte Técnico Adm./ Staff XIII

(*) Categoría profesional a amortizar. Regirá hasta diciembre de 2012.

• Líder, que coordina en forma directa equipos de trabajo asignados a funciones de facturación y staff de calls.

CategoríaDenominación profesionalVIII (*)Líder Adm./ Staff VIII (*)IX (**)Líder Adm./ Staff IX (**)XLíder Adm./ Staff XXILíder Adm./ Staff X1XIILíder Adm./ Staff XIIXIIILíder Adm./ Staff XIII

(*) Categoría profesional a amortizar. Regirá hasta diciembre de 2011.

(**) Categoría profesional a amortizar. Regirá hasta diciembre de 2013.

7.- GRUPO LABORAL: LOGISTICA/INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS GENERALES

En este grupo laboral, están incluidas las siguientes funciones:

• Especialista de Soporte Técnico, con mucha experiencia en el área(más de 5 años en la organización) pueden desempeñar estas funciones:

v Diseñar sistemas de refrigeración de los edificios.

v Verificar montaje estructuras metálicas y celulares.

v Relevar edificios y detectar deficiencias, hacer seguimiento preventivo y correctivo de los mismos.

v Hacer seguimiento de las obras de mantenimiento de los edificios, verificando la calidad de los trabajos.

v Planificar y controlar el diseño de procesos relacionados con lalogística (gestión ce materiales, almacenamiento y distribución).

v Realizar diagnóstico de ocurrencias y establecer estrategias de solución.

CategoríaDenominación profesionalVIIIEspecialista de Soporte Técnico Logística, Infraestructura y Serv. Grales. VIIIIXEspecialista de Soporte Técnico Logística, Infraestructura y Serv. Grales. IXXEspecialista de Soporte Técnico Logística, Infraestructura y Serv. Grales XXIEspecialista de Soporte Técnico Logística, Infraestructura y Serv. Grales XIXIIEspecialista de Soporte Logística, Infraestructura y Serv. Grales. XII

• Líder que coordina:

v en forma indirecta a través de personal de supervisión los equipos de trabajo del área de Logística

CategoríaDenominación profesionalIX (**)Líder Logística. Infraestructura y Serv. Grales. IXXLíder Logística, Infraestructura y Serv. Grales. XXILíder Logística, Infraestructura y Serv. Grales. XIXIILíder Logística, Infraestructura y Serv. Grales. XIIXIIILíder Logística, Infraestructura y Serv. Grales. XIII

 (**) Categoría profesional a amortizar. Regirá hasta diciembre de 2013.

8.- GRUPO LABORAL: TELEGESTION

En este grupo laboral, están incluidas las siguientes funciones:

• Especialista de Soporte Técnico, responsable de tareas de soporte ycontrol de la gestión de los calls centers de terceros, que lleva acabo estas funciones:

v Supervisar los procesos de selección, planificación, incorporación yde capacitación del personal en los calls externos a fin de cumplir conlas prioridades de gestión.

v Realizar el seguimiento y control de las tareas desarrolladas en loscalls externos, promoviendo la mejora continua de operación del call.

v Optimizar permanentemente los costos asociados a los calls externos através de la correcta aplicación de las políticas de trabajo.

CategoríaDenominación profesionalVIIIEspecialista de Soporte Técnico Telegestión VIIIIXEspecialista de Soporte Técnico Telegestión IXXEspecialista de Soporte Técnico Telegestión XXIEspecialista de Soporte Técnico Telegestión XIXIIEspecialista de Soporte Técnico Telegestión XII

 • Líder, que coordina en forma indirecta a través de personal de supervisión los equipos de trabajo de: Telegestión Información

• Telegestión Comercial

• Telegestión Soporte Técnico

CategoríaDenominación profesionalVIII (*)Líder Telegestión VIII (*)IXLíder Telegestión IXXLíder Telegestión XXILíder Telegestión XIXIILíder Telegestión XII

 (*) Categoría profesional a amortizar. Regirá hasta diciembre de 2011.

Anexo II - ACTA DEL 2-12-10

MECANISMOS DE PROMOCION

I- PERIODO DE TRANSICION: Enero de 2011 a diciembre de 2014

Se establecen las siguientes promociones para el periodo de transición, las cuales no podrán ser inferiores a 150 por año.

• AÑO 2011: Se realizarán las promociones en el mes de de octubre de 2011:

a. Promoción a categoría IX de todo el personal de categoría VIII que ejerza funciones de Líder.

b. Promoción a la categoría superior a todo el personal que ejerzafunciones de Liderazgo indirecto (a través de supervisores) en losgrupos laborales 4, 5, 7 y 8, y que revistan en la categoría IX.

c. 30 promociones para el personal de las áreas mencionadas en el punto DECIMO TERCERO que revistan categoría VIII, IX y X.

d. 20 promociones para el personal que revista como Especialista de Soporte Técnico Adm./Staff VIII.

e. 20 promociones para el personal que revista como Especialista de Soporte Técnico Desarrollo de Red VIII.

f. 35 promociones a la categoría inmediata superior para el resto delpersonal que realice funciones previstas en el Anexo I y que revistahasta la categoría X.

La empresa asignará por Grupo Laboral y Organismo los cupos depromociones indicadas en los incisos c. a f., considerando para laselección los siguientes parámetros: antigüedad de los empleados en lacategoría actual, el concepto operativo y la evaluación de competenciasde los últimos dos años.

La empresa informará a UPJET la nómina de los promocionados finalizado el proceso.

• AÑO 2012: Se realizarán las promociones en el mes de de julio de 2012:

a. Promoción a categoría IX de todo el personal que revista como Especialista de Soporte Técnico Adm./ Staff VIII.

b. Promoción a categoría IX de todo el personal que revista como Especialista de Soporte Técnico Desarrollo de Red VIII.

c. 30 promociones para el personal de las áreas mencionadas en el punto DECIMO TERCERO que revistan categoría VIII, IX y X.

d. 30 promociones a la categoría inmediata superior para el resto delpersonal que realice funciones previstas en el Anexo I y que revistahasta la categoría X

e. 10 promociones a categoría XII.

f. 5 promociones a categoría XIII.

La empresa asignará por Grupo Laboral y Organismo los cupos depromociones indicadas en los incisos c. a f. y utilizará como criteriode selección las pautas descriptas bajo el título “CRITERIOS DESELECCION PARA LA TRANSICION” del presente anexo.

La empresa informará a UPJET la nómina de los promocionados finalizado el proceso.

• AÑO 2013: Se realizarán las promociones en el mes de de julio de 2013:

a. Promoción a categoría X de todo el personal de categoría IX queejerza funciones de Líder en los grupos laborales 2, 3, 5 y 6.

b. 30 promociones para el personal de las áreas mencionadas en el punto DECIMO TERCERO que revistan categoría VIII, IX y X.

c. 35 promociones a la categoría inmediata superior de la carreradefinida para el resto del personal que realice funciones previstas enel Anexo I que revistan hasta la categoría X.

d. 15 promociones a categoría XII.

e. 5 promociones a categoría XIII.

La empresa asignará por Grupo Laboral y Organismo los cupos depromociones indicadas en los incisos b. a d. y utilizará como criteriode selección las pautas descriptas bajo el título “CRITERIOS DESELECCION PARA LA TRANSICION” del presente anexo.

La empresa informará a UPJET la nómina de los promocionados finalizado el proceso.

• AÑO 2014: Se realizarán las promociones en el mes de de julio de 2014:

a. 20 promociones para el personal de las áreas mencionadas en el punto DECIMO TERCERO que revistan categoría VIII, IX y X.

b. 70 promociones a la categoría inmediata superior de la carreradefinida para el personal que realice funciones previstas en el Anexo Ique revistan hasta la categoría X.

c. 45 promociones a categoría XII.

d. 15 promociones a categoría XIII.

La empresa asignará por Grupo Laboral y Organismo los cupos depromociones indicadas en los incisos a. a c. y utilizará como criteriode selección las pautas descriptas bajo el título “CRITERIOS DESELECCION PARA LA TRANSICION” del presente anexo.

La empresa informará a UPJET la nómina de los promocionados finalizado el proceso.

“CRITERIOS DE SELECCION PARA LA TRANSICION”

CONDICIONES:

• Para acceder a las categorías IX a XI, es condición imprescindible que el empleado reúna Ias siguientes condiciones:

v No tener sanciones disciplinarias en los últimos 12 meses.

v Permanencia mínima de 18 meses en la categoría (a excepción de encuadres producidos dentro del período)

v Lograr un cumplimiento de objetivos individuales mayor al 95%, pudiendo alcanzar un valor máximo de 130%.

v Poseer un desempeño competencial superior al 90/100 sobre el esperado competencial para el puesto.

• Para ocupar las categorías XII o XIII, el empleado debe alcanzar estas pautas:

v No tener sanciones disciplinarias en los últimos 24 meses.

v Permanencia mínima de 18 meses en la categoría (a excepción de encuadres producidos dentro del período).

v Lograr un cumplimiento de objetivos individuales mayor al 100%, pudiendo alcanzar un valor máximo de 130%.

v Poseer un desempeño competencial superior al 100/100 sobre el esperado competencial para el puesto.

SELECCION:

A efectos de seleccionar entre los empleados que cumplen los requisitosmencionados precedentemente se asignará un puntaje a cada candidatocuyo resultado derivará de la consideración de los siguientes factores:

a) COMPETENCIAS: Este factor tiene la finalidad de reflejar la maneraen que fueron alcanzados los objetivos de acuerdo a las variablesdefinidas en el anexo III. El resultado se obtendrá del factorcualitativo o competencial de la herramienta “Sistema de ResultadosIndividuales” SRI que variará entre 0% y 120%. El índice resultantesurge de la siguiente fórmula:

índice COMPETENCIAS * = (% de desempeño competencial - 70%) / 50% *100

* El índice resultante variará entre un mínimo de 0 y un máximo de 1.Es decir, en el caso que la fórmula arroje un resultado < = 0, elindicador será 0.

b) OBJETIVOS: Se considerará el promedio ponderado de los porcentajesde cumplimiento de los objetivos individuales planteados el añoanterior, teniendo en cuenta la misma proporcionalidad que s utiliza enla herramienta “Sistema de Resultados Individuales” (SRI). Su valorpodrá variar entre 0 y 130%.

c) ANTIGÜEDAD: Se considerará la cantidad de años de antigüedad en laempresa, por sobre una cantidad implícita de referencia para cadacategoría, de acuerdo a la siguiente tabla:

Categoría actual del empleadoAntigüedad de referencia8498101211161220

El factor CORRECCION POR ANTIGÜEDAD será igual a:

Años de Antigüedad - Antigüedad de referencia para la categoría del empleado.

Este factor de ser negativo, es decir, tenga un resultado <= 0, el factor será 0.

El puntaje final a utilizar para seleccionar a los candidatos a ser promocionados resultará del siguiente cálculo:

PUNTAJE = índice COMPETENCIAS *% OBJETIVOS + CORRECCION POR ANTIGÜEDAD

Las promociones serán asignadas al personal que obtenga mayorpuntuación hasta cubrir la cantidad fijada para cada grupo laboral yorganismo.

En caso de empleados con igual puntaje, se le dará prioridad al empleado de mayor antigüedad en la empresa.

En el anexo V se incluye una tabla que ilustra sobre el puntaje a considerar para la selección de las promociones.

II- REGIMEN AÑO 2015 en adelante

La vigencia de las promociones serán a partir de julio, excepto que laspartes acuerden en un acta particular un cambio de fecha.

PROMOCIONES HASTA CATEGORIA XI (INCLUSIVE):

El personal que realiza las funciones previstas en el Anexo I delpresente será promocionado a la categoría siguiente de su carreralaboral cuando cuente con 4 evaluaciones positivas en la categoría querevista (considerando años calendario completos en la categoría). LaEmpresa podrá adelantar promociones a empleados que aún no cuente conlas 4 evaluaciones exigidas, en caso de excelentes calificaciones y/o,asignación de nuevas responsabilidades. Se entenderán como evaluacionespositivas cuando se cumplan simultáneamente los siguientes requisitos:

v No tener sanciones disciplinarias en los últimos 12 meses.

v Haber aprobado una cantidad mínima de 40 horas curso en los últimos 4años. Serán considerados los cursos dictados por la empresa, laorganización sindical o en forma conjunta, siempre que se encuentrenhomologados por la empresa para cada grupo laboral, rol y categoría.

v Lograr un cumplimiento de objetivos individuales mayor al exigido para cada categoría a cubrir:

Categoría de destino% exigidoIX85%X90%XI95%

 v Poseer un desempeño competencia superior al exigido para cada categoría a cubrir.

Categoría de destino % exigido IX 90%X 95%XI 100%

 PROMOCIONES A CATEGORIAS XII Y XIII:

El personal podrá acceder a las categorías XII y XIII en tanto cumplan los siguientes requisitos:

Revistan en las categorías anteriores durante los últimos 24 meses en las siguientes condiciones:

v No tener sanciones disciplinarias en los últimos 12 meses.

v Haber aprobado una cantidad mínima de 40 horas curso en los últimos 4años. Serán considerados los cursos dictados por la empresa, laorganización sindical o en forma conjunta, siempre que se encuentrenhomologados por la empresa para cada grupo laboral, rol y categoría.

v Lograr un cumplimiento de objetivos individuales mayor al exigido para cada categoría:

Categoría de destino % exigido XII 100%XIII 105%

v Poseer un desempeño competencial superior al exigido para cada categoría:

Categoría de destino % exigido XII 100%XIII 105%

Existan vacantes de acuerdo a los cupos que se establecen a continuación:

- La categoría XII prevista en cada carrera laboral tendrá un cupo del 20% de la dotación del grupo laboral.

- La categoría XIII prevista en cada carrera laboral tendrá un cupo del 10% de la dotación del grupo laboral.

La empresa distribuirá por organismos los cupos de cada grupo laboral,teniendo en consideración las necesidades de la operación.

El criterio de selección que se utilizará para cubrir los cuposestipulados consistirá en elegir al personal que obtenga el mayorpuntaje en función de los indicadores que se definen a continuación delúltimo año:

a) COMPETENCIAS: Este factor tiene la finalidad de reflejar la maneraen que fueron alcanzados los objetivos de acuerdo a las variablesdefinidas en el anexo IV. El resultado se obtendrá del factorcualitativo o competencial de la herramienta SRI que variará entre 0% y120%. El índice resultante surge de la siguiente fórmula:

Indice COMPETENCIAS *= (% de desempeño competencial - 70%) 150% x100

* El índice resultante variará entre un mínimo de 0 y un máximo de 100.Es decir, en el caso que la fórmula arroje un resultado <=0, elindicador será 0.

a) OBJETIVOS: Se considerará el promedio ponderado de los porcentajesde cumplimiento de los objetivos individuales planteados el añoanterior, teniendo en cuenta la misma proporcionalidad que se utilizaen la herramienta “Sistema de Resultados Individuales” (SRI).

El puntaje final a utilizar para seleccionar a los candidatos a ser promocionados resultará del siguiente cálculo:

PUNTAJE = índice COMPETENCIAS *% OBJETIVOS

En el anexo V se incluye una tabla que ilustra sobre el puntaje a considerar para la selección de las promociones.Anualmente la empresa informará a UPJET la nómina de los promocionados finalizado el proceso

Anexo III - ACTA DEL 2-12-10

Competencias

Los comportamientos esperados para cada competencia dependerá del tipode puesto que ocupe el empleado (Especialista Soporte Técnico o Líder).Las competencias a evaluar, son las siguientes:

CompetenciasEspecialista Soporte TécnicoLíderColaboración Selleva bien con todas las personas, colaboradores, superiores, pares,dentro y fuera de la organización. Promueve la colaboración,encontrando puntos en común y resolviendo los problemas para el bien detodos.Se lleva bien con todas las personas, colaboradores,superiores, pares, dentro y fuera de la organización. Sabe inculcarbuen ánimo y espíritu de equipo haciendo que todos se sientan parte delequipo. Liderazgo Se siente cómodatrabajando en una tarea difícil, aceptando y asumiendoresponsabilidades. Crea un clima que incentiva a los demás a hacer sutrabajo del mejor modo posible.Distribuye el trabajo de manerapanificada y organizada. Sabe inculcar buen ánimo y espíritu de equipocompartiendo los triunfos y logros.Compromiso con el desarrolloEstádedicado activamente a superarse y trabaja para mejorar suscapacidades. Cambia según los requisitos y demandas que le imponen lasnuevas situaciones y personas.Está dedicada activamente asuperarse, comprendiendo que diferentes situaciones y niveles puedenrequerir diferentes habilidades y enfoques. Es un formador de personas,asigna a sus colaboradores tareas y proyectos que presentan un desafío.Comunicación Estolerante con los demás, se esfuerza por entender a las personasindependientemente esté o no de acuerdo. Sabe cómo manejar lainformación así como temas delicados y polémicos.Es unapersona accesible y cercana que crea ambientes basados en latransparencia y en la confianza. Proporciona información oportunamentey personalizada para que los demás puedan tomar decisiones acertadas. Contribución a resultadosPuedeintuir rápidamente lo que ayudará o impedirá alcanzar un objetivo. Sepuede contar con él o ella para alcanzar los objetivos con éxito.Mantiene su concentración en los objetivos por alcanzar. Establece prioridades, eliminando los obstáculos.Espíritu innovadorGeneralmentese le considera una persona original y es valorada cuando se precisannuevas ideas. Acepta bien los cambios y analiza los éxitos y fracasosen busca de aspectos claves que le ayuden a mejorar.Es capazde enfrentarse a los cambios de forma eficaz controlando situaciones deincertidumbre. Sabe cómo manejar el proceso creativo de los demás yponer en prácticas las ideas resultantes.Compromiso con los clientesAgotatodos los recursos a fin de encontrar soluciones para los clientesinternos y externos. Establece y mantiene buenas relaciones con losclientes y logra que ellos le brinden su confianza y respeto.Establecey mantiene buenas relaciones con los clientes y logra que ellos lebrinden su confianza y respeto. Entrega productos y servicios de la másalta calidad que satisfacen las necesidades y requerimientos de losclientes internos y externosVisión del Negocio Estabien informado acerca del funcionamiento de las organizaciones y sabeobtener resultados tanto por la vía formal como por la vía informal.Está al tanto del origen y fundamentos de los procedimientos, prácticasy políticas principales, a fin de identificar los aspectos técnicossobre su responsabilidad.Conoce el negocio y sabe cómofuncionan las estrategias y tácticas en el mercado. Puede inspirar ymotivar, logrando que la visión sea compartida por todos.

ANEXO IV - ACTA 2/12/10

Ejemplo de cumplimiento de objetivos (SRI):

Objetivos individuales

Objetivos grupales

Objetivo 1Objetivo 2Objetivo 3Objetivo 4Objetivo 5Objetivo 6Ponderación10%15%20%25%70%20%10%100%% alcanzado95%120%100%110%95%90%Promedio ponderado para Bonus9,50%18,00%20,00%27,50%19,00%9,00%103,00%Promedio ponderado para promociones9,50%18,00%20,00%27,50%75,00%

107,14%

Ejemplo de selección para la transición:

En un determinado organismo y grupo laboral, se deben seleccionar 5 promociones entre los 15 empleados existentes

Datos laborales relevantesValores de evaluaciones

INDICES

obs.EmpleadoCategoríaTiene sanción últimos 12 mesesAntigüedad en la empresa%SRI% CompetenciasIndice competenciasIndice Modificado por SRICorrector antig.Puntaje finalSeleccionados Empleado 19No221051159094,5014108,50Empleado 2 10No301101057077,001895,00Empleado 3 8No35951006057.003188,00Empleado 4 10No181301006078.001684,00Empleado 5 10No61301006078,00078,00Empleado 6 8No1995904038,001553,00Empleado 7 9No2590904036,001753,00Empleado 9 8No11106955053,00053,00Empleado 8 9No1297944846,56450,56Empleado 10 10No595924441,80041,80


Empleado 11 9Sí33919040362561No cumplen requisitos mínimos Empleado 12 8No25889244397160Empleado 13 9Sí241109652571673Empleado 14 9No201037510101222Empleado 15 10Sí1504924441344

ANEXO V

TABLA DE INDICES PARA LA SELECCION DE PROMOCIONES

INDICE POR COMPETENCIAS Y OBJETIVOSCORRECTOR POR ANTIGÜEDAD (sólo en transición)

% Objetivos



Años AntigüedadCategoría


80%85%90%95%100%105%110%115%120%125%130%

89101112% Competencias70%0.00.00.00.00.00.00.00.00.00.00.051000072%3.23.43.63.84.04.24.44.64.85.05.262000074%6.46.87.27.68.08.48.89.29.610.010.473000076%9.610.210.811.412.012.613.213.814.415.015.684000078%12.813.614.415.216.016.817.618.419.220.020.895100080%16.017.018.019.020.021.022.023.024.025.026.0106200082%19.220.421.622.824.025.226.427.628.830.031.2117300084%22.423.825.226.628.029.430.832.233.635.036.4128400086%25.627.228.830.432.033.635.236.838.440.041.6139510088%28.830.632.434.236.037.839.641.443.245.046.81410620090%32.034.036.038.040.042.044.046.048.050.052.01511730092%35.237.439.641.844.046.248.450.652.855.057.21612840094%38.440.843.245.648.050.452.855.257.560.062.41713951096%41.544.246.849.452.054.657.259.862.465.067.618141062098%44.847.650.453.256.058.861.664.467.270.072.8191511730100%48.051.054.057.060.063.066.069.072.075.078.0201612840102%51.254.457.660.864.067.274.073.676.880.083.2211713951104%54.457.861.264.668.071.474.878.281.585.088.42218141062106%57.661.264.868.472.075.679.282.886.490.093.62319151173108%60.864.668.472.276.079.883.687.491.295.098.82420161284110%64.068.072.076.080.084.088.092.096.0100.0704.02521171395112%67.271.475.679.884.088.292.496.6100.8105.0109.226221814106114%70.474.879.283.688.092.496.8101.2105.6110.0114.427231915117116%73.678.282.887.492.096.6101.2105.8110.4115.0119.628242016128118%76.881.685.491.296.0100.8105.6110.4115.2120.0124.829252117139120%80.085.090.095.0100.0105.0110.0115.0120.0125.0130.0302622181410




312723191511




322824201612




332925211713




343026221814




353127231915




363228242016




373329252117




383430262218




393531272319




4036

ANEXO VI - Acta 2/12/10

Escalas salariales a diciembre de 2011 (antes de la revisión salarial 2011)

Cálculo que muestra que el adelanto del 25% del básico +jerarquización cubre el 2,8% del total de las remuneraciones fijassemestrales y el 50% garantizado durante la transición supera el 2,8%de las remuneraciones fijas anuales

Meses por año14,0831313121212

CategoríaBásicoAdicional JerarquizaciónAdicional Vales AlimentariosCompensación mensual por ViáticosCompensación Tarifa TelefónicaSNRTotal Anual bruto fijo2,8% del bruto anual2,8% del bruto semestral% que representa el 2,8% anual sobre básico + jerarquización% que representa el 2.8% semestral sobre básico + jerarquización851621552488400235200109.2383.0591.52922,78%45,56%956101656650400235200119.0053.3321.66622,93%45,86%1060441731694400235200126.6653.5471.77322,81%45,62%1164551813738400235200134.0913.7551.87722,71%45,41%1269812000738400235200143.9304.0302.01522,44%44,87%1375992207738400235200155.3244 3492.17522,18%44,35%

En la ciudad de Buenos Aires, a los 6 días del mes de diciembre de2010, se reúnen los Sres. Jorge Norberto PEREZ, Osvaldo SERRANO y OmarPUENTE en representación de la UPJET y los Daniel Di Filippo, Hugo Re yMaría Paula Bargero en representación de TELEFONICA DE ARGENTINA S.A.,quienes acuerdan lo siguiente exclusivamente para el ámbito delpersonal representado por UPJET convencionado en el CCT 257/97 E, quepresta servicios para Telefónica de Argentina S.A.PRIMERO: Las partes acuerdan incorporar al Anexo II del CCT 257/97 “E”,modificado según acta de fecha 2/12/2010, una nueva especialidad dentrodel grupo 1- Desarrollo de Red, cuyas funciones y carrera laboral sedetalla a continuación:

• Especialista de Soporte Técnico GICS soluciones: Realizará la funciónde integración de soluciones, en el área de GICS (Gestión Integral deClientes y Servicios) Soluciones antes GICS Inicial cuyaresponsabilidad es el contacto directo con los clientes Empresas,Negocios y Mayoristas por problemas de post-venta y el diagnósticoend-to-end del cliente tendrán siguiente carrera laboral:

CategoríaDenominación profesionalVIIIEspecialista de Soporte Técnico GICS Soluciones VIIIIXEspecialista de Soporte Técnico GICS Soluciones IX

SEGUNDO: Las partes acuerdan incorporar al Anexo II del CCT 257/97 “E”,modificado según acta de fecha 2/12/2010, una nueva especialidad dentrodel grupo 4 - Asistencia Técnica, cuyas funciones y carrera laboral sedetalla a continuación:

• Líder: Supervisar y coordinar las tareas de Mantenimiento eInstalaciones para todos los Servicios Especiales de Grandes Clientes yNegocios en la región de su competencia

CategoríaDenominación profesionalVIIILíder Servicios Especiales VIIIIXLíder Servicios Especiales IXXLíder Servicios Especiales X

TERCERO: En virtud de las nuevas especialidades incorporadas en lospuntos que anteceden, y dado el recorrido de carrera laboral definido,las partes aclaran lo siguiente:

Los empleados que revistan en la especialidad incorporada según elpunto PRIMERO, en la categoría Especialista de Soporte Técnico GICSSoluciones IX, no estarán alcanzados por las siguientes promocionesprevistas para el período de transición en el acta del día 2/12/2010:

• Año 2011: inciso f.

• Año 2012: inciso d.

• Año 2013: inciso c.

• Año 2014: inciso b.

Los empleados que revistan en la especialidad incorporada según elpunto SEGUNDO, en la categoría Líder Servicios Especiales X, no estaránalcanzados por las siguientes promociones previstas para el período detransición en el acta del día 2/12/2010:

• Año 2011: inciso f.

• Año 2012: inciso d.

• Año 2013: inciso c.

• Año 2014: inciso b.

Los empleados que revistan en la especialidad incorporada según elpunto SEGUNDO, en la categoría Líder Servicios Especiales VIII, noestarán alcanzados por las siguientes promociones previstas para elperíodo de transición en el acta del día 2/12/2010:

• Año 2011: inciso a.

CUARTO: Las partes acuerdan que, dentro del grupo laboral 5-COMERCIAL,los cupos de categoría 13 que la empresa asigne para líderes deoficinas comerciales serán asignados líderes de oficinas tipo “A” olíderes que tengan a su cargo más de una oficina comercial.

A continuación se detallan las oficinas comerciales tipo “A” queexisten en la actualidad, pudiendo la empresa agregar otras en funcióndel comportamiento del mercado:

• República

• Morón

• Quilmes

• Mendoza

• La Plata

• Flores

• Mar del Plata

• Congreso

• San Justo

• Lomas de Zamora

QUINTO: En relación con lo dispuesto en el Anexo II del acta firmada eldía 2/12/2010 sobre los criterios de selección para el período detransición y para los que serán a partir del año 2015, las partesacuerdan que para los empleados que se encuentren bajo esquema deincentivos, se traducirá su cumplimiento en un valor equivalente al quese utiliza con la herramienta “Sistema de Resultados Individuales”(SRI) a efectos de calcular su puntaje para acceder a una promoción.

SEXTO: Las partes acuerdan que los empleados revistan categoría XIIItienen dentro de su perfil la función de reemplazar a su jefeinmediatamente superior ante ausencias transitorias por ejemplo,enfermedad, vacaciones, etc.

Por otra parte, los empleados que revistan categorías XII y XIII estáncapacitados para asumir la responsabilidad de llevar a cabo proyectostransversales a nivel del Grupo Telefónica.

Las Partes solicitarán a la Autoridad de Aplicación la correspondiente homologación de la presente.

No siendo para más, finaliza el acto firmando los comparecientes tresejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, previa lectura yratificación.

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica