Resolución 202/2003

Sistema De Pago Directo (Misiones)

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Asignaciones Familiares
Sistema De Pago Directo (Misiones)

Apruebase transitoriamente la incorporacion al sistema de pago directo de asignaciones familiares de un empleador que desarrolla su actividad en la provincia de misiones.

Id norma: 187701 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 30104

Fecha boletin: 06/03/2003 Fecha sancion: 28/02/2003 Numero de norma 202/2003

Organismo (s)

Organismo origen: Administracion Nacional Del Seguro Social Ver Resoluciones Observaciones: -

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Administración Nacionalde la Seguridad SocialASIGNACIONES FAMILIARESResolución 202/2003Declárase comprendida en el Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares, a partir de los haberes devengados del mes de agosto de 2002, la actividad "Transporte Automotor Nucleados en la Cámara de Empresarios Unidos", para empleadores que desarrollen sus actividades en la provincia de Misiones.Bs. As., 28/2/2003VISTO el Expediente N° 024-99-80751136-6-790 con agregado 024-9980732665-8-641 del registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), la Ley N° 19.722, la Ley N° 24.714, y la Resolución D.E.-N N° 740 de fecha 07 de agosto de 2001 y;CONSIDERANDOQue el expediente citado en el VISTO tramita la inclusión al Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares de la actividad "TRANSPORTE AUTOMOTOR NUCLEADOS EN LA CAMARA DE EMPRESARIOS UNIDOS", en la provincia de Misiones.Que el Poder Ejecutivo Nacional, a través del dictado del Decreto N° 2.741/91, dispuso la creación de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), facultándola a administrar el régimen de asignaciones familiares instituido por la Ley N° 24.714.Que las características que presenta la actividad "TRANSPORTE AUTOMOTOR NUCLEADOS EN LA CAMARA DE EMPRESARIOS UNIDOS", en la provincia antes citada torna aconsejable instituir el Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares.Que la implementación de este sistema se presenta como la alternativa más idónea para superar los problemas socioeconómicos de características peculiares y permite asegurar la percepción del beneficio, minimizando por otro lado el costo financiero y administrativo del sector empresario.Que de los estudios realizados surge la factibilidad de extender el Sistema de Pago Directo a todos los empleadores que se dedican a la actividad "TRANSPORTE AUTOMOTOR NUCLEADOS EN LA CAMARA DE EMPRESARIOS UNIDOS", en la provincia de Misiones.Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) ha tomado la intervención de su competencia, a través del Dictamen N° 19922 de fecha 16 de setiembre de 2002.Que, en consecuencia, procede dictar la presente Resolución.Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 2.741/91 y el artículo 36 de la Ley N° 24.241;Por ello,EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIALRESUELVE:Artículo 1° — Declárase comprendida en el Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares instituido por la Ley N° 19.722, a partir de los haberes devengados del mes de agosto de 2002, la actividad "TRANSPORTE AUTOMOTOR NUCLEADOS EN LA CAMARA DE EMPRESARIOS UNIDOS", para los empleadores incorporados al SISTEMA UNICO DE LA SEGURIDAD SOCIAL (S.U.S.S.), que desarrollen sus actividades en la provincia de Misiones.Art. 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente archívese. — Luis G. Bulit Goñi.ANEXO I

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