Circular 13/2011

Acuerdo De Complementacion Economica 55 Mercosur - Estados Unidos Mexicanos

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Administracion Federal De Ingresos Publicos
Acuerdo De Complementacion Economica 55 Mercosur - Estados Unidos Mexicanos

Acuerdo de complementacion economica nº 55. mercosur - estados unidos mexicanos. primer protocolo adicional. vigencia.

Id norma: 187810 Tipo norma: Circular Numero boletin: 32249

Fecha boletin: 05/10/2011 Fecha sancion: 26/09/2011 Numero de norma 13/2011

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Organismo origen: Administracion Federal De Ingresos Publicos Ver Circulares Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Circular Nº 13/2011

Acuerdo de Complementación Económica Nº 55. MERCOSUR - Estados Unidos Mexicanos. Primer Protocolo Adicional. Vigencia.

Bs. As., 26/9/2011

VISTO la Actuación SIGEA Nº 15640-60-2011 del Registro de esta Administración Federal, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 415 del 18 de marzo de 1991 estableció un mecanismoágil con el fin de permitir la aplicación automática de lostratamientos preferenciales convenidos por la República Argentina, enel marco de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI).

Que la Dirección Nacional de Política Comercial Externa del Ministeriode Industria informó, mediante nota de fecha 7 de junio de 2011, que elPrimer Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica Nº55, celebrado entre el MERCOSUR y los Estados Unidos Mexicanos, entróen vigencia bilateralmente —entre la República Argentina y el referidopaís— el 17 de junio de 2011.

Que dicho protocolo adicional confirma las disposiciones tendientes alestablecimiento del libre comercio de los productos automotores ypromueve la integración y complementación productiva del sector entreambos países.

Que en virtud de ello y con el objeto de facilitar a los operadores decomercio exterior el uso y aplicación de lo establecido en elmencionado protocolo, corresponde el dictado de la presente medida.

Por ello:

En ejercicio de las facultades conferidas a esta Administración Federalpor el Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y suscomplementarios, se estima conveniente precisar que:

1. El Primer Protocolo Adicional al Acuerdo de ComplementaciónEconómica Nº 55, celebrado entre el MERCOSUR y los Estados UnidosMexicanos, ha entrado en vigencia bilateralmente —entre la RepúblicaArgentina y el referido país— el 17 de junio de 2011.

2. Dicho protocolo modifica el Artículo 5º del Acuerdo deComplementación Económica Nº 55, relativo al intercambio comercial delos productos automotores consignados en el Artículo 3º del aludidoAcuerdo.

3. El texto completo del Primer Protocolo Adicional al Acuerdo deComplementación Económica Nº 55 podrá ser consultado en el sitio “web”institucional de esta Administración Federal (http://www.afip.gob.ar).

Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del RegistroOficial y archívese. — Abog. RICARDO ECHEGARAY, Administrador Federal.

e. 05/10/2011 N° 127243/11 v. 05/10/2011

(Nota Infoleg: por art. 1° del Decreto N° 969/2012B.O. 26/6/2012 se suspende laaplicación del ACUERDO DE COMPLEMENTACION ECONOMICA Nº 55, de fecha 27de septiembre de 2002, incluidos sus Anexos, así como también delApéndice Bilateral I (“Sobre el Comercio en el Sector Automotor entrela Argentina y México”), por el plazo de TRES (3) años, por las razonesde hecho y de derecho invocadas en los considerandos de la presentemedida. Por art. 3° se establece que la misma se hará efectiva apartir de la comunicación realizada de conformidad con el artículo 5°de este decreto. Vigencia: a partir de la fecha de su publicación en elBoletín Oficial)

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