Disposición 268/2011

Aleara - Stepako Sociedad Anonima - Tope 139/11

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Convenciones Colectivas De Trabajo
Aleara - Stepako Sociedad Anonima - Tope 139/11

Fijase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al acuerdo homologado por la disposicion de la direccion nacional de relaciones del trabajo nº 112 del 27 de enero de 2011 y registrado bajo el nº 150/11 suscripto entre el sindicato de trabajadores de juegos de azar, entretenimientos, esparcimientos, recreacion y afines de la republica argentina (aleara), por la parte sindical y la empresa stepako sociedad anonima.

Id norma: 188618 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 32261

Fecha boletin: 24/10/2011 Fecha sancion: 22/03/2011 Numero de norma 268/2011

Organismo (s)

Organismo origen: Direccion Nacional De Relaciones Del Trabajo Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición Nº 268/2011

Tope Nº 139/2011

Bs. As., 22/3/2011

VISTO el Expediente Nº 1.244.731/07 del Registro del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.2510 (t.o. 2004), laley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Disposición de laDIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO Nº 112 del 27 de enero de2011 y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 4 del Expediente Nº 1.402.080/10 agregado al principal comofoja 213, obra la escala salarial pactada entre el SINDICATO DETRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTOS, ESPARCIMIENTOS,RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ALEARA), por la otraparte sindical y la empresa STEPAKO SOCIEDAD ANONIMA, en el marco delConvenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1060/09 “E”, conforme lodispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del Acuerdo homologado por laDisposición D.N.R.T. Nº 112/11 y registrado bajo el Nº 150/11, conformesurge de fojas 229/231 y 234, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976)y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de lasremuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de laindemnización que les corresponde a los trabajadores en casos deextinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorioque se fija por la presente, se determinó triplicando el importepromedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y susrespectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 242/247, obra el informe técnico elaborado por la Direcciónde Regulaciones del Trabajo dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO porel que se indican las constancias y se explicitan los criteriosadoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del topeindemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten enesta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas enel segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y en la Resolución delMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 11 del 6 de enerode 2006.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJODISPONE:

ARTICULO 1º — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y eltope indemnizatorio correspondiente al acuerdo homologado por laDisposición de la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO Nº 112del 27 de enero de 2011 y registrado bajo el Nº 150/11 suscripto entreel SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTOS,ESPARCIMIENTOS, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ALEARA),por la parte sindical y la empresa STEPAKO SOCIEDAD ANONIMA, conformeal detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Disposición en el DepartamentoDespacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivodependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, gíreseal Departamento Coordinación de esta Dirección Nacional de Relacionesdel Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de lasremuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para lanotificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a laguarda del presente legajo.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación decarácter gratuito del importe promedio de las remuneraciones y del topeindemnizatorio fijado por la presente, las partes deberán proceder deacuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO,Directora Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo,Empleo y Seguridad Social.

ANEXO

Expediente Nº 1.244.731/07

PARTES SIGNATARIASFECHA DE ENTRADA EN VIGENCIABASE PROMEDIOTOPE INDEMNIZATORIOSINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTOS, ESPARCIMIENTOS, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA c/ STEPAKO SOCIEDAD ANONIMA CCT 106/09 “E”01/07/2010 01/092010 01/01/2011 01/04/2011$ 3.843,70 $ 3.975,74 $ 4.164,01 $ 4.416,83$ 11.531,10 $ 11.927,22 $12.492,03 $ 13.250,49

Expediente Nº 1.244.731/07

Buenos Aires, 28 de marzo de 2011

De conformidad con lo ordenado en DISPOSICION DNRT Nº 268/11, se hatomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente dereferencia, quedando registrado con el número 139/11 T. — JORGEALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Dto. Coordinación –D.N.R.T.

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