Resolución 24750/2011

Resolucion Nº 500/04 - Modificacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Programa De Cobertura De Prestaciones Medico Asistenciales
Resolucion Nº 500/04 - Modificacion

Sustituyase el punto 16 del anexo vi de la resolucion nº 500/04 relacionada con el programa de cobertura de prestaciones medico asistenciales. derogase la resolucion nro. 9800 del 30 de septiembre de 2005 de esta administracion de programas especiales.

Id norma: 188733 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32263

Fecha boletin: 26/10/2011 Fecha sancion: 20/10/2011 Numero de norma 24750/2011

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Administración de Programas Especiales

PROGRAMA DE COBERTURA DE PRESTACIONES MEDICO ASISTENCIALES

Resolución 24.750/2011

Sustitúyase el Punto 16 del Anexo VIde la Resolución Nº 500/04 relacionada con el Programa de Cobertura dePrestaciones Médico Asistenciales.

Bs. As., 20/10/2011

VISTO el Expediente Nro. 448.833 del Registro de esta ADMINISTRACION DEPROGRAMAS ESPECIALES, la Resolución Nro. 500 del 30 de enero de 2004 y9800 del 30 de septiembre de 2005 ambas del Registro de estaADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES.

CONSIDERANDO:

Que mediante el PUNTO 16 del Anexo VI de la Resolución citada en elprimer lugar del VISTO se establece como cobertura el Tratamiento paradrogodependientes, tanto el ambulatorio como en internación segúnPrograma aprobado por el Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación yla Secretaría de Programas para la Prevención de la Drogadicción yLucha contra el Narcotráfico, regulando los requisitos y condicionesque deben cumplir los Agentes del Seguro de Salud para solicitarlo.Asimismo, fija los montos reconocidos para cada prestación.

Que mediante el dictado de la Resolución 9800 del 30 de septiembre de2005 del Registro de esta ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES seefectuaron modificaciones al punto mencionado.

Que en atención a lo expuesto por la Gerencia de Prestaciones medianteMemorando Nro. 03/10 y teniendo en cuenta los valores de mercado,correspondería actualizar los aranceles que se encuentran vigentes enesta Administración para otorgar apoyo económico en relación altratamiento de drogodependencia.

Que a fojas 9 luce la Providencia Nro. 1139110/11 de la Gerencia dePrestaciones por la que se manifiestan las razones técnicas que motivanla incorporación del módulo de Hospital de Noche al presente actoadministrativo.

Que el servicio permanente de asesoramiento jurídico ha tomado la intervención de su competencia.

Que en mérito a lo expuesto, corresponde el dictado del presente acto administrativo.

Por ello, en uso de las atribuciones fijadas por los Decretos Nros. 53/98 y 411/11,

EL GERENTE GENERAL DE LA ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALESRESUELVE:

Artículo 1º — Sustitúyase elPunto 16 del Anexo VI de la Resolución Nro. 500 del 30 de enero de 2004de esta ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES el que quedará redactadode la siguiente manera:

a) Módulo 1: Consulta y Orientación: Refiere a consultas de orientacióny evaluación diagnóstica según DSM IV (debiendo considerarse los Ejespara el diagnóstico en Adicciones) y posterior derivación. El móduloestá integrado por cuatro consultas como mínimo y seis como máximo, asaber; Psiquiátrica, Psicológica, Psicosocial y Clínica.

1. Valor de Referencia: PESOS OCHENTA ($ 80) por consulta.

b) Módulo 2: Hospital de Medio Día (4 Horas): Comprende actividades terapéuticas de tipo ambulatorio.

1. Criterios de admisión del paciente: conciencia de situación yenfermedad, red de contención familiar, actividades laborales oescolares en curso.

2. Valores de Referencia: hasta PESOS UN MIL QUINIENTOS ($ 1.500) por mes.

3. Máximo 180 días.

c) Módulo 3: Hospital de Día (8 horas): Comprende actividades de tipo ambulatorio.

1. Criterios de admisión del paciente: conciencia de situación yenfermedad, escasa red de contención familiar y sin actividadeslaborales y/o escolares.

2. Valor de Referencia: hasta PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($ 2.500) por mes.

3. Máximo 180 días.

d) Módulo 4: Internación Psiquiátrica para Desintoxicación:

1. Criterios de admisión: intoxicación severa, descompensación,clínico-psiquiátrica por uso indebido de sustancias psicoactivas.

2. Valor de Referencia: hasta PESOS DOSCIENTOS ($ 200) por día.

3. Máximo 30 días.

e) Módulo 5: Internación en Comunidad Terapéutica Residencial:

1. Criterios de admisión: intoxicación crónica severa, falta decontención familiar, no sostiene actividades laborales ni educativas.

2. Valor de Referencia: hasta PESOS SEIS MIL ($ 6.000) por mes.

3. Máximo 12 meses con evaluaciones cada 60 días por la auditoria delAgente del Seguro de Salud. Estas evaluaciones deben formar parte delos respectivos expedientes de solicitud de cobertura ante estaAdministración.

f) Módulo 6: Modalidad Tratamiento Ambulatorio de Control y Prevención de Recaídas:

1. Criterios de admisión: finalización de cualquiera de los módulos detratamiento definidos en los puntos b), c), d) y e) hasta el altadefinitiva.

2. Valor de Referencia: hasta PESOS QUINIENTOS ($ 500) por mes.

3. Máximo 180 días.

g) Módulo 7: Hospital de Noche

1. Criterios de admisión: Paciente debe haber cumplimentado alguno delos módulos contenidos en el presente resolución y como final detratamiento debe presentar certificado de trabajo estable cumpliendohorario mínimo de CUATRO (4) u OCHO (8) horas. Una vez cumplida lajornada laboral regresa a la Comunidad terapéutica y participa de ungrupo de cierre y solo reside allí para dormir.

2. Valor de referencia: hasta PESOS SETECIENTOS ($ 700) por mes.

3. Máximo de Cobertura: 180 días.

Para cada módulo se deberá presentar prescripción médica (emitida porprofesional que no pertenezca a la institución que brinda eltratamiento preescripto). Dicha prescripción deberá especificar móduloindicado y diagnóstico presuntivo según DSM IV, debiendo considerarselos Ejes para e diagnóstico en Adicciones: F16.2x; F15.2X; F12.2X;F19.2X; F18.2X; F17.2X; F11.2X; F13.2X; F F 19.2X (19.2x- F10.2x),asimismo explicitar su derivación de la Institución prestadora con elaval del médico auditor de la Obra Social.

El tiempo máximo de cobertura que financiará esta Administración deProgramas Especiales (APE) en concepto de tratamientos dedrogadependencia será de hasta VEINTICUATRO (24) meses sumando todaslas modalidades aquí descriptas.

Art. 2º — Derógase la Resolución Nro. 9800 del 30 de septiembre de 2005 de esta ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES.

Art. 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Manuel M. Alves.

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Administración de Programas Especiales

PROGRAMA DE COBERTURA DE PRESTACIONES MEDICO ASISTENCIALES

Resolución 24.750/2011

Sustitúyase el Punto 16 del Anexo VIde la Resolución Nº 500/04 relacionada con el Programa de Cobertura dePrestaciones Médico Asistenciales.

Bs. As., 20/10/2011

VISTO el Expediente Nro. 448.833 del Registro de esta ADMINISTRACION DEPROGRAMAS ESPECIALES, la Resolución Nro. 500 del 30 de enero de 2004 y9800 del 30 de septiembre de 2005 ambas del Registro de estaADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES.

CONSIDERANDO:

Que mediante el PUNTO 16 del Anexo VI de la Resolución citada en elprimer lugar del VISTO se establece como cobertura el Tratamiento paradrogodependientes, tanto el ambulatorio como en internación segúnPrograma aprobado por el Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación yla Secretaría de Programas para la Prevención de la Drogadicción yLucha contra el Narcotráfico, regulando los requisitos y condicionesque deben cumplir los Agentes del Seguro de Salud para solicitarlo.Asimismo, fija los montos reconocidos para cada prestación.

Que mediante el dictado de la Resolución 9800 del 30 de septiembre de2005 del Registro de esta ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES seefectuaron modificaciones al punto mencionado.

Que en atención a lo expuesto por la Gerencia de Prestaciones medianteMemorando Nro. 03/10 y teniendo en cuenta los valores de mercado,correspondería actualizar los aranceles que se encuentran vigentes enesta Administración para otorgar apoyo económico en relación altratamiento de drogodependencia.

Que a fojas 9 luce la Providencia Nro. 1139110/11 de la Gerencia dePrestaciones por la que se manifiestan las razones técnicas que motivanla incorporación del módulo de Hospital de Noche al presente actoadministrativo.

Que el servicio permanente de asesoramiento jurídico ha tomado la intervención de su competencia.

Que en mérito a lo expuesto, corresponde el dictado del presente acto administrativo.

Por ello, en uso de las atribuciones fijadas por los Decretos Nros. 53/98 y 411/11,

EL GERENTE GENERAL DE LA ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALESRESUELVE:

Artículo 1º — Sustitúyase elPunto 16 del Anexo VI de la Resolución Nro. 500 del 30 de enero de 2004de esta ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES el que quedará redactadode la siguiente manera:

a) Módulo 1: Consulta y Orientación: Refiere a consultas de orientacióny evaluación diagnóstica según DSM IV (debiendo considerarse los Ejespara el diagnóstico en Adicciones) y posterior derivación. El móduloestá integrado por cuatro consultas como mínimo y seis como máximo, asaber; Psiquiátrica, Psicológica, Psicosocial y Clínica.

1. Valor de Referencia: PESOS OCHENTA ($ 80) por consulta.

b) Módulo 2: Hospital de Medio Día (4 Horas): Comprende actividades terapéuticas de tipo ambulatorio.

1. Criterios de admisión del paciente: conciencia de situación yenfermedad, red de contención familiar, actividades laborales oescolares en curso.

2. Valores de Referencia: hasta PESOS UN MIL QUINIENTOS ($ 1.500) por mes.

3. Máximo 180 días.

c) Módulo 3: Hospital de Día (8 horas): Comprende actividades de tipo ambulatorio.

1. Criterios de admisión del paciente: conciencia de situación yenfermedad, escasa red de contención familiar y sin actividadeslaborales y/o escolares.

2. Valor de Referencia: hasta PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($ 2.500) por mes.

3. Máximo 180 días.

d) Módulo 4: Internación Psiquiátrica para Desintoxicación:

1. Criterios de admisión: intoxicación severa, descompensación,clínico-psiquiátrica por uso indebido de sustancias psicoactivas.

2. Valor de Referencia: hasta PESOS DOSCIENTOS ($ 200) por día.

3. Máximo 30 días.

e) Módulo 5: Internación en Comunidad Terapéutica Residencial:

1. Criterios de admisión: intoxicación crónica severa, falta decontención familiar, no sostiene actividades laborales ni educativas.

2. Valor de Referencia: hasta PESOS SEIS MIL ($ 6.000) por mes.

3. Máximo 12 meses con evaluaciones cada 60 días por la auditoria delAgente del Seguro de Salud. Estas evaluaciones deben formar parte delos respectivos expedientes de solicitud de cobertura ante estaAdministración.

f) Módulo 6: Modalidad Tratamiento Ambulatorio de Control y Prevención de Recaídas:

1. Criterios de admisión: finalización de cualquiera de los módulos detratamiento definidos en los puntos b), c), d) y e) hasta el altadefinitiva.

2. Valor de Referencia: hasta PESOS QUINIENTOS ($ 500) por mes.

3. Máximo 180 días.

g) Módulo 7: Hospital de Noche

1. Criterios de admisión: Paciente debe haber cumplimentado alguno delos módulos contenidos en el presente resolución y como final detratamiento debe presentar certificado de trabajo estable cumpliendohorario mínimo de CUATRO (4) u OCHO (8) horas. Una vez cumplida lajornada laboral regresa a la Comunidad terapéutica y participa de ungrupo de cierre y solo reside allí para dormir.

2. Valor de referencia: hasta PESOS SETECIENTOS ($ 700) por mes.

3. Máximo de Cobertura: 180 días.

Para cada módulo se deberá presentar prescripción médica (emitida porprofesional que no pertenezca a la institución que brinda eltratamiento preescripto). Dicha prescripción deberá especificar móduloindicado y diagnóstico presuntivo según DSM IV, debiendo considerarselos Ejes para e diagnóstico en Adicciones: F16.2x; F15.2X; F12.2X;F19.2X; F18.2X; F17.2X; F11.2X; F13.2X; F F 19.2X (19.2x- F10.2x),asimismo explicitar su derivación de la Institución prestadora con elaval del médico auditor de la Obra Social.

El tiempo máximo de cobertura que financiará esta Administración deProgramas Especiales (APE) en concepto de tratamientos dedrogadependencia será de hasta VEINTICUATRO (24) meses sumando todaslas modalidades aquí descriptas.

Art. 2º — Derógase la Resolución Nro. 9800 del 30 de septiembre de 2005 de esta ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES.

Art. 3º — Los módulos y valores dereferencia establecidos en el ARTICULO 1º de la presente seránaplicables a las solicitudes de reintegro presentadas a partir del 3 deenero de 2012.

(Artículo sustituido por art. 1° de la Resolución N° 425/2012 de la Administración de Programas Especiales B.O. 24/1/2012. Vigencia: a partir del día de su publicación)

Art. 4º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a laDirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

(Artículo incorporado por art. 2° de la Resolución N° 425/2012 de la Administración de Programas Especiales B.O. 24/1/2012. Vigencia: a partir del día de su publicación)

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 1200/2012 dela Superintendencia de Servicios de Salud B.O. 3/10/2012 se limita lavigencia temporal de la presente Resolución, para la tramitación de losreintegros de las prestaciones realizadas por los Agentes del Seguro,en forma previa a la publicación de la norma de referencia)

(Nota Infoleg: por art. 2° de la Resolución N° 1310/2012de la Superintendencia de Servicios de Salud B.O. 22/10/2012 se amplíala vigencia temporal de la presente Resolución, para la tramitación delos reintegros de las prestaciones realizadas por los Agentes delSeguro hasta el 30 de noviembre de 2012)

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