Resolución 1455/2011

U.T.H.G.R.A. - Asoc. De Empr. Hoteleros Gastr. Y Af. De Rio Gallegos - F.E.H.G.R.A. - Reg. 1511/11

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Convenciones Colectivas De Trabajo
U.T.H.G.R.A. - Asoc. De Empr. Hoteleros Gastr. Y Af. De Rio Gallegos - F.E.H.G.R.A. - Reg. 1511/11

Declarase homologado el acuerdo celebrado entre la union trabajadores hoteleros y gastronomicos de la republica argentina (u.t.h.g.r.a.), por la parte sindical, y la asociacion de empresarios hoteleros gastronomicos y afines de rio gallegos, por el sector empleador, el que luce a fojas 258 del expediente nº 116.529/06, ratificado por la asociacion sindical firmante y la federacion empresaria hotelera gastronomica de la republica argentina (f.e.h.g.r.a.), mediante actas complementarias que constan, respectivamente, a fojas 275 y 276 del expediente nº 116.529/06, conforme lo dispuesto en la ley de negociacion colectiva nº 14.250 (t.o. 2004).

Id norma: 190417 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32284

Fecha boletin: 24/11/2011 Fecha sancion: 21/10/2011 Numero de norma 1455/2011

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Trabajo Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1455/2011

Registro Nº 1511/2011

Bs. As., 21/10/2011

VISTO el Expediente Nº 116.529/06 del Registro del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), laLey Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo celebrado entre la UNIONTRABAJADORES HOTELEROS Y GASTRONOMICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA(U.T.H.G.R.A.), la UNION TRABAJADORES HOTELEROS Y GASTRONOMICOS DE LAREPUBLICA ARGENTINA (U.T.H.G.R.A.) - SECCIONAL RIO GALLEGOS, por laparte sindical, y la ASOCIACION DE EMPRESARIOS HOTELEROS GASTRONOMICOSY AFINES DE RIO GALLEGOS, por el sector empleador, el que luce a fojas258 del Expediente Nº 116.529/06 y ha sido alcanzado por ante laDelegación Regional Río Gallegos de este Ministerio de Trabajo, Empleoy Seguridad Social.

Que dicho acuerdo se celebra en el seno de la Comisión NegociadoraZonal prevista en el artículo 22.3 del Convenio Colectivo de Trabajo Nº389/04, la que ha sido constituida entre las partes citadas y medianteArtículo 2º de Disposición Dirección Nacional de Relaciones del TrabajoNº 378 de fecha 26 de agosto de 2010, cuya copia fiel consta a fojas218/222 del subexámine.

Que debe tenerse por cumplido lo establecido en el artículo 22.3 delplexo convencional citado, con la intervención de la UNION TRABAJADORESHOTELEROS Y GASTRONOMICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (U.T.H.G.R.A.) y laFEDERACION EMPRESARIA HOTELERA GASTRONOMICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA(F.E.H.G.R.A.), en las actas complementarias que lucen a fojas 275 y276 del expediente citado en el Visto, mediante las cuales ratifican elacuerdo de marras.

Que mediante el acuerdo cuya homologación se solicita se establece unasuma de naturaleza no remunerativa, la que se hará efectiva en lostérminos, plazos y conforme los lineamientos allí establecidos.

Que respecto del ámbito personal y territorial de aplicación delacuerdo, se establece para los trabajadores representados por laentidad sindical celebrante, comprendidos en el Convenio Colectivo deTrabajo Nº 389/04 que laboren en la Provincia de SANTA CRUZ en elámbito de representación de la ASOCIACION DE EMPRESARIOS HOTELEROSGASTRONOMICOS Y AFINES DE RIO GALLEGOS.

Que en definitiva dicho ámbito de aplicación se corresponde ycircunscribe a la estricta correspondencia de la representatividadconjunta de las partes celebrantes.

Que en relación con su ámbito temporal, se fija la vigencia del mismo apartir del mes de abril de 2011, de conformidad con lo establecido porsus celebrantes.

Que debe tenerse presente que la atribución de carácter no remunerativoa algún concepto que compone el ingreso a percibir por los trabajadoresy su aplicación a los efectos contributivos es, como principio, deorigen legal y de alcance restrictivo. Correlativamente la atribuciónautónoma de tal carácter es excepcional y, salvo en supuestosespeciales legalmente previstos, debe tener validez transitoria,condición a la que las partes se ajustan en el acuerdo celebrado.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones delTrabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentesactuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la UNIONTRABAJADORES HOTELEROS Y GASTRONOMICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA(U.T.H.G.R.A.), por la parte sindical, y la ASOCIACION DE EMPRESARIOSHOTELEROS GASTRONOMICOS Y AFINES DE RIO GALLEGOS, por el sectorempleador, el que luce a fojas 258 del Expediente Nº 116.529/06,ratificado por la asociación sindical firmante y la FEDERACIONEMPRESARIA HOTELERA GASTRONOMICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA(F.E.H.G.R.A.), mediante actas complementarias que constan,respectivamente, a fojas 275 y 276 del Expediente Nº 116.529/06,conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250(t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el DepartamentoDespacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido,pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que elDepartamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 258 delExpediente Nº 116.529/06 y actas complementarias de fojas 275 y 276 delas mismas actuaciones.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, procédasea la guarda del presente legajo juntamente con el del ConvenioColectivo de Trabajo Nº 389/04.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuitadel Acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercerpárrafo del Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 116.529/06

Buenos Aires, 25 de octubre de 2011

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1455/11 se hatomado razón del acuerdo obrante a fojas 258, 275 y 276 del expedientede referencia, quedando registrado bajo el número 1511/11. — VALERIAANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, DepartamentoCoordinación - D.N.R.T.

EXPEDIENTE Nº 1.230.116.529/2006

En la ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz, a los veintiochodías del mes de abril de 2011, siendo las 10:30 horas, comparecen en elMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Delegación RegionalRío Gallegos, en representación del Consejo Directivo Nacional de laUNION DE TRABAJADORES HOTELEROS Y GASTRONOMICOS DE LA REPUBLICAARGENTINA (UTHGRA), y de la SECCIONAL RIO GALLEGOS de la UNION DETRABAJADORES HOTELEROS Y GASTRQNOMICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, elSr. Onofre BARRIA, DNI Nº 14.656.537, junto al Sr. Marcelo SOLIS (DNI16.483.606), y en representación de la ASOCIACION DE EMPRESARIOSHOTELEROS GASTRONOMICOS Y AFINES DE RIO GALLEGOS, el Sr. PauloLUNZEVICH (DNI. 20.921.210), todos con identidad y demás datosacreditados en autos.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, a fin decontinuar con las negociaciones en el seno de la Comisión Negociadoraconstituida mediante la Disposición Dirección Nacional de Relacionesdel Trabajo - D.N.R.T. Nº 378, Artículo Nº 2º, de fecha 26 de agosto de2010, cuya copia fiel obra a fojas 218/222 de autos, procede elfuncionario actuante a dar uso de la palabra a las partesintervinientes:

En uso de la palabra la representación de la parte empleadora, el Sr.LUNZEVICH, MANIFIESTA: Que producto de las negociaciones que en formadirecta se han llevado hasta el momento, a fin de arribar a un acuerdoen el marco de la presente paritaria zonal, pone a consideración lasiguiente propuesta: $ 1.000,00 (pesos un mil) no remunerativos,pagaderos en cuatro cuotas iguales de $ 250,00 (pesos doscientoscincuenta) con los haberes de abril, mayo, junio y julio de 2011.

En uso de la palabra la representación gremial, el Sr. BARRIA,MANIFIESTA: Que se acepta la propuesta ofrecida por la ASOCIACION DEEMPRESARIOS HOTELEROS GASTRONOMICOS Y AFINES DE RIO GALLEGOS,solicitando se de curso a la homologación del acuerdo arribado.En este estado, atento a lo manifestado expresamente por las partes, seda por finalizado el acto, firmando los comparecientes de conformidad,previa lectura y ratificación, ante mí, Funcionario Actuante. Certifico.

Expte. 116.529/06

En la ciudad de Buenos Aires a los doce días del mes de setiembre de2011, siendo las 16.30 horas comparece espontáneamente en el MINISTERIODE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL —DIRECCION NACIONAL DE RELACIONESDEL TRABAJO— ante la Dra. Mercedes M. GADEA, Jefe del Departamento deRelaciones Laborales Nº 1, en representación de la UNION DETRABAJADORES DEL TURISMO HOTELEROS Y GASTRONOMICOS DE LA REPUBLICAARGENTINA el Sr. Juan José BORDES.

Declarado abierto el acto por la actuante, la representación sindicalpresente manifiesta que tomado conocimiento del dictamen Nº 1619/11obrante en autos, en atención a que aún no ha sido constituida a nivelnacional por las partes signatarias del CCT 38/04 la Comisión Paritariade interpretación aludida, en su carácter de firmante del referidoconvenio colectivo de trabajo viene a ratificar acuerdo que luce afojas 258 de estos actuados, solicitando su homologación una vezratificado por la parte empresaria, todo ello en razón del carácteralimentario de lo convenido.Con lo que se cierra el acto siendo las 17.15 horas, labrándose lapresente que leída es firmada de conformidad y para constancia ante elactuante que certifica.

EXPEDIENTE Nº 116.529/09

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los 30 días del mes deseptiembre de 2011 a las 15,00 horas comparecen al MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, DIRECCION NACIONAL DE RELACIONESDEL TRABAJO, ante la Señora Jefa del Departamento de RelacionesLaborales Nº 1, Dra. Mercedes M. GADEA, en representación de laFEDERACION EMPRESARIA HOTELERO GASTRONOMICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA(FEHGRA), el Dr. Iván D. POSSE MOLINMA Apoderado.

Declarado abierto el acto por la Funcionaria Actuante, larepresentación empresaria presente manifiesta que tomado conocimientodel dictamen Nº 1619/11 obrante en autos, en atención a que aun no hasido constituida a nivel nacional por las partes signatarias del CCT389/04 la Comisión Paritaria de interpretación aludida, en su carácterde firmante del referido Convenio Colectivo del Trabajo viene aratificar acuerdo que luce a fojas 258 de estos actuados, solicitandosu homologación.

Con lo que cerro el acto, labrándose a la presente que leída deconformidad y para constancia, ante mí, funcionaria actuante, quecertifica.

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