Disposición 44/2011

Valor Del “Coeficiente De Modificacion (K)

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Planificacion Federal, Inversion Publica Y Servicios
Valor Del “Coeficiente De Modificacion (K)

Establecese el valor del “coeficiente de modificacion (k)” definido en el marco regulatorio a partir del 1º de diciembre de 2011 en tres coma siete mil trescientos treinta y uno (3,7331).

Id norma: 190715 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 32289

Fecha boletin: 02/12/2011 Fecha sancion: 23/11/2011 Numero de norma 44/2011

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Obras Publicas Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS

SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS

Disposición Nº 44/2011

Bs. As., 23/11/2011

VISTO el Expediente Nº S01:0125547/2011 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 26.221 aprobó el “Convenio Tripartito” firmado por elSeñor MINISTRO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS,el Señor Gobernador de la Provincia de BUENOS AIRES y el Señor Jefe deGobierno de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES el 12 de Octubre de 2006y el Marco Regulatorio que rige la prestación de los serviciossanitarios en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en los Partidos dela Provincia de Buenos Aires: Almirante Brown, Avellaneda, EstebanEcheverría, Ezeiza, Hurlingham, Ituzaingó, La Matanza, Lanús, Lomas deZamora, Morón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, General San Martín,Tres de Febrero, Tigre y Vicente López, respecto de los servicios deagua potable y desagües cloacales; y los servicios de recepción deefluentes cloacales en bloque de los Partidos de Berazategui yFlorencio Varela.

Que el Articulo 3º del citado Convenio Tripartito establece que el ENTEREGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) entidad autárquica actuante enel ámbito del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA YSERVICIOS tendrá a su cargo el control y regulación de la prestacióndel servicio y de los aspectos contables de la concesión y la atenciónde reclamos de usuarios y que a tal fin podrá emitir las normasnecesarias para reglamentar las condiciones de prestación que seestablezcan en el Marco Regulatorio y Contrato de Concesiónrespectivos, así como la regulación de las relaciones entre la empresaprestadora y los usuarios, estableciendo los procedimientos yrequisitos que aseguren a estos la atención e información necesariapara ejercer sus derechos con la mayor amplitud.

Que mediante Decreto Nº 304 de fecha 21 de marzo de 2006 el PODEREJECUTIVO NACIONAL creó la Empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOSSOCIEDAD ANONIMA (AySA) como concesionaria de los Servicios Sanitariosen el ámbito detallado.

Que mediante Nota AySA Nº 140.962/11 del 8 de Abril de 2011 AySA S.A.puso a consideración de esta Subsecretaría un nuevo modelo de facturaque contempla exponer de manera generalizada y proporcional para cadausuario el subsidio otorgado, sin que el mismo signifique incrementotarifario alguno.

Que en el marco de las políticas y programas instrumentadas por elGOBIERNO NACIONAL desde el año 2003 para afrontar la situaciónsocioeconómica del país, resultó necesario llevar adelante distintasmedidas encaminadas a subsidiar diversos sectores de la economíanacional a fin de garantizar la universalización de los serviciospúblicos esenciales.

Que la actual crisis económica internacional, impone al GobiernoNacional, por un lado, continuar con la instrumentación de políticasadecuadas para garantizar la competitividad, el proceso deindustrialización y el acceso universal a los servicios públicos,asegurándose el mantenimiento del desarrollo económico de todos losargentinos y por otro analizar la evolución de las mismas y su impactoen los subsidios oportunamente instaurados, a efectos de adecuarlos alos principios liminares de la política económica social diseñada porel PODER EJECUTIVO NACIONAL y a los parámetros de equidad social,competitividad y pleno empleo.

Que tales razones impulsaron la emisión de la Resolución Conjunta Nº693 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y Nº 1900 delMINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS defecha 2 de noviembre de 2011 por la cual se crea el Grupo de Trabajopresidido por la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION deeste Ministerio y la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO del MINISTERIO DEECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS para el análisis y estudio de laincidencia en los distintos sectores de los subsidios establecidos porel PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que en dicho marco se dictó la Disposición Conjunta Nº 207 de laSUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION de este Ministerio yNº 714 de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDAdel MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS de fecha 3 de noviembrede 2011 por la cual se solicitó a esta Subsecretaría, en relación a laEmpresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA (AySA S.A.), elidentificar y discriminar a los usuarios —que atento a lo normado en elMarco Regulatorio, se entienden “No Residenciales”— de cada serviciopúblico por actividad económica conforme al “Codificador deActividades” establecido en la Resolución General Nº 485 del 9 de Marzode 1999 de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP), deacuerdo a la actividad principal o secundaria que desarrollen en elpunto de suministro y a su vez se aprobó un primer listado deActividades y Sujetos que se encuentran en condiciones de afrontar laeliminación de subsidios sobre los servicios de energía eléctrica, gasnatural y agua potable.

Que asimismo por las Disposiciones Conjuntas Nos. 214 y 215 de laSUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION del MINISTERIO DEPLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y Nº 771 y 772 dela SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZASPUBLICAS se aprobaron nuevos listados de Actividades y Sujetos que seencuentran en condiciones de afrontar la eliminación de subsidios.

Que en el caso de Agua y Saneamientos Argentinos S.A. (AySA S.A.) larecaudación propia y los aportes que como subsidio económico otorgó elTesoro Nacional a la empresa a efectos de dar cumplimiento a loestablecido en el artículo 72 del Marco Regulatorio aprobado medianteLey 26.221 determinan un valor de coeficiente de modificación de TRESCOMA SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y UNO (3,7331) para el año en curso.

Que no obstante lo expresado se considera prudente disponer la aperturaen el ámbito del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) de unregistro de solicitud de excepciones para aquellos usuarios quejustifiquen y acrediten no estar en condiciones de afrontar losimportes tarifarios resultantes y la elaboración de una reglamentaciónal respecto.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de laSUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSIONPUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Marco Regulatorio aprobado por la Ley Nº 26.221.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE RECURSOS HIDRICOS

DISPONE:

ARTICULO 1º — Establécese el valor del “Coeficiente de modificación(K)” definido en el Marco Regulatorio a partir del 1º de diciembre de2011 en TRES COMA SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y UNO (3,7331).

ARTICULO 2º — Manténgase la modalidad de facturación y de exposicióndel nivel de subsidio que el Estado Nacional otorga aplicando unareducción al valor definido el Artículo 1º de la presente, del SETENTAY CUATRO COMA TREINTA Y SEIS PORCIENTO (74,36%).

ARTICULO 3º — Encomiéndase a la Empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOSSOCIEDAD ANONIMA (AySA) identificar y discriminar a los usuarios “NoResidenciales” por actividad económica, conforme el “Codificador deActividades” establecido en la Resolución General Nº 485 del 9 de Marzode 1999 de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP), deacuerdo a la actividad principal o secundaria que desarrollen en elpunto de suministro, que como ANEXO I forma parte integrante de lapresente.

ARTICULO 4º — Instrúyase a la Empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOSSOCIEDAD ANONIMA (AySA) a eliminar los subsidios sobre aquellosusuarios identificados en el ANEXO II que forma parte integrante de lapresente disposición y conforme los listados aprobados por lasDisposiciones Conjuntas mencionadas en los considerandos.

ARTICULO 5º — Encomiéndase la creación, en el ámbito del ENTE REGULADORDE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS), de un Registro de Solicitudes deExcepción a lo dispuesto por la presente Disposición, en el que podránpresentarse aquellos usuarios alcanzados por ella que justifiquen yacrediten no poder afrontar la quita de subsidios propiciada.

ARTICULO 6º — Encomiéndase al ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO(ERAS), la elaboración dentro de los TREINTA (30) días corridos deaprobada la presente, de una reglamentación para que la autoridadcompetente pueda decidir sobre lo solicitado en el artículo precedente.

ARTICULO 7º — Encomiéndase al ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO(ERAS) el control de la implementación y del desarrollo de la dispuestoen la presente.

ARTICULO 8º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Ing. FABIAN LOPEZ, Subsecretario deRecursos Hídricos._____NOTA: Los Anexos no se publican. La documentación no publicada puedeser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar

e. 02/12/2011 Nº 158848/11 v. 02/12/2011

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