Disposición Conjunta 810/2011 229/2011

Renuncia Voluntaria

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Subsidios
Renuncia Voluntaria

Renuncia voluntaria al subsidio

Id norma: 191281 Tipo norma: Disposición Conjunta Numero boletin: 32293

Fecha boletin: 12/12/2011 Fecha sancion: 02/12/2011 Numero de norma 810/2011 229/2011

Organismo (s)

Organismo origen: Subsecretaria De Presupuesto Ver Disposiciones Organismo origen: Subsecretaria De Coordinacion Y Control De Gestion Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Subsecretaríade Coordinación y Control de GestiónySubsecretaría de Presupuesto

SUBSIDIOS

Disposición Conjunta 229/2011 y810/2011

Renuncia Voluntaria al Subsidio.

Bs. As., 2/12/2011

VISTO el Expediente S01:0464205/2011 del Registro del MINISTERIO DEPLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el Decreto Nº1142 de fecha 26 de noviembre de 2003, el Decreto Nº 2025 de fecha 25de noviembre de 2008, la Resolución Conjunta Nº 693 del MINISTERIO DEECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y Nº 1900 del MINISTERIO DE PLANIFICACIONFEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS de fecha 2 de noviembre de 2011,y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Conjunta citada en el Visto se creó el Grupo deTrabajo para el análisis y estudio de la incidencia en los distintossectores de los subsidios establecidos por el PODER EJECUTIVO NACIONAL,integrado por la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DEHACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y por laSUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION del MINISTERIO DEPLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que se le encomendó al Grupo de Trabajo que con los Organismos PúblicosNacionales, Provinciales y Municipales vinculados a la regulación,control y seguimiento de la prestación de estos servicios, y junto alsector privado, las Cámaras de los distintos sectores de la Economía,Asociaciones representativas, se lleve adelante un profundo análisis delos indicadores, parámetros y toda información necesaria y suficientepara la revisión y adecuación de los subsidios de cada una de las áreasde la misma.

Que el estudio sobre los distintos sectores económicos y de lapoblación, se realiza teniendo en cuenta el crecimiento sostenido de laeconomía, el incremento en las inversiones y el desarrollo de losrecursos productivos, a efectos de instrumentar las políticas adecuadaspara garantizarla competitividad, el proceso de industrialización y elacceso universal a los servicios públicos, asegurándose elmantenimiento del desarrollo económico de todos los argentinos.

Que la búsqueda de equidad social, competitividad y pleno empleo formanparte del modelo instaurado desde el 2003 a la fecha, razón por la cuallas medidas que se propician, procuran la consecución del bienestarsocial, abarcando a toda la población en su conjunto y teniendo comofinalidad hacer que los distintos sectores, que se encuentran encondiciones de hacerlo, realicen esfuerzos mancomunadamente.

Que en este marco, y en atención al informe técnico elaborado en elámbito del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA YSERVICIOS, mediante la Disposición Conjunta Nº 218 y 799 de estasSubsecretarías de fecha 24 de noviembre de 2011, se recomendó laeliminación de los subsidios sobre los servicios de energía eléctrica,gas natural y agua potable y desagües cloacales a los usuariosresidenciales comprendidos en los Barrios de Puerto Madero y BarrioParque de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y a los usuariosresidenciales comprendidos en Countries, Barrios Cerrados, Clubes deCampo y Clubes de Chacras, a nivel nacional, entendiendo como tales aaquellas urbanizaciones o predios cerrados o semicerrados no integradosal ejido urbano y que cuenten con servicios comunes y de seguridadprivada.

Que a fin de avanzar con la implementación de las medidas necesariaspara la consecución de una mayor equidad en la aplicación de lossubsidios por parte del ESTADO NACIONAL, resulta indispensablecontinuar aplicando las medidas propuestas a aquellos usuarios que, porsu ubicación geográfica y conforme al informe referido, se encontraríanen condiciones de afrontar el pago del precio pleno del serviciospúblicos de gas natural, energía eléctrica y agua potable.

Que en este sentido se entiende, asimismo, que dentro de los usuariosresidenciales en condiciones de afrontar la quita de subsidios seencuentran aquellos comprendidos en edificios tipo torres siempre quelos mismos cuenten con los servicios de salón de usos múltiples,pileta, gimnasio y espacios deportivos o de esparcimiento adicionales yse encuentren ubicados en las zonas cuyo coeficiente de tasa deAlumbrado, Barrido y Limpieza de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES sea1,50; 1,75 ó 2, conforme el Anexo de la Ley Nº 2568/07.

Que asimismo se recomienda la eliminación de los subsidios sobre losservicios de energía eléctrica, gas natural y agua potable y desagüescloacales, según corresponda, a las dependencias públicaspertenecientes al Gobierno de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, sobreel Alumbrado Público existente en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES ya la empresa concesionaria de la red de autopistas y víasinterconectadas de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

Que por otra parte, a través de la Disposición Conjunta Nº 216 y 733 deestas Subsecretarías de fecha 22 de noviembre de 2011 se aprobaron elFormulario de “Renuncia Voluntaria al Subsidio”; el Formulario de“Declaración Jurada sobre la necesidad del subsidio”; el modelo de Notade finalización del trámite de Renuncia y el modelo de factura deservicio.

Que en procura de una mejor eficiencia en las medidas adoptadas,resulta necesario establecer una metodología de aplicación para losinstrumentos aprobados por la Disposición antes citadas, utilizandocomo criterio el establecido en el Anexo de la Ley Nº 2568/07 por elcual se determina un coeficiente mediante el cual se establece elaumento del Alumbrado, Barrido y Limpieza de la CIUDAD AUTONOMA DEBUENOS AIRES.

Que en este sentido se recomienda que el Formulario de “DeclaraciónJurada sobre la necesidad del subsidio” y el modelo de factura delservicio aprobados por este Grupo de Trabajo, sean enviados, en unaprimera instancia, a aquellos barrios cuyo coeficiente sea de 1,50 ó1,75 y dentro del Barrio de PALERMO a las zonas con coeficiente 2.

Que el Formulario de “Declaración Jurada sobre la necesidad delsubsidio” establece que pasados TREINTA (30) días de recepcionado elmismo, sin recibir respuesta, se procederá a la quita del subsidio quese aplica sobre la factura.

Que en procura de una mayor seguridad para el usuario, y sin queimplique una modificación al sistema implementado, correspondeestablecer una instancia adicional a la prevista en el considerandoprecedente, que consiste en un envío de una nueva notificación porparte de las licenciatarias, una vez concluidos los TREINTA (30) díassin que se haya contestado la necesidad del mantenimiento del subsidio,por un período de CINCO (5) días hábiles, garantizándose de esta forma,una doble instancia previa a la quita del subsidio.

Que a tal fin y para fijar criterios uniformes se aprueba por lapresente el modelo de nota respectivo.

Que la medida que se propicia redundará en una aplicación justa yequitativa de los subsidios otorgados por el ESTADO NACIONAL.

Que asimismo, se sugiere que la medida propuesta entre en vigencia apartir del 1º de enero de 2012.

Que los Señores Ministros han instruido a estas Subsecretarías para quecomuniquen y recomienden a las autoridades con competencia primariasobre los servicios de energía eléctrica, gas natural y agua potable ydesagües cloacales la adopción de las medidas conducentes a hacerefectivo lo dispuesto por la presente.

Que las Direcciones Generales de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DEECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS han tomado la intervención que lescompete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas porla Resolución Conjunta Nº 693 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZASPUBLICAS y Nº 1900 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSIONPUBLICA Y SERVICIOS de fecha 2 de noviembre de 2011.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTIONYEL SUBSECRETARIO DE PRESUPUESTODISPONEN:

Artículo 1º — Recomiéndase, a partir del 1º de enero de 2012, laeliminación de los subsidios sobre los servicios de energía eléctrica,gas natural y agua potable y desagües cloacales a los usuariosresidenciales, incluyendo a los inmuebles destinados a oficinascomerciales y/o profesionalessean corporativas o en propiedadhorizontal que previamente se determinen, comprendidos en las zonasgeográficas establecidas en el ANEXO I que forma parte integrante de lapresente.

Art. 2º — Recomiéndase, a partir del 1º de enero de 2012, laeliminación de los subsidios sobre los servicios de energía eléctrica,gas natural y agua potable y desagües cloacales a los usuariosresidenciales comprendidos en edificios tipo torres siempre que losmismos cuenten con los servicios de salón de usos múltiples, pileta,gimnasio y espacios deportivos o de esparcimiento adicionales y seencuentren ubicados en las zonas cuyo coeficiente de tasa de Alumbrado,Barrido y Limpieza de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES sea 1,50; 1,75ó 2, conforme el Anexo de la Ley Nº 2568/07.

Art. 3º — Recomiéndase, a partir del 1º de enero de 2012, laeliminación de los subsidios sobre los servicios de energía eléctrica,gas natural y agua potable y desagües cloacales, según corresponda, alas dependencias públicas pertenecientes al Gobierno de la CIUDADAUTONOMA DE BUENOS AIRES, sobre el Alumbrado Público existente en laCIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y a la empresa concesionaria de la redde autopistas y vías interconectadas de la CIUDADAUTONOMA DE BUENOS AIRES.

Art. 4º — Recomiéndase el envío del Formulario de “Declaración Juradasobre la necesidad del subsidio” y el modelo de factura del servicioaprobados en el ANEXO II y IV de la Disposición Conjunta Nº 216 de laSUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION del MINISTERIO DEPLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y Nº 733 de laSUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZASPUBLICAS de fecha 22 noviembre de 2011, a los usuarios residenciales,incluyendo a los inmuebles destinados a oficinas comerciales y/oprofesionales sean corporativas o en propiedad horizontal quepreviamente se determinen, comprendidos en las zonas geográficasestablecidas en el ANEXO II que forma parte integrante de la presente.

Art. 5º — Apruébase el modelo de notificación a remitir a los usuariosante la falta de respuesta del Formulario de “Declaración Jurada sobrela necesidad del subsidio”, que como ANEXO III forma parte integrantede la presente.

Art. 6º — Comuníquese y recomiéndase la adopción de la medida propuestaa la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, al ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS(ENARGAS) organismo descentralizado actuante en la órbita de laSECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y a la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOSde la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACIONFEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Art. 7º — Elévase la presente a los Señores Ministros de Economía yFinanzas Públicas y de Planificación Federal, inversión Pública yServicios, para su conocimiento.

Art. 8º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Roberto Baratta. — Raul E. Rigo.

ANEXO I

BELGRANO R(CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES)

Zona delimitada entre: Virrey del Pino, Av. Forest, La Pampa, Dr.Rómulo Naón, Juramento.

CORREDOR DE AV. DEL LIBERTADOR(CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES)

Zona delimitada por: Av. Del Libertador desde el 3500 al 5700.

RETIRO - PLAZA SAN MARTIN - ZONAKAVANAGH(CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES)

Zona delimitada entre: Arroyo desde Carlos Pellegrini hasta Esmeralda,Esmeralda desde Libertador hasta Santa Fe, Juncal desde Pellegrinihasta Maipú, Basavilbaso desde Libertador hasta Arenales, Suipachadesde Libertador hasta Juncal, Maipú desde Arenales hasta Juncal,Arenales desde Maipú hasta Esmeralda. Manzana entre Reconquista,Florida, Ricardo Rojas. Manzana entre Florida, Corina Kavanagh y SanMartín.

ALTO RECOLETA(CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES)

Zona delimitada entre: Alvear ambas manos desde Cerrito hasta PlazaTorcuato de Alvear. Cerrito desde Av. del Libertador hasta Arroyo.Arroyo desde Cerrito hasta Libertad, Libertad desde Arroyo hastaAlvear, Av. del Libertador desde Cerrito hasta Alvear sin lotesfrentistas de Av. del Libertador.

TORRES CATALINAS(CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES)

Zona delimitada entre: Av. Leandro N. Alem, Florida, San Martín,Eduardo Madero, Lavalle, Bouchard y Av. Córdoba.

LA HORQUETA(PARTIDO DE SAN ISIDRO - PROVINCIA DE BUENOS AIRES)


Zona delimitada entre: Panamericana, Cañalejas, Blanco Encalada, JoséIngenieros, Acceso Tigre.

BARRANCAS DE SAN ISIDRO(PARTIDO DE SAN ISIDRO - PROVINCIA DE BUENOS AIRES)


Zona delimitada entre: Uruguay, Vías Tren de la Costa, Av. Paraná, Av.Del Libertador.

PUNTA CHICA, VICTORIA(PARTIDO DE SAN FERNANDO - PROVINCIA DE BUENOS AIRES)

Zona delimitada entre: Lanusse, Gral. Arias, Uruguay, Av. DelLibertador.

ANEXO II

Zona delimitada entre Av. Gral Paz, Av. Lugones, Av. Udaondo, Av. DelLibertador, Av. Congreso y Av. Cabildo.

BELGRANO(CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES)

Zona delimitada entre Av. Lugones, Av. de los Ombúes, Olleros, Av. DelLibertador, Zabala, Av. Cabildo, Av. Congreso, Av. Del Libertador yUdaondo. A excepción de la manzana de La Pampa, Domingo Romero, Husaresy Sucre y la manzana de La Pampa, Miñones, Valentín Alsina hasta laaltura de Cazadores.

RECOLETA(CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES)

Zona delimitada entre Av. Santa Fe, Av. Coronel Díaz, Las Heras,Austria, Av. Figueroa Alcorta, Salguero, Juez Tedin, Facundo Quiroga,Av. Del Libertador, Montevideo y Uruguay. Con excepción de las zonasmarcadas en atención a lo previsto en el Anexo I de la presente y porla Disposición Conjunta Nº 218/779/2011.

RETIRO(CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES)


Zona delimitada entre Av. Córdoba, Uruguay, Montevideo, Av. DelLibertador y Leandro N. Alem Con excepción de las zonas marcadas enatención a lo previsto en el Anexo I de la presente y por laDisposición Conjunta Nº 218/779/2011.

BOTANICO(CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES)

Zona delimitada entre Av. Pueyrredón, Av. Las Heras, Av. Sarmiento yAv. Del Libertador. Con excepción de las zonas marcadas en atención alo previsto en la Disposición Conjunta Nº 218/779/2011.

SAN ISIDRO - BARRIO CASI(PARTIDO DE SAN ISIDRO - PROVINCIA DE BUENOS AIRES)

Zona delimitada entre: Eduardo Costa, R. Saenz Peña, Av. Del Libertadory Perú.

CORREDOR AV. DEL LIBERTADOR, OLIVOS(PARTIDO DE VICENTE LOPEZ - PROVINCIA DE BUENOS AIRES)

Zona Delimitada: Av. Del Libertador, Río de La Plata, entre Roma yGral. Paz.

CORREDOR OLIVOS(PARTIDO DE VICENTE LOPEZ - PROVINCIA DE BUENOS AIRES)

Zona Delimitada: Paraná, Av. Libertador, Roma, Tomás Espora, AlteBrown, Ramseyer.

SAN ISIDRO HIPODROMO(PARTIDO DE SAN ISIDRO - PROVINCIA DE BUENOS AIRES)

Zona Delimitada: Av. Márquez, Av. Rolón, Moreno, Laprida.

SAN ISIDRO JOCKEY CLUB(PARTIDO DE SAN ISIDRO - PROVINCIA DE BUENOS AIRES)


Zona Delimitada: Av. Márquez, San José, Alsina, Bergallo, Don Bosco,Madame Curie, Jacinto Díaz, Isabel la Católica, Avellaneda, Lynch.Tomkinson, Rábida, Francia, Sucre, Don Bosco, Segundo Fernandez.

BARRIO SANTA RITA, SAN ISIDRO(PARTIDO DE SAN ISIDRO - PROVINCIA DE BUENOS AIRES)

Zona Delimitada: Santa Rita, Cap. Juan de San Martín, Sucre, ColectoraPanamericana.

ANEXO III

Modelo de notificación a ser enviado por las distribuidoras paracomunicar la falta de recepción de la DDJJ de necesidad de subsidio.

LogodeEmpresa                                                            



Estimado Usuario:

Por medio de la presente informamos a Usted que han transcurrido los 30(treinta) días del envío a su domicilio del Formulario de “DeclaraciónJurada sobre la necesidad del subsidio, y no se ha recibido respuestaalguna sobre el mismo.

En tal sentido, notificamos a Usted que de no recibir en los próximos 5(cinco) días hábiles contados a partir de la recepción de la presenterespuesta al formulario enviado oportunamente, se procederá a la quitadel subsidio sobre sus servicios.

En caso de notar alguna irregularidad respecto de lo consignado en lapresente, solicitamos comunicarse a la brevedad a nuestro 0800-XXX-XXXX(número de la distribuidora) o al 0800-888-8765 a efectos de solucionarel inconveniente.

Sin más, lo saludamos atentamente.

______________________(Firma del responsableAclaración y cargo del Gerente de la empresa distribuidora)

Importante:

Esta nota deberá ser enviada por correo por carta certificada con avisode retorno.

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