Disposición 5/2011

Procedimiento Informatico Para La Solicitud Y Emision De Autorizacion Fitosanitaria De Importacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Agricultura, Ganaderia Y Pesca
Procedimiento Informatico Para La Solicitud Y Emision De Autorizacion Fitosanitaria De Importacion

Procedimiento informatico para la solicitud y emision de autorizacion fitosanitaria de importacion (afidi). incorporacion de puntos de ingreso y productos reglamentados. se incorpora al “procedimiento informatico para la solicitud y emision de la autorizacion fitosanitaria de importacion (afidi)”, aprobado por la resolucion nº 569 del 20 de agosto de 2010 del servicio nacional de sanidad y calidad agroalimentaria, a todos los productos reglamentados que se tramitan por los puntos de ingreso habilitados por senasa, que se detallan en el articulo siguiente, el que reemplaza al procedimiento contenido en el anexo iv de la resolucion nº 816 del 4 de octubre de 2002 del citado servicio nacional de acuerdo con el cronograma que se establece.

Id norma: 192392 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 32309

Fecha boletin: 03/01/2012 Fecha sancion: 20/12/2011 Numero de norma 5/2011

Organismo (s)

Organismo origen: Direccion Nacional De Proteccion Vegetal Ver Disposiciones Observaciones: ESTA NORMA NO SE RELACIONA CON SU ANTECEDENTE - RESOLUCION 401/2010 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA - PORQUE, SEGUN NUESTROS REGISTROS, NO SE HABRIA PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL.

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION VEGETAL

Disposición Nº 5/2011

Bs. As., 20/12/2011

VISTO el Expediente Nº S01:0163669/2011 del Registro delMINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, el Decreto Nº 1.585del 19 de diciembre de 1996, las Resoluciones Nros. 816 del 4 deoctubre de 2002 y 569 del 20 de agosto de 2010, ambas del SERVICIONACIONAL DE CALIDAD Y SANIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 1º de la Resolución Nº 569 del 20 de agosto de2010 del SERVICIO NACIONAL DE CALIDAD Y SANIDAD AGROALIMENTARIA seaprueba el “PROCEDIMIENTO INFORMATICO PARA LA SOLICITUD Y EMISION DE LAAUTORIZACION FITOSANITARIA DE IMPORTACION (AFIDI)”.

Que de acuerdo con lo que indica la norma citada, dicho procedimientoinformático es de aplicación obligatoria para los Puntos de Ingresocorrespondientes al Centro Regional Metropolitano y al material condestino a propagación concerniente a parte vegetal semilla, el quereemplaza a su respecto al procedimiento contenido en el Anexo IV de laResolución Nº 816 del 4 de octubre de 2002 del SERVICIO NACIONALDE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

Que asimismo se prevé en la norma mencionada que la Dirección Nacionalde Protección Vegetal  (DNPV)  dispondrá,  en forma  progresiva,  la  incorporación  de los  distintos  Puntos  de Ingreso y demás productosreglamentados al nuevo procedimiento informático, excluyéndolos respectivamente de la aplicación del mencionado procedimiento del AnexoIV de la citada Resolución Nº 816/02.

Que transcurridos más de NUEVE (9) meses con resultados satisfactoriosdesde la puesta en funcionamiento del referido sistema, y habiéndoserealizado los ajustes a los inconvenientes técnicos surgidos durante laprimera etapa de operación, resulta procedente incorporarpaulatinamente a  todos  los  productos reglamentados  para  determinados  Puntos  de Ingreso  al  procedimiento  informático establecido porResolución Nº 569/10, excluyéndolos de la aplicación delprocedimiento establecido  en  el  Anexo  IV de  la  citada  Resolución  Nº  816/02, de  acuerdo  con  un  cronograma preestablecido.

Que los Puntos de Ingreso habilitados por el SENASA que correspondensean incorporados al Procedimiento Informático para la solicitud yemisión de AFIDI son los correspondientes al Centro Regional Metropolitano,  Centro  Regional  Cuyo, Centro  Regional  Santa  Fe,  Centro Regional  Entre Ríos, Centro Regional Córdoba, Centro RegionalBuenos Aires Norte, Centro Regional Buenos Aires Sur, Centro RegionalCorrientes – Misiones, Centro Regional NOA Norte, Centro Regional NOASur, Centro Regional Chaco- Formosa, Centro Regional Patagonia NorteCentro Regional Patagonia Sur y Centro Regional La Pampa – San Luis.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto de acuerdoa las facultades conferidas en el Artículo 1 de la ResoluciónNº 569 del 20 de agosto de 2010.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE PROTECCION VEGETAL

DISPONE:

ARTICULO 1º — Procedimiento informático para la solicitud y emisión deAutorización Fitosanitaria de Importación (AFIDI). Incorporación dePuntos de Ingreso y Productos Reglamentados. Se incorpora al“PROCEDIMIENTO INFORMATICO PARA LA SOLICITUD Y EMISION DE LA AUTORIZACION FITOSANITARIA DE IMPORTACION (AFIDI)”, aprobado por laResolución Nº 569 del 20 de agosto de 2010 del SERVICIO NACIONALDE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a todos los productosreglamentados que se tramitan por los Puntos de Ingreso habilitados porSENASA, que se detallan en el artículo siguiente, el que reemplaza alprocedimiento contenido en el Anexo IV de la Resolución Nº 816 del4 de octubre de 2002 del citado Servicio Nacional de acuerdo con elcronograma que se establece.

ARTICULO 2º — Procedimiento informático para la solicitud y emisión deAutorización Fitosanitaria  de  Importación (AFIDI).  Cronograma  de  Incorporación. Todos  los  productos  reglamentados deben cumplirobligatoriamente con el Procedimiento Informático para la Solicitud yEmisión de la Autorización Fitosanitaria de Importación en los Puntosde Ingreso habilitados por el SENASA correspondiente a los CentrosRegionales que se mencionan, a partir de las fechas establecidas en elcronograma que se detalla a continuación. A partir de las fechasindicadas el  Procedimiento Informático reemplaza al establecidoen Anexo IV de la Resolución N° 816 del 4 de octubre de 2002.

Inciso a) Centro Regional Metropolitano y Centro Regional Chaco -Formosa: A los 8 días de publicada en el boletín oficial la presenteDisposición.

Inciso b) Centro Regional Cuyo, Centro Regional Santa Fe, CentroRegional Buenos Aires Norte, Centro Regional Buenos Aires Sur, CentroRegional Entre Ríos, Centro Regional Córdoba: A los 23 días depublicada en el boletín oficial la presente Disposición.

Inciso c) Centro Regional Corrientes – Misiones, Centro Regional NOANorte, Centro Regional NOA Sur: A los 38 días de publicada en elboletín oficial la presente Disposición.

Inciso d) Centro Regional Patagonia Norte, Centro Regional PatagoniaSur y Centro Regional La Pampa - San Luis: A los 53 días de publicadaen el boletín oficial la presente Disposición.

ARTICULO  3º  —  Régimen  de infracciones.  Los  infractores  a  la presente  disposición son pasibles de las sanciones que pudierancorresponder de conformidad con lo establecido por el Capítulo VI delDecreto Nº 1585 del 19 de diciembre de 1996, sin perjuicio de lasmedidas preventivas  inmediatas  que  pudieran adoptarse,  incluyendo  la  destrucción  de plantas,  productos y subproductos, como cualquier otra medida queresulte aconsejable de acuerdo a las circunstancias de riesgo sanitario.

ARTICULO 4º — Armonización de la normativa. La Dirección Nacional deProtección Vegetal elevará al Presidente del SENASA, en un plazo deNOVENTA (90) días, la propuesta de ordenamiento y armonización de todala normativa referida a la emisión de Autorización Fitosanitaria deImportación (AFIDI), de conformidad con lo dispuesto por la ResoluciónNº 466 del 9 de junio de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD YCALIDAD AGROALIMENTARIA.

ARTICULO 5º — Incorporación. Se incorpora al Libro Tercero, ParteSegunda, Título II, Capítulo I del Indice Temático del DIGESTONORMATIVO DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,aprobado por Resolución SENASA Nº 401 del 14 de junio de 2010.

ARTICULO 6º — Vigencia. La presente disposición entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 7º — De forma. Comuníquese, publíquese, dése a la DirecciónNacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. Agr. DIEGO QUIROGA,M.P. 15.126, Dirección Nacional de Protección Vegetal, Res. SENASANº 424/10.

e. 03/01/2012 Nº 174680/11 v. 03/01/2012

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