Resolución 22/2012

Protocolo De Calidad Para Naranjas Dulces Frescas

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Secretaria De Agricultura, Ganaderia Y Pesca
Protocolo De Calidad Para Naranjas Dulces Frescas

Apruebase el protocolo de calidad para naranjas dulces frescas.

Id norma: 193765 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32331

Fecha boletin: 02/02/2012 Fecha sancion: 30/01/2012 Numero de norma 22/2012

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Agricultura, Ganaderia, Pesca Y Alim Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

Resolución 22/2012

Apruébase el Protocolo de Calidad para Naranjas Dulces Frescas.

Bs. As., 30/1/2012

VISTO el Expediente Nº S01:0417570/2011 del Registro del MINISTERIO DEAGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Resolución Nº 392 de fecha 19 demayo de 2005 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA YALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que en el mercado global, el grado de exigencia de clientes yconsumidores respecto de la calidad de los alimentos se ha elevado, envirtud del aumento de la información disponible y de la diversificaciónde la oferta.

Que a efectos de garantizar a clientes y consumidores que las NaranjasDulces Frescas producidas en la REPUBLICA ARGENTINA, conservenefectivamente los atributos diferenciadores de valor, es necesariocontar con sistemas eficaces de gestión e identificación.

Que se debe ponderar la excelente calidad de las Naranjas DulcesFrescas que se producen en nuestro país, con atributos y autenticidadvinculadas al origen, las prácticas de producción y los sistemas queaseguran su calidad.

Que los consumidores con mayor información son selectivos al momento deelegir, así cuando se les ofrecen productos que cumplen con lascaracterísticas y exigencias demandadas, tienden a privilegiarlos.

Que las tendencias actuales muestran claramente que el camino de lacalidad es al que se deben orientar todas las acciones y propuestasvinculadas con la producción de Naranjas Dulces Frescas.

Que en virtud de lo precedentemente citado, se ha dispuesto elaborar unProtocolo de Calidad para Naranjas Dulces Frescas que, como Anexo,forma parte integrante de la presente medida, habiendo tomado debidaintervención y manifestado su acuerdo con el presente Protocolo, elINSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA (INTA) y el SERVICIONACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), ambosorganismos descentralizados en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA,GANADERIA Y PESCA, e integrantes de la COMISION ASESORA DE LOSALIMENTOS ARGENTINOS, creada por Resolución Nº 392 de fecha 19 de mayode 2005 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA YALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la cualtambién está conformada por la CAMARA ARGENTINA DE CERTIFICADORAS DEALIMENTOS (CACER); la CAMARA DE EXPORTADORES DE LA REPUBLICA ARGENTINA(CERA); la CAMARA DE INDUSTRIAS DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS (CIPA); elCONSEJO FEDERAL DE INVERSIONES (CFI); la COORDINADORA DE LAS INDUSTRIASDE PRODUCTOS ALIMENTICIOS (COPAL); la FUNDACION ARGENINTA; la FUNDACIONEXPORTAR; el ORGANISMO ARGENTINO DE ACREDITACION (OAA); el INSTITUTONACIONAL DE ALIMENTOS (INAL), organismo dependiente de laADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA(ANMAT), organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DESALUD; el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), organismodescentralizado en la órbita del MINISTERIO DE INDUSTRIA; el MINISTERIODE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, y elMINISTERIO DE INDUSTRIA.

Que en dicho orden de ideas, los sistemas de certificación voluntariaprestados por entidades independientes han probado ser aptos a esafinalidad, cuando los atributos diferenciales de valor no son factiblesde ser comprobados directamente por clientes y consumidores.

Que conforme con lo establecido por la mencionada Resolución Nº 392/05,que crea el Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCION NATURAL” y suversión en idioma inglés, “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, resulta unrequisito esencial cumplir con un Protocolo de Calidad para laobtención del mismo, como así también, brindar garantía de que losproductos han sido producidos y/o elaborados de conformidad acaracterísticas específicas y/o condiciones especialmente establecidas.

Que la calidad, por consiguiente, es un componente estratégico para eldesarrollo competitivo de la producción de Naranjas Dulces Frescas ennuestro territorio y un factor diferencial para el ingreso a nuevosmercados o permanencia en los mercados existentes con innovación demantenimiento.

Que un Protocolo de Calidad sobre las Naranjas Dulces Frescas resultaser un patrón o medida para las empresas productoras que deseendiferenciar su producto como estrategia competitiva.

Que la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DEAGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, tiene entre sus objetivos definir laspolíticas referidas al desarrollo, promoción, calidad y sanidad deproductos, industrializados o no, para consumo alimentario de origenanimal o vegetal, como así también, entender en el estudio de losdistintos factores que afectan el desarrollo de la producción dealimentos y de las agroindustrias, evaluar sus tendencias, tanto en elpaís como en el exterior, proponiendo aquellas medidas de carácterglobal o sectorial, que posibiliten impulsar el desarrollo de dichasactividades.

Que debido a las directivas impartidas por el Gobierno Nacional enmateria de contención del gasto público, la presente medida noimplicará costo fiscal alguno.

Que, por lo expuesto, la citada Secretaría tiene interés en laaprobación de un Protocolo de Calidad de carácter no obligatorio y deadhesión e implementación voluntaria, que identifique los atributosdiferenciales de las Naranjas Dulces Frescas.

Que el desarrollo de esta estrategia facilitará el posicionamiento denuestra producción en fresco, en este caso de Naranjas Dulces Frescas,a los mercados extranjeros, con valor agregado.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DEAGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, ha tomado la intervención que lecompete.

Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia deacuerdo a las facultades conferidas por el Decreto Nº 357 de fecha 21de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébase elProtocolo de Calidad para Naranjas Dulces Frescas que, como Anexo,forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 2º — Invítase a laspersonas físicas y jurídicas que conforman la cadena productiva aadoptar e implementar las normas técnicas y de calidad contenidas en elProtocolo aprobado por el Articulo 1º de la presente medida.

Art. 3º — Invítase a todas lasprovincias a difundir, en sus respectivas jurisdicciones, el Protocolode Calidad para Naranjas Dulces Frescas.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lorenzo R. Basso.

ANEXO

PROTOCOLO DE CALIDAD PARA NARANJAS DULCES FRESCAS

INTRODUCCION

Los cítricos son originarios del sudeste asiático. A través del tiempo,su cultivo se difundió por EUROPA y luego por AMERICA. Para mediadosdel siglo XVIII, ya existían importantes fincas productoras de naranjasen la REPUBLICA ARGENTINA.

Dichas frutas son obtenidas del conjunto de árboles pertenecientes algrupo botánico Citrus y presentan ciertas características generalescomunes: la gran mayoría son plantas de follaje perennifolio, muchas deellas con espinas y hojas con pecíolo alado.

El naranjo dulce (Citrus sinensis L.) es un árbol perteneciente a lafamilia de las Rutáceas (Rutaceae). Las diferentes especies del géneroCitrus se encuentran divididas en subgéneros: Eucitrus y Papeda. Todaslas variedades comestibles pertenecen al primero de ellos.

El naranjo se cultiva por sus frutos, de agradable sabor, que seconsumen generalmente frescos, los cuales están compuestos por elexocarpio, llamado flavedo, que presenta vesículas que contienenaceites esenciales; el mesocarpio, denominado albedo, de color blanco;y el endocarpio, que presenta los tricomas que contienen el jugo. Lasdistintas variedades de naranja son clasificadas en tempranas,intermedias y tardías dependiendo del momento de cosecha.

Es una fruta hipocalórica e hiposódica compuesta principalmente poragua. Su contenido de grasa, proteínas y fibra es muy bajo, siendo loshidratos de carbono el segundo componente de mayor presencia. Asimismo,se caracteriza por su alto contenido de vitamina C y aportes devitaminas B1, B2 y provitamina A.

ALCANCE

El presente protocolo define los atributos de calidad para las NaranjasFrescas que aspiren a obtener el Sello “Alimentos Argentinos, unaelección natural”. El objetivo de este documento es constituir unaherramienta para que los productores de naranjas obtengan un productode calidad diferenciada.

Para ellos, queda implícito el cumplimiento de las reglamentacionesvigentes para este producto, sobre la implementación de BuenasPrácticas de Manufactura para la sala de empaque, condiciones para lasfrutas frescas, para envases y rotulado, entendiendo como tales a lasdescriptas en el CODIGO ALIMENTARIO ARGENTINO (C.A.A): Capítulo I“Disposiciones generales”; Capítulo IV “Utensilios, recipientes,envases, envolturas, aparatos y accesorios”; Capítulo V “Normas para laRotulación y Publicidad de los Alimentos”; Capítulo XI “AlimentosVegetales” — Artículos 879 al 884, inclusive— ; Resolución Nº 48 defecha 30 de septiembre de 1998 de la entonces SECRETARIA DEAGRICULTURA, GANADERIA, PESCA y ALIMENTACION (SAGPyA) del entoncesMINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, “SanidadVegetal-Registro de Empacadores”; Resolución Nº 145 de fecha 11 demarzo de 1983 de la entonces SECRETARIA DE AGRICULTURA Y GANADERIA(SAG), “Fruticultura-Frutas frescas cítricas”; Resolución Nº 934 defecha 29 de diciembre de 2010 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD YCALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), organismo descentralizado en laórbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, “Requisitos enlímites máximos de residuos nacionales que deben cumplir los productosy subproductos agropecuarios para el consumo interno”, como asítambién, cualquier otra normativa nueva o que modifique, reemplace osustituya a las enunciadas anteriormente.

Por tratarse de un documento de naturaleza dinámica, este protocolopodrá ser revisado periódicamente sobre la base de las necesidades quesurjan del sector público y/o privado.

CRITERIOS GENERALES

Los atributos diferenciadores para las naranjas, enunciados en esteprotocolo, que permitirán obtener el Sello de calidad “AlimentosArgentinos, una elección natural” surgen de la recopilación deinformación proveniente de distintas instituciones y de empresasprivadas.

Las empresas que actualmente comercializan naranjas incorporanatributos de producto de acuerdo con los requerimientos de cada mercadocomprador. A pesar de la variedad de requisitos, se han podido unificarlos criterios en un protocolo capaz de abarcar las exigencias quedefinen una calidad diferenciada para este producto.

Cabe mencionar que los análisis solicitados deberán realizarse bajotécnicas oficiales reconocidas y en laboratorios que formen parte deredes oficiales. De no existir laboratorios en estas condiciones, losmismos deberán estar acreditados para las técnicas que se soliciten.

1. FUNDAMENTOS DE ATRIBUTOS DIFERENCIADORES

1.1 Producto

El presente protocolo se aplicará a las naranjas dulces obtenidas devariedades (cultivares) de Citrus sinensis L. que se entreguen enestado fresco al consumidor y por ende no sean destinadas a latransformación industrial.

En este documento se presentan las características que debe poseer elproducto para ser considerado de calidad diferenciada, de manera depreservar el fruto desde la cosecha y alcanzar las mejores condicionessanitarias y sensoriales de las naranjas frescas.

1.2 Proceso

Se contempla el cumplimiento de las Buenas Prácticas Agrícolas (BPA) ylas Buenas Prácticas de Manufactura (BPM), aplicando dichos sistemassegún corresponda, desde la producción a campo hasta lacomercialización.

Por otro lado, las características de acondicionamiento, almacenamientoy transporte deben garantizar las condiciones del producto en términosde su vida útil.

1.3 Envase

Respetando la normativa vigente para envases en general, las naranjasserán empacadas en envases de primer uso, resistentes, limpios y secos,que no le transmitan olores y sabores extraños.

Asimismo, los envases deberán poseer características que aseguren laintegridad y las condiciones necesarias para la óptima conservación dela naranja.

2. ATRIBUTOS DIFERENCIADORES DE PRODUCTO

La empresa deberá presentar documentación informando la periodicidad delos controles de calidad del producto mencionados a continuación.Asimismo, deberá fundamentar el método de muestreo utilizado, debiendoser éste representativo del volumen de producción.

Cultivares

El naranjo dulce (Citrus sinensis L.) es un árbol perteneciente a la familia de las Rutáceas (Rutaceae).

Requerimientos generales

- enteras;

- firmes;

- libres de manchas;

- libres de lesiones de distintos orígenes;

- libres de podredumbres;

- limpias;

- bien desarrolladas;

- libres de enfermedades;

- libres de cochinillas;

- exentas de humedad externa anormal (salvo la condensación consiguiente a su remoción de una cámara frigorífica);

- exentas de cualquier olor y/o sabor extraño.

Las naranjas deberán presentar un desarrollo óptimo al ser cosechadas,y un estado tal que les permita soportar el transporte, y lamanipulación y llegar en estado satisfactorio al lugar de destino.Requerimientos específicos

a- Madurez

La madurez se establecerá sobre la base de la cantidad de jugo(porcentaje) y sobre la relación sólidos solubles totales-acidez(índice de madurez), que se determinará de acuerdo con las técnicasoperativas previstas en el apartado 130 de la citada Resolución SAG Nº145/83 “Fruticultura - Frutas frescas cítricas”.Jugo:

• Naranjas para exportación: deben presentar un mínimo de CUARENTA PORCIENTO (40%) de jugo y una relación sólidos solubles/acidez de SEIS (6)a UNO (1).

• Naranjas para el mercado nacional: deben presentar un mínimo delTREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) de jugo y una relación sólidossolubles/acidez de SEIS (6) a UNO (1).

• Indice de madurez: mínimo SEIS (6).

b- Color

El grado de coloración deberá ser tal que, después de un desarrollonormal, las naranjas tengan el color propio de la variedad en sumercado destino, teniendo en cuenta el tiempo de recolección, el áreade producción y la duración del transporte.

El color típico de la especie (anaranjado) y de la variedad a la quepertenece deberá ser como mínimo el SETENTA POR CIENTO (70%) de lasuperficie total de cada unidad.

c- Especificaciones de tamaño

El calibre se determina por el diámetro máximo de la sección ecuatorial del fruto, de acuerdo con la siguiente tabla:CalibreEscala de Diámetros Ecuatoriales (en mm)0100 o más187-100284-96381-92477-88573-84670-80767-76864-73962-701060-681158-661256-631353-60El tamaño de las naranjas dependerá de su destino, siempre sin perjuicio a lo establecido en el presente protocolo.

Tolerancia: se acepta hasta un DIEZ POR CIENTO (10%), en número o enpeso, de las naranjas contenidas en el envase, que correspondan alcalibre inmediatamente superior y/o inferior al indicado.

d- Tolerancias de defectos

a) Hasta un máximo del DIEZ POR CIENTO (10%) de naranjas que no esténbien formadas y/o que no alcancen el porcentaje del color típicoestablecido en el presente protocolo.

b) Hasta un máximo del CINCO POR CIENTO (5%) de naranjas que presentenmanchas o alteraciones de la piel, causadas por enfermedades o ataquesparasitarios y/o heridas superficiales no cicatrizadas y/o descortezadoalrededor del pedúnculo, que se excedan del DOS CON CINCO POR CIENTO(2,5%) de la superficie total de la fruta y no afecten la conservaciónde la misma.

De ningún modo, las manchas o alteraciones podrán tener una superficiemayor, individual o en conjunto, al CINCO POR CIENTO (5%).

c) Hasta un máximo del CINCO POR CIENTO (5%) de naranjas blandas y/oque presenten manchas o alteraciones de la piel causadas por rameadoy/o rozaduras, y/o heridas profundas cicatrizadas, que se excedan delCINCO POR CIENTO (5%) de la superficie total de la fruta y no afectenla conservación de la misma. Las manchas o alteraciones no podrán teneruna superficie mayor al SIETE CON CINCO POR CIENTO (7,5%), ya seaindividual o en conjunto. Las tolerancias admitidas en a), b) y c) nopueden exceder en conjunto el DIEZ POR CIENTO (10%) de las unidades.

Agroquímicos

Se debe poder mostrar el uso de productos aprobados por el organismooficial competente, encontrándose aquellos dentro de los LímitesMáximos de Residuos (LMRs), según la citada Resolución SENASA Nº 934/10“Requisitos en límites máximos de residuos nacionales que deben cumplirlos productos y subproductos agropecuarios para el consumo interno”.

En caso de que nuevos marcos jurídicos modifiquen y/o complementen laresolución mencionada, el control de los LMRs siempre deberácontrastarse con la legislación vigente.

Importante: En caso de realizar otras determinaciones por exigenciasexternas o por controles internos de la empresa que no se enuncien enel presente protocolo, se deberá adjuntar copia de los registrosasociados (internos y/o externos) al momento de la auditoríacorrespondiente al sistema del Sello de Calidad.

3. ATRIBUTOS DIFERENCIADORES DE PROCESO

Buenas prácticas

La producción de naranjas que aspire a obtener el Sello “AlimentosArgentinos una Elección Natural” debe realizarse bajo el sistema deBuenas Prácticas Agrícolas, detallado en la Resolución Nº 510 de fecha11 de junio de 2002 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDADAGROALIMENTARIA (SENASA), organismo descentralizado en la órbita delMINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, “Guía de Buenas Prácticasde Higiene, Agrícolas y de Manufactura para producción primaria(cultivo-cosecha), acondicionamiento, empaque, almacenamiento ytransporte de frutas frescas”, y Buenas Prácticas de Manufactura (BPM),aplicando dichos sistemas según corresponda, desde la producción acampo hasta la comercialización del producto.

La empresa deberá demostrar que cumple con la capacitación periódicadel personal según el sistema de calidad implementado, cuyo alcancemínimo deberá incluir conceptos de BPA, higiene y seguridad alimentariapara todas las personas en contacto con el alimento.

Trazabilidad

La empresa debe implementar un sistema de trazabilidad que contempletoda la información y registros que permitan un seguimiento completo delas naranjas desde su lugar de producción hasta la comercialización.

Cosecha

Las naranjas deberán recolectarse cuidadosamente y haber alcanzado ungrado apropiado de desarrollo y madurez, teniendo en cuenta lascaracterísticas de la variedad, el tiempo de recolección y la zona enque se producen.

La fruta podrá ser cosechada a mano, con pedúnculo o sin él, siempreque su separación se efectúe sin desgarramiento del epicardio (piel).La fruta se colocará y transportará en cajones cosecheros, canastos,“bins” o cualquier otro tipo de envase o contenedor que reúnancondiciones de higiene y con la necesaria protección interior. Paraesto último, se recomiendan protecciones de goma espuma, así como unadecuado y cuidadoso volcado.

Para el transporte al centro de acopio, se recomienda el uso de cajasde plástico de VEINTE KILOGRAMOS (20 kg.) a VEINTISIETE KILOGRAMOS (27kg.) de capacidad, de preferencia apilables y con protecciones deespuma de plástico para evitar daños a las glándulas oleíferas. Elvolcado de las frutas a las cajas debe realizarse con sumo cuidadoevitando dejarlas caer desde lo alto de modo de no producir lesiones.

La fruta que no se procesa en el día se resguarda de la luz, y sualmacenamiento no debe superar las VEINTICUATRO HORAS (24 hs.) antes deingresar al establecimiento de empaque.

Poscosecha

Drencheado: se realiza un baño de la fruta en piletones o en túnel delluvia a presión con los fungicidas permitidos por la citada ResoluciónSENASA Nº 934/10 “Requisitos en límites máximos de residuos nacionalesque deben cumplir los productos y subproductos agropecuarios para elconsumo interno” directamente en el campo o previamente a la entrada algalpón de empaque. Esta operación tiene como objetivo desinfectar lafruta y garantizar su calidad para el posterior empaque.

Volcado: se vuelca la fruta en un piletón con agua clorinada mínimoDOSCIENTAS PARTES POR MILLON (200 ppm) de renovación diaria. Se debemonitorear el nivel de cloro a medida que vaya ingresando fruta paramantener el nivel exigido.

Lavado: se realiza una operación de limpieza con orto-fenilfenato de sodio y un detergente.

Tratamiento con fungicidas: se realiza en hidro-aspersores confungicidas permitidos por la citada Resolución SENASA Nº 934/10“Requisitos que deben cumplir los productos y subproductosagropecuarios para consumo interno”.

Encerado: consiste en la aplicación a las naranjas de recubrimientosartificiales, conforme con lo establecido en la Resolución Nº 198 defecha 10 de mayo de 1998 del ex INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD YCALIDAD VEGETAL (IASCAV), con el fin de disminuir la tasa respiratoria,pérdida de peso, mejorar el aspecto, entre otras razones. En estaoperación, también pueden aplicarse fungicidas permitidos por lalegislación vigente.

Secado: se realiza para eliminar el exceso de humedad y en general seefectúa en túneles de secado con aire aproximadamente a CUARENTA GRADOSCENTIGRADOS (40 ºC) en contracorriente.

Clasificación por tamaño, color y calidad: puede realizarse de maneraelectrónica o manual. Se debe retirar la fruta que no responda a losestándares de calidad definidos anteriormente.

Envasado: después de su acondicionamiento y clasificación, las naranjasse empacan en los envases contemplados en el presente protocolo.Deberán ser empacadas dentro de las SETENTA Y DOS HORAS (72 hs.) dehaber sido cosechadas o haber salido de las cámaras de desverdizado.

Nota: las naranjas pueden ser “desverdizadas” cuando, a pesar de haberalcanzando la madurez exigida, la coloración verdosa permanece parcialo totalmente. El tratamiento consiste en someter la fruta a un flujo deetileno de DOS a CINCO PARTES POR MILLON (2 a 5 ppm) en cámaras deentre VEINTE a VEINTIDOS GRADOS CENTIGRADOS (20 a 22ºC) de temperatura,NOVENTA a NOVENTA Y CINCO POR CIENTO (90 a 95%) de humedad relativa,con una velocidad del viento de CATORCE a VEINTE METROS POR MINUTO (14a 20 m/min) y con un contenido de CO2 menor o igual a CERO CON DOS PORCIENTO (0,2%). Es necesario evitar que los frutos permanezcan mástiempo del necesario en la cámara porque el etileno acelera elenvejecimiento y, por lo tanto, limita la vida comercial de los frutos.Después de la desverdización, se recomienda dejar la fruta en reposo unmínimo de DOCE HORAS (12 hs.) antes de introducirla a la línea deselección y empaque.

Almacenamiento

La conservación frigorífica tiene por objetivo alargar el período decomercialización de cada variedad y mantener la calidad de la frutadurante el transporte a mercados distantes.

Se deben considerar:

Temperatura óptima: TRES a SIETE GRADOS CENTIGRADOS (3 a 7ºC).

Humedad relativa óptima: OCHENTA Y CINCO a NOVENTA POR CIENTO (85 a 90%).

Tiempo de almacenamiento: Hasta CINCO (5) meses.

El almacenamiento no debe realizarse junto con frutas productoras de etileno.

Transporte

Las partidas enfriadas en origen deberán transportarse refrigeradas o,en su defecto, durante la noche en camiones protegidos, de forma talque también se asegure el mantenimiento de la temperatura y que ésta noexceda los OCHO GRADOS CENTIGRADOS (8ºC) en la totalidad del período detransporte.

Las frutas deberán transportarse en medios que aseguren elmantenimiento de su sanidad, calidad y conservación, preservándolas delas contingencias ambientales mediante el uso de vehículos cerrados,ventilados, refrigerados o frigoríficos, en condiciones de higiene quelas preserven de contaminaciones y olores extraños.

No podrán cargarse partidas de fruta sin preenfriar con partidas defrutas preenfriadas en una misma bodega, entrepuente, plan, camareta,etc.

IMPORTANTE: Se deberá separar el producto que se enmarca en el presenteprotocolo y en la citada Resolución Nº 392/05, e identificar los lotesy cargamentos, garantizando su manejo separado del resto de productossin el amparo del Sello. Para ello, la empresa deberá contar condocumentación y registros que resguarden a la mercadería que lleva ensu rótulo la marca.

4. ATRIBUTOS DIFERENCIADORES DE ENVASE

Los envases que se empleen para la fruta serán confeccionados concualquier material que satisfaga los siguientes requisitos: ser deprimer uso, estar secos y limpios, ser resistentes, que no transmitanolor ni sabor al contenido, que permitan una adecuada conservación dela mercadería, que faciliten su manipuleo y su comercialización.

Cumpliendo con los requisitos anteriores, algunos de los envasesutilizados son las cajas de cartón, los cajones de madera (sin clavospara evitar el daño a la fruta), las bolsas de polietileno y las mallasde plástico que permiten comercializar presentaciones deaproximadamente UNO (1), DOS (2), CINCO (5) o DIEZ (10) kilogramos defruta. Las cajas de cartón pueden ser telescópicas u otras, pero esnecesario que sean lo suficientemente resistente para soportar laestiba y contar con orificios de ventilación. La adecuada ventilacióndurante su transporte y almacenamiento facilita la eliminación delvapor de agua y de los gases generados durante la respiración. Serecomiendan envases de aproximadamente DIECIOCHO a VEINTE KILOGRAMOS(18 a 20 kg) de capacidad.

La fruta contenida en cada envase deberá ser de madurez y tamañouniforme y de una sola variedad. La fruta de la parte superior delenvase deberá ser representativa del contenido total.

Características de los envases

a) Las naranjas podrán ser o no envueltas individualmente con papel sulfito u otros que cumplan igual función.

b) Las naranjas podrán acondicionarse en un número dado de unidadesvariable, de acuerdo con su tamaño, en paquetes de polietileno u otromaterial similar admitido por la legislación vigente, dentro de unenvase que cumpla con la legislación de rotulado que corresponda paraeste producto.

c) Los envases podrán ser o no forrados interiormente en los costadoscon papel sulfito u hojas, bolsas de polietileno u otros materialessimilares.

Las naranjas podrán empacarse tanto para el mercado de exportación comoel interno, en camadas —“empaque americano”— es decir, un número igualde unidades por camada alternada, o bien simplemente a granel.

El Sello podrá presentarse en la superficie de la fruta, o bien en el envase primario y/o secundario.

GLOSARIO

BIEN DESARROLLADA: es la fruta que ha alcanzado el tamaño mínimo parasu comercialización, aunque no haya adquirido el máximo de desarrollo.

BIEN FORMADA: es la fruta que presenta la forma característica de lavariedad, pudiendo ofrecer pequeñas desviaciones. A los efectos de suinterpretación, se adoptará el criterio de admitir dichas desviacionesy achatamientos en forma creciente y progresiva, según los grados deselección.

COCHINILLA: insecto que se caracteriza por tener una especie de escudoprotector, de distintos colores y consistencias variables. Se fijan enhojas, ramas y frutos, alimentándose al clavar su pico chupador desavia vegetal, provocando hojas descoloridas, amarillentas y suposterior caída. Parte de esta savia la excretan como líquido azucarado(melaza).

COLOR: se refiere a la coloración típica que adquiere la fruta deacuerdo con la especie, variedad y zona de producción, cuando haalcanzado su punto óptimo de recolección y se refiere tanto al colorfundamental o de fondo, como el superpuesto que pueden presentaralgunos frutos.

DESVERDECIMIENTO: este procedimiento se podrá emplear para eliminar elcolor verde de la piel (flavedo) de la fruta cuando ésta haya alcanzadoun estado de madurez adecuado, y consistirá en el tratamiento de lafruta en cámaras con atmósfera que contenga gas etileno durante eltiempo necesario y en condiciones de humedad y temperatura apropiadas.

DRENCHEADO: baño con fungicidas, a los efectos de desinfectar la fruta y los bins que han de volver a utilizarse.

ENFERMEDADES: son las alteraciones que se manifiestan en la fruta,producidas por afecciones de origen parasitario, infeccioso ofisiogénico.

FIRME: significa que la fruta no es blanda, marchita o fofa.

FRUTA EMPACADA: se considera con esta denominación a las frutaslimpias, tratadas o no con aditivos, clasificadas según grados deselección y tamaños, empacadas de acuerdo con el sistema de “empaqueamericano”, en número igual de unidades por camadas alternadas, eidentificadas para su posterior expedición y comercialización.

FRUTA ENVASADA A GRANEL: se considera con esta denominación a lasfrutas limpias, tratadas o no con aditivos, clasificadas según gradosde selección y tamaños, empacadas e identificadas, pero que se colocanen los envases sin presentar el sistema de “empaque americano” (encamadas alternadas con igual número de unidades).

HERIDAS: se refiere a los daños que se producen en la fruta bajo laforma de depresiones más o menos serias, debidas a deficiencias en elembalaje o por el inadecuado trato que ha sufrido la fruta en losenvases a través de los distintos manipuleos.

LESIONES DE DISTINTO ORIGEN: se aplica a los daños que se presentan enla fruta, sean ellos de origen mecánico, o producidos por insectos,granizo u otros agentes.

LIMPIA: es la fruta en buen estado de higiene, libre de tierra u otros residuos adheridos.

MANCHAS: son las alteraciones en la coloración normal de la piel (epicarpio) de la fruta, debidas a causas o agentes diversos.

PREENFRIADO: proceso mediante el cual se reduce rápidamente latemperatura «de campo» del producto recién cosechado previo a suprocesamiento industrial, almacenamiento o transporte refrigerado. Esun proceso absolutamente necesario para mantener la calidad de frutas.Es beneficioso aún cuando el producto retome posteriormente latemperatura ambiente, ya que el deterioro es proporcional al tiempoexpuesto a las altas temperaturas.

PODREDUMBRE: alteración que presenta la fruta afectada por descomposición parcial o total.

SANA: significa que la fruta no presenta enfermedades o afecciones de origen parasitario, infeccioso o fisiogénico.

TAMAÑO UNIFORME: significa que la fruta contenida en un mismo envase presenta un tamaño similar.

ENTIDADES Y/O PROFESIONALES INTERVINIENTES EN LA CONFECCION DEL PRESENTE PROTOCOLO

Este documento fue elaborado por la Dirección Nacional deTransformación y Comercialización de Productos Agrícolas y Forestalesde la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA dependiente de la SECRETARIA DEAGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIAY PESCA. Asimismo, se consultaron a los siguientes profesionales,entidades y empresas relacionadas con el sector:

• Ing. Agr. Don Luis Arroyo (Fruticultura - EEA  San Pedro - INTA).

• Ing. Agr. M. Sc. Don Gabriel Valentín (Fruticultura - EEA San Pedro - INTA).

• Lic. M. Sc. Doña Cecilia Kulczycki Waskowicz (Fruticultura - EEA Concordia - INTA).

• Ing. Doña Silvia Santos (SENASA).

• Federación Argentina del Citrus (FEDERCITRUS).

Páginas externas

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