Disposición 5/2012

Agencia Para El Desarrollo Regional Del Departamento San Jeronimo De La Provincia De Santa Fe

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Industria
Agencia Para El Desarrollo Regional Del Departamento San Jeronimo De La Provincia De Santa Fe

Habilitase desde la entrada en vigencia de la presente medida, en los terminos del articulo 34 del titulo iv del anexo de la resolucion nº 40 de fecha 17 de agosto de 2010 del ministerio de industria a la agencia para el desarrollo regional del departamento san jeronimo de la provincia de santa fe como ventanilla en el marco del programa nacional para el desarrollo de parques industriales publicos en el bicentenario, aprobado por el decreto nº 915 de fecha 28 de junio de 2010.

Id norma: 193874 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 32333

Fecha boletin: 06/02/2012 Fecha sancion: 01/02/2012 Numero de norma 5/2012

Organismo (s)

Organismo origen: Subsecretaria De Promocion Al Financiamiento De La Pequeña Y Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE INDUSTRIA

SUBSECRETARIA DE PROMOCION AL FINANCIAMIENTO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

Disposición Nº 5/2012

Bs. As., 1/2/2012

VISTO el Expediente Nº S01:0363699/2011 del Registro del MINISTERIO DEINDUSTRIA, el Decreto Nº 915 de fecha 28 de junio de 2010 y laResolución Nº 40 de fecha 17 de agosto de 2010 del MINISTERIO DEINDUSTRIA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 915 de fecha 28 de junio de 2010 se aprobóel PROGRAMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE PARQUES INDUSTRIALESPUBLICOS EN EL BICENTENARIO con el objetivo de continuar las políticaspúblicas tendientes a profundizar el desarrollo industrial, competitivoy sustentable, en todo el Territorio Nacional.

Que mediante la Resolución Nº 40 de fecha 17 de agosto de 2010 delMINISTERIO DE INDUSTRIA, fue reglamentado el Programa antedicho.

Que en este marco el Artículo 34 del Título IV del Anexo de laresolución mencionada establece que las instituciones que deseenconstituirse como ventanillas del presente Programa deberán adherirsemediante suscripción de la Nota de Adhesión que como FORMULARIO F,forma parte integrante de la Resolución Nº 40/10 del MINISTERIO DEINDUSTRIA.

Que la AGENCIA PARA EL DESARROLLO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO SANJERONIMO de la Provincia de SANTA FE ha presentado el referidoformulario a los efectos de ser habilitada por la SUBSECRETARIA DEPROMOCION AL FINANCIAMIENTO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA de laSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL delMINISTERIO DE INDUSTRIA como ventanilla del PROGRAMA NACIONAL PARA ELDESARROLLO DE PARQUES INDUSTRIALES PUBLICOS EN EL BICENTENARIO.

Que habiéndose efectuado el análisis técnico de la documentaciónacompañada por la AGENCIA PARA EL DESARROLLO REGIONAL DEL DEPARTAMENTOSAN JERONIMO, la misma resulta suficiente a los fines de lahabilitación como ventanilla en el marco del Programa antes mencionado.

Que en función de lo expuesto resulta apropiado proceder con lahabilitación de la AGENCIA PARA EL DESARROLLO REGIONAL DEL DEPARTAMENTOSAN JERONIMO.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de laPequeña y Mediana Empresa dependiente de la SUBSECRETARIA DECOORDINACION del MINISTERIO DE INDUSTRIA ha tomado la intervención quele compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultadesconferidas por los Decretos Nros. 357 de fecha 21 de febrero de 2002 ysus modificaciones, 915/10 y 64 de fecha 10 de diciembre de 2011.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE PROMOCION AL FINANCIAMIENTO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

DISPONE:

ARTICULO 1º — Habilítase desde la entrada en vigencia de la presentemedida, en los términos del Artículo 34 del Título IV del Anexo de laResolución Nº 40 de fecha 17 de agosto de 2010 del MINISTERIO DEINDUSTRIA a la AGENCIA PARA EL DESARROLLO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO SANJERONIMO de la Provincia de SANTA FE como ventanilla en el marco delPROGRAMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE PARQUES INDUSTRIALES PUBLICOSEN EL BICENTENARIO, aprobado por el Decreto Nº 915 de fecha 28 de juniode 2010.

ARTICULO 2º — La presente medida entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Lic. CAROLINA MAURER, Subsecretaria dePromoción al Financiamiento de la Pequeña y Mediana Empresa; Ministeriode Industria.

e. 06/02/2012 N° 10363/12 v. 06/02/2012

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