Resolución General 3275/2012

Resolucion General 3250 - Modificacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Impuesto Al Valor Agregado
Resolucion General 3250 - Modificacion

Impuesto al valor agregado. presentacion de declaraciones juradas e ingresos del saldo resultante. vencimientos del mes de febrero de 2012. resolucion general nº 3250. su modificacion.

Id norma: 194102 Tipo norma: Resolución General Numero boletin: 32339

Fecha boletin: 14/02/2012 Fecha sancion: 09/02/2012 Numero de norma 3275/2012

Organismo (s)

Organismo origen: Administracion Federal De Ingresos Publicos Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Administración Federal de Ingresos Públicos

IMPUESTOS

Resolución General 3275

Impuesto al Valor Agregado.Presentación de declaraciones juradas e ingresos del saldo resultante.Vencimientos del mes de febrero de 2012. Resolución General Nº 3250. Sumodificación.

Bs. As., 9/2/2012

VISTO la Actuación SIGEA Nº 10462-18-2012 del Registro de esta Administración Federal, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución General Nº 3250 estableció las fechas de vencimientogeneral respecto de determinadas obligaciones, en función de lasterminaciones de la Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.)de los responsables, para el año calendario 2012.

Que por razones de índole operativa resulta necesario adecuar elcronograma de vencimientos correspondiente al mes de febrero de 2012para el impuesto al valor agregado, únicamente con relación a lasResoluciones Generales Nº 715, sus modificatorias y complementarias yNº 1745 y su modificación.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección deLegislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y deRecaudación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas porel artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, susmodificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Modifícase la Resolución General Nº 3250, en la forma que se indica a continuación:- Sustitúyense los cuadros del Apartado V relativos a las ResolucionesGenerales Nº 715 —artículo 7º—, sus modificatorias y complementarias yNº 1745 —artículo 10— y su modificación, por los que se establecenseguidamente:

“ENERO, MARZO, ABRIL, JUNIO, JULIO, AGOSTO, SEPTIEMBRE, OCTUBRE, NOVIEMBRE Y DICIEMBRE/2012TERMINACION C.U.I.T.FECHA DE VENCIMIENTO0 ó 12 ó 34 ó 56 ó 78 ó 9Hasta el día 18, inclusiveHasta el día 19, inclusiveHasta el día 20, inclusiveHasta el día 21, inclusiveHasta el día 22, inclusiveFEBRERO 2012TERMINACION C.U.I.T.FECHA DE VENCIMIENTO0, 1 ó 23, 4 ó 56, 7, 8 ó 9Hasta el día 22, inclusiveHasta el día 23, inclusiveHasta el día 24, inclusiveMAYO 2012TERMINACION C.U.I.T.FECHA DE VENCIMIENTO0 ó 12 ó 34 ó 56 ó 78 ó 9Hasta el día 21, inclusiveHasta el día 22, inclusiveHasta el día 23, inclusiveHasta el día 24, inclusiveHasta el día 28, inclusive”Art. 2º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo Echegaray.

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