Resolución 464/2012

Resolucion Nº 3459/11 - Modificacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Registro Nacional De Las Personas
Resolucion Nº 3459/11 - Modificacion

Modificase la resolucion nº 3459/11, relacionada con la emision del documento nacional de identidad denominado “cero (0) año”.

Id norma: 194460 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32349

Fecha boletin: 02/03/2012 Fecha sancion: 24/02/2012 Numero de norma 464/2012

Organismo (s)

Organismo origen: Registro Nacional De Las Personas Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS

Resolución 464/2012

Modifícase la Resolución Nº 3459/11, relacionada con la emisión del Documento Nacional de Identidad denominado “Cero (0) Año”.

Bs. As., 24/2/2012

VISTO el Expediente Nº S02:0001066/2012 del registro de la DIRECCIONNACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, las Leyes Nº 17.671,sus modificatorias y concordantes, Nº 26.413 y Nº 26.618, el Decreto Nº1501/2009, la Resolución RNP Nº 3459/2011, y

CONSIDERANDO:

Que el Documento Nacional de Identidad expedido por la DIRECCIONNACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, OrganismoDescentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, esobligatorio en todas las circunstancias en que sea necesario acreditarla identidad de las personas de existencia visible, sin que pueda sersuplido por ningún otro documento de identidad, cualquiera fuere sunaturaleza y origen.

Que conforme los artículos 7º y 9º de la Ley Nº 17.671, laidentificación se llevará a cabo a partir del nacimiento de todapersona de existencia visible, probándose mediante la inscripción denacimiento, en concordancia con las disposiciones del Código CivilArgentino y la Ley Nº 26.413.

Que mediante el Decreto Nº 1501/2009 se autorizó a la DIRECCIONNACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS a la utilización detecnologías digitales en la identificación de los/as ciudadanos/asnacionales y extranjeros/as, como así también en la emisión delDocumento Nacional de Identidad.

Que el citado Decreto facultó a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRONACIONAL DE LAS PERSONAS a emitir ejemplares del Documento Nacional deIdentidad con formato de tarjeta monolítica, conteniendo los datosbiográficos y biométricos necesarios y suficientes que garantizan elpleno valor identificatorio en todos los actos públicos y privados enlos términos de la Ley Nº 17.671 y sus modificatorias, a excepción dela emisión del sufragio.

Que, con el objeto de complementar el sistema identoregistral y deconformidad con las previsiones de la Ley Nº 17.671, la Resolución RNPNº 3459 del 15 de diciembre de 2011 estableció que la emisión delDocumento Nacional de Identidad, denominado “CERO (0) AÑO” se realizamediante el uso de tecnologías digitales, a través de la capturadigital de los datos filiatorios y biométricos, fotografía eimpresiones dactilares del menor, y de la firma del padre, madre orepresentante legal, expidiéndose exclusivamente el Documento Nacionalde Identidad en formato tarjeta monolítica.

Que la Ley Nº 26.618 introdujo modificaciones a la Ley Nº 26.413, alCódigo Civil y a todo el plexo normativo a través del artículo 42 de lamisma, posibilitando las inscripciones de nacimientos sin discriminarentre los hijos de una familia conformada por dos personas del mismo odistinto sexo.

Que a partir de la sanción de la mencionada ley se han verificadoinscripciones de nacimientos que respetan el cambio legal respecto dela filiación, así como las disposiciones de la Convención de losDerechos de Niños y la Ley 26.061.

Que, por lo tanto, corresponde modificar el artículo 1º de la citadaResolución, contemplando el cambio de paradigma instaurado a partir dela sanción de la Ley Nº 26.618.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la DIRECCION NACIONALDEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS ha tomado la debida intervención.

Que la medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por elartículo 5º de la Ley Nº 17.671 y las facultades otorgadas por elDecreto Nº 1501/2009.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS

RESUELVE:

Artículo 1º — Modifícase elartículo 1º de la Resolución RNP Nº 3459/2011, el cual quedaráredactado de la siguiente manera: “ARTICULO 1º - Establécese que, apartir del primer día hábil de 2012, la emisión del Documento Nacionalde Identidad (DNI) denominado “CERO (0) AÑO” será realizada mediante eluso de tecnologías digitales, a través de la captura digital de losdatos filiatorios y biométricos, fotografía e impresiones dactilares,del/la menor, y de la firma correspondiente al padre o a la madre o dealguno/a de los padres o de las madres o del/la representante legal.”

Art. 2º — Regístrese,notifíquese a las Direcciones Nacionales de Identificación, deProgramación y Producción Documental, de Atención al Ciudadano yRelaciones Institucionales y a las Direcciones Generales dePlaneamiento y Logística, y de Tecnología de la Información para sunotificación a todas las áreas de sus respectivas dependencias;comuníquese a las Direcciones Generales de los Registros del EstadoCivil y Capacidad de las Personas Provinciales y de la Ciudad Autónomade Buenos Aires, y al Ministerio de Relaciones Exteriores, ComercioInternacional y Culto, Dirección General de Asuntos Consulares, a losmismos efectos; publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTROOFICIAL y archívese. — Mora Arqueta.

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