Nota 29/2012

Sintetizada

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Administracion Federal De Ingresos Publicos
Sintetizada

Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la siguiente resolucion: “...articulo 1º: condenar a... al pago de una multa cuyo monto asciende a la suma de $ .... por encontrarse incursa en la infraccion al articulo... del codigo aduanero, en orden a los fundamentos expuestos en los considerandos que preceden, debiendo tenerse en cuenta que si no se pagare el importe de la multa impuesta, dentro del plazo de quince (15) dias de quedar ejecutoriada, se procedera a suspender al imputado del registro de importadores y exportadores y asimismo a suspender el libramiento de las mercaderias que se encontraren a nombre, por cuenta o que fueren de propiedad de los deudores o responsables de la deuda en los terminos del articulo 1122, incisos a), b) y c) del mismo texto legal.... articulo 2º: formular cargo e intimar al pago de la multa impuesta en el articulo que precede de conformidad con los arts. 924 y 1122 del codigo aduanero...”.

Id norma: 194647 Tipo norma: Nota Numero boletin: 32352

Fecha boletin: 07/03/2012 Fecha sancion: 06/03/2012 Numero de norma 29/2012

Organismo (s)

Organismo origen: Departamento Procedimientos Legales Aduaneros Ver Notas Observaciones: ESTA NORMA FUE PUBLICADA SIN FECHA DE SANCION, LA FECHA 06/03/2012 SE UTILIZA AL SOLO EFECTO DE POSIBILITAR SU INCORPORACION AL SISTEMA.

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