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Decreto/Ley 1547
Instituyese
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Semana Nacional Del Folklore
Instituyese
Instituyese como semana nacional del folklore la ultima del mes de enero de cada año, estableciendose como sede de la celebracion la ciudad de cosquin, provincia de cordoba.
Id norma: 194914 Tipo norma: Decreto/Ley Numero boletin: 20065
Fecha boletin: 06/03/1963 Fecha sancion: 28/02/1963 Numero de norma 1547
Organismo (s)
Organismo origen: Poder Ejecutivo Nacional (P.E.N.) Ver Decreto/Ley Observaciones: -
Texto Original
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Ministerio del Interior
SEMANA NACIONAL DEL FOLKLORE
DECRETO-LEY N° 1.547
Institúyese.
Buenos Aires, 28 de febrero de 1963
VISTO la gestión realizada por la Comisión Municipal de Cultura,Turismo y Fomento de Cosquín, cabecera del Departamento de Punilla,provincia de Córdoba, y
CONSIDERANDO:
Que la celebración del Festival Nacional del Folklore, realizado en losaños 1961, 1962 y 1963 con participación de delegaciones de todas lasprovincias argentinas y naciones americanas e intervención de los másdestacados cultores del arte popular autóctono, ha dado un sentido depermanencia a esa manifestación anual de la actividad del paísvinculada a la expresión del genio artístico tradicional de nuestropueblo.
Que los antecedentes históricos, culturales y tradicionalistas queostenta el Valle de Punilla y su reiterada elección como asiento delFestival han consagrado virtualmente a esta última como centro obligadodel certamen.
Que la población, autoridades y entidades culturales de Cosquín hanprestado una amplia y entusiasta colaboración para el mayor brillo delos festivales realizados en su seno, haciéndola acreedora a ladistinción ya otorgada en ese sentido por decisión unánime de losdelegados provinciales adoptada a través del Ateneo Folklórico deCosquín.
Que el Gobierno Nacional se cree en el deber de estimular tan encomiables preocupaciones accediendo a la petición formulada.
Por ello,
El Presidente de la Nación Argentina, DECRETA con fuerza de LEY:
ARTICULO 1°- Institúyese comosemana nacional del folklore la última del mes de enero de cada año,estableciéndose como sede de la celebración la ciudad de Cosquín,cabecera del Departamento de Punilla, provincia de Córdoba.
ARTICULO 2°- El presente decreto será refrendado por los señores ministros secretarios en los departamentos de Interior y Defensa Nacional.
ARTICULO 3°- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección General del Boletín Oficial e Imprentas y archívese.
GUIDO.- Rodolfo Martínez.- José M. Astigueta
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