Resolución 195/2012

Sindicato La Fraternidad - Ferroexpreso Pampeano Sociedad Anonima Concesionaria - Tope 122/12

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Convenciones Colectivas De Trabajo
Sindicato La Fraternidad - Ferroexpreso Pampeano Sociedad Anonima Concesionaria - Tope 122/12

Fijanse los importes promedio de las remuneraciones y los topes indemnizatorios correspondientes al acuerdo homologado por la disposicion de la direccion nacional de relaciones del trabajo nº 18 del 18 de enero de 2011 y registrado bajo el nº 77/11 suscripto entre el sindicato la fraternidad por la parte gremial y la empresa ferroexpreso pampeano sociedad anonima concesionaria

Id norma: 195223 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32360

Fecha boletin: 19/03/2012 Fecha sancion: 16/02/2012 Numero de norma 195/2012

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Trabajo Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 195/2012

Tope Nº 122/2012

Bs. As., 16/2/2012

VISTO el Expediente Nº 1.253.334/07 del Registro del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), laLey Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, las Resoluciones de laSECRETARIA DE TRABAJO Nº 617 del 24 de junio de 2011 y Nº 1717 del 24de noviembre de 2011 y la Disposición de la DIRECCION NACIONAL DERELACIONES DEL TRABAJO Nº 18 del 18 de enero de 2011 y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 281/285 del Expediente Nº 1.253.334/07 obra el Acuerdopactado entre el SINDICATO LA FRATERNIDAD por la parte gremial y laempresa FERROEXPRESO PAMPEANO SOCIEDAD ANONIMA CONCESIONARIA, en elmarco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 717/05 “E”,conforme con lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250(t.o. 2004).

Que dicho Acuerdo fue homologado por la Disposición D.N.R.T Nº 18/11 yregistrado bajo el Nº 77/11, conforme surge de fojas 297/299 y 302,respectivamente.

Que a fojas 332/337 del Expediente Nº 1.253.334/07 obra el Acuerdopactado entre el SINDICATO LA FRATERNIDAD por la parte gremial y laempresa FERROEXPRESO PAMPEANO SOCIEDAD ANONIMA CONCESIONARIA, en elmarco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 717/05 “E”,conforme con lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250(t.o. 2004).

Que dicho Acuerdo fue homologado por el artículo 2º de la ResoluciónS.T. Nº 617/11 y registrado bajo el Nº 831/11, conforme surge de fojas346/348 y 351, respectivamente.

Que mediante la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1717 de fecha24 de noviembre de 2011, cuya copia fiel obra a fojas 370/374, seemplazó a las partes para que presenten las escalas salariales y lasaclaraciones correspondientes a los Acuerdos Nº 77/11 y Nº 831/11.

Que en respuesta a ello, el SINDICATO LA FRATERNIDAD y la empresaFERROEXPRESO PAMPEANO SOCIEDAD ANONIMA CONCESIONARIA presentaron lasescalas salariales solicitadas según consta a fojas 380/381 delprincipal mediante lo cual se cumplimenta lo requerido.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976)y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de lasremuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de laindemnización que les corresponde a los trabajadores en casos deextinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, los topes indemnizatoriosque se fijan por la presente, se determinaron triplicando el importepromedio mensual de las remuneraciones de las escalas salariales y susrespectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 387/393, obra el informe técnico elaborado por la DirecciónNacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría,por el que se indican las constancias y se explicitan los criteriosadoptados para el cálculo de las bases promedio mensuales y de lostopes indemnizatorios objeto de la presente, cuyos términos secomparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas enel segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y en el Decreto Nº 357 del 21de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 defechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1º — Fíjanse los importes promedio de las remuneraciones y lostopes indemnizatorios correspondientes al Acuerdo homologado por laDisposición de la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO Nº 18del 18 de enero de 2011 y registrado bajo el Nº 77/11 suscripto entreel SINDICATO LA FRATERNIDAD por la parte gremial y la empresaFERROEXPRESO PAMPEANO SOCIEDAD ANONIMA CONCESIONARIA, conforme aldetalle que, como ANEXO I, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2º — Fíjanse los importes promedio de las remuneraciones y lostopes indemnizatorios correspondientes al Acuerdo homologado por elartículo 2º de la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 617 del 24de junio de 2011 y registrado bajo el Nº 831/11 suscripto entre elSINDICATO LA FRATERNIDAD por la parte gremial y la empresa FERROEXPRESOPAMPEANO SOCIEDAD ANONIMA CONCESIONARIA, conforme al detalle que, comoANEXO II, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 3º — Regístrese la presente Resolución en el DepartamentoDespacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivodependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase ala Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que elDepartamento Coordinación registre los importes promedio de lasremuneraciones y de los topes indemnizatorios fijados por este acto.

ARTICULO 4º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 5º — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para lanotificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a laguarda del presente legajo.

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO I

Expediente Nº 1.253.334/07

PARTES SIGNATARIASFECHA DE ENTRADA EN VIGENCIABASE PROMEDIOTOPE INDEMNIZATORIOSINDICATO LA FRATERNIDAD C/ FERROEXPRESO PAMPEANO SOCIEDAD ANONIMA CONCESIONARIA Acuerdo Nº 77/11 CCT Nº 717/05 “E”01/09/2010 01/03/2011$ 4.120,57 $ 4.380,41$ 12.361,71 $ 13.141,23

ANEXO II

Expediente Nº 1.253.334/07

PARTES SIGNATARIASFECHA DE ENTRADA EN VIGENCIABASE PROMEDIOTOPE INDEMNIZATORIOSINDICATO LA FRATERNIDAD C/ FERROEXPRESO PAMPEANO SOCIEDAD ANONIMA CONCESIONARIA Acuerdo Nº 831/11 CCT Nº 717/05 “E”01/06/2011 01/03/2012$ 5.401,67 $ 6.209,00$ 16.205,01 $ 18.627,00

Expediente Nº 1.253.334/07

Buenos Aires, 22 de febrero de 2012

De conformidad con lo ordenado en laRESOLUCION ST Nº 195/12, se ha tomado razón del tope indemnizatorioobrante en el expediente de referencia, quedando registrado con elnúmero 122/12 T. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos,Departamento Coordinación - D.N.R.T.

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