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Ley 60
Incompatibilidad Del Cargo De Ministro Y Legislador
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Incompatibilidad De Cargos
Incompatibilidad Del Cargo De Ministro Y Legislador
Declara la incompatibilidad del cargo de ministro de estado, con el de senador o diputado.
Id norma: 195296 Tipo norma: Ley Numero boletin: 0
Fecha boletin: 24/05/1810 Fecha sancion: 28/05/1856 Numero de norma 60
Organismo (s)
Organismo origen: Honorable Congreso De La Nacion Argentina Ver Leyes Observaciones: PUBLICADA EN R. N. 1856, T. III, PAG. 351.
Esta norma es complementada o modificada por
Ver 2 norma(s).Texto Original
Actualizado 02 de Marzo de 2017
LEY N° 60
Ley declarando la incompatibilidad del cargo de Ministro de Estado, con el de Senador ó Diputado.
El Senado y la Cámara de Diputados, etc., etc.
Art. 1° Declárase que en virtud del artículo 88 de la ConstituciónNacional, es incompatible el cargo de Ministro de Estado con el deSenador ó Diputado.
Art. 2° Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados en el Paraná, Capitalprovisoria de la Confederación Argentina a veintiocho días del mes deMayo de mil ochocientos cincuenta y seis.
BALTAZAR SANCHEZ, Presidente. — Tomás Larguía, Secretario.
Ministerio del Interior.
Paraná, Mayo 30 de 1856.
Téngase por Ley, publíquese y dése al Registro Nacional. — URQUIZA. — Santiago Derqui.
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