Ley 12217

Camara Federal De Apelacion En Mendoza - Creacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Justicia
Camara Federal De Apelacion En Mendoza - Creacion

Creacion de una camara federal de apelacion en mendoza.

Id norma: 195563 Tipo norma: Ley Numero boletin: 12390

Fecha boletin: 11/10/1935 Fecha sancion: 26/09/1935 Numero de norma 12217

Organismo (s)

Organismo origen: Honorable Congreso De La Nacion Argentina Ver Leyes Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE JUSTICIA E INSTRUCCIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE JUSTICIA

LEY N° 12.217

Creando una Cámara Federal de Apelación en Mendoza.

El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de LEY:

Artículo 1.° — Créase una Cámara Federal de Apelaciones con asiento enla ciudad de Mendoza, con el personal y régimen que establece la Leynúmero 4.055 y las asignaciones que fija la Ley de Presupuesto para laCámara Federal de Córdoba.

Art. 2.° — La Cámara a que se refiere el artículo 1.°, entenderá en lasapelaciones de los juzgados federales de Mendoza, San Juan y San Luis,ejerciendo sobre ellos la superintendencia que determina la Ley número7.099.

Art. 3.° — Promulgada la presente ley, se remitirán a la Cámara que secrea, las causas pendientes que le correspondan, según la jurisdicciónterritorial establecida, si hubiere conformidad de partes.Se entenderá que hay conformidad de partes si éstas manifestasenexpresamente, dentro del término de cinco días de instalada la nuevaCámara, su voluntad de que la causa pase a ella.

Art. 4.° — Autorízase a invertir hasta la suma de ($ 10.000 m/n) diezmil pesos moneda nacional, por una sola vez, en los gastos deinstalación y moblaje del tribunal.

Art. 5.° — Los sueldos y gastos que demande la ejecución de lapresente, mientras no se incluyan en la ley de presupuesto, se harán derentas generales, con imputación a la misma.

ART. 6.° — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Registrada bajo el número 12.217

JULIO A. ROCA                                                    MANUEL A. FRESCO Gustavo A. Figueroa                                            C. González Bonorino.

C. 937

Buenos Aires, Octubre 9 de 1935.

Téngase por Ley de la Nación, publíquese y dése al Registro Nacional.

                                                                                                                                                           JUSTO                                                                                                                                                               MANUELDE YRIONDO

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