Ley 12716

Juzgados Federales En Las Ciudades De Azul Y San Nicolas - Creacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Justicia
Juzgados Federales En Las Ciudades De Azul Y San Nicolas - Creacion

Creanse dos juzgados federales en las ciudades de azul y san nicolas (pcia. de buenos aires).

Id norma: 195582 Tipo norma: Ley Numero boletin: 14153

Fecha boletin: 23/10/1941 Fecha sancion: 29/09/1941 Numero de norma 12716

Organismo (s)

Organismo origen: Honorable Congreso De La Nacion Argentina Ver Leyes Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Ley N° 12.716

Se crean dos Juzgados Federales en las Ciudades de Azul y San Nicolás (Pcia. de Buenos Aires).

POR CUANTO:

El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de LEY:

Artículo 1.° —Créanse dos juzgados federales en la provincia de Buenos Aires, con asiento en las ciudades de Azul y San Nicolás.

Art. 2.° — La jurisdicción territorial del juzgado de Azul comprenderáa los siguientes partidos: Ayacucho, Azul, Balcarce, Bolívar, GeneralAlvarado, General Alvear, General Lamadrid, General Pueyrredón, Juárez,Laprida, Las Flores, Olavarría, Rauch, Roque Pérez, Saladillo, Tandil,Tapalqué y Veinticinco de Mayo.

La jurisdicción territorial del Juzgado de San Nicolás comprenderá lossiguientes partidos: Baradero, Bartolomé Mitre, Campana, Colón,Exaltación de la Cruz, General Arenales, Pergamino, Ramallo, Rojas, SanNicolás, San Pedro y José F. Uriburu.

La Cámara Federal de La Plata ejercerá superintendencia y entenderá porvía de apelación en los asuntos que correspondan al Juzgado Federal deSan Nicolás, y la Cámara Federal de Bahía Blanca en los quecorrespondan al Juzgado Federal de Azul.

Art. 3.° —Los Juzgados Federales de La Plata y Bahía Blanca, siempreque hubiera conformidad de partes, remitirán a los respectivos nuevosJuzgados que se crean por la presente ley, las causas en trámite queles correspondan según la jurisdicción territorial establecida.

Art. 4.° —Los nuevos Juzgados se incorporarán al presupuesto general dela Nación, con el mismo personal, sueldos y gastos, asignados para elJuzgado Federal de Mercedes.

Art. 5.° —Los gastos que demande el cumplimiento de esta ley seabonarán de rentas generales con imputación a la presente, mientras nose incluyan en la ley de presupuesto.

Art. 6.° —Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a 29 de septiembre de 1941.

R. PATRON COSTAS                JOSE LUIS CANTILOGustavo Figueroa                     L. Zavalla Carbó

Registrada bajo el N.° 12.716

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