Ley 12239

Juzgado Federal En Rio Cuarto - Creacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Justicia
Juzgado Federal En Rio Cuarto - Creacion

Creacion de un juzgado federal en rio cuarto (cordoba).

Id norma: 195620 Tipo norma: Ley Numero boletin: 12390

Fecha boletin: 11/10/1935 Fecha sancion: 27/09/1935 Numero de norma 12239

Organismo (s)

Organismo origen: Honorable Congreso De La Nacion Argentina Ver Leyes Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Ley N° 12.239

Creando un Juzgado Federal en Río Cuarto (Córdoba)

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., SANCIONAN CON FUERZA DELEY:

Artículo 1.° — Créase un Juzgado Federal con asiento en la Ciudad deRío Cuarto, provincia de Córdoba, con la siguiente organización yasignaciones:

Art. 2.° — La jurisdicción territorial de este Juzgado comprenderá losdepartamentos Río Cuarto, Juárez Celman y General Roca de la Provinciade Córdoba; y las pedanías San Martín y Loboy del departamento Unión;pedanías Calderas y Tunas, del departamento Marcos Juárez; pedaníasCañada de Alvarez, Cóndores y Río de los Sauces del departamentoCalamuchita y pedanías Salto, Capilla de Rodríguez y Punta del Agua deldepartamento Tercero Arriba de la misma provincia.

Art. 3.° — La Suprema Corte de Justicia de la Nación dispondrá lasmedidas necesarias para que el Juzgado de la Ciudad de Córdoba remitaal tribunal que se crea por esta ley, las causas en trámitecorrespondientes a la jurisdicción territorial de este último, conexcepción de aquellas en las cuales ambas partes litigantes, de comúnacuerdo, hayan manifestado dentro de los treinta días de lapromulgación de esta ley, su voluntad de que el juicio permanezcaradicado ante el juzgado de Córdoba.

Art. 4.° — Los gastos que demande la presente ley se harán de rentasgenerales con imputación a la misma, mientras los cargos, empleos ygastos que crea y autoriza no se incorporen al Presupuesto General dela Nación.

Art. 5.° — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a 27 de septiembre de 1935.

Registrada bajo el N.° 12.239.

R. PATRON COSTAS                                                MANUEL A.FRESCOE. Fernández Guerrico                                         CarlosGonzález Bonorino

Buenos Aires, Octubre 9 de 1935.

— C. 955. —

Téngase por Ley de la Nación, publíquese y dése al Registro Nacional.

JUSTO.MANUEL DE YRIONDO.

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