Circular 1/2012

Certificado De Origen Mercosur

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Administracion Federal De Ingresos Publicos
Certificado De Origen Mercosur

Certificado de origen mercosur. v enmienda al sistema armonizado de designacion y codificacion de mercaderias.

Id norma: 195752 Tipo norma: Circular Numero boletin: 32369

Fecha boletin: 30/03/2012 Fecha sancion: 23/03/2012 Numero de norma 1/2012

Organismo (s)

Organismo origen: Administracion Federal De Ingresos Publicos Ver Circulares Observaciones: -

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Circular Nº 1/2012

Certificado de Origen MERCOSUR. V Enmienda al Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercaderías.

Bs. As., 23/3/2012

VISTO la Actuación Nº 15640-9-2012 del Registro de esta Administración Federal, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución Nº 5 del 17 de junio de 2011 del Grupo Mercado Comúnaprobó el Arancel Externo Común (AEC), basado en la Nomenclatura Comúndel MERCOSUR (NCM) y ajustado a la V Enmienda al Sistema Armonizado deDesignación y Codificación de Mercancías, con vigencia a partir del 1ºde enero de 2012.

Que como consecuencia de la mencionada resolución, la Comisión deComercio del MERCOSUR, mediante su Directiva Nº 41 del 1 de diciembrede 2011, sustituyó el listado de ítems de la Nomenclatura Común delMERCOSUR con requisitos específicos de origen y, asimismo, otorgó plazohasta el 30 de junio de 2012 para su incorporación al ordenamientojurídico de cada Estado Parte.

Que la Directiva Nº 44 del 20 de diciembre de 2011 de la Comisión deComercio del MERCOSUR, dispuso las pautas de integración delcertificado de origen aplicables hasta la internalización de la citadaDirectiva Nº 41/11 (CCM).

Que, según lo establecido por la mencionada Directiva Nº 44/11 (CCM) ycon el objeto de especificar la correcta integración del certificado deorigen, corresponde el dictado de la presente medida.

Por ello:

En ejercicio de las facultades conferidas a esta Administración Federalpor el Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y suscomplementarios, se estima conveniente precisar que:

1. Para la integración del Certificado de Origen correspondiente aproductos sujetos a requisitos específicos de origen se indicará, en sucampo 9, la posición arancelaria NCM 2007. Asimismo, en el campo“observaciones” deberá indicarse la posición arancelaria NCM 2012.

2. El procedimiento indicado en el punto 1 regirá hasta la fecha de entrada en vigencia de la Directiva Nº 41/11 (CCM).

El texto completo de la Directiva Nº 44/11 (CCM) podrá ser consultadoen el sitio “web” de esta Administración Federal(http://www.afip.gob.ar).

Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para supublicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General deAduanas. Cumplido, archívese. — RICARDO ECHEGARAY, AdministradorFederal.

e. 30/03/2012 N° 32421/12 v. 30/03/2012

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