Acordada 3/2012

Sistema De Notificaciones Por Medios Electronicos - Aplicacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Poder Judicial De La Nacion
Sistema De Notificaciones Por Medios Electronicos - Aplicacion

Sistema de notificaciones por medios electronicos. aplicacion.

Id norma: 195871 Tipo norma: Acordada Numero boletin: 32371

Fecha boletin: 04/04/2012 Fecha sancion: 27/03/2012 Numero de norma 3/2012

Organismo (s)

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Corte Suprema de Justicia de la Nación

PODER JUDICIAL DE LA NACION

Acordada 3/2012

Sistema de Notificaciones por Medios Electrónicos. Aplicación.

En Buenos Aires, a los 27 días del mes de marzo del año 2012, reunidosen la Sala de Acuerdos del Tribunal, los señores Ministros quesuscriben la presente,

CONSIDERARON:

1º) Que mediante acordada 31/2011 el Tribunal procedió a reglamentar lautilización de comunicaciones electrónicas y domicilios constituidos deesa especie, autorizados por la ley 26.685. Por esa vía se dispusoinstalar un Sistema de Notificación por Medios Electrónicos (SNE) paralas causas que tramitan ante esta sede, se reguló lo concerniente a lasformas, procedimientos y condiciones para la notificación y, porúltimo, se encomendó a la Secretaría General y de Gestión laelaboración y coordinación de un plan de implantación progresivo.

2º) Que en cumplimiento de esa comisión, la secretaría mencionadaexpresa que, como modo más apropiado para facilitar el mejorfuncionamiento del nuevo sistema y para realizar eficientemente lacoordinación asignada, es conveniente que se comience con el régimenelectrónico en expedientes que se promuevan directamente ante estaCorte y que reconozcan como tribunal de origen a aquellos del PoderJudicial de la Nación que tengan su asiento en la Ciudad Autónoma deBuenos Aíres.

3º) Que en las condiciones expresadas, corresponde implantar el nuevosistema —en una primera fase— para las causas en que se tramiten losescritos de interposición de recurso de queja por denegación delrecurso extraordinario (arts. 256 y 285 del Código Procesal Civil yComercial de la Nación), resuelta por los tribunales indicados en elconsiderando anterior.

4º) Que en virtud del tipo de actuaciones de que se trata, es necesariodisponer que el requisito atinente al domicilio constituido que prevéel art. 5 de la acordada 4/2007, en cuanto reenvía a lo establecido enel art. 2, inc. d, de dicho ordenamiento, deberá integrarse con elcódigo de usuario contemplado en el punto 2º de la acordada 31/2011.

5º) Que más allá de que el Tribunal dispone de los medios tecnológicosnecesarios para implementar inmediatamente el sistema y que su eficaciaha quedado demostrada con exhaustivas pruebas piloto cumplidas entribunales ordinarios, la mejor utilización de esta nueva herramienta yla adecuada prevención de situaciones que podrían comprometer garantíasconstitucionales de los justiciables, aconsejan que previamente serealice una capacitación de los operadores judiciales y de losdestinatarios del servicio, por lo que es preciso contar con un períodoprevio de difusión y entrenamiento.

6º) Que ante la indefectible progresividad de la implantación deldomicilio electrónico de las causas que tramitan ante esta sede, esconveniente tomar anticipatoriamente las medidas que permitan, en suoportunidad, la inmediata puesta en funcionamiento de este nuevo modode actuación procesal. De ahí, que corresponde extender el domicilioelectrónico a las presentaciones en que se promueva el recursoextraordinario federal y, con dicho alcance, modificar en ese punto laacordada 4/2007.

Por ello,

ACORDARON:

1º — Establecer que el Sistemade Notificaciones por Medios Electrónicos reglamentado por acordada31/2011 será de aplicación obligatoria para las causas en que setramiten los escritos de interposición de recurso de queja pordenegación de recurso extraordinario, resuelta por tribunales del Poderjudicial de la Nación con asiento en la Ciudad Autónoma de BuenosAires, que se presentaren a partir de 7 de mayo de 2012.

2º — Disponer que el requisitoatinente al domicilio constituido establecido en el art. 5º delreglamento aprobado por la acordada 4/2007, en cuanto remite al art. 2,inc. d, de ese ordenamiento, se integrará con el código de usuariocontemplado en el punto 2º de la Acordada 31/2011.

3º — Aprobar el plan de difusión y capacitación propuesto por la Secretaría General y de Gestión CSJN (Anexo I).

4º — Ordenar que para todos losrecursos extraordinarios que se promuevan a partir de primer día hábilposterior a la feria de enero de 2013, el requisito que contempla alart. 2, inc. d, del reglamento aprobado por acordada 4/2007 seintegrará con el código de usuario contemplado en el punto 2º de laAcordada 31/2011.

Todo lo cual dispusieron, ordenando que se comunique, publique juntocon la acordada 31/2011 CSJN en el Boletín Oficial y en la página webdel Tribunal y registre en el libro correspondiente, por ante mí, quedoy fe. — Ricardo L. Lorenzetti. — Carmen M. Argibay. — Juan C.Maqueda. — Héctor D. Marchi. — Helena I. Highton de Nolasco. — CarlosS. Fayt.

ANEXO I

Proyecto de Implementación de la Fase 1 del Sistema de Notificaciones Electrónicas CSJN.

En virtud de lo dispuesto en el art. 11º) de la Acordada Nº 31/2011, sepropone este proyecto de implementación de la Fase 1 del Sistema deNotificaciones Electrónica (SNE).

Es necesario tener en cuenta que, si bien los procedimientos deutilización no revisten demasiada complejidad, por la trascendencia delinstituto procesal de la notificación, es preciso tomar todas lasmedidas necesarias para asegurar la difusión de la herramienta, lacapacitación de todos los involucrados en su uso y su correctofuncionamiento. Por tales razones, resulta adecuado proponer unaimplementación por fases, según el tipo de expediente y el tribunal deradicación, que habiliten un control inmediato de todos los aspectos deaplicación.

A los fines señalados se sugieren las siguientes actividades con sus períodos de sustanciación:

1. Capacitación

Usuarios Internos: Para esta etapa y en concordancia con el alcancedefinido inicialmente para las quejas interpuestas por denegaciones derecursos extraordinarios federales (art. 285 CPCyCN) resueltas portribunales nacionales y federales con asiento en la Ciudad Autónoma deBuenos Aires, se entiende conveniente involucrar al personal de la MesaGeneral de Entradas de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

En ese contexto se capacitará solamente al personal de dichadependencia, tanto para las funcionalidades de asignación de código deusuarios, como así también para aquellas que corresponden a laoperatoria de notificaciones por medios electrónicos inserta en elsistema de causas del Alto Tribunal.Para está actividad se habilitará un curso de capacitación dividido endos grupos para todo el personal de dicha área, a realizarse entre enmarzo de 2012.

Usuarios Externos: Con relación a los usuarios que deban habilitarse afin de cumplir con su representación letrada en la causa, se realizaráuna formación específica para personal del Colegio Público de Abogadosde la Capital Federal, para que éstos a su vez implementen ciclos decapacitación para los interesados. Esta capacitación incluirá elprocedimiento de registración de información en la web, asignación decódigo de usuario (constitución del domicilio electrónico cfr. Arts. 5ºy 6º de la Acordada N° 31/11) y utilización del Sistema deNotificaciones Electrónicas.

Para la incorporación al sistema de los usuarios del Ministerio Público se ofrecerá una capacitación específica.

Todos estos cursos se proponen a partir del 9 de abril de 2012.

2. Difusión

Se acordarán con el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal yotras asociaciones profesionales, las jornadas de difusión del nuevosistema.

En el mismo sentido, se propone la publicación en sitios de informaciónjurídica como así también institucionales (CIJ, PJN, AMFJN, CPACF,etc.) de publicidad del sistema, la normativa dictada, los manuales ylos vínculos de acceso al sitio de operación del sistema.

3. Acreditación y obtención de Códigos de Usuario

Usuarios internos: Obtendrán su código de usuario personal a través dela Dirección de Sistemas de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.Esta actividad deberá ser completada en marzo de 2012.

Usuarios externos: A los fines de registrar la información requerida,acreditar la documentación y obtener el código de usuario que obrarácomo domicilio constituido electrónico, deberán completar losrequisitos previos y luego presentarse en la Mesa General de Entradasde la Corte Suprema de Justicia de la Nación, todo ello conforme loestablecido en los arts. 5º y 6º de la Acordada Nº 31/11. La obtencióndel código de usuario se hará por única vez a solicitud del letrado, enla oportunidad que lo requiera, a fin de facultar su incorporación alsistema, que lo habilitará a presentar la queja.

A partir del 9 de abril de 2012 se facultará la registración y asignación de códigos de usuario a los letrados que lo requieran.

4. Puesta en marcha

Se propone para el 7 de mayo de 2012.

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica