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Ley 14765
Jueces
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Justicia Nacional
Jueces
Aumentase el numero de juzgados nacionales de primera instancia en lo civil de la capital federal.
Id norma: 196019 Tipo norma: Ley Numero boletin: 18774
Fecha boletin: 25/10/1958 Fecha sancion: 30/09/1958 Numero de norma 14765
Organismo (s)
Organismo origen: Honorable Congreso De La Nacion Argentina Ver Leyes Observaciones: -
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Ver 2 norma(s).Esta norma es complementada o modificada por
Ver 1 norma(s).Texto Original
Actualizado 02 de Marzo de 2017
JUSTICIA NACIONAL
LEY N° 14.765
Jueces. Auméntase el número de juzgados nacionales de primera instancia en lo civil de la Capital Federal.
Sancionada: septiembre 30 de 1958.
Promulgada: octubre 21 de 1958.
POR CUANTO:
El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de LEY:
ARTICULO 1°- Auméntase a treinta el número de jueces nacionales de primera instancia en lo civil de la Capital Federal.
ARTICULO 2°- Cada uno de esostreinta juzgados constará de dos secretarías, de modo que veinte de losactuales pasarán a depender de los diez nuevos juzgados que se creancon sus expedientes en trámite, en la forma que por vía desuperintendencia determine la Cámara Nacional de Apelaciones en loCivil.
ARTICULO 3°- Creánse para los nuevos juzgados diez cargos de relatores (oficial segundo) y veinte ordenanzas.
ARTICULO 4°- Los gastos quedemande el cumplimiento de esta ley, hasta que no se incorpore alpresupuesto general de la Nación, se pagarán de rentas generales.
ARTICULO 5°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino en Buenos Aires, alos treinta días del mes de septiembre del año mil novecientoscincuenta y ocho.
B. GUZMAN F.F. MONJARDIN Noé Jitrik Eduardo T. Oliver
Registrada bajo el número 14.765
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