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Directiva 23/2011
Rebaja Arancelaria
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Mercosur
Rebaja Arancelaria
Aprobar en el ambito de la resolucion gmc nº 08/08 la rebaja arancelaria solicitada por la republica federativa del brasil.
Id norma: 197069 Tipo norma: Directiva Numero boletin: 32392
Fecha boletin: 08/05/2012 Fecha sancion: 09/08/2011 Numero de norma 23/2011
Organismo (s)
Organismo origen: Comision De Comercio Del Mercosur Ver Directivas Observaciones: -
Esta norma es complementada o modificada por
Ver 1 norma(s).Texto Original
Actualizado 02 de Marzo de 2017
MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 23/11
ACCIONES PUNTUALESEN EL AMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y laResolución Nº 08108 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que la CCM analizó la solicitud presentada por la República Federativadel Brasil para la aplicación de una determinada medida arancelaria, enel marco de la situación prevista en el inciso 1 del artículo 2 de laResolución GMC Nº 08/08.
Que la CCM aprobó la medida arancelaria, en los términos dispuestos enla presente norma.
LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR
APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:
Art. 1 - Aprobar en el ámbito de la Resolución GMC Nº 08/08 la rebajaarancelaria solicitada por la República Federativa del Brasil para elsiguiente ítem arancelario con las correspondientes especificacionessobre límite cuantitativo, alícuota y plazo de vigencia:
NCM 7307.91.00 --“Bridas”
Nota Referencial: Destaque 1 - “Bridas producidas por el proceso deforja en material Acero Liga 21/4 Cromo - 1 Molibdeno - Vanadio, segúnASME SA-336/SA-336M F22V, con resistencia a la fisura al hidrógeno enservicios a temperaturas elevadas, de acuerdo con los requisitosprevistos en el documento “Additional Requirements for CrMo and CrMoVLow Alloy Steels” I-ET-5000.00- 0000- 500-PPC-001 Rev.D”
Cantidad: 90 toneladas
Plazo: 6 meses
Alícuota: 2%
Art. 2 - Esta Directiva necesita ser incorporada sólo al ordenamientojurídico interno de la República Federativa del Brasil. Estaincorporación deberá ser realizada antes del 09/X/2011.
CXXI CCM –Montevideo, 09/VIII/11.
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