Disposición 10/2012

Disposicion 9/2012 - Suspendase Entrada En Vigencia

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Agricultura, Ganaderia Y Pesca
Disposicion 9/2012 - Suspendase Entrada En Vigencia

Suspendese la entrada en vigencia de la disposicion nº 9 de fecha 23 de mayo de 2012 de la direccion nacional de coordinacion pesquera de la subsecretaria de pesca y acuicultura de la secretaria de agricultura, ganaderia y pesca del ministerio de agricultura, ganaderia y pesca por el termino de noventa (90) dias.

Id norma: 198517 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 32416

Fecha boletin: 12/06/2012 Fecha sancion: 11/06/2012 Numero de norma 10/2012

Organismo (s)

Organismo origen: Direccion Nacional De Coordinacion Pesquera Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA

DIRECCION NACIONAL DE COORDINACION PESQUERA

Disposición Nº 10/2012

Bs. As., 11/6/2012

VISTO el Expediente Nº S01:0526826/2011 del Registro del MINISTERIO DEAGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, las Disposiciones Nros. 8 de fecha 29de diciembre de 2009 de la SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA de laSECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DEAGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA y 9 de fecha 23 de mayo de 2012 de laDirección Nacional de Coordinación Pesquera de la citada Subsecretaría,y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Disposición Nº 9 de fecha 23 de mayo de 2012 de laDirección Nacional de Coordinación Pesquera de la SUBSECRETARIA DEPESCA Y ACUICULTURA de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCAdel MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA se sustituyó elArtículo 5º de la Disposición Nº 8 de fecha 29 de diciembre de 2009 dela citada Subsecretaría, fijándose la Tasa de Servicio para laCertificación de Captura Legal en PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO($345.-) por cada certificación a emitir.

Que al momento de proyectarse la Disposición Nº 9/12 no se registrabauna baja en las descargas de pescado capturado, como sí ocurre a lafecha a causa de una menor operatoria de los buques del sector debidoal contexto de crisis internacional y a los distintos factores depúblico y notorio conocimiento, que afectan su normal desenvolvimientoeconómico.

Que por ello, es procedente suspender la entrada en vigencia de lareferida Disposición Nº 9/12 por un lapso prudencial de NOVENTA (90)días.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DEAGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas porla Ley Nº 24.922 y su modificatoria Nº 25.470, el Decreto Nº 357 defecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, ypor el Artículo 7º de la citada Disposición Nº 8/09.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE COORDINACION PESQUERADISPONE:

ARTICULO 1º — Suspéndese la entrada en vigencia de la Disposición Nº 9de fecha 23 de mayo de 2012 de la Dirección Nacional de CoordinaciónPesquera de la SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA de la SECRETARIA DEAGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIAY PESCA por el término de NOVENTA (90) días.

ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS DAMIAN LIBERMAN, DirectorNacional de Coordinación Pesquera, Subsecretaría de Pesca y Acuiculturade la Nación.

e. 12/06/2012 N° 65704/12 v. 12/06/2012

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