Resolución Conjunta 2/2012 2/2012

Captura Total Permisible Para La Especie Corvina

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Pesca
Captura Total Permisible Para La Especie Corvina

Fijase la captura total permisible para la especie corvina.

Id norma: 200457 Tipo norma: Resolución Conjunta Numero boletin: 32454

Fecha boletin: 07/08/2012 Fecha sancion: 27/07/2012 Numero de norma 2/2012 2/2012

Organismo (s)

Organismo origen: Comision Tecnica Mixta Del Frente Maritimo Ver Resoluciones Organismo origen: Comision Administradora Del Rio De La Plata Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Comisión Administradora del Río de La PlatayComisión Técnica Mixta del Frente Marítimo

PESCA

Resolución Conjunta 2/2012

Fíjase la captura total permisible para la especie corvina.

Montevideo, 27/7/2012

Norma estableciendo una captura total permisible para la especie corvina, (Micropogonias furnieri) para el año 2012 en el área del Tratado

Visto:

El estado del recurso corvina (Micropogonias furnieri)y la necesidad de adoptar medidas relativas a su conservación yracional explotación en aguas bajo jurisdicción del Tratado del Río dela Plata y su Frente Marítimo.

Considerando:

1) Que el Tratado otorga a las Comisiones los cometidos de realizarestudios y coordinar planes y medidas relativas a la conservación yracional explotación de las especies en la Zona Común de Pesca.

2) Que la CTMFM encomendó al Grupo de Trabajo de Recursos Costeros latarea de sugerir una captura biológicamente recomendable para el año encurso.

3) Que dicho Grupo de Trabajo ha dado cumplimiento al mandato de laCTMFM, sugiriendo medidas de conservación y manejo con el objetivo demantener la sustentabilidad del recurso.

Atento:

A lo establecido en los artículos 54, 55, 66, incisos a) y b), 80 y 82,incisos a), b), c) y d), del Tratado del Río de la Plata y su FrenteMarítimo.

LA COMISION ADMINISTRADORA DEL RIO DE LA PLATAYLA COMISION TECNICA MIXTA DEL FRENTE MARITIMORESUELVEN:

Artículo 1º — Fijar una captura total permisible para la especie corvina (Micropogonias furnieri) de 37.000 toneladas en el área geográfica del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo para el año 2012.

Art. 2º — Disponer elintercambio quincenal entre las Partes de los datos de captura ydesembarque de corvina producidos dentro de las áreas de competencia dela CARP y de la CTMFM, a los fines de la aplicación efectiva de estaResolución Conjunta.

Art. 3º — Considerar la transgresión de la presente Resolución como un incumplimiento grave.

Art. 4º — Comunicar estaResolución al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de laRepública Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores de laRepública Oriental del Uruguay.

Art. 5º — Dar conocimientopúblico de esta Resolución, a través de su publicación en el BoletínOficial de la República Argentina y en el Diario Oficial de laRepública Oriental del Uruguay. — Francisco Bustillo. — Julio Suárez. —Hernán D. Orduna.

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