Resolución 348/2012

Calendarios De Pago - Aprobacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Sistema Integrado Previsional Argentino
Calendarios De Pago - Aprobacion

Apruebase el calendario de pago de las prestaciones del sistema integrado previsional argentino para la emision correspondiente al mes de septiembre de 2012.

Id norma: 201161 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32465

Fecha boletin: 23/08/2012 Fecha sancion: 09/08/2012 Numero de norma 348/2012

Organismo (s)

Organismo origen: Administracion Nacional De La Seguridad Social Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Administración Nacional de la Seguridad Social

SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO

Resolución 348/2012

Apruébase el calendario de pago de lasPrestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino para laemisión correspondiente al mes de septiembre de 2012.

Bs. As., 9/8/2012

VISTO el Expediente Nro. 024-99-81398240-0-790 del Registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), y

CONSIDERANDO:

Que es necesario establecer el Calendario de Pago de las Prestacionesdel Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), para la emisión delmes de septiembre de 2012.

Que en consecuencia, corresponde adecuar las fechas de pago alpronóstico de ingresos al Sistema Previsional, en particular losprovenientes de la recaudación de aportes y contribuciones sobre lanómina salarial.

Que las condiciones financieras vigentes para atender las obligacionesprevisionales, permiten establecer el esquema de pago, en VEINTE (20)grupos.

Que la por entonces Gerencia Asuntos Jurídicos ha tomado laintervención que le compete, emitiendo Dictamen Nº 15541/00, obrante afojas 2/3.

Que la Comunicación “A” 4471 del Banco Central de la RepúblicaArgentina de fecha 6 de enero de 2006, regula la operatoria derendición de cuentas para las entidades financieras participantes en laoperatoria de pago de los beneficios de la Seguridad Social a cargo deesta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidaspor el artículo 3º del Decreto Nº 2741/91 y el artículo 36 de la Ley Nº24.241.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIALRESUELVE:

Artículo 1º — Apruébase elcalendario de pago de las Prestaciones del Sistema IntegradoPrevisional Argentino (SIPA), para la emisión correspondiente al mes deseptiembre de 2012, cuya fecha de inicio de pago quedará fijadaconforme se indica a continuación:

I. Beneficiarios de PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS:

GRUPO DE PAGO 1: Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 3 de septiembre de 2012.

GRUPO DE PAGO 2: Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 4 de septiembre de 2012.

GRUPO DE PAGO 3: Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 5 de septiembre de 2012.

GRUPO DE PAGO 4: Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 6 de septiembre de 2012.

GRUPO DE PAGO 5: Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 7 de septiembre de 2012.

II. Beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA),cuyos haberes mensuales, sólo códigos 001 y todas sus empresas, el 003y todas sus empresas, y el 022-022, no superen la suma de PESOS DOS MILCIENTO TREINTA Y TRES ($ 2.133,00):

GRUPO DE PAGO 6: Documentos terminados en 0, a partir del día 10 de septiembre de 2012.

GRUPO DE PAGO 7: Documentos terminados en 1, a partir del día 11 de septiembre de 2012.

GRUPO DE PAGO 8: Documentos terminados en 2, a partir del día 12 de septiembre de 2012.

GRUPO DE PAGO 9: Documentos terminados en 3, a partir del día 13 de septiembre de 2012.

GRUPO DE PAGO 10: Documentos terminados en 4, a partir del día 14 de septiembre de 2012.

GRUPO DE PAGO 11: Documentos terminados en 5, a partir del día 17 de septiembre de 2012.

GRUPO DE PAGO 12: Documentos terminados en 6, a partir del día 18 de septiembre de 2012.

GRUPO DE PAGO 13: Documentos terminados en 7, a partir del día 19 de septiembre de 2012.

GRUPO DE PAGO 14: Documentos terminados en 8, a partir del día 20 de septiembre de 2012.

GRUPO DE PAGO 15: Documentos terminados en 9, a partir del día 21 de septiembre de 2012.

III. Beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA),cuyos haberes mensuales, sólo códigos 001 y todas sus empresas, el 003y todas sus empresas y el 022-022, superen la suma de PESOS DOS MILCIENTO TREINTA Y TRES ($ 2.133,00):

GRUPO DE PAGO 16: Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 24 de septiembre de 2012.

GRUPO DE PAGO 17: Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 25 de septiembre de 2012.

GRUPO DE PAGO 18: Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 26 de septiembre de 2012.

GRUPO DE PAGO 19: Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 27 de septiembre de 2012.

GRUPO DE PAGO 20: Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 28 de septiembre de 2012.

Art. 2º — Determínase el día 10de octubre de 2012, como plazo de validez para todas las Ordenes dePago Previsional, y Comprobantes de Pago Previsional del Nuevo Sistemade Pago.

Art. 3º — Establécese que lapresentación de la rendición de cuentas y documentación impaga, deberáefectuarse de acuerdo a lo establecido por la Comunicación “A” 4471 delBanco Central de la República Argentina de fecha 6 de enero de 2006.

Art. 4º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Diego L. Bossio.

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica