Resolución 85/2012

Reglamento De Medidores De Petroleo Y Sus Derivados Y Otros Liquidos Distintos Del Agua

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Metrologia Legal
Reglamento De Medidores De Petroleo Y Sus Derivados Y Otros Liquidos Distintos Del Agua

Apruebase el reglamento de medidores de petroleo y sus derivados y otros liquidos distintos del agua.

Id norma: 201929 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32478

Fecha boletin: 11/09/2012 Fecha sancion: 06/09/2012 Numero de norma 85/2012

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Secretaría de Comercio Interior

METROLOGIA LEGAL

Resolución 85/2012

Apruébase el Reglamento de medidores de petróleo y sus derivados y otros líquidos distintos del agua.

Bs. As., 6/9/2012

VISTO el Expediente Nº S01:0088690/2009 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que resulta conveniente la intervención del Estado Nacional en elcontrol del parque de instrumentos de medición que intervienen en lacuantificación de los bienes que son objeto de transaccionescomerciales, así como en la preservación de la salud, la seguridad y elmedio ambiente.

Que el Artículo 7° de la Ley Nº 19.511 faculta al Poder EjecutivoNacional para dictar la reglamentación de especificaciones ytolerancias para los instrumentos de medición alcanzados por la misma.

Que el Decreto Nº 788 del 18 de septiembre de 2003, reglamentario de laLey Nº 19.511 de Metrología Legal, establece en su Artículo 2°, incisoa) que es función de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIODE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, establecer el reglamento de aprobaciónde modelos, verificación primitiva, verificación periódica y vigilanciade uso de instrumentos de medición.

Que asimismo, el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI),organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE INDUSTRIA, enejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 3°, incisos e) yf) del Decreto Nº 788/03, ha propuesto un Reglamento de medidores depetróleo y sus derivados y otros líquidos distintos del agua.

Que para la propuesta se ha tenido en cuenta la Recomendación Nº 117 dela Organización Internacional de Metrología Legal (OIML) relativa a losinstrumentos de medición denominados “Sistemas de Medición Dinámicos deLíquidos distintos del Agua”.

Que la Dirección del Area de Comercio Interior dependiente de laDirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA YFINANZAS PUBLICAS, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades otorgadaspor el Artículo 2°, incisos a), h) e i) del Decreto Nº 788/03.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMERCIO INTERIOR

RESUELVE:

Artículo 1° — Apruébase elReglamento de medidores de petróleo y sus derivados y otros líquidosdistintos del agua que como Anexo I en SESENTA (60) fojas y Anexo II enTREINTA Y TRES (33) fojas, forman parte integrante de la presenteresolución.

Art. 2° — Establécese que losMedidores de Petróleo y sus Derivados y otros Líquidos Distintos delAgua, que se fabriquen, comercialicen e importen en el país deberáncumplir con el Reglamento Metrológico y Técnico aprobado por elArtículo 1° de la presente resolución, a partir de los TRESCIENTOSSESENTA Y CINCO (365) días de su entrada en vigencia.

Art. 3° — Establécese que losinstrumentos de medición alcanzados por la presente resolución deberánefectuar la verificación periódica establecida en el Artículo 9° de laLey Nº 19.511 con una periodicidad de SEIS (6) meses. El INSTITUTONACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), organismo descentralizado enla órbita del MINISTERIO DE INDUSTRIA, podrá actuar concurrentementecon esta Autoridad de Aplicación tanto en las verificaciones periódicascomo en la vigilancia de uso de dichos instrumentos de medición.

Art. 4° — La tasa cuyo cobro seencuentra a cargo de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIODE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS se fija en PESOS TRES MIL ($ 3.000.-)para la Aprobación de Modelo y en PESOS QUINIENTOS ($ 500.-) porunidad, para la Verificación Primitiva y la Declaración de Conformidad.

Art. 5° — Las infracciones a lodispuesto por la presente resolución serán sancionadas de acuerdo a loprevisto por la Ley Nº 19.511 de Metrología Legal.

Art. 6° — La presente resolución comenzará a regir a los SESENTA (60) días de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Mario G. Moreno.

ANEXO I

Reglamento de medidores de petróleo y sus derivados y otros líquidos distintos del agua

1.- Campo de aplicación.

1.1- Alcance.

El presente reglamento especifica los requisitos metrológicos ytécnicos aplicables a los sistemas de medición dinámicos paramagnitudes (volumen o masa) de petróleo y productos de petróleo sujetosa control metrológico legal. También provee los requerimientos para laaprobación de las partes que componen el sistema de medición.

Este Reglamento es aplicable a sistemas de medición utilizados para la medición de otros líquidos distintos del agua.

Este reglamento es aplicable a todos los sistemas de medición dinámicosequipados con medidores como el definido en 2.1.1 (destinados a medircontinuamente), independiente del principio de medición del contador osu aplicación excepto:

- Surtidores para combustibles líquidos.

- Sistemas y dispositivos de medición dinámica para líquidos criogénicos.

- Medidores de agua potable caliente y fría.

- Medidor de energía térmica.

- Medidores para gases licuados en general.

2- Definiciones.

2.0- Abreviaturas y acrónimos.

AM = modulación de amplitud

ASD = Densidad Espectral de Aceleración

CA = corriente alternada

CC = corriente continua

Emín = desviación mínima especificada para la magnitud (p. ej.; volumen)

EMC = compatibilidad electromagnética

ESD = descarga electrostática

EBE = equipo bajo ensayo

IEC = Comité Electrotécnico Internacional

I/O = entrada/salida (referente a los puertos)

INTI = Instituto Nacional de Tecnología Industrial

ISO = Organización Internacional para la Normalización

MMQ = magnitud mínima medible

2.1- Sistema de medición y sus componentes.

2.1.1- Medidor.

Instrumento destinado a medir continuamente e indicar la magnitud delíquido que pasa por el dispositivo de medición a las condiciones demedición. Un medidor debe estar compuesto por lo menos de undispositivo de medición, un calculador (incluyendo dispositivos deajuste o corrección, si es necesario) y un dispositivo de indicación.

2.1.2- Dispositivo de medición.

Una parte del medidor que transforma el flujo, el volumen o la masa delíquido a ser medido en señales, transferidas al calculador. Consta deun sensor de medición y un transductor.

2.1.3- Sensor o sensor del medidor.

Una parte del dispositivo de medición, directamente afectado por elflujo de líquido a ser medido y el cual convierte el flujo en una señaldirigida al transductor.

2.1.4- Transductor (ver también 2.1.14).

Una parte del dispositivo de medición, que provee una señal de salidarepresentativa del volumen o masa, que tiene una relación determinadacon la señal de entrada.

El transductor puede, en cualquier caso, estar incorporado al sensordel contador o conectado externamente al mismo. En el segundo caso,éste deberá ser aprobado con el sensor o con el calculador.

2.1.5- Calculador.

Una parte del medidor que recibe la señal de salida del dispositivo demedición y posiblemente de un dispositivo de medición asociado,procesando dicha señal en forma apropiada, para luego, almacenar losresultados en memoria antes de utilizarlos.

Además el dispositivo calculador puede ser capaz de comunicarse bidireccionalmente con equipos periféricos.

2.1.6- Dispositivo indicador.

Componente del medidor que indica continuamente los resultados de la medición.

Un dispositivo de impresión que provee la indicación al finalizar la medición no es considerado un dispositivo indicador.

2.1.7- Dispositivo auxiliar.

Dispositivo destinado a realizar una función particular, directamenteinvolucrada en la elaboración, transmisión e indicación de losresultados de la medición.

Los principales dispositivos auxiliares son:

• Dispositivo de puesta a cero.

• Dispositivo para indicación repetitiva.

• Dispositivo para impresión.

• Dispositivo para memoria de datos.

• Dispositivo totalizador de indicación.

• Dispositivo para conversión.

• Dispositivo de predeterminación.

2.1.8- Dispositivo adicional.

Dispositivo no considerado como auxiliar, requerido para asegurar uncorrecto nivel de exactitud en la medición o destinado a facilitar lasoperaciones de medición, el cual puede de cualquier modo afectar lamedición.

Los principales dispositivos adicionales son:

• Dispositivo eliminador de gas.

• Indicador de gas.

• Visor.

• Filtro, bomba.

• Dispositivo usado como punto de transferencia.

• Dispositivo anti-flujo turbulento.

• Bifurcaciones y desvíos (bypass).

• Válvulas, mangueras.

2.1.9- Sistema de medición.

Un sistema compuesto por un medidor para magnitudes (volumen o masa) de líquido y sus dispositivos auxiliares y adicionales.

2.1.10- Dispositivo de predeterminación.

Un dispositivo que permite seleccionar una magnitud a ser medida y queinterrumpe automáticamente el flujo de líquido al finalizar la medicióndel valor de la magnitud seleccionado.

2.1.11- Dispositivo de ajuste.

Un dispositivo incorporado al medidor que permite modificar la curva deerror, generalmente paralela a sí misma, con el objetivo de llevar loserrores dentro del error máximo permitido. Este dispositivo puede sermecánico o electrónico.

2.1.12- Dispositivo de medición asociado.

Dispositivo conectado al calculador, al dispositivo de corrección o aldispositivo de conversión, que convierte durante la medición, lasmagnitudes características (temperatura, presión, densidad, viscosidad,etc.) del líquido, en señales dirigidas para el calculador, con elobjetivo de efectuar una corrección y/o conversión. Este incluye unsensor de medición asociado y un transductor de medición asociado.

2.1.13- Sensor de medición asociado.

Una parte del dispositivo de medición asociado, directamente afectado ala medición, el cual convierte las magnitudes características(temperatura, presión, densidad, viscosidad, etc.) del líquido, en unaseñal de medida (resistencia, corriente eléctrica, frecuencia, etc.)destinado para el transductor de medición asociado.

2.1.14- Transductor de medición asociado.

Una parte del dispositivo de medición asociado, que provee una señal desalida para el calculador, el dispositivo de corrección o eldispositivo de conversión, y tiene una determinada relación con lamagnitud de entrada.

2.1.15- Dispositivo de corrección.

Un dispositivo conectado o incorporado al medidor para corregirautomáticamente el volumen a condiciones de medición, teniendo encuenta el caudal y/o las características del fluido a medir(viscosidad, temperatura, presión) y las curvas de calibraciónpreestablecidas.

Las características del líquido pueden ser medidas usando instrumentosde medición asociados o cargadas en una memoria del instrumento.

2.1.16- Dispositivo de conversión.

Un dispositivo que convierte automáticamente:

• El volumen medido a condiciones de medición a un volumen a condiciones de base, o

• el volumen medido a condiciones de medición a masa, o

• la masa medida a un volumen a condiciones de medición, o

• la masa medida a un volumen a condiciones de base.

Se define como factor de conversión al cociente entre la magnitud convertida y la magnitud a condiciones de medición.

2.1.17- Condiciones de medición.

Los valores de las condiciones que caracterizan al líquido durante la medición en el punto de medición.

2.1.18- Condiciones de base.

Los valores específicos de las condiciones para las cuales la magnitud del líquido medido es convertida.

Condiciones de medición y condiciones de base (se refiere solamente alvolumen de líquido a ser medido o indicado) no debe confundirse con las“condiciones nominales de funcionamiento” y “condiciones de referencia”aplicables a las magnitudes de influencia.

2.1.19- Punto de transferencia.

Un punto en el cual el líquido es definido como siendo entregado o recibido.

2.1.20- Dispositivo eliminador de gas.

Un dispositivo usado para remover aire, gas o vapor contenido en el líquido.

2.1.21- Separador de gas.

Dispositivo eliminador de gas utilizado para separar continuamente yremover, cualquier mezcla de aire o gases contenidos en el líquido.

2.1.22- Extractor de gas.

Un dispositivo usado para extraer aire o gases acumulados en una líneasuplementaria del medidor en forma de bolsones, mezclado con el líquido.

2.1.23- Extractor de gas especial.

Un dispositivo que como el separador de aire o gases, pero bajocondiciones más severas, separa continuamente cualquier contenido deaire o gases en el líquido y detiene automáticamente el flujo delíquido, si existe riesgo de que aire o gases acumulados en forma debolsones mezclado con el líquido, ingresen al medidor.

2.1.24- Indicador de gas.

Un dispositivo que permite detectar burbujas de aire o gas presentes en el flujo del líquido.

2.1.25- Filtro.

Un dispositivo apropiado para la protección del medidor y de losdispositivos adicionales de posibles daños causados por partículasextrañas.

2.1.26- Bomba.

Un dispositivo que origina que el líquido fluya a través de succión o de la presión.

2.1.27- Visor.

Un dispositivo que permite verificar si todo o parte del sistema demedición está completamente lleno con líquido (sistemas de medición aconducción llena), o completamente vacío de líquido (sistemas demedición a conducción vacía), antes de arrancar y al finalizar lamedición.

2.1.28- Aprobación de la Verificación Primitiva de un sistema de medición.

Operación que logra que un sistema de medición opere bajo condiciones legales, adecuadas de entrega.

2.1.29- Persona autorizada.

Persona que tiene permitido desempeñarse en actividades específicassobre sistemas de medición o componentes controlados legalmente, bajola aplicación de leyes nacionales.

2.1.30- Sistema de medición sobre cañería.

Un sistema de medición instalado principalmente sobre cañería fija, conectada a dos o más tanques fijos.

La cañería es caracterizada por el caudal del líquido a medir, el cual,en general, no cambia o cambia muy poco durante períodos prolongados detiempo.

2.2- Características metrológicas.

2.2.1- Magnitud convencionalmente verdadera (referencia).

Volumen o masa total que ha pasado a través del medidor durante la medición. Con frecuencia referida como “magnitud conocida”.

2.2.2- Magnitud indicada.

Volumen o masa total indicada por el medidor.

2.2.3- Indicación primaria.

Una o más indicaciones sujetas al control metrológico legal.

2.2.4- Error de indicación.

Valor de la magnitud indicada menos el valor convencionalmente verdadero de la magnitud de referencia.

2.2.5- Error relativo de indicación.

El error de indicación dividido por el valor convencionalmente verdadero de la magnitud de referencia.

2.2.6- Errores máximos permitidos.

Los valores extremos de un error permitido por esta Reglamentación.

2.2.7- Magnitud mínima medible (MMQ).

El volumen más pequeño de líquido para el cual la medición es metrológicamente aceptable para el sistema o componente.

En los sistemas de medición destinados a entregar producto, el volumenmás pequeño se refiere a la entrega mínima, mientras que en lossistemas destinados a operaciones de recepción se refiere a larecepción mínima.

2.2.8- Desvío mínimo especificado para la magnitud.

El valor absoluto del error máximo permitido para la magnitud mínima medible.

2.2.9- Error de repetibilidad.

Para el propósito de este Reglamento, está dado por la diferencia entreel mayor y menor resultado obtenido en una serie de medicionessucesivas, de una misma magnitud, realizadas bajo las mismascondiciones.

2.2.10- Error intrínseco.

El error de indicación de un sistema de medición o sus componentes usado bajo condiciones de referencia.

2.2.11- Error intrínseco inicial.

El error intrínseco es determinado antes de todos los ensayos de desempeño.

2.2.12- Falla significativa.

Una diferencia entre el error de indicación y el error intrínseco mayorque el valor especificado en esta Reglamentación. Las fallassignificativas son solamente relevantes en sistemas de mediciónelectrónicos.

No deben ser consideradas como fallas significativas:

• Mal funcionamiento transitorio resultante de variaciones momentáneasen la indicación, que no puedan ser interpretadas, memorizadas otransmitidas como un resultado de medición,

• Para sistemas de medición interrumpibles solamente, malfuncionamiento que implique la imposibilidad de efectuar futurasmediciones.

2.2.13- Durabilidad para dispositivos electrónicos.

La capacidad de los dispositivos electrónicos de un sistema de mediciónpara mantener sus características de desempeño durante un período deuso.

2.2.14- Sistema de medición interrumpible/no interrumpible.

Un sistema de medición es considerado como interrumpible/nointerrumpible cuando el flujo de líquido puede/no puede serinterrumpido fácil y rápidamente (esto no incluye parada de emergencia).

2.2.15- Primer elemento de un dispositivo indicador.

Elemento que en un dispositivo indicador, compuesto por diversoselementos, es portador de la escala graduada con la menor división dela escala.

2.3- Condiciones de ensayo.

2.3.1- Magnitud de influencia.

Una magnitud que no está sujeta a la medición pero tiene influenciasobre el valor de la medición o la indicación del sistema de medición.

2.3.2- Factor de influencia.

Una magnitud de influencia que posee un valor dentro de las condicionesde operación de un sistema de medición, como se especifica en esteReglamento.

2.3.3- Perturbación.

Una magnitud de influencia que presenta un valor fuera de lascondiciones nominales de funcionamiento especificadas del sistema demedición (solamente para sistemas de medición electrónicos).

Si las condiciones nominales de funcionamiento no están especificadas para una magnitud de influencia, esto es una perturbación.

2.3.4- Condiciones nominales de funcionamiento.

Condiciones de funcionamiento, definidas para un determinado rango delas magnitudes de influencia, para las cuales las característicasmetrológicas específicas del sistema de medición se suponencomprendidas dentro de los errores máximos tolerados.

2.3.5- Condiciones de referencia.

Un conjunto de valores específicos de factores de influencia fijadospara permitir una comparación válida entre los resultados de lasmediciones.

2.3.6- Ensayo de desempeño.

Un ensayo destinado a verificar si el sistema de medición bajo ensayo(EBE) es capaz de cumplir con las funciones para las cuales ha sidodiseñado.

2.3.7- Endurancia.

La capacidad de un sistema de medición para mantener sus características de fabricación durante un período de uso.

2.3.8- Ensayo de endurancia.

Un ensayo destinado a verificar si el medidor o el sistema de mediciónes capaz de mantener sus características de desempeño durante unperíodo de uso.

2.3.9- Incertidumbre en la determinación del error.

Un estimador característico del rango de valores dentro de los cualesse encuentra el verdadero valor del error, incluyendo componentesdebido al patrón de referencia y su uso, y componentes debido a laverificación o calibración del instrumento propiamente dicho.

2.4- Equipamiento eléctrico o electrónico.

2.4.1- Sistema de monitoreo.

Sistema para operaciones de chequeo, incorporado al sistema de medición, el cual:

• controla la presencia de un dispositivo necesario, y que

• permita detectar una incorrección en la generación, transmisión,procesamiento y/o indicación de un dato de medición y actuar enconsecuencia, y que

• permita detectar un error significativo y actuar en consecuencia.

El chequeo de un dispositivo de transmisión apunta a verificar que todala información transmitida sea recibida por el equipo receptor.

2.4.2- Sistema de monitoreo automático.

Sistema para operaciones de chequeo, sin intervención de un operador.

2.4.3- Sistema de monitoreo permanente y automático (tipo P).

Sistema para operaciones de chequeo, que funciona durante toda la operación de medición.

2.4.4- Sistema de monitoreo intermitente y automático (tipo I).

Sistema para operaciones de chequeo, que funciona por lo menos una vez, al comienzo o al finalizar cada medición.

2.4.5- Sistema de monitoreo no automático (tipo N).

Sistema para operaciones de chequeo, que requiere la intervención de un operador.

2.4.6- Dispositivo de alimentación de energía.

Un dispositivo que provee energía eléctrica a los dispositivos electrónicos, usando una o varias fuentes de CA o CC.

3.- Requerimientos Generales.

3.1- Componentes de un sistema de medición.

Un sistema de medición incluye como mínimo:

• un medidor,

• un punto de transferencia, y

• un circuito de conducción hidráulico con características particulares que se deben tener en cuenta.

Para una correcta operación, el sistema de medición necesita frecuentemente incorporar los siguientes elementos:

• un dispositivo eliminador de aire-gases,

• un filtro,

• una bomba, y

• dispositivos de corrección por temperatura, presión, densidad, etc.

El sistema de medición puede estar provisto de otros dispositivos auxiliares o adicionales (ver 3.2).

Si varios medidores son destinados a efectuar una única operación demedición, estos medidores son considerados como un solo sistema demedición.

Si varios medidores, son destinados a efectuar operaciones de mediciónseparadas y poseen elementos comunes (calculador, filtro, dispositivoeliminador de aire-gases, dispositivo de conversión, etc.) cada medidores considerado conjuntamente con los elementos comunes como un sistemade medición separado.

3.2- Dispositivos auxiliares.

3.2.1- Los dispositivos auxiliares pueden ser parte del calculador odel medidor, o puede ser, por ejemplo, un dispositivo conectado através de una interfase al calculador.

Como regla estos dispositivos auxiliares son opcionales.

3.2.2- Cuando el uso de dispositivos auxiliares es obligatorio para unaaplicación definida en esta Reglamentación, estos dispositivos seránconsiderados una parte integrante del sistema de medición, sujetos acontroles metrológicos y atendiendo los requerimientos de estaReglamentación.

3.2.3- Cuando el uso de un dispositivo auxiliar no es obligatorio elcual indica visiblemente el resultado de la medición al usuario, y noestá sujeto a controles metrológicos, deben llevar una leyendaclaramente visible para el usuario que indique que ellos no soncontrolados. Los dispositivos de impresión, solamente pueden serexcluidos del control metrológico si tal leyenda se presenta en cadasalida de impresión para el cliente.

Cuando un dispositivo auxiliar no está sujeto a control, se debeverificar que este dispositivo no afecte la correcta operación delsistema de medición. El sistema debe continuar operando correctamente ysus funciones metrológicas no deben ser afectadas cuando el dispositivoauxiliar es conectado o desconectado.

3.3- Condiciones nominales de funcionamiento.

3.3.1- Las condiciones nominales de funcionamiento de un sistema de medición están definidas por las siguientes características:

• magnitud mínima medible, MMQ,

• rango de caudal, limitado por el caudal mínimo Qmín y el caudal máximo Qmáx,

• nombre o tipo de líquido o sus características relevantes, cuando laindicación del nombre o tipo de líquido no es suficiente paracaracterizar el líquido, se deberá caracterizar mediante suspropiedades relevantes, por ejemplo:

1. rango de viscosidad, limitado por la viscosidad mínima del líquido ŋmín y viscosidad máxima del líquido ŋmáx,

2. el rango de densidad, limitado por la densidad mínima del líquido ŋmín y densidad máxima del líquido ŋmáx,

• el rango de presión, limitado por la presión mínima del líquido Pmín y la presión máxima del líquido Pmáx,

• el rango de temperatura, limitado por la temperatura mínima del líquido Tmín y la temperatura máxima del líquido Tmáx,

• rango del número de Reynolds (si es aplicable), (cuando el número deReynolds es indicado, el rango de caudales no necesita serespecificado),

• niveles de severidad que corresponden a las condiciones climáticas,eléctricas y mecánicas ambientales para las cuales el sistema demedición es diseñado para ser expuesto, (ver anexo II),

• valor nominal de la tensión de alimentación de CA y/o límites de tensión de alimentación de CC.

Un sistema de medición debe ser utilizado exclusivamente para lamedición de líquidos con características dentro de sus condicionesnominales de funcionamiento, de acuerdo a lo especificado en elcertificado de aprobación de modelo. Las condiciones nominales defuncionamiento de un sistema de medición deben estar dentro de lascondiciones nominales de funcionamiento de cada uno de los elementosque lo componen (medidor, dispositivo eliminador de aire, etc.).

3.3.2- La magnitud mínima medible de un sistema de medición debe tener el formato 1x10n, 2x10n o 5x10n unidades autorizadas de volumen o masa, donde n es un número entero positivo, negativo o cero.

La magnitud mínima medible debe satisfacer las condiciones de uso del sistema de medición.

La magnitud mínima medible de un sistema de medición no debe serinferior a la mayor de las magnitudes mínimas medibles de cada uno delos elementos que lo componen (medidor/es, extractor de aire-gases,extractor especial de gases, etc.).

3.3.3- Rango de caudal de un sistema de medición.

3.3.3.1- El rango de caudal de un sistema de medición debe estar dentrodel rango de caudal de cada uno de los elementos que lo componen.

3.3.3.2- El rango de caudal debe satisfacer las condiciones de uso delsistema de medición. Este sistema debe estar constituido de tal formaque el caudal de líquido a ser medido debe ubicarse entre el caudalmáximo y el caudal mínimo, excepto en el inicio y en el final de lamedición o durante las interrupciones.

3.3.3.3- La relación entre los caudales máximo y mínimo del sistema de medición debe ser como mínimo igual a 5.

La relación puede ser menor, en este caso, el sistema de medicióndeberá estar dotado de un dispositivo de chequeo automático, paradetectar cuando el caudal de líquido a ser medido está fuera de loslímites del rango de caudal. Este dispositivo de chequeo deberá ser deltipo P y consistir en una alarma visible o audible para el operador;esta alarma deberá continuar hasta que el caudal esté dentro de loslímites del rango de caudal.

3.3.3.4- Cuando dos o más medidores son montados en paralelo en elmismo sistema de medición, se deben considerar los caudales límites (Qmáx, Qmín)de los diferentes medidores, especialmente la suma de los caudaleslímites, para verificar si el sistema de medición satisface lomencionado arriba.

3.4- Clases de exactitud.

Tomando en consideración su campo de aplicación, los sistemas demedición se clasifican en tres clases de exactitud de acuerdo a laTabla 1.

Tabla 1

ClaseTipo de sistema de medición0,3-Sistemas de medición sobre cañería (ver 6.3). (Excepto los que están indicados para la clase de exactitud 1,0)0,5Todos los sistemas de medición, no indicados en otro sitio de esta tabla, en particular:-Sistemas de medición para descarga de buques tanque, tanques ferroviarios y camiones cisternas (ver 6.1).-Sistemas de medición para leche, cerveza, y otros líquidos con generación de espuma (ver 6.2).-Sistemas de medición para carga de buques (ver 6.3).1,0-Sistemasde medición usados para líquidos cuya viscosidad dinámica es superior a1000 mPa.s, o cuyo caudal máximo no supera los 20 L/h o 20 kg/h3.5- Errores máximos permitidos y fallas significativas (Para indicaciones de masa y volumen de un sistema de medición).

3.5.1- Para magnitudes superiores o iguales a dos litros (2 L) o doskilogramos (2 kg) y sin perjuicio de lo dispuesto en el punto 3.5.3,los errores máximos, sobre las magnitudes indicadas (volumen acondiciones de medición, volumen a condiciones de base y/o masa) seespecifican en la Tabla 2.

Tabla 2

Clase de exactitudLínea0,30,51,0A(*)0,3%0,5%1,0%B(*)0,2%0,3%0,6%C (igual a Línea A - Línea B)0,1%0,2%0,4%(*) ver 3.6 para la aplicación de línea A o línea B.

3.5.2- Para magnitudes inferiores a dos litros (2 L) o dos kilogramos(2 kg) y sin perjuicio de lo dispuesto en el punto 3.5.3, los erroresmáximos permitidos, sobre las magnitudes indicadas (volumen acondiciones de medición, volumen a condiciones de base y/o masa) seespecifican en la Tabla 3.

Tabla 3

Magnitud medida Cm (L o kg)Error máximo permitido1 < Cm < 2- Valor fijado en Tabla 2, aplicado a 2L o kg0,4 < Cm = 1- El doble del valor fijado en Tabla 20,2 < Cm = 0,4- El doble del valor fijado en Tabla 2, aplicado a 0,4L o kg0,1 < Cm = 0,2- El cuádruple del valor fijado en Tabla 2Cm = 0,1- El cuádruple del valor fijado en Tabla 2, aplicado a 0,1L o kgLos errores máximos permitidos de la Tabla 3 son relativos a la línea Ao línea B de la Tabla 2, de acuerdo a los requerimientos del punto 3.6.

3.5.3- Para cualquier magnitud medida, el valor del error máximopermitido, está dado por el mayor de los dos valores siguientes:

• valor absoluto del error máximo permitido dado en Tabla 2 o Tabla 3, o

• desvío para la magnitud mínima especificada, (Emín).

Para una magnitud mínima medible mayor o igual a dos litros (2 L) o doskilogramos (2 kg), el desvío de la magnitud mínima especificada Emín está dado por las fórmulas:

Fórmula para el sistema de medición:

Emín = (2MMQ) x (A/100)

Donde:

MMQ: es la magnitud mínima medible (volumen o masa).

A: Valor numérico especificado en línea A de la Tabla 2, para la clase de exactitud correspondiente.

Para una MMQ menor que dos litros o dos kilogramos Emín es el doble del valor especificado en la Tabla 3 y relativo a la línea A de la Tabla 2.

Fórmula para el medidor o dispositivo de medición:

Emín = (2MMQ) x (B/100)

Donde:

MMQ: es la magnitud mínima medible (volumen o masa).

B: Valor numérico especificado en línea B de la Tabla 2, para la clase de exactitud correspondiente.

Para una MMQ menor que dos litros o dos kilogramos Emín es el doble delvalor especificado en la Tabla 3 y relativo a la línea B de la Tabla 2.

Emín es un error absoluto máximo permitido.

3.5.4- La falla significativa es una falla superior al mayor de los siguientes dos valores:

• 1/5 del valor absoluto del error máximo permitido para la magnitud medida, o

• el desvío de la magnitud mínima especificada Emín para el sistema de medición.

3.5.5- Para sistemas de medición con clase de exactitud 0,3 ó 0,5 ymidiendo líquidos con una temperatura menor que -10 ºC o superior a +50 ºC, se deberá aplicar el error máximo permitido de la clase deexactitud 1,0.

3.6- Condiciones de aplicación de los errores máximos permitidos.

Las disposiciones de esta sección se aplican a magnitudes indicadas acondiciones de medición (ver 3.7 para valores convertidos).

3.6.1- Los errores máximos permitidos especificados en la línea A de laTabla 2 deben ser aplicados a sistemas completos de medición, bajo lascondiciones nominales de funcionamiento, sin ningún ajuste entre losdiferentes ensayos, para:

• Aprobación de modelo.

• Verificación primitiva.

• Verificación periódica.

Si el medidor dispone de un dispositivo de ajuste o corrección, para laaprobación de modelo, es suficiente verificar que las curvas de errorestén contenidas dentro del rango establecido por el doble del valorespecificado en la línea A de la Tabla 2.

3.6.2- El error máximo permitido especificado en la línea B de la Tabla 2 es aplicable a:

• Aprobación de modelo de un medidor, bajo las condiciones nominales de funcionamiento, y

• Verificación primitiva del medidor antes de la verificación primitiva del sistema de medición.

Si el medidor dispone de un dispositivo de ajuste o corrección, para laaprobación de modelo, es suficiente verificar que las curvas de errorestén contenidas dentro del rango establecido por el doble del valorespecificado en la línea B de la Tabla 2.

El medidor puede ser capaz de medir varios líquidos, ya sea, usando unajuste particular para cada líquido o con el mismo ajuste para todoslos líquidos. En este caso, el certificado de aprobación de modelo debeproveer información apropiada sobre la capacidad del medidor.

3.6.3- La verificación primitiva de un sistema de medición destinado amedir dos o más líquidos, tal como se declaró en el certificado deaprobación de modelo, puede ser realizada con un solo líquido o con unlíquido diferente de aquellos para los que el medidor fue diseñado. Eneste caso y de ser necesario, el certificado de aprobación de modelodebe proveer información concerniente al error máximo permitido a seraplicado, de modo que el sistema de medición satisfaga el punto 3.6.1,para todos los líquidos para los cuales fue diseñado.

Si la verificación primitiva de un medidor se realiza en dos etapas(como se indica en el punto 7.2.1) tal como se declaró en elcertificado de aprobación de modelo, la verificación primitiva delmedidor destinado a medir dos o más líquidos, puede ser realizada conun solo líquido o con un líquido diferente de aquellos para los que elmedidor fue diseñado. En este caso y de ser necesario, el certificadode aprobación de modelo debe proveer información concerniente al errormáximo tolerado a ser aplicado, de modo que el sistema de mediciónsatisfaga el punto 3.6.2, para todos los líquidos para los cuales fuediseñado.

Las consideraciones arriba mencionadas pueden ser extendidas para elcaso de un sistema de medición o de un medidor destinados a medirsolamente un líquido pero cuya verificación primitiva se efectúa conotro líquido.

3.7- Previsiones para indicaciones convertidas.

Para la verificación de un dispositivo de conversión en oportunidad dela aprobación de modelo el fabricante debe definir cuál de lassiguientes alternativas ha seleccionado:

1) verificar el dispositivo de conversión con el dispositivo demedición asociado, el calculador, y el dispositivo indicador enconjunto. Esta propuesta es aplicada a dispositivos de conversiónmecánicos y puede aplicarse a dispositivos de conversión electrónicos.

2) verificar separadamente los componentes individuales de undispositivo de conversión. Esta alternativa permite la verificaciónseparada de los sensores asociados a la medición, del dispositivo demedición asociado (compuesto de un sensor de medición asociado mástransductor de medición asociado), y de la función de conversión.

En ambas alternativas, para el propósito de la verificación, laindicación de la magnitud a condiciones de medición es asumida sinerror.

La propuesta a ser aplicada deberá ser especificada por el solicitante de la aprobación de modelo.

3.7.1- Primera alternativa: Verificación de un dispositivo deconversión con el dispositivo de medición asociado, el calculador, y eldispositivo indicador en conjunto.

3.7.1.1- No es obligatorio que un dispositivo de conversión indique lasmagnitudes medidas por el dispositivo de medición asociado (tales comotemperatura, presión, y densidad).

3.7.1.2- Cuando un dispositivo de conversión se verifica usando laprimer alternativa, tal como se prevé para su uso, el error máximopermitido sobre la indicación convertida debido al dispositivo deconversión, es el mayor de los dos valores siguientes:

• el valor especificado en la línea C de Tabla 2, o

• la mitad del desvío de la magnitud mínima especificada (Emín).

3.7.1.3- El valor de una falla significativa sobre las indicaciones convertidas es la más grande de:

• 1/5 del valor absoluto del error máximo permitido para la magnitud medida, o

• el desvío de la magnitud mínima especificada (Emín).

3.7.2- Segunda alternativa: Verificación de los componentes individuales del dispositivo de conversión.

3.7.2.1- Verificación del dispositivo de conversión (como parte delcalculador con su dispositivo indicador), usando entradas simuladas.

3.7.2.1.1- Usando señales digitales de entrada: cuando un calculadorcon su dispositivo indicador es verificado separadamente, usandoseñales digitales de entrada conocidas para simular entradas originadasen un dispositivo de medición asociado, el error máximo permitido y lafalla significativa para la indicación de la temperatura, presión odensidad son limitados por los errores de redondeo.

3.7.2.1.2- Usando señales analógicas de entrada: cuando un calculadorcon su dispositivo indicador es verificado separadamente, usandoseñales analógicas de entrada conocidas para simular entradasoriginadas en un dispositivo de medición asociado, el error máximopermitido y la falla significativa para la indicación de latemperatura, presión o densidad son los especificados en la Tabla 4.1.

Tabla 4.1 Errores máximos tolerados para indicaciones convertidas con entradas analógicas simuladas conocidas

Errores máximos permitidos y fallas significativas de mediciónClase de exactitud del sistema de medición0,30,51,0Temperatura± 0,18 ºC± 0,3 ºC

PresiónMenor que 1 MPa: ± 30kPaEntre 1 MPa y 4 MPa: ± 3%Mayor que 4 MPa: ± 120kPaDensidad (conversión masa a volumen)± 0,6 kg/m3± 1,2 kg/m3Densidad (conversión a temperatura o presión)± 3 kg/m3Ver 4.6.7 para la determinación del tamaño de los intervalos de escala en los dispositivos de medición asociados.

3.7.2.1.3- Verificación de indicaciones de las magnitudes convertidas usando entradas simuladas.

La indicación de la magnitud convertida deberá estar de acuerdo con elvalor convencionalmente verdadero, dentro de 1/10 del error máximopermitido indicado en línea A de la Tabla 2 para la clase de exactitudpertinente. El valor convencionalmente verdadero se calcula en base alas magnitudes indicadas para las siguientes entradas simuladas:

• la magnitud no convertida,

• la temperatura, presión o densidad como son determinadas por el dispositivo de medición asociado, además de:

• algunas magnitudes características ingresadas al calculador (típicamente la densidad), y

• los valores adecuados basados en Normas y/o Reglamentaciones aplicables, previamente definidas.

3.7.2.2- Verificación de dispositivos o sensores asociados a la medición.

3.7.2.2.1- El error máximo permitido y la falla significativa de lasindicaciones de temperatura, presión o densidad medida por undispositivo de medición asociado (que está compuesto de un sensor demedición asociado y un transductor de medición asociado) cuando ésteestá sujeto a una temperatura, presión o densidad conocida, sonaquellos especificados en la Tabla 4.2. Si la indicación es provistapor el dispositivo de conversión (como parte del calculador con sudispositivo indicador), este error máximo permitido incluye el errormáximo permitido correspondiente al calculador especificado en3.7.2.1.1.

3.7.2.2.2- Cuando un dispositivo de medición asociado, el cual proveeuna señal de salida digital es verificado exponiéndolo a unatemperatura, presión o densidad conocida, el error máximo permitido yla falla significativa son los especificados en la Tabla 4.2. El errorde redondeo del calculador u otro dispositivo indicador son asumidoscomo despreciables.

3.7.2.2.3- Cuando un dispositivo sensor de medición (que provee unasalida analógica) se verifica separadamente por exposición atemperatura, presión o densidad conocidas, el error máximo permitido yla falla significativa son especificados en la Tabla 4.3.

Tabla 4.2 Errores máximos permitidos para la indicación de dispositivos de medición asociados.

Errores máximos permitidos y fallas significativas de mediciónClase de exactitud del sistema de medición0,30,51,0Temperatura± 0,30 ºC± 0,50 ºCPresiónMenor que 1 MPa: ± 50kPaEntre 1 MPa y 4 MPa: ± 5%Mayor que 4 MPa: ± 200kPaDensidad (conversión masa a volumen)± 1,0 kg/m3± 2,0 kg/m3Densidad (conversión a temperatura o presión)± 5 kg/m3Ver 4.6.7 para la determinación del tamaño de los intervalos de escala sobre los dispositivos de medición asociados.

Tabla 4.3 Errores máximos permitidos para la señal de salida de los sensores de medición asociados.Errores máximos permitidos y fallas significativas de mediciónClase de exactitud del sistema de medición0,30,51,0Temperatura± 0,24 ºC± 0,40 ºCPresiónMenor que 1 MPa: ± 40kPaEntre 1 MPa y 4 MPa: ± 4%Mayor que 4 MPa: ± 160kPaDensidad (conversión masa a volumen)± 0,8 kg/m3± 1,6 kg/m3Densidad (conversión a temperatura o presión)± 4 kg/m3Ver 4.6.7 para la determinación del tamaño de los intervalos de escala sobre los dispositivos de medición asociados

3.8- Errores máximos permitidos y fallas significativas en calculadores

Los errores máximos permitidos y fallas significativas sobre lasindicaciones de magnitudes de líquidos aplicable a calculadores, cuandoellos son ensayados separadamente, son igual a 1/10 del error máximopermitido definido en la línea A de la Tabla 2. Sin embargo, el tamañodel error máximo permitido, y falla significativa respectivamente, nodebe ser que la mitad del intervalo de escala del sistema de medicióndel cual el calculador formará parte.

3.9- Indicaciones, unidades de medida y símbolos asociados.

3.9.1- La indicación de volumen debe ser hecha en centímetro cúbico(cm³) o milímetro cúbico (mm³), en decímetro cúbico (dm³) o litro (L),o en metro cúbico (m³).

La masa debe ser indicada en gramo (g), kilogramo (kg), o tonelada (t).

El nombre de la unidad o su símbolo debe figurar en la vecindad inmediata, próxima a la indicación.

Para masa, de acuerdo al caso, el nombre de la unidad o su símbolo debeser acompañado por el término “masa” (masa real) o “masa convencional”(comparación por pesaje).

Cuando las unidades de las magnitudes son entregadas por instrumentosde medición asociados: la temperatura deberá ser indicada en gradoCelsius (ºC), la densidad deberá ser indicada en kilogramo por metrocúbico (kg/m³), y la presión deberá ser indicada en Pascal (Pa),kilopascal (kPa) o Megapascal (MPa).

3.9.2- Los sistemas de medición deben ser provistos de un dispositivoindicador que entregue la magnitud de líquido medido a condiciones demedición.

Cuando un sistema de medición está equipado con un dispositivo deconversión, éste debe posibilitar la indicación de la magnitud encondiciones de medición y la magnitud convertida.

Las exigencias aplicables a los dispositivos que indican las magnitudesa condiciones de medición deben ser aplicadas a los dispositivos queindican las magnitudes en condiciones convertidas.

3.9.3- El uso de un mismo display para la indicación de las magnitudesen condiciones de medición y en condiciones convertidas, puede serpermitido debido a la naturaleza de la magnitud indicada y estaindicación estará disponible cuando se requiera.

3.9.4- Un sistema de medición puede tener varios dispositivosindicadores de una misma magnitud. Cada indicación debe estar deacuerdo a las exigencias de esta Reglamentación. Los valores delintervalo de escala de los distintos indicadores pueden ser distintos.

3.9.5- Para cualquier magnitud medida relativa a la misma medición, lasindicaciones producidas por varios dispositivos, no deben diferir unade otra en un valor superior al valor del intervalo de escala de lamayor de las escalas, si fueran diferentes.

Para totalizadores, este requerimiento es aplicable a la diferencia en la indicación antes y después de la medición.

3.9.6- Salvo indicaciones específicas para ciertos tipos de sistemas demedición, puede ser autorizado el uso del mismo dispositivo indicadorpara las indicaciones de varios sistemas de medición (que poseen undispositivo de indicación común), siempre que una de las siguientescondiciones sea atendida:

• imposibilidad de utilizar simultáneamente dos sistemas de medición,

• las indicaciones relativas de un sistema de medición dado sonacompañadas de una identificación clara del sistema de medición y elusuario puede obtener la indicación correspondiente de uno de lossistemas, usando un simple comando.

3.10- Eliminador de aire o gases.

3.10.1- Requerimientos generales.

Los sistemas de medición deberán incorporar un dispositivo eliminadorde gas para la adecuada eliminación de aire o gases no disueltos, loscuales pueden estar contenidos en el líquido antes de entrar en elmedidor. En el caso de que aguas arriba del medidor no se aspire airey/o no se libere gas, no es necesario un dispositivo eliminador de gas.

Los dispositivos de desgasificación deben ser adecuados a lascondiciones de alimentación y estar dispuestos de tal forma que elefecto debido a la influencia del aire o gases sobre los resultados dela medición no excedan del:

a) 1% de la magnitud medida para líquidos potables con formación deespuma y para líquidos cuya viscosidad sea superior a 1mPa.s (a 20 ºC),o

b) 0,5% de la magnitud medida para todos los otros líquidos.

Sin embargo, el dispositivo eliminador de gas no es necesario para elcaso de que este efecto de influencia sea menor al 1% de la magnitudmínima medible.

Los valores especificados en esta sección son aplicables a la diferencia entre:

• los errores del medidor con entrada de aire o gas y

• los errores del medidor sin entrada de aire o gas.

3.10.2- Líquido bombeado.

Un dispositivo eliminador de aire o gas es requerido, sin perjuicio delos requerimientos del punto 3.10.4, cuando la presión de entrada en labomba puede, aún momentáneamente, ser inferior a la presión atmosféricao a la presión de vapor saturado del líquido, lo cual puede resultar enuna mezcla de aire o gas.

Si pueden generarse formaciones de bolsones de gases y tienen un efectoespecífico mayor al 1% de la mínima magnitud medible, el separador degas debe también ser aprobado como un extractor de gas.

Dependiendo de las condiciones de suministro, un extractor de gasespecial puede ser utilizado con el propósito de que el riesgo de aireo gas mezclado sea menor al 5% del volumen entregado a máximo caudal.

Cuando son aplicables estas previsiones concernientes a formaciones gaseosas, es importante considerar que:

1) son posibles las formaciones gaseosas, debido a la contracción térmica en períodos de parada; y

2) bolsones de aire probablemente se pueden introducir en la cañería, cuando un tanque de alimentación es vaciado completamente.

Un dispositivo eliminador de aire o gas es necesario, cuando la presióna la entrada de la bomba es siempre superior a la presión atmosférica ya la presión de vapor saturado del líquido, pero formaciones gaseosascapaces de tener un efecto específico mayor al 1% de la mínima magnitudmedible pueden aparecer. Cuando esto se prevé, es necesario considerarlas situaciones concernientes a formaciones gaseosas mencionadas arriba.

Si un dispositivo eliminador de aire-gas es instalado debajo del niveldel medidor, es necesario incorporar al sistema una válvula deretención para evitar el vaciado de la cañería entre los doscomponentes.

No se requiere un dispositivo eliminador de aire o gas, cuando lapresión a la entrada de la bomba es siempre superior a la presiónatmosférica y a la presión de vapor saturado del líquido, y sicualquier formación gaseosa capaz de tener un efecto superior al 1% dela magnitud mínima medible, no puede formarse o introducirse en lacañería de admisión del medidor, en cualquier condición de uso.

La caída de presión causada por el flujo del líquido entre eldispositivo eliminador de aire-gas y el medidor debe ser la menorposible.

Si la cañería aguas arriba del medidor incorpora varios puntoselevados, es necesario instalar uno o más dispositivos de purgaautomáticos o manuales.

3.10.3- Líquido no bombeado.

Cuando un medidor es alimentado por gravedad sin utilizar una bomba, ysi la presión del líquido en toda la cañería aguas arriba del medidor yen el medidor es superior a la presión de vapor saturado del líquido ya la presión atmosférica a condiciones de medición, no es necesaria lautilización de un dispositivo eliminador de aire-gas.

Si la presión del líquido es probablemente inferior a la presiónatmosférica y permanece mayor que la presión de vapor saturado dellíquido, un dispositivo apropiado debe prevenir la entrada de aire enel medidor.

En otros casos, un dispositivo eliminador de gases apropiado deberá ser instalado.

Si un medidor es alimentado bajo gas a presión, el sistema de medicióndebe ser construido de tal forma, de evitar el uso de un separador deaire-gas, pero un dispositivo apropiado debe impedir la entrada de aireo gas al medidor.

En todas las circunstancias la presión del líquido entre el medidor yel punto de transferencia debe ser mayor que la presión de vaporsaturado del líquido.

3.10.4- Líquidos viscosos.

Considerando que la efectividad del dispositivo eliminador de gasdecrece con el aumento de la viscosidad del líquido, este dispositivopuede ser prescindible para líquidos con viscosidad dinámica superior a20 mPa.s a 20 ºC.

En este caso es necesario proveer recursos que eviten la entrada deaire. Una bomba debe colocarse de tal forma que la presión a la entradasea siempre superior a la presión atmosférica.

Si no es posible alcanzar la condición anterior, se deberá proveer undispositivo para la detención automática del flujo de líquido parapresiones inferiores a la atmosférica. Un medidor de presión debeusarse para el monitoreo de la presión. Estas precauciones no sonnecesarias si existen dispositivos que aseguren la hermeticidad de lasjuntas en las secciones de la cañería bajo presión reducida y si elsistema de medición se diseña de tal forma que el aire o el gasdisuelto nunca puedan ser liberados.

3.10.5- Cañería removedora de gases.

La cañería removedora de gas de un dispositivo eliminador de gas, nodebe incluir una válvula de control manual. Sin embargo, si talelemento de cierre es requerido por razones de seguridad, éste deberáposibilitar y asegurar que la válvula continúe en la posición abiertadurante la operación, por medio de un dispositivo de precintado o pormedio de un dispositivo de bloqueo que prevenga posteriores medicionescon la válvula cerrada.

3.10.6- Dispositivo antiturbulencias

Si el tanque reservorio de un sistema de medición en condicionesnormales de funcionamiento es vaciado completamente, a la salida deltanque debe instalarse un dispositivo antiturbulencias, a menos que elsistema de medición incorpore un separador de aire-gas.

3.10.7- Exigencias generales para un dispositivo eliminador de aire-gas.

3.10.7.1- El gas separado por un dispositivo eliminador de aire o gasdebe ser eliminado automáticamente, a menos que exista un dispositivoque automáticamente pare o reduzca suficientemente el flujo del líquidocuando existe riesgo de que aire o gas entre en el medidor. En caso deparada, ninguna medición debe ser realizada, a no ser que el aire o gassea automáticamente o manualmente eliminado.

3.10.7.2- Los límites operacionales de un dispositivo eliminador de aire-gas son los siguientes:

a) el/los caudal/es máximo/s para uno o más líquidos especificados,

b) la presión máxima (sin corriente de flujo) y la presión mínima (conlíquido y sin entrada de aire mientras la bomba opera a caudal máximo)compatible con la correcta operación del dispositivo separador deaire-gas,

c) a magnitud mínima medible para la cual fue diseñado.

3.10.8- Disposiciones especiales aplicables a los separadores de gas.

3.10.8.1- Dentro de los límites de error especificados en 3.10.1, unseparador de gas debe asegurar la eliminación de aire o gases mezcladoscon el líquido. Un separador de gas diseñado para un caudal máximomenor o igual a 20 m3/h debe asegurar la eliminación de algunaproporción por volumen de aire o gases relativa al líquido medido. Unseparador de gas diseñado para un caudal máximo mayor a 20 m3/h debeasegurar la eliminación relativa del 30% de aire o gases para ellíquido medido (los volúmenes de aire o gases son medidos a presiónatmosférica para determinar sus porcentajes). El porcentaje seconsiderada solamente cuando el medidor funciona a un caudal superioral mínimo (valor medio durante un minuto).

Cuando se prevé un dispositivo automático de eliminación de aire ogases, éste debe continuar operando correctamente a la presión máximafijada para el separador de gases.

3.10.9- Disposiciones especiales aplicables a los extractores de gas.

Un extractor de gas operando al caudal máximo del sistema de medición,debe asegurar la eliminación de bolsones de aire o gases de un volumen(medido a presión atmosférica) cómo mínimo igual a la magnitud mínimamedible, sin que resulte un efecto adicional mayor que el 1% de lamagnitud mínima medible.

Un extractor de gas especial (capaz de eliminar gas mezclado y bolsonesde gas), debe también ser capaz, al caudal máximo del sistema, separarcontinuamente un volumen de aire o gas mezclado en el líquido igual al5% del volumen de líquido entregado (a caudal máximo) sin que resulteun efecto adicional que exceda los límites fijados en 3.10.1.

3.11- Indicador de gas.

Para ciertos tipos de sistemas de medición puede ser exigible unindicador de gas. Tal exigencia deberá ser fundada en el informe deensayo de aprobación de modelo.

El indicador de gas debe ser diseñado de tal forma que permita unaindicación satisfactoria de la presencia de aire o gas en el líquido.

El indicador de gas debe ser instalado aguas abajo del medidor. En lossistemas de medición con conducto de vaciado, el indicador de gas puedetener la forma de un visor tipo vertedero y puede también, ser usado,simultáneamente como punto de transferencia.

El indicador de gas puede ser equipado con un tornillo de purga u otrodispositivo de ventilación (válvula de ventilación), cuando forma unpunto alto de la cañería. Ninguna cañería debe ser conectada aldispositivo de venteo. Los dispositivos indicadores de flujo pueden serincorporados a los indicadores de aire o gas siempre que taldispositivo no impida la observación de cualquier formación de gasespresentes en el líquido.

3.12- Punto de transferencia.

3.12.1- Un sistema de medición debe poseer como mínimo un punto detransferencia. Este punto de transferencia debe ser localizado aguasabajo del medidor en sistemas para despacho y aguas arriba del medidoren sistemas para recepción.

3.12.2- Los sistemas de medición pueden ser de dos tipos: sistemas con conducción vacía o sistemas con conducción llena.

El término conducción incluye las cañerías rígidas y flexibles.

Sistema de medición con conducción vacía.

3.12.2.1- Los sistemas que funcionan con conducción vacía en el caso deequipamiento para entrega, son sistemas de medición en los cuales elpunto de transferencia está ubicado aguas arriba de la cañería deentrega. Este punto de transferencia puede ser en forma de visor tipovertedero, o un dispositivo de cierre combinado, en cada caso debeexistir un sistema que asegure el vaciado de la cañería de entrega,luego de cada operación de medición (y aguas abajo de la cañería derecepción en sistemas de medición destinado para recibir producto).

Sistema de medición con conducción llena.

3.12.2.2- El sistema de medición que funciona con conduccióncompletamente llena, son sistemas de medición en los cuales el punto detransferencia consiste en un dispositivo de cierre, ubicado cerca delextremo o en el extremo de la cañería de entrega en sistemas demedición diseñados para entrega de producto (o cerca del comienzo de lacañería de recepción en sistemas de medición diseñados para recibirproducto).

3.12.2.3- En el caso de equipamiento de recepción, las mismasdisposiciones deben ser aplicadas a las cañerías de recepción situadasaguas arriba del medidor.

3.13- Llenado completo de un sistema de medición.

3.13.1- El medidor y la cañería entre el medidor y el punto detransferencia deben ser mantenidos llenos de líquido durante lamedición y en períodos de interrupción.

Cuando esta condición no se satisface, especialmente en el caso deinstalaciones fijas, el llenado completo del sistema de medición hastael punto de transferencia debe ser realizado manualmente oautomáticamente y monitoreado durante la medición y en períodos deinterrupción.

Para garantizar la completa eliminación de aire o gases del sistema demedición, se deberá incorporar en posición apropiada un dispositivo deventilación de manera que permita la detección visual o automática delllenado completo.

3.13.2- El efecto de contracción debido al cambio de temperatura dellíquido en la cañería entre el medidor y el punto de transferencia nodebe ser mayor al 1% de la magnitud mínima medible, debido avariaciones de temperatura, igual a:

a) 10 ºC para cañerías expuestas.

b) 2 ºC para cañerías enterradas o con aislamiento térmico.

3.13.3- Siguiendo las previsiones del punto 3.10.3, de ser necesario,se debe instalar aguas abajo del medidor, un dispositivo demantenimiento de la presión, para asegurar que la presión en eldispositivo eliminador de gas y en el medidor sea siempre superior a,tanto la presión atmosférica como a la presión de vapor saturado dellíquido.

3.13.4- Cuando la inversión del flujo podría dar lugar a un errorsuperior al desvío de la magnitud mínima especificada, un sistema demedición (en el cual el líquido podría fluir en dirección opuesta a lade funcionamiento normal, cuando la bomba es detenida), se deberáequipar con una válvula de retención. Si es necesario, el sistemadeberá también ser equipado con un dispositivo limitador de presión.

3.13.5- En los sistemas de medición operados con conducción vacía, lacañería aguas abajo del contador y, de ser necesaria, la cañería aguasarriba del medidor deben tener un punto alto, de tal forma que todas lapartes del sistema de medición excepto la manguera, siempre permanezcanllenas de líquido.

3.13.6- En los sistemas de medición operados con conducción llena, loscuales son usados para medir líquidos distintos de gases licuados, elextremo libre de la cañería debe incorporar un dispositivo que impidael drenaje de la cañería durante períodos de parada.

Cuando un dispositivo de cierre es instalado aguas abajo de estedispositivo, el volumen del espacio entre ellos debe ser tan pequeñocomo sea posible y, en todos los casos, inferior al desvío de lamagnitud mínima especificada.

3.13.7- Si la cañería está constituida por diversos componentes, éstosdeben ser montados por medio de conectores especiales, que mantengan lamanguera llena, o por un sistema de conexión que sea sellado o requierael uso de herramientas especiales para su desconexión.

3.14 Vaciado de la cañería de entrega.

3.14.1- En los sistemas de medición a conducción vacía, el drenaje dela cañería de entrega referida al punto 3.12.2.1., debe estar aseguradopor la válvula de ventilación.

En algunos casos, esta válvula puede ser sustituida por un medioactivo, tal como una bomba auxiliar o por un inyector de gascomprimido. Estos medios activos de drenaje deben funcionarautomáticamente.

Sin embargo, cuando esto no es posible, por razones técnicas o deseguridad debidamente establecidas, para entregar o recibir la magnitudmedida contenida en cañerías de un sistema de medición a cañería vacía,esta magnitud debe ser menor o igual a la mitad del desvío de lamagnitud mínima especificada.

3.15- Variación del volumen interno a cañería llena.

Para las cañerías llenas, en un sistema de medición equipado concarretel portacañerías flexible, el incremento de volumen interno,debido al cambio de posición de la manguera, enrollada cuando no estábajo presión, a la posición desenrollada (extendida) bajo presión, sinflujo de líquido, no debe exceder el doble del desvío de la magnitudmínima especificada.

Si el sistema de medición no está equipado con un carretel portacañería flexible, el incremento en el volumen interno no debe excederel desvío de la magnitud mínima especificada.

3.16- Bifurcaciones y desvíos.

3.16.1- En los sistemas de medición destinados a entregar líquido,ningún medio debe existir, por medio del cual alguna fracción delíquido medido pueda ser desviado aguas abajo del medidor. Sin embargo,dos o más salidas de despacho, pueden ser instaladas permanentemente yoperadas simultáneamente o alternativamente, asegurando que todos losdesvíos de líquidos en otras direcciones que la destinada a el/losreservorio/s previsto/s no pueda/n ser rápida y fácilmente ejecutadas ypuedan ser fácil y rápidamente detectada/s. Tales medios incluyen, porejemplo, barreras físicas, válvulas fácilmente identificables oindicaciones que tornen visible y marquen claramente cuándo lasdescargas están en operación, y letreros explicativos, si es necesario.

Para sistemas de medición destinados a recibir líquido, tales exigencias deben ser aplicadas por analogía.

Una descarga controlada manualmente, puede ser utilizada como purga odrenaje del sistema de medición. Medios efectivos deben ser previstospara impedir el pasaje de líquido a través de cualquier punto de salidadurante la utilización normal del sistema de medición.

3.16.2- Los sistemas de medición que pueden operar con cañería vacía ocañería llena y que son equipados con cañerías flexibles, una válvulade retención se debe incorporar necesariamente, en la cañería rígida,en dirección de la cañería llena, inmediatamente aguas abajo de laválvula selectora. La válvula selectora, en ninguna posición, permitirála conexión de una cañería de entrega funcionado como una cañería devaciado para una cañería en dirección de la cañería llena.

3.16.3- Debe ser imposible proveer una derivación del medidor en condiciones normales de uso.

3.17- Mecanismos de control y cierre.

3.17.1- Si existe riesgo de que en condiciones de funcionamiento sepueda sobrecargar el medidor, se debe prever un dispositivo limitadorde flujo. Este dispositivo debe ser instalado aguas abajo del medidor ydebe ser posible sellarlo.

3.17.2- Las distintas posiciones de los controles de las válvulasmultivías deben ser fácilmente visibles y ubicables por muescas, frenosu otros dispositivos de fijación. Alternativas a estas exigenciaspueden ser admitidas cuando las posiciones adyacentes de los controlesforman un ángulo de 90º o mayor.

3.18- Previsiones diversas.

3.18.1- Si posee, los filtros no deben interferir en la exactitud u operación del sistema de medición o sus componentes.

3.18.2- En el caso de medición de productos líquidos de petróleo, losdispositivos para recuperación de vapor no deben influenciar en laexactitud de la medición de forma tal que no sea excedido el errormáximo permitido.

3.18.3- Debe ser posible en medidores para sustancias alimenticiaslíquidas desmontar y desensamblar el dispositivo de medición para unalimpieza profunda. El dispositivo de medición debe ser diseñado de talforma que no permita un armado inadecuado de los componentes delsistema de medición. En cambio, el medidor debe puede ser provisto coninstrucciones de armado o marcas que aseguren mediciones correctas.

El desmontando del dispositivo de medición no debe posibilitar elcambio de exactitud del dispositivo, y en particular, esto no debepermitir el acceso a los parámetros sellados u otros medios de ajuste.

3.19- Inscripciones “Placa de datos”.

3.19.1- Cada sistema de medición llevará la siguiente información:

• Número de inscripción del fabricante (Art. 18 Ley Nº 19.511)

• Código de aprobación de modelo.

• Marca de identificación del fabricante o marca registrada.

• Modelo, designación seleccionada por el fabricante.

• Número de serie y año de fabricación.

• País de origen

• Características como las definidas en 3.3.1 (sistema de medición),4.1.1.1 (medidor), 3.10.7.2 (dispositivo eliminador de gas) o 4.1.7.1

• Clase de exactitud.

• Espacio para marcas de verificación.

Esta información debe colocarse sobre una o varias placas de datos,ubicada sobre una parte no removible en condiciones normales de uso.

La información relativa a la magnitud mínima medible y las marcas deverificación estarán visibles en condiciones normales de uso.

Las marcas referidas a la información del sistema de medición estaránbasadas en el tipo de aprobación, incluyendo el rango de temperaturadel líquido, y no deberá confundirse con descripciones fijadas porrazones de seguridad, en particular los límites de presión.

3.19.2- Cada componente o subsistema para el cual el tipo de aprobaciónha sido concedida deberá llevar la siguiente información:

• Número de serie.

• Código de aprobación de modelo.

Esta información deberá ser parte del componente o subsistema o deberácolocarse sobre una placa de datos probablemente no removible delcomponente o subsistema bajo normales condiciones de uso.

3.19.3- Si varios componentes operan en un único sistema de medición,las inscripciones exigidas para cada parte del sistema pueden serreunidas en una única placa.

Si varios sistemas de medición operan separadamente en un recinto común, solamente una placa de datos es requerida.

Cuando un sistema de medición puede ser transportado sin serdesmontado, las inscripciones exigidas para cada componente pueden sertambién reunidas en una única placa.

3.19.4. Cuando el volumen se indica a condiciones de base, el resultadode la medición deberá ser acompañado con información al respecto de lascondiciones de base, por ejemplo:

 “a 15 ºC” o “a 15 ºC y 101.325 kPa”.

3.20- Dispositivo de sellado o precintado y estampado de placa.

3.20.1- General.

El sellado debe ser realizado con metal, plástico u otra maneraadecuada mientras éste sea lo suficientemente durable y proveaevidencia de alteraciones.

Los sellos o precintos deben, en todos los casos, ser fácilmente accesibles.

Un sellado debe ser previsto sobre todas las partes del sistema demedición que no estén materialmente protegidas de cualquier otra forma,contra una maniobra capaz de afectar la exactitud de la medición.

Sin perjuicio de lo previsto en 4.1.4 y 4.6.5, se deben prohibir loscambios de parámetros y algoritmos de cálculo, los cuales participan enla determinación de los resultados de la medición (en particularparámetros para corrección y conversión), por medio de dispositivos desellado.

Una etiqueta de identificación destinada a recibir las marcas decontrol de metrología, debe ser sellada y permanecerá fija sobre unsoporte del sistema de medición. Esta puede ser combinada con la placade datos del sistema de medición referido en 3.19.

En el caso de un sistema de medición usado para líquidos potables, lossellos deben ser aplicados de tal forma que el equipamiento pueda serdesmantelado para propósitos de limpieza.

3.20.2- Dispositivos de precintado electrónicos.

3.20.2.1- Cuando el acceso a parámetros y algoritmos de cálculo queparticipan en la determinación de los resultados de medición, no sonprotegidos por dispositivos de precintado mecánico, una protección debesatisfacer las siguientes exigencias de las secciones 3.20.2.1.1 a3.20.2.1.2.

3.20.2.1.1 Accesos.

• Cualquier acceso debe ser solamente permitido a personas autorizadas,como por ejemplo mediante el uso de un “password” y, después de cambiarparámetros, el sistema de medición debe ser puesto en funcionamientonuevamente “en condiciones de precintado” sin ninguna restricción; o

• cualquier acceso es permitido sin restricciones (similar al clásicoprecinto) pero, después del cambio de los parámetros, el sistema demedición debe sólo ser puesto en funcionamiento nuevamente “encondiciones de precintado” por personas autorizadas, por ejemplo usandoun “password”.

3.20.2.1.2 El “password” puede ser variado.

Cuando el sistema está en modo configuración (un modo en el cual losparámetros pueden ser cambiados y los algoritmos modificados), eldispositivo debe, ya sea: no operar o indicar claramente que está en elmodo configuración. Este estado debe permanecer hasta que el sistema demedición haya sido puesto en funcionamiento nuevamente “en condicionesde precintado” de acuerdo con 3.20.2.1.1.

Para identificación, los datos concernientes a las últimasintervenciones deberán ser almacenados. Los datos almacenados incluiráncomo mínimo:

• Un contador de intervenciones,

• la fecha de cambio del parámetro (puede permitirse el acceso manualmente).

• el nuevo valor del parámetro, y

• la identificación de la persona que llevó a cabo la intervención.

Debe ser posible rastrear la última intervención de por lo menos dosaños, si fuera posible almacenar más de una intervención y si elborrado de una intervención anterior tiene que ocurrir para permitiruna nueva memorización, la más antigua memorizada debe ser borrada.

3.20.2.2- Para sistemas de medición con partes que puedan serdesconectadas una de otra por el usuario y las cuales sonintercambiables, las siguientes exigencias deben ser cumplidas:

• No debe ser posible acceder a los parámetros que participan en ladeterminación de los resultados de la medición a través de puntosdesconectados a menos que las exigencias del punto 3.20.2.1 seancumplidas.

• Debe ser impedida la interposición de cualquier dispositivo que puedainfluenciar en la exactitud, por medio de seguridad electrónica einformática o, si no es posible por medios mecánicos.

3.20.2.3- Para sistemas de medición con partes que puedan serdesconectadas unas de otras por el usuario, que no son intercambiables,las exigencias en 3.20.2.2 deben ser aplicadas. Además estos sistemasdeben ser equipados con dispositivos que no permitan el funcionamientodel sistema si las diversas partes no estuviesen asociadas de acuerdo ala configuración del fabricante.

Desconexiones que no son permitidas para el usuario, pueden serprevenidas, por ejemplo, por medio de un dispositivo que impidacualquier medición luego de desconectar y reconectar.

4- Requerimientos para medidores y dispositivos auxiliares de un sistema de medición.

4.1-Medidor.

El/Los medidor/es de un sistema de medición deben atender a lossiguientes requerimientos, sea/n este/os sometido/s separadamente o noa una aprobación de modelo.

4.1.1- Condiciones nominales de funcionamiento.

4.1.1.1- Las condiciones nominales de funcionamiento de un medidorestán determinadas como mínimo por las siguientes características:

• Magnitud mínima medible, MMQ,

• rango de caudal, limitado por el caudal mínimo Qmín y el caudal máximo Qmáx.(o rango limitado por el número de Reynolds, si es aplicable),

• nombre o tipo de líquido o sus características pertinentes, porejemplo: el rango de viscosidad, limitado por la viscosidad mínima dellíquido y viscosidad máxima del líquido y/o el rango de densidad,limitado por la densidad mínima del líquido y densidad máxima dellíquido,

• el rango de presión, limitado por la presión mínima del líquido Pmín y la presión máxima del líquido Pmáx,

• el rango de temperatura, limitado por la temperatura mínima del líquido Tmín y la temperatura máxima del líquido Tmáx,

• niveles de severidad que corresponden a las condiciones climáticas,eléctricas y mecánicas ambientales para las cuales el sistema demedición es diseñado para ser expuesto (ver anexo II),

• valor nominal de la tensión de alimentación de CA y/o límites de tensión de alimentación de CC.

4.1.1.2- El valor de la magnitud mínima medible debe estar en elformato de 1x10n, 2x10n o 5x10n unidades autorizadas de volumen o masa,donde n es un número entero positivo, negativo o cero.

4.1.2- Requerimientos metrológicos.

Los requerimientos de esta sección para un medidor son también aplicables a sistemas de medición (ver 7.1.5).

4.1.2.1- El error máximo permitido para un medidor, bajo condicionesnominales de funcionamiento, son iguales a los especificados en línea Bde la Tabla 2.

4.1.2.2- Para cualquier magnitud igual o mayor que cinco veces lamagnitud mínima medible, el error de repetibilidad del medidor no debeser mayor a 2/5 del valor especificado en línea A de la Tabla 2.

4.1.2.3- Bajo condiciones nominales de funcionamiento para un líquidodado, los medidores deben presentar un valor de la diferencia entre elerror intrínseco inicial y el error luego del ensayo de endurancia,igual o menor que el valor especificado en línea B de la Tabla 2.

4.1.2.4- El desvío de la magnitud mínima especificada (Emín) para el medidor, está dado por la segunda formula en la sección 3.5.3.

4.1.3- Dispositivo de ajuste.

Los medidores pueden ser equipados con un dispositivo de ajusteprecintable que permita modificar en forma simple la relación entre lamagnitud indicada y la magnitud real de líquido que pasa por elmedidor, para estar dentro de:

• 0,05% para medidores destinados a equipar sistemas de medición de clase de exactitud 0,3.

• 0,1% para medidores destinados a equipar sistemas de medición de otras clases de exactitud

Un dispositivo de ajuste deberá ser usado solamente para reducir el error y ubicarlo tan cerca de cero como sea posible.

Está prohibido al ajuste de un medidor por medio de una derivación (by-pass).

4.1.4- Dispositivo de corrección.

4.1.4.1- Los medidores pueden estar equipados con dispositivos decorrección. Estos dispositivos deben ser considerados como parteintegral del medidor. Por tal motivo las exigencias que son aplicablesa los medidores, en particular el error máximo permitido especificadoen (4.1.2.1), deberá ser aplicado a la magnitud corregida (encondiciones de medición).

4.1.4.2- En funcionamiento normal, la magnitud no corregida no debe sermostrada por el indicador. La magnitud no corregida deberá, noobstante, estar disponible para utilizarla en ensayos.

4.1.4.3- Un dispositivo de corrección debe ser usado solamente parareducir los errores y ubicarlo tan cerca de cero como sea posible.

4.1.4.4- Todos los parámetros no medidos, necesarios para unacorrección, deben estar contenidos en el calculador, al comenzar laoperación de medición.

El certificado de aprobación de modelo debe prescribir la posibilidadde chequear los parámetros necesarios para las correcciones en elmomento de la verificación del dispositivo de corrección.

4.1.4.5- Para transacciones comerciales, la corrección es permitida porselección del nombre o tipo de líquido al principio de la operación demedición.

Para transacciones que no involucran venta directa al público, lacorrección es permitida por selección o ingreso del nombre o tipo delíquido o cualquier otro dato, cuando este dato participa en lacorrección de la magnitud. Este dato permite caracterizar sinambigüedad a aquellos líquidos cuyo nombre o tipo no lo permiten.

Todos los casos están sujetos a las siguientes condiciones:

• Un dispositivo de impresión sujeto al control metrológico legal es obligatorio.

• Este dato y una nota explicativa de que este dato ha sido ingresadomanualmente deber ser impreso al mismo tiempo que el resultado de lamedición.

• El nombre o tipo de líquido debe ser conocido e impreso sin ambigüedad.

4.1.4.6- El dispositivo de corrección no debe permitir la corrección de una deriva (drift) predeterminada.

4.1.4.7- Los dispositivos de medición asociados deben estar enconformidad con lo establecido en sus respectivos reglamentos yrecomendaciones técnicas metrológicas. La exactitud de medición de cadainstrumento debe ser lo suficientemente baja, para permitir que lasexigencias especificadas en (4.1.2.1) sean cumplidas.

4.1.4.8- Los dispositivos de medición asociados deben ser dotados consistemas de monitoreo, conforme a lo especificado en (5.3.6).

4.1.5- Sistema de medición equipado con medidor tipo turbina y tipo de desplazamiento positivo.

4.1.5.1- La presión aguas abajo del medidor debe ser tal que evite la cavitación.

4.1.5.2- Si la exactitud del medidor es afectada por perturbacionesaguas arriba o aguas abajo de la cañería, el medidor debe ser provistocon el suficiente número de tramos rectos de cañería con o sindispositivo rectificador de flujo, como especifica el fabricante, talque las indicaciones del sistema de medición instalado incluyendo almedidor satisfagan los requerimientos de 3.4 a 3.6 con referencia a loserrores máximos permitidos y de acuerdo a la clase de exactitud delsistema de medición.

4.1.5.3- Las características de los dispositivos rectificadores deflujo y/o tramos rectos de cañería, si son requeridos, se debenespecificar en el certificado de aprobación de modelo.

4.1.5.4- Si el sistema es provisto con un dispositivo “limitador parabajos caudales” programable o ajustable, o un dispositivo de“compensación de cero”, o cualquier otro dispositivo de ajuste quepermita cumplir con los ensayos requeridos en la totalidad de lascondiciones nominales de funcionamiento, dichas características debenser precintables. El fabricante debe proveer instrucciones claras parael adecuado ajuste de las mismas. Las limitaciones y ajustes de dichascaracterísticas deben ser detalladas en el certificado de aprobación demodelo.

En los dispositivos “limitador para bajos caudales”, el valor dellímite del caudal no debe ser superior que el 20% del caudal mínimodefinido por la aplicación.

El error causado por la compensación de cero del medidor, relativo alcaudal mínimo, no debe exceder el valor especificado en la línea C dela Tabla 2.

4.1.6- Sistema de medición equipado con medidores electromagnéticos.

4.1.6.1- Son aplicables los requerimientos 4.1.5.1 al 4.1.5.4.

4.1.6.2- Las condiciones nominales de funcionamiento con respecto a laconductividad del líquido y las características del cable deben serespecificadas por el fabricante y deben ser documentadas en elcertificado de aprobación de modelo.

4.1.7- Sistema de medición equipado con medidores ultrasónicos.

4.1.7.1- Son aplicables los requerimientos 4.1.5.1 al 4.1.5.4.

4.1.7.2- El mínimo número de Reynolds del líquido a ser medido debe ser especificado por el fabricante.

4.1.8- Sistema de medición equipado con medidores vortex.

4.1.8.1- Son aplicables los requerimientos 4.1.5.1 al 4.1.5.4 y el requerimiento 4.1.7.2.

4.1.9- Sistema de medición equipado con medidores de caudal másico.

4.1.9.1- Son aplicables los requerimientos 4.1.5.1 al 4.1.5.4.

4.1.9.2- El medidor de caudal másico debe ser instalado en el sistemade medición de acuerdo a las recomendaciones del fabricante y conalgunas condiciones o limitaciones propuestas en el certificado deaprobación de modelo.

4.1.10- Sistema de medición equipado con medidores a tambor para alcohol.

4.1.10.1- El volumen individual de las cámaras de medición de unmedidor a tambor debe ser de 1x10n, 2x10n o 5x10n litros, siendo n unnúmero entero positivo, negativo o cero. Las cámaras del tambor debenser de igual tamaño.

El eje del tambor debe ser horizontal. Con el fin de ser capaz deasegurar que éste sea instalado correctamente, el medidor debe serequipado con un dispositivo indicador de nivel si, cuando el eje deltambor es inclinado hasta 3º respecto de la horizontal, y la indicacióndel medidor varia más de la mitad del error máximo permitido en laverificación.

4.1.10.2- Los volúmenes de las cámaras individuales de medición de unmedidor a tambor pueden ser ajustados por medio de desplazamiento decuerpos. El dispositivo de conversión asociado el cual mide la densidady la temperatura del líquido de medición debe ser ajustable.

4.1.10.3- El dispositivo de conversión para determinar el volumen deetanol correspondiente a un medidor de tambor deberá estar de acuerdocon la Recomendación Internacional OIML R22 “Tablas internacionalesalcoholimétricas” (1975). La temperatura de referencia para la mediciónde alcohol es de 20 ºC.

La conversión puede ser aplicada mecánica o electrónicamente.

4.1.10.4- El muestreador de un medidor a tambor debe automáticamenteseparar y recoger una muestra representativa del líquido a ser medido afin de permitir la determinación separada del alcohol promediocontenido en el líquido, el cual ha pasado a través del sistema demedición, por ejemplo, separando un volumen igual cada vez que lascámaras de medición se completan.

Si el ensayo del volumen extraído es objeto de un tratamiento especialo de separación, el dispositivo de medición debe ser ajustado de modoque el volumen extraído no se incluya en la indicación del medidor atambor.

4.1.10.5- La eliminación del aire ingresado o gas liberado debe serefectuada por el medidor a tambor propiamente dicho. Por lo tanto no serequieren un dispositivo adicional eliminador de gas.

4.1.10.6- Dispositivos especiales incorporados al medidor deben impedirlas siguientes condiciones de operación inadmisibles y fallas de unmedidor a tambor por, o su ocurrencia debe ser indicada pordispositivos de advertencia:

• caudal excesivo;

• obstrucción del flujo libre;

• sobrellenado del tambor debido a la obstrucción de los elementos rotativos;

• temperatura fuera del rango permitido; y

• calentamiento inadmisible de la muestra separada.

4.2- Dispositivo indicador

4.2.1- Exigencias generales

4.2.1.1- Las lecturas de las indicaciones deben ser precisas, fáciles ysin ambigüedades, para cualquier posición del dispositivo indicador enreposo; si el dispositivo está compuesto por varios elementos, éstosdeben estar ordenados de tal forma que la lectura de la magnitud medidapueda ser efectuada por simple yuxtaposición de las indicaciones de losdiferentes elementos. El signo del separador decimal (coma o puntodecimal) debe aparecer claramente.

4.2.1.2- El intervalo de escala debe ser de la forma 1x10n, 2x10n o5x10n unidades legales de la magnitud medida, siendo n un número enteropositivo, negativo o cero.

4.2.1.3- Se debe evitar el registro de incrementos mínimos no significativos.

4.2.1.4- El intervalo de escala debe satisfacer los siguientes requerimientos:

• Para dispositivos de indicación analógica o continua, el valor de lamagnitud correspondiente a 2 mm sobre la escala o a 1/5 del intervalode escala (o el primer elemento para dispositivos de indicaciónmecánica), según cuál sea mayor, debe ser menor o igual al desvío de lamagnitud mínima especificada (Emín).

• Para dispositivos de indicación digital o discontinua, el valor de lamagnitud correspondiente a dos incrementos mínimos (cifra menossignificativa) del registro debe ser menor o igual al desvío de lamagnitud mínima especificada (Emín).

4.2.2- Dispositivo de indicación mecánico.

4.2.2.1- Cuando la graduación de un elemento es enteramente visible, elvalor de una vuelta de este elemento debe tener la forma 10n unidadeslegales (S.I.M.E.L.A.) de la magnitud medida, donde n es un númeroentero. Esta regla sin embargo, no se aplica al elementocorrespondiente al máximo alcance del dispositivo indicador.

4.2.2.2- En un dispositivo indicador compuesto por varios elementos, elvalor de cada vuelta de un elemento, cuya graduación es enteramentevisible, debe corresponder al intervalo de escala del siguienteelemento.

4.2.2.3- Un elemento de un dispositivo indicador puede tenermovimientos continuos o discontinuos, pero cuando otros elementosdistintos del primero, tiene solamente parte de su escala visible através de una ventana, estos elementos deben tener movimientodiscontinuo.

4.2.2.4- El avance para una figura de cualquier elemento que tengamovimiento discontinuo debe ocurrir y completarse cuando el elementoprecedente pasa de 9 a 0.

4.2.2.5- Cuando el primer elemento tiene solamente una parte de escalavisible a través de una ventana y tiene un movimiento continuo, ladimensión de aquella ventana debe ser, por lo menos igual a 1,5 vecesla distancia entre dos graduaciones consecutivas marcadas sobre laescala.

4.2.2.6- Todos los trazos de la escala deben tener el mismo ancho,constante a lo largo de la línea y sin exceder 1/4 del espaciado de laescala. El espaciado de la escala visible debe ser igual o superior a 2mm. La altura visible de las cifras deben ser igual o superior a 4 mm,salvo especificaciones contrarias en exigencias para sistemas demedición específicos.

4.2.3- Dispositivo de indicación electrónico.

La indicación continua de la magnitud durante el período de medición,es solamente obligatoria en el caso de venta directa al público. Sinembargo, si interrumpiendo la indicación de la magnitud se interrumpela acción de algún sistema de monitoreo para chequeo, que esobligatorio o necesario para asegurar una correcta medición, lamagnitud que pasa a través del medidor durante cada interrupción debeser menor o igual a la magnitud mínima medible.

4.2.4- Dispositivo de puesta a cero para dispositivo indicador de magnitud.

4.2.4.1- Un dispositivo indicador de magnitud puede ser provisto con undispositivo de puesta a cero, para operaciones manuales o por medio deun sistema automático.

4.2.4.2- Una vez que la operación de retorno a cero fue iniciada debeser imposible que el dispositivo indicador de la magnitud muestre unresultado diferente al de la medición que se acaba de realizar, hastaque la operación de retorno a cero haya sido completada.

En los dispositivos indicadores de sistema de medición paraabastecimiento de combustibles líquidos con sistema de mediciónelectrónico no debe ser posible restablecer una indicación de cerodurante una medición. En otros sistemas de medición, esta exigenciadebe ser cumplida o una nota claramente visible debe ser mostrada en eldispositivo indicador declarando que esta operación está prohibida.

4.2.4.3- En los dispositivos de indicación continua o analógicos, laindicación residual luego de retornar a cero no debe ser superior quela mitad del desvío especificado de la magnitud mínima (Emín).

4.2.4.4- En los dispositivos de indicación discontinua, la indicaciónluego de volver a cero debe ser cero sin ninguna ambigüedad.

4.3- Dispositivo de impresión.

4.3.1- El valor del intervalo de escala de impresión debe ser de laforma 1x10n, 2x10n o 5x10n unidades legales (S.I.M.E.L.A.) de magnitud,siendo n un número entero positivo, negativo o cero y no será mayor queel desvío mínimo especificado para la magnitud.

El valor del intervalo de escala de impresión no debe ser inferior almínimo valor del intervalo de escala del dispositivo indicador.

4.3.2- La magnitud impresa debe ser expresada en una de las unidadesdel S.I.M.E.L.A. para la indicación de la magnitud y expresadas en lasmismas unidades del dispositivo indicador.

Las cifras, la unidad usada o su símbolo y el signo decimal, si lohubiere, serán impresas en el ticket por el dispositivo sin ambigüedad.

4.3.3- El dispositivo de impresión puede también imprimir informaciónidentificando la medición, por ejemplo: el número de secuencia, fecha,identificación del contador, tipo o nombre del líquido, etc.

Si un dispositivo de impresión se conecta a más de un sistema demedición, éste debe imprimir la identificación del sistemacorrespondiente.

4.3.4- Si un dispositivo de impresión permite la repetición de laimpresión antes que una nueva entrega haya comenzado, las copias debenestar claramente marcadas como tal, por ejemplo imprimiendo la leyenda“duplicado”.

4.3.5- Si la magnitud se determina por la diferencia entre dos valoresimpresos, aún si uno está expresado en cero, debe ser imposible anularel ticket del dispositivo de impresión durante la medición.

4.3.6- Cuando un dispositivo de impresión y un dispositivo indicador demagnitud, tienen cada uno un dispositivo de puesta a cero, esedispositivo debe ser fabricado de tal forma que el retorno a cero deuno de ellos, también retorne a cero el otro.

4.3.7- Los dispositivos de impresión electrónicos están también sujetos a los requerimientos indicados en 5.3.5.

4.4- Dispositivo de memorización.

4.4.1- Los sistemas de medición deben ser equipados con un dispositivode memorización para almacenar resultados de medición hasta suutilización o con el fin de permitir un registro de transaccionescomerciales, proveyendo pruebas en el caso de una disputa. Losdispositivos utilizados para leer la información almacenada deben serconsiderados como parte integrante de los dispositivos de memorización.

4.4.2- El soporte sobre el cual las informaciones son almacenadas debepresentar una permanencia suficiente para asegurar que la informaciónno sea alterada bajo condiciones normales de almacenamiento. Lacapacidad de memoria debe ser suficiente para almacenar cualquieraplicación en particular.

4.4.3- Los datos cargados pueden ser borrados si:

• la transacción es reiterada, o

• estos datos son impresos por un dispositivo de impresión sujeto a control legal.

4.4.4- Después de satisfacer los requerimientos de la sección 4.4.3 ycuando la memoria está completa, está permitido borrar la informaciónmemorizada cuando las dos condiciones siguientes se cumplen:

• la información es borrada en el mismo orden que como fue registrada ylas reglas establecidas para cada aplicación particular son respetadas;

• el borrado es llevado a cabo, ya sea automáticamente o luego de una operación manual especial.

4.4.5- La memorización debe ser hecha de tal forma que sea imposible, en uso normal, modificar los valores almacenados.

Los datos memorizados deberán ser protegidos contra cambiosintencionales o no intencionales con herramientas comunes deprogramación.

4.4.6- Los dispositivos de memorización deben ser equipados consistemas de monitoreo conforme a lo establecido en 5.3.5. El objetivodel sistema de monitoreo es garantizar que la información almacenadacorresponda a los datos transmitidos por el dispositivo calculador yque la información restaurada corresponda a los datos almacenados.

4.5- Dispositivo de predeterminación.

4.5.1- La magnitud predeterminada debe ser indicada antes de comenzar la medición.

4.5.2- Cuando una predeterminación es efectuada por medio de diversoscontroles independientes unos de otros, el intervalo de escalacorrespondiente a un control debe ser igual al rango depredeterminación del control de orden inmediatamente inferior.

Dispositivos de predeterminación por medio de presión de botones osimilar para preseleccionar una magnitud fija son permitidos, siempreque el valor de las magnitudes fijadas sean iguales a un número enterode unidades de volumen o masa.

4.5.3- Los dispositivos de predeterminación pueden ser ajustados de talforma que para repetir el valor de la magnitud seleccionado no seanecesario accionar nuevamente el control.

4.5.4- Cuando es posible ver simultáneamente las cifras que muestra eldispositivo de predeterminación y la del dispositivo de indicación demagnitud, la primera debe ser claramente distinguible de la última.

4.5.5- La indicación de la magnitud seleccionada puede, durante elproceso de medición, permanecer inalterada o retornar progresivamente acero. No obstante, para un dispositivo de predeterminación electrónica,debe ser aceptable indicar un valor preseleccionado sobre eldispositivo indicador de magnitud por medio de una operación especialcon la restricción de que éste valor sea sustituido por la indicaciónde cero para una magnitud, antes que una operación de medición puedacomenzar.

4.5.6- En el caso de una entrega solicitada anticipadamente:

• la diferencia encontrada, bajo normales condiciones de operación,entre una magnitud preseleccionada y una magnitud mostrada por eldispositivo indicador de magnitud, al finalizar la operación demedición, no debe ser mayor que el desvío mínimo especificado para lamagnitud.

4.5.7- Las magnitudes predeterminadas y las indicadas por eldispositivo indicador de magnitud deben ser expresadas en la mismaunidad. Esa unidad (o su símbolo) debe estar marcado sobre el mecanismode predeterminación.

4.5.8- El intervalo de escala del dispositivo de predeterminación nodebe ser inferior al intervalo de escala del dispositivo indicador.

4.5.9- Los dispositivos de predeterminación pueden incorporar undispositivo que permita interrumpir rápidamente el flujo de líquidocuando sea necesario.

4.6- Dispositivo de conversión.

4.6.1- Los sistemas de medición pueden ser equipados con un dispositivode conversión como el definido en 2.1.16. Las previsiones de este punto4.6 son principalmente aplicadas a dispositivos de conversiónelectrónicos. Previsiones análogas, se deben aplicar a los dispositivosde conversión mecánicos.

4.6.2- El cálculo de la magnitud convertida será realizado de acuerdocon la Norma IRAM-IAP A 6904 o en caso de no estar contemplada en éstase efectuará en base a recomendación OIML R 63.

4.6.3- Los parámetros que caracterizan al líquido medido y que sonempleados en la fórmula de conversión, deben ser medidos usandoinstrumentos de medición asociados sujetos a control cuando losparámetros varían durante el proceso de medición. No obstante, algunode estos parámetros pueden no ser medidos, o medidos con instrumentosde medición asociados que no estén sujetos a control metrológico,cuando su influencia sobre el factor de conversión es despreciable. Eneste caso, los errores máximos permitidos sobre indicacionesconvertidas debido al dispositivo de conversión no excederán losvalores especificados en la sección 3.7.1.2.

4.6.4- Los sensores de medición asociados y las disposiciones adecuadaspara el ensayo serán instalados dentro de una distancia de un metro (1m) del medidor cuando sea posible. Cuando esto no se pueda lograr, debeser posible verificar que los dispositivos de medición asociados puedandeterminar (dentro de los errores máximos permitidos según se define enla Tabla 4.2) las magnitudes correspondientes a las características dellíquido, tal como existen en el dispositivo de medición.

Los dispositivos de medición asociados no deben afectar el correcto funcionamiento del medidor.

4.6.5- Todos los parámetros no medidos, necesarios para la conversión,deben estar presentes en el cálculo al principio de la operación demedición. Se debe posibilitar la impresión o indicación de losparámetros a partir del dispositivo de cálculo.

Los dispositivos usados exclusivamente para imprimir o indicar estosparámetros no medidos son considerados no críticos y solamente estánsujetos a ensayos mostrando su aptitud para indicar correctamente oimprimir estos valores.

Para un dispositivo de conversión mecánico que no puede imprimir oindicar estos valores, un precinto debe ser destruido para cambiar oajustar cualquier parámetro.

4.6.6- En otros casos, que se permita seleccionar o ingresar el nombreo tipo de líquido o cualquier otro dato, cuando este dato participa enla conversión de la magnitud, deberá estar sujeto a las siguientescondiciones:

• Es obligatorio el control metrológico legal del dispositivo de impresión.

• Este dato y una nota explicativa que este dato ha sido cargadomanualmente deberá imprimirse al mismo tiempo que los resultados de lamedición.

• El nombre o tipo de líquido deberá ser conocido e impreso sin ambigüedad.

• Cuando la transacción no involucra venta directa al público, otrodato es permitido, el cual caracteriza el nombre o tipo de líquido demedición sin ambigüedad.

4.6.7- Además de la magnitud a condiciones de medición y el volumen acondiciones de base, o la masa, los cuales deben ser mostrados deacuerdo al punto 3.9.2, los valores de otras magnitudes medidas(densidad, presión, temperatura) deben ser accesibles para el propósitodel ensayo. Cuando solamente son usados para ensayo o con propósitos deinspección, los dispositivos usados para acceder e indicar estosvalores son considerados no críticos, y solamente están sujetos aensayos que demuestren su aptitud para indicar correctamente o imprimirestos valores.

El intervalo de escala para la densidad, presión y temperatura, debenser menores o iguales a 1/5 de los errores máximos permitidos fijadosen tabla 4.2 de la sección 3.7.2.2 para instrumentos de mediciónasociados.

4.7- Calculador.

Todos los parámetros necesarios para la elaboración de indicaciones queestán sometidas a control de metrología legal, tal como tabla decálculo, corrección polinomial, etc., deben presentarse en el cálculoal comienzo de la operación de medición.

El calculador puede ser provisto con interfaces que permitan elacoplamiento de equipos periféricos. Cuando estas interfaces sonutilizadas, el instrumento debe continuar funcionando correctamente ysu comportamiento metrológico no debe ser afectado o influenciado.

5- Sistemas de medición equipados con dispositivos electrónicos.

5.1- Requerimientos generales.

5.1.1- Los sistemas de medición electrónicos deben ser diseñados yfabricados de modo que sus funciones metrológicas sean protegidas y suserrores no excedan los errores máximos permitidos definidos en el punto3.5., bajo condiciones nominales de funcionamiento.

5.1.1.1- Los sistemas de medición electrónicos interrumpibles, debenser diseñados y fabricados de modo que, cuando son expuestos a lasperturbaciones especificadas en A.11 del anexo II, ya sea:

a) No ocurran fallas significativas, o

b) que los sistemas de monitoreo detecten y traten en consecuencia lasfallas significativas, de acuerdo con 5.3, o cualquier incorrección enla generación, transmisión (de acuerdo al punto 5.3.2.1.),procesamiento o indicación de los datos de medición.

5.1.1.2- Los sistemas de medición no interrumpibles, deben serdiseñados y fabricados de forma tal, que no ocurran fallassignificativas cuando ellos están expuestos a las perturbacionesespecificadas en anexo II.

5.1.2- Es responsabilidad del fabricante decidir si el modelo dado desistema de medición es interrumpible o no interrumpible, teniendo encuenta las reglas de seguridad aplicables y el tipo de aplicación.

Cuando, en la oportunidad de la aprobación de modelo no sea posibleespecificar la futura utilización del instrumento, son aplicables losrequerimientos del punto 5.1.1.2.

5.1.3- Los requerimientos del punto 5.1.1 deberán ser satisfechos demanera permanente. Por lo tanto, los sistemas de medición electrónicosdeben ser equipados con los sistemas de monitoreos especificados en elpunto 5.3.

5.1.4- Un modelo de sistema de medición se presume que cumple con losrequerimientos de los puntos 5.1.1 y 5.1.3, si éste pasa la inspeccióny ensayos especificados en los puntos 7.1.11.1 y 7.1.11.2.

5.1.5- Los sistemas de medición permitirán la recuperación delresultado de la medición justo antes de la ocurrencia de malfuncionamiento, en particular en fallas significativas y/o falla en lafuente de energía, y sean detectadas por el sistema de monitoreo.

5.2- Dispositivo de alimentación eléctrica.

5.2.1- Cuando el flujo de fluido no se interrumpe durante un corte deldispositivo de alimentación eléctrica, el sistema de medición debe serprovisto de un equipamiento secundario de alimentación eléctrica deemergencia para salvar todas las funciones de medición durante el corte.

5.2.2- Cuando el flujo de fluido se interrumpe durante el corte deldispositivo de alimentación eléctrica, las exigencias del punto 5.2.1deben ser cumplidas, o la información presente en el momento del cortedebe ser grabada y debe estar disponible para presentarla en undispositivo indicador sujeto al control metrológico legal, por untiempo mínimo de 15 minutos, para permitir la finalización de latransacción en curso.

5.2.2.1- Si está prevista una activación manual de la presentación enun indicador, la misma debe estar disponible como mínimo por dosminutos.

5.2.2.2- Como una alternativa, la última transacción puede sermemorizada y estar disponible para, a pedido, presentarla en unindicador luego de la restauración de la energía eléctrica.

5.3- Sistemas de monitoreo.

5.3.1- Acción del sistema de monitoreo.

La detección mediante el sistema de monitoreo de incorrecciones, en lageneración, transmisión, procesamiento y/o indicación de los datos demedición debe resultar, en las siguientes acciones, de acuerdo con eltipo de monitoreo.

5.3.1.1- Sistema de monitoreo del tipo N: alarma visible y/o audible para llamar la atención del operador.

5.3.1.2- Sistema de monitoreo del tipo I o P:

a) Para sistemas de medición no interrumpibles:

• Corrección automática del mal funcionamiento; o

• detención sólo del dispositivo defectuoso cuando el sistema demedición sin ese dispositivo defectuoso continúe cumpliendo con lapresente Reglamentación; o

• una alarma visible o audible para el operador; esta alarma debecontinuar funcionado hasta que la causa de la alarma sea eliminada.Además, cuando un sistema de medición transmite información a undispositivo auxiliar, la transmisión debe ser acompañada por un mensajeindicando la presencia de un mal funcionamiento.

Esto último no se aplica para las perturbaciones especificadas en A.10 del anexo II.

Cuando un instrumento se equipa con sistema de monitoreo para estimarla magnitud en un líquido que ha pasado a través del sistema durante unmal funcionamiento, la totalidad de las indicaciones de tales valoresdeben ser claramente identificadas como estimadas.

Para sistemas de medición interrumpibles:

• Corrección automática del mal funcionamiento; o

• Detención sólo del dispositivo defectuoso cuando el sistema demedición sin ese dispositivo defectuoso continúe cumpliendo con lapresente Reglamentación; o

• Parada del flujo de fluido.

5.3.2- Sistema de monitoreo para el dispositivo de medición.

Los sistemas de monitoreo deben ser diseñados y fabricados de modo queellos puedan verificar la presencia del dispositivo de medición, sucorrecto funcionamiento y la correcta transmisión de datos.

5.3.2.1- Cuando las señales generadas por el dispositivo de mediciónestán en formato de pulsos, cada pulso representando una magnitudprimaria, las fallas significativas deben ser detectadas por el sistemade monitoreo y actuar sobre ellas.

Este sistema de monitoreo debe ser del tipo P y el monitoreo debeocurrir a intervalos de tiempo que no deben exceder la duración de lamedición de una magnitud de líquido igual al desvío mínimo especificadopara esa magnitud.

Durante la aprobación de modelo, se debe constatar el correcto funcionamiento del sistema de monitoreo:

• por desconexión del transductor; o

• por la interrupción de uno de los generadores de pulsos de los sensores; o

• por interrupción de la alimentación eléctrica del transductor.

5.3.3- Sistema de monitoreo para el calculador.

Este sistema de monitoreo debe verificar que el sistema calculadorfuncione correctamente y asegure la validez de los cálculos realizados.

No hay medios especiales requeridos para indicar que estos sistemas de monitoreo funcionan correctamente.

5.3.3.1- El sistema de monitoreo de un sistema calculador debe ser deltipo P o I. En el último caso, el monitoreo debe ocurrir como mínimocada cinco minutos. El objetivo del monitoreo es verificar que:

a) Los valores de todas las instrucciones e informaciones almacenadasen memoria en forma permanente sean correctos, los medios pueden ser,por ejemplo:

• Sumando la totalidad de los códigos de instrucciones y de informaciones y comparando la suma con un valor fijo.

• Por bits de paridad de líneas y de columnas (LRC y VRC).

• Por control periódico de redundancia cíclica (CRC 16).

• Por doble memorización independiente de la información.

b) Todos los procedimientos de transferencia interna y almacenamientode información relativa a los resultados de medición son realizadoscorrectamente, los medios pueden ser, por ejemplo:

• Por rutina de escritura/lectura.

• Por conversión y reconversión de códigos.

• Por utilización de código de seguridad (monitoreo de sumas, bit de paridad).

• Por doble almacenamiento.

5.3.3.2- El sistema de monitoreo para la validación de los cálculosefectuados debe ser del tipo P. Este consiste en el control del valorcorrecto de toda la información relacionada con la medición, siempreque estas informaciones sean almacenadas internamente y transmitidas adispositivos auxiliares a través de una interfase. Además, el sistemade cálculo debe ser provisto con un medio que controle la continuidaddel programa de cálculo (“perro guardián”).

5.3.4- Sistema de monitoreo para el dispositivo indicador.

Este sistema de monitoreo debe verificar que las indicacionesprincipales sean mostradas y que ellas correspondan a la informaciónprovista por el dispositivo calculador. También, deben verificar lapresencia de los dispositivos de indicación, cuando ellos fueranremovibles. Estas verificaciones pueden ser realizadas en uno o doscaminos posibles; ellas pueden ser efectuadas, ya sea, de acuerdo a laprimera posibilidad la cual está presentada en la sección 5.3.4.2. o deacuerdo a la segunda posibilidad presentada en la sección 5.3.4.3.

5.3.4.1- Durante la aprobación de modelo, se debe constatar el correcto funcionamiento del sistema de monitoreo:

5.3.4.2- La primera posibilidad es para controlar automáticamente eldispositivo indicador completo. El sistema de monitoreo de undispositivo indicador debe ser del tipo P. No obstante, este puede serde tipo I, si una indicación primaria es provista por otro dispositivodel sistema de medición o si la indicación puede ser fácilmentedeterminada a partir de otras indicaciones primarias.

Los medios pueden incluir por ejemplo:

• Para los dispositivos indicadores que utilizan filamentosincandescentes o diodos (leds), midiendo la corriente en los filamentos.

• Para los dispositivos indicadores que utilizan tubos fluorescentes, midiendo la tensión de grilla.

• Para los dispositivos indicadores que utilizan ventanas electromagnéticas, controlando el impacto de cada ventana.

• Para los dispositivos indicadores que utilizan cristales líquidos,controlando la salida de la tensión de control de las líneas desegmentos y de electrodos comunes, para detectar cualquier desconexióno corto circuito entre los circuitos de control.

5.3.4.3- La segunda posibilidad es para chequear automáticamente losdatos transmitidos al dispositivo indicador y a los circuitoselectrónicos usados por el dispositivo indicador, excepto los circuitosde excitación de su propio exhibidor, y para también comprobar elexhibidor.

El sistema de monitoreo automático de los datos transmitidos y de loscircuitos electrónicos usados por el dispositivo indicador es del tipoP. Sin embargo, este puede ser del tipo I, si una indicación primariaes provista por otro dispositivo del sistema de medición, o si laindicación puede ser fácilmente determinada desde otras indicacionesprimarias (por ejemplo: en el caso de la presencia de un dispositivoindicador de precio, es posible para determinar el precio a pagar apartir del valor de la magnitud y del precio unitario).

El sistema de monitoreo del exhibidor debe permitir un examen visualcompleto del mismo, para cualquier sistema de medición interrumpible ono interrumpible, la secuencia de ensayo debe ser la siguiente:

• Activando todos los segmentos de los dígitos no mostrados.

• Desactivando todos los segmentos de los dígitos no mostrados.

• Activando el dígito cero.

Cada paso de la secuencia debe durar por lo menos medio segundo (0,5 s).

Cualquier otro ciclo de prueba automático que indique todos los estadosposibles para cada elemento del exhibidor puede ser aplicado.

Esta capacidad de monitoreo visual del exhibidor debe ser del tipo N,para sistemas de medición interrumpible o no interrumpible, pero estono es obligatorio para un mal funcionamiento que resulte en lasacciones descriptas en el punto 5.3.1.

5.3.4.4- Debe ser posible durante la verificación, determinar que elsistema de monitoreo del dispositivo indicador esté trabajando, ya sea:

• por la desconexión de todas las partes del dispositivo indicador, o

• por una acción que simule una falla en el exhibidor, tal como la obtenida usando un botón de prueba.

5.3.5- Sistema de monitoreo para dispositivos auxiliares.

Un dispositivo auxiliar (dispositivo repetidor, dispositivo deimpresión, dispositivo de memorización, etc.) debe incluir un sistemade monitoreo de tipo I o P. El objetivo del sistema de monitoreo esverificar la presencia del dispositivo auxiliar, cuando éste sea undispositivo necesario, y verificar la correcta transmisión de los datosdesde el dispositivo calculador hasta el dispositivo auxiliar.

En particular, el monitoreo de un dispositivo de impresión tiene comoobjetivo asegurar que los datos recibidos y procesados por eldispositivo de impresión correspondan a las informaciones transmitidaspor el dispositivo calculador. Al menos debe ser monitoreado losiguiente:

• Presencia de papel;

• transmisión de datos; y

• los circuitos electrónicos de control (excepto los circuitos de comando propios del mecanismo de impresión).

Durante la aprobación de modelo, debe verificarse para asegurar que elsistema de monitoreo del dispositivo de impresión funcione por unaacción que fuerza un mal funcionamiento de impresión. Esta acción debeser una incorrección simulada en la generación, transmisión (de acuerdoal 5.3.2.1), procesamiento, o indicación de datos medidos.

Cuando la acción del sistema de monitoreo se evidencia mediante unaalarma, esta alarma debe estar dada por el dispositivo auxiliarafectado o sobre otra parte visible del sistema de medición.

5.3.6- Sistema de monitoreo para los dispositivos de medición asociados.

Los dispositivos de medición asociados deben ser equipados con sistemasde monitoreo del tipo P. El objetivo del sistema de monitoreo esasegurar que la señal generada por los instrumentos asociadospermanezca dentro de un rango de medición predeterminado.

Los datos del dispositivo de medición asociado deben ser leídos comomínimo 5 veces durante una magnitud igual a la mínima magnitud medible.Para cada lectura de datos se debe efectuar un monitoreo.

6- Requerimientos específicos para ciertos tipos de sistemas de medición.

6.1- Sistemas de medición para descarga de buques tanque, barcazastanque, vagones tanque ferroviarios y vehículos tanque (camionescisternas), utilizando un tanque intermediario.

6.1.1- Los sistemas de medición diseñados para medir magnitudes delíquidos entregados durante una descarga de buques tanque, barcazastanque, vagones tanque ferroviarios y camiones cisternas, puedenincluir un tanque intermediario en el cual el nivel del líquidodetermina el punto de transferencia. Este tanque intermediario puedeser diseñado para asegurar la eliminación de aire o gases.

La sección transversal del tanque intermediario debe ser tal que elvalor de la magnitud igual al desvío mínimo especificado para lamagnitud corresponda a una diferencia de nivel de al menos 2 mm.

6.1.2- En el caso de vagones tanque ferroviarios y camiones cisterna,el tanque intermediario debe asegurar automáticamente un nivelconstante, visible o detectable, al inicio y al final de la operaciónde medición. El nivel se considera constante cuando éste se estabilizaen una zona correspondiente a un valor de magnitud no mayor al desvíomínimo especificado para la magnitud.

6.1.3- En el caso de tanques de buques, no es necesario proveer unmantenimiento automático de nivel constante. Cuando esta disposición noes satisfecha, debe ser posible medir el contenido existente en eltanque intermediario.

Si el buque tanque es descargado a través de bombas, localizadas en elfondo del buque el tanque intermediario puede ser usado solamente alinicio y al final de la operación de medición.

6.2- Sistemas para medición de leche, cerveza y otros líquidos potables espumosos.

6.2.1- Los siguientes requerimientos son aplicables a sistemas demedición transportables para líquidos potables espumosos montados sobrecamión cisterna y también para los sistemas de medición estacionariosusados en la recepción o entrega de estos líquidos.

6.2.2- El punto de transferencia en instalaciones de recepción sedefine para un nivel constante del sistema eliminador de aire, aguasarriba del medidor. El dispositivo eliminador de aire debe hacer uso deun tanque de nivel constante, el cual está usualmente combinado con undispositivo eliminador de aire que puede estar separado, si eldispositivo eliminador de aire está ubicado aguas arriba del tanque denivel constante y antes del medidor. Esto debe posibilitar laverificación de un nivel constante en el dispositivo eliminador de aireantes y después de cada medición. El nivel debe ser establecidoautomáticamente.

6.2.3- El dispositivo eliminador de aire puede ser instalado encualquier punto aguas arriba de la bomba o entre la bomba y el medidor.

El dispositivo eliminador de aire es necesario cuando el medidor sealimenta por gravedad, por vaciado de bidones de leche, por medio de unbombeo auxiliar, o por medio de un sistema de vacío.

Si la leche se introduce por medio de una bomba o por un sistema devacío, es necesario un dispositivo eliminador de gas. Este dispositivopuede ser combinado con el tanque de nivel constante.

6.2.4- El requerimiento definido en 3.13.3. no se aplica a los sistemasde medición para leche, y el medidor puede alimentarse por medio de unsistema de vacío. En este caso, la presión de línea en la cañería queconecta el tanque de nivel constante al medidor será menor a la presiónatmosférica, por tal motivo el ajuste de las uniones deberá serparticularmente seguro. Debe ser posible verificar el ajuste.

6.2.5- En todas las instalaciones para recepción, la cañería aguasabajo del dispositivo eliminador de aire debe vaciarse completa yautomáticamente bajo condiciones nominales de funcionamiento.

6.2.6- El nivel constante, en el dispositivo de eliminación deaire/tanque de nivel constante, se monitorea por medio de un visorvidriado o un dispositivo indicador de nivel. El nivel se consideraconstante cuando éste se estabiliza dentro del rango definido por dosmarcas que están separadas como mínimo 15 mm y corresponde a unadiferencia de no más de dos veces el desvío mínimo especificado de lamagnitud .

6.2.7- Si, con el fin de alcanzar las condiciones anteriores, losdispositivos para reducción del caudal se incorporan en el sistema demedición, el caudal durante el período de caudal reducido debe ser almenos igual al caudal mínimo del medidor.

6.2.8- Si, en una instalación para recepción, el líquido medido fluyehasta un nivel inferior que el del medidor, un dispositivo debeasegurar automáticamente que la presión a la salida del medidorpermanezca por encima de la presión atmosférica.

6.2.9- Los sistemas de medición deben ser llenados completamente antesde comenzar una medición. En el caso de sistemas de recepción, si ésteno es práctico para llenar el sistema de medición antes de la medición,se acepta determinar la cantidad de líquido requerida para el llenadodel sistema de medición y dicha cantidad de líquido debe ser indicadasobre la placa de datos del sistema de medición de modo que puedatomarse en cuenta, para el cálculo, en la primer medición del períodode recepción. La primer cantidad de líquido medida por el sistema demedición durante el período de recepción debe ser igual o mayor que lacantidad de líquido necesaria para el llenado completo del sistema demedición.

6.2.10- A pesar de los requerimientos generales dados en 3.10concernientes al eliminador de aire o gases, el dispositivo eliminadorde gas debe cumplir con los requerimientos definidos en 3.10.1solamente bajo condiciones nominales de funcionamiento, tales comocuando el aire ingresa al principio y al final de cada operación demedición.

Sin embargo, cuando el sistema de medición está equipado con manguera,la cual se diseña para ser acoplada a la salida del tanque auxiliar, eldispositivo eliminador de gas debe también cumplir con losrequerimientos dados en 3.10.1 durante toda la operación de medición.

Para equipamiento de recepción, el usuario deberá poder constatar laspérdidas de las conexiones, de modo tal que no pueda ingresar aireaguas arriba del medidor durante la medición. Para equipamiento deentrega, el sistema se debe montar de modo tal que la presión dellíquido sea siempre positiva en las cañerías de conexión con el tanquede alimentación.

6.2.11- El dispositivo indicador de la magnitud medida debe incluir un dispositivo de retorno a cero cumpliendo el punto 4.2.4.

Cuando un sistema de medición se equipa con un dispositivo de impresiónde ticket, cualquier operación de impresión debe impedir la continuidadde la entrega, hasta que un retorno a cero haya sido realizado.

6.3- Sistemas de medición sobre cañería y sistemas para carga de buques.

6.3.1- La relación entre el caudal máximo y el caudal mínimo del sistema de medición puede ser menor que 5 (ver sección 3.3.3).

En este caso, el sistema de medición debe estar equipado con undispositivo automático de monitoreo, para verificar que el caudal delíquido a ser medido está dentro del rango de medición prohibido delsistema de medición.

Este dispositivo de monitoreo debe ser del tipo P y debe atender las exigencias del punto 5.3.1.2.

Los caudales máximo y mínimo pueden ser determinados en función dellíquido a ser medido e introducidos manualmente en el dispositivocalculador.

6.3.2- Prevención del flujo de aire-gas.

El sistema de medición debe estar provisto con un medio para laeliminación de cualquier contenido de aire o gas contenido en ellíquido, al menos que la entrada de aire en el líquido o la liberaciónde gas desde el líquido sea evitada por la configuración de la cañeríao por la disposición y operación de la/s bomba/s.

6.3.3- Condiciones especiales de instalación.

El flujo inverso del líquido a ser medido en el sistema de medicióndebe ser evitado por un dispositivo adecuado, al menos que se apruebelo contrario.

6.3.4- Dispositivo de muestreo.

El sistema de medición puede incluir un dispositivo de muestreo destinado a determinar las propiedades del líquido a ser medido.

No es necesario tener en consideración el volumen de la muestra en losresultados de la medición, si esta muestra es menor que 0,1 veces elerror máximo permitido tolerado para el sistema de medición.

6.3.5- Dispositivos de ensayos.

Los sistemas de medición en cañería deben estar equipados con dispositivos que permitan la verificación de los mismos in situ.

No obstante, esta exigencia puede ser obviada si se cumple lo siguiente:

• Los medidores deben ser verificados en un laboratorio del InstitutoNacional de Tecnología Industrial (INTI) o un laboratorio de terceraparte, auditado por el INTI y reconocido por la Dirección Nacional deComercio Interior, con líquidos que presenten las mismascaracterísticas que aquel que será medido en la instalación. Laverificación debe ser ejecutada sobre el transductor de mediciónsolamente, asociado con un dispositivo de indicación compatible yequivalente, con la reserva que todos los elementos que tengan unaunión mecánica directa con el transductor de medición y tengancapacidad de influenciar la medición sean verificados simultáneamente.

• Los medidores que se benefician de esta excepción deben estar sujetosal menos con una periodicidad de 2 (dos) años a una verificación insitu por parte del INTI.

• Para completar la verificación, los sistemas de medición involucradosserán sometidos a un chequeo cualitativo de funcionamiento einstalación in situ.

Los sistemas de medición deben ser construidos de tal forma que unpatrón de tamaño apropiado pueda ser integrado al sistema de ensayo delos medidores. Cuando un ensayo sólo puede realizarse con las bombasfuncionando, y normalmente no permite la realización del ensayo con elmedidor detenido al principio y al final de la prueba, el patrón debeser adecuado para el funcionamiento continuo.

Dichas medidas patrón de capacidad deben representar al menos 10.000divisiones del sistema indicador del medidor a ser verificado o deldispositivo indicador auxiliar usado para la prueba o 10.000 pulsoseléctricos del transductor de medición. No obstante una medida decapacidad menor puede ser permitida si una interpolación visual oautomática permite evaluar la indicación del medidor con un error menoro igual a 1/10000 de esta capacidad.

Además, será posible llevar a cabo un ensayo metrológico de losinstrumentos de medición asociados los cuales pueden estar incorporadosy que determinan masa específica, viscosidad, presión y temperatura,bajo condiciones reales de operación.

Los dispositivos o medidas patrones de capacidad deberán ser de modeloaprobado y acreditar su trazabilidad a los patrones nacionales medianteuna verificación periódica a cargo del INTI.

7- Control metrológico.

Cuando se realiza un ensayo, la incertidumbre expandida de ladeterminación de los errores sobre las indicaciones de volumen o masadebe ser menor que 1/5 del error máximo tolerado aplicable para elensayo de aprobación de modelo y de 1/3 del error máximo toleradoaplicable para los ensayos en otras verificaciones. La estimación de laincertidumbre expandida estará hecha de acuerdo con la “Guía para laexpresión de incertidumbre en medición” (1995 edición) con k=2.

7.1- Aprobación de modelo.

7.1.1- Exigencias generales.

Los sistemas de medición alcanzados por el presente Reglamento están sujetos a aprobación de modelo.

Los elementos constituyentes de un sistema de medición, listados abajoy los subsistemas los cuales incluyen varios de estos elementos,estarán sujetos a aprobación de modelo (Módulo) a solicitud de susfabricantes e importadores, en tanto se comercialicen por separado:

Dispositivo de medición.

Calculador electrónico.

Dispositivo de indicación.

Medidor.

Separador de gas.

Extractor de gas.

Extractor especial de gas.

Dispositivo de conversión.

Dispositivos auxiliares proveyendo o memorizando los resultados de la medición.

Sensor del medidor.

Sensor de temperatura.

Sensor de presión.

Sensor de densidad.

Los elementos componentes de un sistema de medición deben estar enconformidad con las exigencias pertinentes, aun cuando ellos no hayansido sujetos a una aprobación de modelo por separado (excepto en elcaso de dispositivos auxiliares que están exentos de controles).

Salvo disposiciones en contrario presentes en esta Reglamentación, unsistema de medición debe cumplir totalmente las exigencias sinmodificaciones del sistema o de sus elementos, durante el desarrollo delos ensayos. Deberán efectuarse los ensayos pertinentes sobre elsistema de medición o sus componentes, bajo las mismas condiciones ysin ajuste. Si, no obstante, un ajuste ha sido efectuado o ensayos hansido llevados a cabo con otro sistema de medición y/o dispositivo, estodebe ser documentado y justificado en el informe de ensayo.

7.1.2- Documentación.

7.1.2.1- Los fabricantes, importadores o representantes deberánsolicitar los ensayos correspondientes a la aprobación de modelo alINSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL, organismo descentralizadoen la órbita del MINISTRIO DE INDUSTRIA, acompañando dos ejemplares(original y copia) de la documentación correspondiente al modelo de unsistema de medición o de uno de los elementos mencionados en 7.1.1 quese desea aprobar, establecida por el punto 3 del ANEXO de la ResoluciónS.C.T. Nº 49/2003 incluyendo al menos la siguiente información:

• Descripción en forma clara y precisa del instrumento, su modo defuncionamiento y sus métodos de ajuste, como así también de su modo deoperación, calibración e instalación.

• Plano general con dimensiones del mismo.

• Dibujo esquemático (diagrama en bloques) del modo de funcionamiento.

• Características metrológicas.

• Condiciones de funcionamiento, como ser: de temperatura, presión, tensión de alimentación, etc.

• Plano, descripción y lista de componentes de los grupos funcionalesque componen el instrumento y un diagrama de vinculación o conexionado.

• Propuesta de ubicación y método de sellado, precintado u otro sistema de seguridad.

• Fotografía de trece por dieciocho centímetros como mínimo delinstrumento, en vista general, con y sin cubierta, si correspondiere.

• Dibujo en escala 1:1 del visor o dispositivo indicador con lasleyendas establecidas por el presente reglamento, si corresponde.

• Dibujo en escala 1:1 de la chapa de identificación y su modo de fijación y su ubicación en el instrumento.

• Diagrama de flujo y descripción del modo de operación del softwareutilizado y sus parámetros de configuración, si corresponde.

• Certificados de Aprobación de Modelo (Módulo) de los componentes, en caso de haberlos.

• Instalación práctica y restricciones operacionales, incluyendo las características de los líquidos admisibles.

• Para los sistemas de medición y medidores equipados con sistemas decorrección, la determinación de los parámetros de corrección.

7.1.2.2- El original de la documentación indicada y la totalidad de lasaclaraciones requeridas y sus respuestas, y los correspondientesprotocolos de ensayo certificando los resultados de la totalidad de losmismos en concordancia con lo establecido por el presente Reglamentoserá girada por el INTI al Departamento de Metrología Legal de laDIRECCION NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR de la SUBSECRETARIA DE DEFENSADEL CONSUMIDOR de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DEECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y la copia, debidamente legalizada, sereintegrará al solicitante una vez concluidos los ensayos de aprobaciónde modelo.

7.1.2.3- El solicitante debe proveer al INTI un prototipo del modelo aaprobar. Otro ejemplar del mismo modelo puede ser consideradonecesario, para estimar la reproducibilidad de las mediciones (ver7.2.1.)

7.1.2.4- Una vez concluidos los ensayos y emitidos por el INTI loscorrespondientes protocolos, el solicitante presentará lacorrespondiente solicitud de aprobación de modelo ante la DirecciónNacional de Comercio Interior, manifestando con carácter de declaraciónjurada que el instrumento da cumplimiento al presente Reglamento,haciendo referencia a la orden de trabajo iniciada en el INTI y elcorrespondiente número de informe de ensayo.

7.1.2.5- El Departamento de Metrología Legal con la solicitudpresentada por el administrado, conforme 7.1.2.4, y la documentacióngirada por el INTI (7.1.2.2) armara la carpeta de Aprobación de Modelo,la que será evaluada por el mismo, elevando sus conclusiones a laDirección Nacional de Comercio Interior.

7.1.3- Certificado de aprobación de modelo

El Certificado de Aprobación de Modelo de un sistema de medición o deuno de sus componentes indicados en, 7.1.1 a emitir por la DirecciónNacional de Comercio Interior, debe contener, al menos la siguienteinformación:

• Nombre y domicilio del titular del certificado.

• Nombre y domicilio del fabricante, si no fuera el titular.

• Marca y modelo del instrumento aprobado.

• Características metrológicas.

• Condiciones de funcionamiento del instrumento.

• Fecha, número y validez del certificado.

• Plan de sellado, precintado u otras medidas de seguridad.

• Identificación de los protocolos de ensayo en que se basa el certificado.

• Condiciones específicas para las verificaciones primitivas y periódicas, si corresponde.

• Limitaciones de uso, si corresponde.

7.1.4- Modificación de un modelo aprobado

7.1.4.1- En todos los casos en que el titular del modelo aprobado de unsistema o cualquiera de sus elementos constitutivos indicados en 7.1.1introduzca en él una modificación, deberá presentar una solicitud deevaluación de la misma al Departamento de Metrología Legal de laDirección Nacional de Comercio Interior, detallando los cambiosintroducidos en el modelo aprobado, el cual remitirá la solicitud alINTI, para que dictamine sobre la necesidad o no de efectuar parte o latotalidad de los ensayos que correspondan de los establecidos por elpresente Reglamento, con el fin de mantener la aprobacióncorrespondiente o, en su defecto, proceder a una nueva aprobación demodelo.

7.1.4.2- Cuando el INTI considere que la naturaleza de lasmodificaciones y/o agregados no tienen influencia sobre los resultadosde la medición, el Departamento de Metrología Legal de la DirecciónNacional de Comercio Interior agregará la documentación de los cambiosintroducidos en el modelo aprobado en su correspondiente carpeta deAprobación de Modelo y autorizará que el instrumento modificado puedaser presentado para una verificación primitiva sin una aprobación demodelo suplementaria.

7.1.4.3- Cada vez que un modelo modificado deje de cumplir lasexigencias de la aprobación de modelo inicial, será necesaria una nuevaaprobación de modelo.

7.1.5- Aprobación de modelo de un medidor, un dispositivo de medición o el sensor del medidor (Aprobación de Modelo (Módulo)).

La aprobación de modelo puede ser concedida para un medidor completo, o también dada:

• para el dispositivo de medición (como el definido en 2.1.2) cuando aéste se lo prevé conectar en diferentes tipos de calculadores, y

• para el sensor del medidor (como el definido en 2.1.3), solamentecuando el transductor (2.1.4) es un dispositivo separado y el sensor selo prevé conectar con diferentes tipos de transductores.

Los exámenes y ensayos establecidos en este Reglamento deben serrealizados sobre el medidor solamente, o sobre el sensor del medidor, osobre el dispositivo de medición, cuando éstos son objeto de unasolicitud de aprobación de modelo (Módulo) por separado.

Los ensayos correspondientes a la aprobación de modelo (Módulo) estarán a cargo del INTI y son los especificados en el Anexo II.

7.1.6- Aprobación de modelo (Módulo) de un dispositivo eliminador de gas.

Los ensayos deben ser realizados para demostrar que un dispositivoeliminador de aire y gas satisfacen las exigencias definidas en lospuntos 3.10.8 ó 3.10.9.

Es aceptable, sin embargo, que los ensayos no sean realizados acaudales superiores a 100 m³/h y que los dispositivos eliminadores deaire y gas sean aprobados por analogía con dispositivos del mismodiseño, teniendo dimensiones menores.

7.1.7- Aprobación de modelo (Módulo) de un calculador electrónico, incluido el dispositivo indicador.

Cuando un calculador electrónico es sometido a una aprobación de modelopor separado, los ensayos de aprobación de modelo deben ser realizadossobre el dispositivo calculador solamente, simulando diferentesentradas con patrones apropiados. (ver Anexo II sección A.7).

7.1.9- Aprobación de modelo (Módulo) de un dispositivo de conversión.

Son dos las alternativas para verificar un dispositivo de conversión cumpliendo con los requerimientos de la sección 3.7.

La primera es verificar el dispositivo de conversión como parte de unsistema de medición completo. En esta alternativa, los dispositivosasociados de medición, el calculador y el dispositivo de indicación sonverificados juntos.

La segunda alternativa consiste en la verificación por separado de los componentes individuales del dispositivo de conversión.

Los ensayos de exactitud sobre los dispositivos de conversión se encuentran en el anexo A, sección A.8.

7.1.9- Aprobación de modelo (Módulo) de un dispositivo auxiliar.

7.1.9.1- Cuando un dispositivo auxiliar, que provee indicacionesprimarias, es objeto de una aprobación de modelo por separado, susindicaciones deben ser comparadas con aquellas provistas por undispositivo indicador que ya ha sido aprobado y el cual tiene el mismovalor de una división, o un valor más pequeño.

Los resultados deben satisfacer lo dispuesto en el punto 3.9.5.

Tan detalladamente como sea posible, las condiciones necesarias decompatibilidad con otros dispositivos de un sistema de medición debenser establecidas en el certificado de aprobación de modelo (Módulo).

7.1.9.2- Los dispositivos electrónicos pueden ser aprobadosseparadamente cuando ellos son utilizados para la transmisión deindicaciones primarias u otra información necesaria para sudeterminación, por ejemplo, un dispositivo que concentra informaciónproveniente de dos o más dispositivos calculadores y transmite a unúnico dispositivo de impresión.

Cuando al menos una de las señales de esta información es analógica, eldispositivo debe ser ensayado en asociación con otro dispositivo cuyoserrores máximos permitidos estén previstos por este Reglamento.

Cuando todas las señales de esta información son digitales, lo previstoarriba puede ser Aplicado; sin embargo, cuando las entradas y salidasdel dispositivo están disponibles, el dispositivo puede ser ensayadoseparadamente, en tal caso, el dispositivo no debe introducir errores;solamente los errores atribuibles al método de ensayo pueden serconstatados.

En ambos casos y tan detalladamente como sea posible, las condicionesnecesarias de compatibilidad con otros dispositivos del sistema demedición deben establecerse en el certificado de aprobación de modelo(módulo).

7.1.10- Aprobación de modelo de un sistema de medición.

La aprobación de modelo de un sistema de medición consiste en comprobarque el sistema de medición (con partes integrantes que no han sidoobjeto de aprobaciones de modelo (Módulo) separadas) satisface latotalidad de los requerimientos aplicables, y que las partesintegrantes son compatibles entre sí.

Los ensayos para llevar a cabo una aprobación de modelo de un sistemade medición deben, por lo tanto, ser determinados sobre la base de lasaprobaciones de modelo (Módulo) ya concedidas para las partesintegrantes del sistema.

Cuando ninguna de las partes integrantes haya sido objeto de unaaprobación de modelo por separado, todos los ensayos previstos en elAnexo II deben ser realizados sobre el sistema de medición. Sinembargo, cuando las diversas partes integrantes del sistema de mediciónestán todas aprobados separadamente, es posible, para satisfacer losrequerimientos de una aprobación de modelo basarse en el examen de loscertificados de aprobación de modelo (Módulo), la evaluación de lacompatibilidad de las partes integrantes y en los ensayos funcionalespara verificar si se cumple el error máximo permitido del sistemacompleto.

7.1.11- Aprobación de modelo de dispositivos electrónicos.

En complemento a los exámenes y ensayos descriptos en los párrafosprecedentes, un sistema de medición electrónico o una parte integranteelectrónica de este sistema debe ser sometido a los siguientes ensayosy exámenes:

7.1.11.1- Inspección del diseño.

Este examen de documentos apunta a verificar que el diseño dedispositivos electrónicos y de sus sistemas de monitoreo, cumplan conlas exigencias de este Reglamento, particularmente indicadas en elpunto 5; esto incluye:

a) un examen de las características constructivas y de los subsistemasy componentes electrónicos utilizados, con el fin de asegurar lacapacidad para el uso pretendido;

b) la consideración de fallas que probablemente ocurran, para verificarque en todos los casos considerados estos dispositivos cumplan con lasprevisiones del punto 5.3; y

c) verificación de la presencia y la eficiencia de los dispositivos de ensayo para los sistemas de monitoreo.

7.1.11.2- Ensayos de desempeño.

Estos ensayos apuntan a verificar que los sistemas de medición cumplancon los requerimientos especificados en el punto 5.1.1 con referencia alas magnitudes de influencia. Estos ensayos están especificados en elanexo II.

a) Desempeño bajo los efectos de factores de influencia:

Cuando el equipamiento fue sometido a los efectos de los factores deinfluencia previstos en el anexo II, el mismo debe continuar operandocorrectamente y los errores no deben exceder a los errores máximospermitidos aplicables.

b) Desempeño bajo el efecto de perturbaciones:

Cuando el equipamiento fue sometido a perturbaciones externas como lasprevistas en el Anexo II, el mismo debe, ya sea, continuar funcionandocorrectamente o detectar e indicar la presencia de cualquier fallasignificativa. No deben ocurrir fallas significativas en sistemas demedición no interrumpibles.

7.1.11.3- Equipo bajo ensayo (EBE).

Los ensayos deben ser realizados sobre el sistema de medición completo, o sobre las partes integrantes.

El EBE debe incluir una configuración representativa de la operaciónnormal del sistema de medición. En particular, el calculador condispositivo indicador deberá instalarse en su alojamiento final. LaDirección Nacional de Comercio Interior a sugerencia del Departamentode Metrología Legal puede decidir que un certificado de aprobación demodelo cubriendo un modelo dado de calculador con dispositivo indicadorcubrirá algún otro alojamiento para el mismo modelo.

En todos los casos, los dispositivos auxiliares pueden ser ensayados separadamente.

7.2- Verificación primitiva.

7.2.1- General.

Todo sistema de medición alcanzado por el presente Reglamento, y losdispositivos indicados en 7.1.1 que se comercialicen como tales, debenser sometidos a verificación primitiva para acreditar el cumplimientodel mismo, y su correspondencia con el respectivo modelo aprobado.

La verificación primitiva de un sistema de medición puede ser realizada en una o más etapas.

Cuando el procedimiento definitivo de la verificación primitiva de unsistema de medición completo se realiza en una o más etapas, losresultados de los ensayos precedentes se deberán tener en cuentadurante la etapa final.

Cualesquiera sea el número y ubicación de las etapas, y cualesquierasean los medios de ensayo, ambos deberán permitir concluir que elsistema de medición, instalado en la ubicación de uso, satisface todoslos requerimientos aplicables en condiciones nominales defuncionamiento.

Cuando, como parte de una verificación primitiva, la verificación delmedidor se dispone efectuarla con un líquido distinto al líquido que elmedidor esté destinado a medir, se deben efectuar también ensayoscomparativos con estos dos líquidos para determinar los errores máximospermitidos en estas verificaciones. Por ello puede ser necesariodisponer de varias muestras del modelo en evaluación. La informaciónaplicable debe estar indicada en el certificado de aprobación de modelo.

7.2.2- Documentación.

La solicitud de los ensayos correspondientes a la verificaciónprimitiva del sistema de medición, deberá ser presentada ante elINSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) y debe estaracompañada, al menos, por la siguiente documentación:

Nombre y domicilio del solicitante.

Marca y modelo del instrumento aprobado.

Nº de Certificado y Código de Aprobación de Modelo.

Características metrológicas.

Nº de serie del o los instrumentos cuya verificación se solicita.

Lugar de instalación, si se trata de un sistema de medición.

7.2.2.1 Una vez obtenidos los protocolos de la totalidad de los ensayosestablecidos por el presente Reglamento para la Verificación Primitivay el correspondiente informe de ensayo del Programa de MetrologíaLegal, emitidos por el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL, elfabricante o importador, deberá presentar la correspondiente solicitudde certificado de verificación primitiva en la Dirección Nacional deComercio Interior de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR dependientede la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA YFINANZAS PUBLICAS conforme lo establecido en el punto 6 y 7 del Anexode la Resolución ex - S.C.T. Nº 49/2003, antes del plazo de QUINCE (15)días, vencido el cual carecerán de validez los mismos, a estos efectos,debiendo realizar los ensayos nuevamente; manifestando con carácter dedeclaración jurada que los instrumentos presentados dan cumplimiento ala totalidad de los requisitos establecidos en el presente, y quecoinciden con el respectivo modelo aprobado. Deberán acompañarse lapresentación con fotografías donde se aprecien una vista general delinstrumento el área de indicación, los comandos del instrumento y lasindicaciones obligatorias y las marcas o etiquetas de verificación.

7.2.2.2 Podrá darse cumplimiento a la Verificación Primitiva de losinstrumentos, por medio de la emisión, por parte del fabricante oimportador, de una Declaración de Conformidad que acredite que losmismos satisfacen los requisitos establecidos por el presenteReglamento y coinciden con el respectivo modelo aprobado.

Para estar en condiciones de emitir la mencionada Declaración deConformidad, el fabricante o importador, deberá contar con laautorización de la Dirección Nacional de Comercio Interior de laSUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR dependiente de la SECRETARIA DECOMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS,previa presentación de la auditoría realizada por el INSTITUTO NACIONALDE TECNOLOGIA INDUSTRIAL, de acuerdo a lo establecido por la Resoluciónex-S.C.T. Nº 19/2004.

La declaración de conformidad deberá ser comunicada por el titular delmodelo aprobado a la DIRECCION NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR, concarácter de declaración jurada, dentro de los DIEZ (10) días hábiles deproducida la misma, en caso contrario deberá efectuar lacorrespondiente Verificación Primitiva conforme lo dispuesto en elpunto 7.2.2.1.

La presentación de la Declaración de Conformidad ante la DirecciónNacional de Comercio Interior deberá ser acompañada del comprobante depago de la tasa establecida en el Artículo 4º de la presente resolución.

7.2.2.3- Certificado de Verificación Primitiva.

El Certificado de Verificación Primitiva de un sistema de medición aemitir por la Dirección Nacional de Comercio Interior, dependiente dela SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR de la SECRETARIA DE COMERCIOINTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, debe contener,al menos, la siguiente información:

Nombre y domicilio del titular del certificado.

Marca y modelo del instrumento verificado.

Características metrológicas.

Condiciones de funcionamiento del instrumento.

Fecha, número y validez del certificado.

Plan de sellado, precintado u otras medidas de seguridad.

Identificación de los protocolos de ensayo en que se basa el certificado.

Lugar de instalación, si se trata de un sistema de medición.

7.2.3- Verificación primitiva del sistema de medición.

En los casos en que ninguno de los elementos constitutivos del sistemade medición cuente con su respectivo certificado de verificaciónprimitiva, deberán efectuarse sobre el sistema la totalidad de losensayos establecidos en el punto 7.2.5 del presente reglamento.

En caso contrario, tomando en consideración los elementos que cuentencon su verificación primitiva, el INTI establecerá los ensayos aefectuarse sobre el sistema instalado. La justificación del métodoelegido deberá ser incluida en el informe de ensayo.

7.2.4- Ejecución de los ensayos de verificación primitiva.

Los ensayos para la verificación primitiva del sistema de medición serán realizados por el INTI en su lugar de instalación.

7. 2.5- Ensayos de verificación primitiva.

7. 2.5.1- La verificación primitiva del sistema de medición debe incluir:

• Un examen de conformidad del sistema de medición y sus partes integrantes con los respectivos modelos aprobados (Módulo),

• Un examen metrológico del sistema de medición; de ser posible, estosexámenes serán ejecutados dentro de los límites definidos por lascondiciones de operación del sistema de medición;

• Para sistemas de medición sobre camiones cisterna, el dispositivoeliminador de gas debe ser ensayado para la extracción de bolsones deaire por vaciado del tanque de abastecimiento (compartimientos) duranteuna entrega (ensayo de producto agotado);

• Un ensayo de funcionamiento del dispositivo eliminador de aire-gas,es apropiado, sin que sea necesario verificar que los errores máximospermitidos aplicables a este dispositivo y especificado en 3.10 seansatisfechos;

• Cuando sea necesario, un ensayo de variaciones del volumen interno delas mangueras en sistemas de medición que funcionan a conducción llena,por ejemplo en el caso de un carretel para manguera;

• Un ensayo operacional de la válvula de control que evita el vaciadode la manguera durante las paradas, en sistemas de medición quefuncionan con manguera llena; y

• Una determinación de las magnitudes residuales, para sistemas de medición que funcionan a conducción vacía (ver sección 3.14).

7.2.5.2- Un sistema de medición debe diseñarse de manera que permita suverificación bajo condiciones de uso. De ser necesario, deberánproveerse dispositivos especiales.

El sistema de medición debe ser construido de tal forma que un patrónde tamaño apropiado pueda ser integrado al sistema para ensayar elmedidor. Cuando un ensayo sólo puede realizarse con las bombasfuncionando, lo cual normalmente no se permite para ensayo con elmedidor detenido al comienzo y al final de la prueba, el patrón debeser apropiado para funcionamiento continuo (ver 6.3.5).

7.2.5.3- En casos especiales, documentados en el certificado deaprobación de modelo, se puede prescindir del principio mencionado enel punto 7.2.5.2 siempre que:

• Los medidores se verifica sobre un banco de ensayos con líquidos queposeen las mismas características que aquellos que deberán ser medidosen el sitio de instalación. La verificación se efectúa sobre eldispositivo de medición solamente, pero incluyendo los requerimientosde tramos rectos de cañerías aguas arriba y aguas abajo del medidor(ver 4.1.5.1 a 4.1.5.4, 4.1.6.2, 4.1.7.2. y 4.1.9.2) asociado con undispositivo indicador equivalente y compatible, siempre que todos loselementos tengan una conexión mecánica directa con el dispositivo demedición y su capacidad de influenciar en la medición sea verificadasimultáneamente.

• El medidor continúa hasta tener todas las calibraciones periódicas,fijadas y controladas por el servicio metrológico respectivo.

Para completar la verificación, el sistema de medición afectado debeser sometido a un chequeo cualitativo de su funcionamiento einstalación.

7.2.5.4 - Debe ser posible realizar los ensayos metrológicos de losdispositivos de medición asociados y sensores que son elementosconstituyentes del sistema de medición bajo las condiciones reales deoperación. En su verificación estos dispositivos deberán cumplir losrequerimientos de la sección 3.7.

7.3- Verificaciones periódicas.

La verificación periódica de un sistema de medición alcanzado por elpresente Reglamento tendrá una periodicidad de SEIS (6) meses ycomprenderá:

• Un examen de la instalación del sistema de medición;

• Un examen y control metrológico del medidor,

• Un examen y control metrológico del calculador y sus instrumentos de medición asociados.

Se verificará la correspondencia del sistema y sus partesconstitutivas, si correspondiera, con sus respectivos modelos aprobados.

Los máximos errores permitidos serán los mismos que para la verificación primitiva.

ANEXO II

Ensayos para aprobación de modelo

A.1 General.

Notas aplicables en el presente Reglamento:

Nota 1: Este procedimiento de ensayo está dado en forma resumida, sólopara información, y está adaptado de las publicaciones de referenciasIEC. El procedimiento de ensayo completo debe responder a las publicaciones aplicables y conserva su valor legal.

Este anexo define el programa de ensayos, para verificar que lossistemas de medición y/o sus elementos componentes detallados en elpunto 7.1.1 cumplan con el presente Reglamento. Cada ensayo indica,cuando corresponde, las condiciones de referencia para la determinacióndel error intrínseco.

Se especifican diferentes tipos de ensayos, a saber:

• Ensayos de exactitud (incluyendo repetibilidad y ensayos de perturbación del flujo, si es aplicable).

• Ensayos de factores de influencia, y

• Ensayos de perturbación electrónica.

Cuando el efecto de una magnitud de influencia está siendo evaluado,todas las restantes magnitudes de influencia son mantenidasrelativamente constantes, en valores cercanos a las condiciones dereferencia.

Los ensayos deben ser normalmente realizados sobre el medidor completo,equipado con un sistema indicador, con todos los dispositivosauxiliares y con el dispositivo de corrección, si posee. No obstante,el medidor sujeto a ensayo puede no estar equipado con sus dispositivosauxiliares cuando éstos no tienen influencia en la exactitud delmedidor y cuando ellos han sido verificados separadamente. Eldispositivo de medición puede también ser ensayado separadamentesiempre que el dispositivo calculador e indicador hayan sidoverificados.

El sensor del medidor puede ser ensayado separadamente siempre que eltransductor y el calculador con dispositivo indicador hayan sidoverificados.

Si el dispositivo de medición o sensor del medidor fuera destinado aser conectado a un dispositivo calculador, dotado de un dispositivo decorrección, el algoritmo de corrección, tal como lo describe elfabricante, debe ser aplicado a la señal de salida del transductor paradeterminar sus errores.

A.2 Incertidumbre de medición.

Cuando se lleva a cabo un ensayo, la incertidumbre expandida de ladeterminación de los errores sobre las indicaciones de volumen o masadebe ser menor que 1/5 del error máximo permitido aplicable para elensayo de aprobación de modelo y de 1/3 del error máximo permitidoaplicable para los ensayos en verificaciones primitiva y periódica. Laestimación de la incertidumbre expandida estará hecha de acuerdo con la“Guía para la expresión de incertidumbre en medición” (edición 1995)con el factor de cobertura k igual a 2 (k=2).

A.3 Condiciones de referencia.

• Temperatura ambiente: 15 ºC ± 5 ºC

• Humedad relativa: 25% al 75%

• Presión atmosférica: 86 kPa a 106 kPa

• Tensión de alimentación: Tensión nominal (U nom)

• Frecuencia de alimentación: Frecuencia nominal (F nom)

Durante cada ensayo, la temperatura y la humedad relativa no variaránmás de 5 ºC y 10% respectivamente, dentro del rango de referencia.

A.4- Influencia de la temperatura del líquido.

Temperatura de ensayo se refiere a la temperatura en el lugar delensayo y no a la temperatura del líquido usado en la medición. Es, porlo tanto, aconsejable el uso de alguna simulación como método deensayo, de modo que la temperatura del líquido no influya en losresultados de los ensayos.

A.5 Ensayo de exactitud sobre un medidor, un dispositivo de medición, o un sensor de medición.

A.5.1- Los errores del medidor deben ser determinados como mínimo paraseis caudales distribuidos sobre el rango de medición a intervalosregulares. El caudal más alto debe ubicarse entre 0,8.Qmáx y Qmáx. Encada caudal los errores deben ser determinados por lo menos tres vecesde manera independiente. Cada error no debe ser superior al errormáximo permitido (en valor absoluto). Además para valores de magnitudesiguales o superiores a cinco veces la magnitud mínima medible, debeaplicarse la repetibilidad exigida en el punto 4.1.2.2.

A.5.2- Los ensayos deben ser realizados para asegurar que los erroresde indicación del medidor no excederán el error máximo permitido en loslímites de cada una de la condiciones de operación nominal. El INTI esrequerido para determinar y documentar las condiciones de operación alas cuales se efectuará el ensayo de aprobación de modelo. El detalle yla justificación de dicha determinación deberá ser parte del informe deensayo.

A.5.3- Además de los ensayos definidos en A.5.1, se debe determinar el error a la magnitud mínima medible.

A.5.4- Si es conducente, deben efectuarse perturbaciones de flujo. Paraensayos con perturbaciones de flujo, los errores máximos permitidosaplicables son los definidos en la línea A de la Tabla 2 para elsistema de medición.

A.6- Ensayo de endurancia sobre un medidor, un dispositivo de medición, o un sensor de medición.

A.6.1- Los ensayos de endurancia deben ser realizados a caudal máximodel medidor usando el líquido para el cual el medidor está destinado ocon un líquido de características similares.

A.6.2- Cuando el medidor está destinado a medir diferentes líquidos, elensayo debe ser realizado con el líquido que posee las condiciones másrigurosas. El/Los líquido/s utilizado/s para el ensayo deben estarcompletamente documentados.

A.6.3- La duración del ensayo de endurancia debe ser de 100 horas enuno o varios períodos. El ensayo de endurancia se llevará a cabo a uncaudal comprendido entre 0,8.Qmáx y Qmáx, precedido de un ensayo deexactitud como el definido en A.5.1.

A.6.4- Es preferible que el medidor sea sometido al ensayo deendurancia en un banco de prueba. No obstante, es aceptable que elmedidor sea temporariamente montado en un sistema de medición enoperación normal; en este caso se requiere que el caudal nominal defuncionamiento del sistema de medición sea superior a 0,8 Qmáx..

A.6.5- Luego del ensayo de endurancia, el medidor debe ser sometido aun nuevo ensayo de exactitud, acorde a A.5.1. Las desviaciones entrelos errores determinados antes y después del ensayo de endurancia,deben permanecer dentro de los límites especificados en el punto4.1.2.3, sin alguna modificación de ajustes o correcciones.

A.7- Ensayo de exactitud sobre un calculador electrónico.

A.7.1- Los ensayos de exactitud deben incluir un ensayo de exactitudsobre la indicación de los resultados de la medición (volumen acondiciones de medición). Para este propósito, el error obtenido en laindicación del resultado se calcula considerando que el valor verdaderoes aquel calculado teniendo en cuenta el valor de las magnitudessimuladas aplicadas a las entradas del calculador y usando métodosnormalizados para el cálculo. Los errores máximos permitidos sonaquellos fijados en el punto 3.8.

A.7.2- Cuando el calculador ejecuta los cálculos para un dispositivo deconversión, los ensayos especificados en A.7.1 deben ser realizadospara el cálculo del volumen o masa a condiciones de base. Los erroresmáximos permitidos son los fijados en 3.7.2.1.3.

A.7.3- Los ensayos de exactitud también deben incluir un ensayo deexactitud sobre la medición de cada magnitud característica dellíquido. Para este propósito, el error obtenido en la indicación decada una de estas magnitudes características (estas indicaciones sonobligatorias considerando 4.6.7) se calcula considerando que el valorverdadero es aquel provisto por el patrón conectado a las entradas delcalculador y los cuales simulan el correspondiente dispositivo demedición asociado. Para la indicación de cada una de estas magnitudes,el error máximo permitido fijado en 3.7.2.1.1 ó 3.7.2.1.2 deben seraplicados, dependiendo del tipo de entrada con la cual el calculador esequipado.

A.7.4- Es además necesario realizar un ensayo con el fin de verificarla presencia y funcionamiento de los sistemas de monitoreo pertinentespara los dispositivos de medición asociados citados en 5.3.6.

A.8- Ensayo de exactitud sobre dispositivos de conversión.

Tal como se describió en 3.7, hay dos alternativas para verificar undispositivo de conversión. La alternativa a ser aplicada debe serespecificada por el solicitante de la aprobación de modelo.

A.8.1- Primera alternativa: Verificación del dispositivo de conversióncomo parte de un sistema de medición completo. Ello es necesario paraverificar si el dispositivo de conversión conectado a todos susdispositivos de medición asociados cumple con los requerimientos delpunto 3.7.1. Para este propósito, la magnitud a condiciones de mediciónla cual es convertida es supuesta sin error. Los errores máximospermitidos son aquellos fijados en 3.7.1.2. Los valores(convencionalmente) verdaderos para las magnitudes característicasdeben provenir de patrones apropiados (baños controladostermostáticamente, líquidos con densidad patrón, balanza de presión,etc.). Las magnitudes a condiciones de medición pueden ser simuladas.

A.8.2- Segunda alternativa: Verificación del dispositivo de conversióno sus componentes separados (como parte distinta de un sistema demedición completo).

En el caso de la segunda alternativa, es necesario verificar separadamente:

• el calculador con su dispositivo indicador, para verificar que loprevisto en los puntos 3.7.2.1, A.7.2, A.7.3, y A.7.4 se ha cumplido;

• el dispositivo de medición asociado, usando la indicación de lasmagnitudes características del dispositivo indicador que acompaña alcalculador, para verificar que las previsiones del punto 3.7.2.2 se hancumplido; y

• los sensores de medición asociados para verificar que lo previsto en 3.7.2.2. se ha cumplido.

Los valores (convencionalmente) verdaderos para las magnitudescaracterísticas deben provenir de patrones apropiados (bañoscontrolados termostáticamente, líquidos con densidad patrón, balanza depresión, etc.).

Las condiciones necesarias de compatibilidad deben ser indicadas en el certificado de aprobación de modelo.

A.9 - Ensayos de factores de influencia sobre dispositivos electrónicos.

A.9.1- General.

A.9.1.1- Para cada ensayo de desempeño, las condiciones típicas deensayo son indicadas, estas condiciones corresponden a condiciones demedio ambiente climáticas y mecánicas a las cuales los sistemas demedición están usualmente expuestos.

A.9.1.2- El solicitante de una aprobación de modelo puede indicarcondiciones ambientales especiales/específicas en la documentaciónsuministrada con la solicitud, basadas en el uso pretendido delinstrumento. En este caso, el INTI debe efectuar ensayos de desempeñopara el nivel de severidad correspondiente a dichas condicionesambientales. La placa de datos debe indicar los límitescorrespondientes de uso.

A.9.2- Niveles de severidad para temperatura.

En general, la elección de límites de temperatura inferiores osuperiores se harán considerando la instalación de los equipos (dentrode recintos o a la intemperie) y la/s zona/s a la/s que estarándestinados, teniendo en cuenta los niveles de severidad en los puntosA.9.5 y A.9.6.

A.9.3- Niveles de severidad para humedad

La siguiente tabla da la clasificación para los niveles de severidad para los ensayos de humedad:

ClaseNivel de severidad calor húmedo (ciclado)DescripciónH1-Aplicacionespara lugares cerrados. Humedad no controlada. Humidificación es usadapara mantener las condiciones requeridas, donde es necesario.Instrumentos de medición no sujetos a condensación de agua,precipitaciones, o formación de hielo.Las condiciones de esta clase pueden encontrarse en oficinas, ciertos talleres, y otras salas para aplicaciones especialesH21Aplicacionespara lugares cerrados sin control de humedad. Los instrumentos demedición pueden estar expuestos a condensación de agua, fuentes de aguadistinta de la lluvia, y formación de hielo.Las condiciones de esta clase pueden encontrarse en algunos ingresos yescaleras de edificios, en garajes, sótanos, cierto talleres, edificiosde fábricas y plantas de procesos industriales, recintos paraalmacenamiento de productos resistentes a las heladas, granjas, etc.H32Aplicaciones para lugares abiertos con condiciones climáticas promedio, excluyendo medio ambiente polar y desértico.A.9.4- Niveles de severidad para ensayos mecánicos.

La siguiente tabla da la clasificación para los niveles de severidad para los ensayos mecánicos:

ClaseNivel de severidad VibraciónDescripciónM1-Aplicaciones para lugares con vibración y choques de baja intensidad-Para instrumentos fijados en estructuras de soporte liviano sujetos avibraciones e impactos despreciables (transmitidas por actividadeslocales de ráfagas o vientos, cierres abruptos de puertas, etc.)M21Aplicaciones para lugares con importante o alto nivel de vibraciones e impactos-Vibración e impacto transmitido desde máquinas y tránsito de vehículosen la vecindad o adyacencia de maquinaria pesada, cinta transportadora,etc.M32Aplicaciones para lugares con alto y muy alto nivel de vibraciones e impactos-Para instrumentos montados directamente sobre máquinas, cintas transportadoras, etc.A.9.5- Calor seco.

Método de ensayo: Calor seco (sin condensación).

Objetivo del ensayo: Para verificar la conformidad con las exigenciasdefinidas en el punto 4.1.1, bajo condiciones de alta temperatura.

Referencias IEC 60068-2-2(1974-01), con enmiendas 1 (1993-02) y 2(1994-05), Ensayos ambientales, Parte 2: Ensayos, Ensayo B: Calor Seco.

IEC 60068-3-1 (1974-01) con Suplemento 1 (1978-01), Ensayosambientales, Parte 3: Información de antecedentes, sección 1: Ensayosde frío y calor seco.

Procedimiento de ensayo resumido: El ensayo consiste en exponer al EBEa la mayor temperatura especificada bajo condiciones de “aire libre”por un período de 2 horas, luego que el EBE haya alcanzado laestabilidad de temperatura. (Ver Nota 1)

El cambio de temperatura no debe exceder de 1 ºC/minuto durante la subida en el calentamiento y la bajada en el enfriamiento.

La humedad absoluta en el ambiente de ensayo no debe exceder de 20 g/m3.

Cuando el ensayo se ejecuta a temperaturas inferiores a 35 ºC, la humedad relativa no debe exceder del 50%.

El EBE debe ser ensayado a la temperatura de referencia de 20 ºC luego de una hora de acondicionamiento.

• A la mayor temperatura especificada, 2 horas después de la estabilización de la temperatura,

• Luego de 1 hora de retornar el EBE a la temperatura de referencia de 20 ºC.

Durante los ensayos, el EBE debe estar en operación.

Se permiten entradas simuladas. Los ensayos deben ser realizados, al menos, para un valor de caudal.

Severidad de los ensayosUno de los siguientes niveles de severidades debe ser especificado:12345Unidad3040557085ºCMáxima variación permitida: Todas las funciones deben operar como fueron diseñadas.

Todos los errores deben estar dentro del error máximo permitido.

A.9.6- Frío.

Método de ensayo: Frío.

Procedimiento de ensayo resumido: El ensayo consiste en exponer al EBEa la menor temperatura especificada bajo condiciones “aire libre” porun período de 2 horas, luego que el EBE ha alcanzado la estabilidad detemperatura. El EBE debe ser ensayado: (Ver Nota 1)

Objetivo del ensayo: Para verificar la conformidad con las exigenciasdefinidas en el punto 4.1.1, bajo condiciones de baja temperatura.

Referencias: IEC 60068-2-1(2007-03), Ensayos ambientales, Parte 2: Ensayos, Ensayo A: Frío.

IEC 60068-3-1 (1974-01) con Suplemento 1 (1978-01), Ensayos ambientales, Parte 3: Información de antecedentes, sección 1:

Ensayos de frío y calor seco.

• la temperatura de referencia de 20 ºC luego de una hora de acondicionamiento,

• a la menor temperatura especificada, 2 horas después de estabilizar la temperatura.

• luego de 1 hora de retornar el EBE a la temperatura de referencia de 20 ºC.

Durante los ensayos, el EBE deberá estar en operación. Se permitenentradas simuladas. Los ensayos deben ser realizados, al menos, para unvalor de caudal.

Severidad de los ensayosUno de los siguientes niveles de severidades debe ser especificado:1234Unidad5-10-25-40ºC

Máxima variación permitida: Todas las funciones deben operar como fueron diseñadas.

Todos los errores deben estar dentro del error máximo permitidos.

A.9.7- Calor húmedo, ciclado (con condensación).

Método de ensayo: Calor húmedo (con condensación).

Objetivo del ensayo: Para verificar la conformidad con las exigenciasdefinidas en el punto 4.1.1, bajo condiciones de elevada humedad cuandose combina con cambios cíclicos de temperatura.

Referencias: IEC 60068-2-30(2005-08), Ensayos ambientales, Parte 2Ensayos, Ensayo Db y orientación: Calor húmedo, ciclado (12 + 12 horasde ciclo) IEC 60068-3-4 (2001-08), Ensayos ambientales, Parte 3-4Documentación soporte y orientación - Ensayos de calor húmedo.

Procedimiento de ensayo resumido (Ver Nota 1)

El ensayo consiste en exponer el EBE a variaciones cíclicas detemperatura entre 25 ºC y la temperatura superior apropiada,manteniendo la humedad relativa encima del 95% durante los cambios detemperatura y durante las fases de baja temperatura y a 93% en lasfases de alta temperatura. La condensación debe ocurrir sobre el EBEdurante el aumento de temperatura.

Un ciclo de 24 horas consiste de:

• incremento de temperatura durante 3 horas,

• temperatura mantenida en el valor superior hasta 12 horas desde el inicio del ciclo.

• bajar la temperatura al valor inferior dentro de 3 a 6 horas, elgradiente de bajada durante la primera hora y media debe ser tal que elvalor inferior sería alcanzado en 3 horas.

• temperatura mantenida en el valor inferior hasta completar las 24 horas del ciclo.

El período de estabilización anterior y luego de la recuperación a laexposición al ciclado debe ser tal que todas las partes del EBE esténaproximadamente a su temperatura final.

El suministro de energía no se activa cuando el factor de influencia se aplica.

Luego de la aplicación del factor de influencia y recuperación, el EBE debe ser ensayado, al menos, en un valor de caudal.

Durante los ensayos, el EBE debe estar en operación. Se permiten entradas simuladas.

Severidad de los ensayosUno de los siguientes niveles de severidades debe ser especificado:UnidadNiveles de severidad12Temperatura superior4055ºCDuración22CiclosMáxima variación permitida: Luego de la aplicación del factor de influencia y su recuperación:

• todas las funciones deben operar como fueron diseñadas,

• todos los errores deben estar dentro del error máximo permitidos.

A.9.8- Vibración (aleatoria).

Método de ensayo: Vibración aleatoria.

Objetivo del ensayo: Para verificar la conformidad con las exigenciasdefinidas en el punto 4.1.1, bajo condiciones de vibración aleatoria.

Referencias: IEC 60068-2-47(2005-04), Ensayos ambientales, Parte 2-47:

Métodos de ensayos, montaje de componentes, equipos y otros artículos para vibración, impacto y ensayos dinámicos similares.

IEC 60068-2-64 (1993-05), con corrección 1 (1993-10), Ensayos centradosvuelta y vuelta ambientales, Parte 2: Métodos de ensayos, ensayo Fh:Vibración, aleatoria de banda ancha (control digital) y orientación.

Procedimiento de ensayo resumido: El EBE debe, sucesivamente, serensayado en tres ejes mutuamente perpendiculares, montado sobre unafijación rígida por sus medios normales de montaje. (Ver Nota 1)

El EBE debe ser montado normalmente, de forma que la fuerza deatracción gravitatoria actúe en la misma dirección tal como en lascondiciones normales de uso.

El suministro de energía no es activado cuando el factor de influencia se aplica.

Luego de la aplicación del factor de influencia, el EBE debe ser, al menos, ensayado en un valor de caudal.

Severidad de los ensayosEl siguiente nivel de severidad debe ser especificado:2Rango total de frecuencia10 -150 HzNivel total RMS7 m.s-2Nivel ASD 10-20 Hz1m2.s-3Nivel ASD 20-150 Hz-3 dB/octavaNúmero de ejes3Duración por eje2 minutosMáxima variación permitida: Luego de la aplicación del factor de influencia:

Todas las funciones deben operar como fueron diseñadas.

Todos los errores deben estar dentro del error máximo permitidos.

A.10- Ensayos de perturbaciones eléctricas.

A.10.1- General.

A.10.1.1- Niveles de severidad en ensayos de perturbaciones eléctricas.

La siguiente tabla da una clasificación de los ensayos de perturbaciones eléctricas:

ClaseDescripciónE1Aplicacionespara instrumentos usados en locales con perturbacioneselectromagnéticas correspondientes a aquellas probablemente encontradasen un medio ambiente residencial, comercial y de industrias livianas. (como las descritas en IEC EN 61000-6-1 la cual proporciona el criterio para este ensayo IEC)E2Aplicacionespara instrumentos usados en locales con perturbacioneselectromagnéticas correspondientes a aquellas probablemente encontradasen un medio ambiente de industrias pesadas (como las descritas en IEC EN 61000-6-2 la cual proporciona el criterio para este ensayo IEC).La relación entre la clase y los niveles de severidad aplicables están dadas en la tabla siguiente:

Nivel de severidad para clase:EnsayoE1E2SecciónDescripción11A.10.2.1Variaciones de la tensión principal de CA (monofásica).NANAA.10.2.2Variaciones de la tensión principal de CC.23A.10.3Inmunidad a los huecos, interrupciones breves y variaciones de tensión sobre la alimentación principal de CA.23A.10.4Ráfagas (transitorios) sobre la alimentación principal de CA y CC.33A.10.5Descarga electrostática. (ESD).23A.10.6Transitorios rápidos / ráfagas sobre líneas de señal, de datos y de control.22A.10.7Ondas de choque (surges) sobre líneas de señal, de datos y de control.NA1A.10.8Inmunidad a los huecos, interrupciones breves y variación de tensión sobre la alimentación principal de CC.NA1A.10.9Ondulación (ripple) sobre los puertos de alimentación de entrada de CC.33A.10.10Inmunidad a ondas de choque (surges) sobre las líneas principales de CA y CC.23A.10.11.1Campos electromagnéticos radiados, de radiofrecuencia, de origen general.33A.10.11.2Campos electromagnéticos radiados de radiofrecuencia específicamente causados por telefonía digital.23A.10.11.3Campos de radiofrecuencia conducidos.A.10.1.2- Dispositivos electrónicos alimentados por baterías.

Hay una diferencia entre los ensayos para instrumentos alimentados por:

(a)    Baterías descartables,

(b)    Baterías recargables en general, y

(c) Baterías de vehículos.

Para el caso de baterías descartables y recargables de naturaleza general, no se dispone de normas de aplicación.

Los dispositivos alimentados por baterías no recargables o por bateríasrecargables que no se pueden cargar (y recargar) durante la operacióndel sistema de medición, deben cumplir con los siguientesrequerimientos:

(a) El dispositivo provisto con baterías nuevas o totalmenterecargadas, del tipo especificado, debe cumplir con los requerimientosmetrológicas aplicables;

(b) A medida que la tensión de la batería vaya bajando hasta el valorespecificado por el fabricante como el valor de tensión mínima para elcual el dispositivo cumple con los requerimientos metrológicos, éstedebe ser detectado y el sistema de monitoreo actuar en consecuencia, enun todo de acuerdo con el punto 5.3.

Para estos dispositivos, no se realizarán ensayos especiales de perturbaciones asociadas con la alimentación principal.

Los dispositivos alimentados por baterías auxiliares recargables que seprevén (re) cargar durante la operación del instrumento de medicióndeben:

(a) Cumplir con los requerimientos para dispositivos alimentados porbaterías no recargables o por baterías recargables que no se puedan(re)cargar durante la operación del sistema de medición, con laalimentación principal apagada; y

(b) Cumplir con los requerimientos para dispositivos alimentados por CA, con alimentación principal encendida.

Dispositivos alimentación por energía principal y suministrada con unbatería de reserva para el almacenamiento de datos solamente, debencumplir con los requerimientos para dispositivos con alimentaciónprincipal de CA.

Para la alimentación de dispositivos electrónicos por una batería abordo de un vehículo, una serie de ensayos especiales de perturbacionesasociadas con el suministro de alimentación son dados en la SecciónA.11 de este Anexo.

A.10.2- Variaciones de la tensión principal.

A.10.2.1- Variaciones de la tensión principal de CA (monofásica).

Método de ensayo: Variación de la tensión principal de alimentación de CA (monofásica).

Objetivo del ensayo: Para verificar la conformidad con las exigenciasdefinidas en el punto 4.1.1, bajo condiciones de variación de tensiónprincipal de alimentación de CA.

Referencias: IEC/TR3 61000-2-1(1990-05), CompatibilidadElectromagnética, (EMC), Parte 2: Medio ambiente Sección 1: Descripcióndel medio ambiente - Ambientes electromagnéticos para baja frecuenciaconductor de perturbaciones y señales en los sistemas públicos desuministro de energía.

IEC 61000-4-1 (2006-10), Publicación Básica EMC, Compatibilidadelectromagnética (EMC), Parte 4: Ensayos y técnicas de medición,Sección 1: Visión general de la serie IEC 61000-4.

Procedimiento de ensayo resumido: El ensayo consiste en exponer el EBEa las condiciones de alimentación especificadas, mientras el EBE seopera bajo condiciones atmosféricas normales. Durante los ensayos, elEBE debe estar en operación, admitiendo entradas simuladas. Los ensayosdeben ser efectuados, al menos, para un valor de caudal. (Ver Nota 1)

Severidad de los ensayosEl siguiente nivel de severidad debe ser especificado:Nivel de severidad1

Límite inferiorLímite superiorTensión principalUnom -15%Unom +10%Este ensayo no es aplicable a equipamientos alimentados por una batería de vehículo.

En el caso de suministro de energía trifásico, la variación de tensión debe aplicarse para cada fase sucesivamente.

Los valores de U son aquellos marcados sobre el instrumento demedición. En el caso de que un rango sea especificado, el signo “-” seaplica al valor inferior y el signo “+” se aplica al valor superior delrango.

Máxima variación permitida: Todas las funciones deben operar como fueron diseñadas.

Todos los errores deben estar dentro del error máximo permitidos.

A.10.2.2- Variaciones de la tensión principal de CC.

Método de ensayo: Variación de la tensión principal de CC.

Objetivo del ensayo: Para verificar la conformidad con las exigenciasdefinidas en el punto 4.1.1, bajo condiciones de variación de tensiónprincipal de CC.

Referencias: IEC 60654-2 (1979-01), con enmiendas 1 (1992-09)condiciones operativas para mediciones en procesos industriales yequipamiento de control. Parte 2: Energía - Edición consolidada.

Procedimiento de ensayo resumido: El ensayo consiste en exponer el EBEa las condiciones de alimentación especificadas mientras el EBE esoperado bajo condiciones atmosféricas normales. Durante el ensayo, elEBE estará en operación, y se admiten entradas simuladas. (Ver Nota 1)

Los ensayos deben efectuarse, al menos, a un valor de caudal.

Severidad del ensayo: El rango de operación de CC, tal como el especificado por el fabricante pero no menor que Unom -15% = Unom = Unom +10%.Este ensayo no es aplicable a equipamientos alimentados por una batería de vehículo.

Máxima variación permitida:

A los niveles de suministro de tensión entre el límite superior e inferior:

Todas las funciones deben operar como fueron diseñadas.

Todos los errores deben estar dentro del error máximo permitidos.

A.10.3- Inmunidad a los huecos, interrupciones breves y variaciones de tensión en la tensión principal de CA.

Método de ensayo: Reducciones de corta duración en la tensión principal

Objetivo del ensayo: Para verificar la conformidad con las exigenciasdefinidas en el punto 4.1.1, bajo condiciones de reducción de cortaduración en la tensión principal.

Referencias: IEC 61000-4-11 (2004-03), Compatibilidad Electromagnética(EMC), Parte 4-11: Ensayos y técnicas de medición - Ensayos deinmunidad a las caídas de tensión, interrupciones cortas y de variaciónde tensión.

IEC 61000-6-1 (2005-03), Compatibilidad Electromagnética (EMC) - Parte6-1: Norma genérica - Inmunidad para ambientes residenciales,comerciales e industrias livianas.

IEC 61000-6-2 (2005-01), Compatibilidad Electromagnética (EMC) - Parte6-2: Norma genérica - Inmunidad para ambientes industriales (nivel deseveridad 3).

Procedimiento de ensayo resumido: Un generador adecuado es utilizado enel ensayo para reducir por un período definido de tiempo la amplitud dela tensión principal CA. (Ver Nota 1)

El desempeño del generador para el ensayo debe ser verificado antes de conectar el EBE.

La reducción de la tensión principal deberá repetirse 10 veces con un intervalo de por lo menos 10 segundos.

Las interrupciones y reducciones son repetidas durante todo el tiemponecesario para efectuar la totalidad del ensayo; por esta razón, más de10 interrupciones y reducciones pueden ser necesarias.

Durante el ensayo, el EBE deberá estar operando, y se permiten entradassimuladas. Los ensayos deben ser realizados, al menos, a un valor decaudal.                             Severidad de los ensayosUno de los siguientes niveles de severidades debe ser especificado:UnidadNiveles de severidades23EnsayosTest aTest bTest cTest aTest bTest cTest dTest eReducción de tensiónReducción a (caída)007000407080%Duración **0,5125/300,5110/1225/30250/300ciclosNotasEste ensayo es sólo aplicable a equipos alimentados con CA de red.** Estos valores de duración son para 50 Hz / 60 Hz, respectivamente.Máxima variación permitida:

a) Para sistemas de medición interrumpibles.

No deben ocurrir fallas significativas o el sistema de monitoreo debedetectar un mal funcionamiento y actuar en consecuencia en un todo deacuerdo con el punto 5.3 cuando ocurren fallas significativas.

b) Para sistemas de medición no interrumpibles.

No deben ocurrir fallas significativas.

A.10.4 - Ráfagas (transitorios) sobre la alimentación principal de CA y CC.

Método de ensayo: Ráfagas eléctricas.

Objetivo del ensayo: Para verificar la conformidad con las exigenciasdefinidas en el punto 4.1.1, bajo condiciones donde las ráfagaseléctricas son superpuestas a la tensión principal.

Este ensayo no es aplicable a los instrumentos conectados a baterías devehículos; ver sección A.11 para ensayos específicos requeridos sobreestos instrumentos.

Referencias: IEC 61000-6-1(2005-03), Compatibilidad Electromagnética(EMC), Parte 6-1: Norma genérica - Inmunidad para ambientesresidenciales, comerciales y de industrias livianas (nivel de severidad2).

IEC 61000-6-2 (2005-01), Compatibilidad Electromagnética (EMC) - Parte6-2: Norma genérica - Inmunidad para ambientes industriales (nivel deseveridad 3).

IEC 61000-4-1 (2006-10), Compatibilidad Electromagnética (EMC) - Parte4-1: Ensayos y técnicas de medición - Visión general de la serie IEC61000-4.

IEC 61000-4-4 (2004-07), con corrección 1 (2006-08) CompatibilidadElectromagnética (EMC) -Parte 4: Ensayos y técnicas de medición,Sección 4: Ensayo de inmunidad eléctrica con ráfagas transitoriasrápidas. Publicación EMC básica.

Procedimiento de ensayo simplificado: Un generador de ráfagas debe serusado con la característica de desempeño de acuerdo a lo especificadoen la norma de referencia. (Ver Nota 1)

El ensayo consiste en exponer el EBE a ráfagas de picos de tensión, lafrecuencia de repetición de los impulsos y los valores pico de latensión de salida sobre una carga de 50 ? y 1000 ? son definidos en lanorma de referencia.

Las características del generador deben ser verificadas antes de conectar el EBE.

Como mínimo deben aplicarse 10 ráfagas positivas y 10 negativas desfasadas aleatoriamente.

Para prevenir que la energía de las ráfagas se disipe en la red principal de alimentación, ésta contendrá filtros de bloqueo.

Las ráfagas se aplican durante todo el tiempo necesario para efectuarel ensayo; por lo tanto, más ráfagas que las indicadas arriba puedenser necesarias.

Durante los ensayos, el EBE debe estar operando, permitiéndose entradassimuladas. Los ensayos deben ser realizados, al menos, para un valordel caudal.

Severidad de los ensayosUno de los siguientes niveles de severidad debe ser especificado:UnidadNiveles de severidad23Amplitud (valor pico)Línea de alimentación12kVNotasEnsayossobre líneas de alimentación son aplicables solamente para instrumentosalimentados por CA o CC de la línea principal energía.Máxima variación permitida:

a) Para sistemas de medición interrumpibles.

No deben ocurrir fallas significativas o el sistema de monitoreo debedetectar un mal funcionamiento y actuar en consecuencia en un todo deacuerdo con el punto 5.3 cuando ocurren fallas significativas.

b) Para sistemas de medición no interrumpibles.

No deben ocurrir fallas significativas.

A.10.5 - Descarga electrostática.

Método de ensayo: Descarga electrostática (ESD).

Objetivo del ensayo: Para verificar la conformidad con las exigenciasdefinidas en el punto 4.1.1, bajo condiciones de descargaselectrostáticas directas e indirectas.

Referencias: IEC 61000-6-1(2005-03), Compatibilidad Electromagnética(EMC) - Parte 6-1: Norma genérica - Sección 1: Inmunidad para ambientesresidenciales, comerciales y de industrias livianas.

IEC 61000-6-2 (2005-01), Patrones genéricos - Inmunidad para ambientes industriales.

IEC 61000-4-2 (2001-04), Compatibilidad Electromagnética (EMC) - Parte4-2: Ensayos y técnicas de medición, Ensayo de inmunidad de descargaelectrostática.

Procedimiento de ensayo resumido: Un generador de ESD debe ser usadocon la prestación especificada en la norma de referencia. (Ver Nota 1)

El EBE debe ser ensayado bajo condiciones de referencia.

Para EBE no equipados con una terminal de tierra, el EBE totalmente descargado entre cada aplicación de las descargas.

La descarga por contacto es el método de ensayo preferido; la descargapor aire será utilizada solamente cuando el ensayo de descarga porcontacto no pueda aplicarse.

Aplicación directa (descarga por contacto):

El modo de descarga por contacto es llevado a cabo sobre superficies conductoras, el electrodo debe hacer contacto con el EBE.

Como mínimo 10 descargas se aplicarán para cada punto de ensayo. Elintervalo de tiempo entre descargas sucesivas será, al menos, de 10segundos, durante la misma medición o en una medición simulada.

Las descargas se aplican durante todo el tiempo necesario para efectuarel ensayo; para este propósito más descargas que las indicadas arribapueden ser necesarias.

Aplicación indirecta (descarga en aire):

Las descargas en aire se aplican en el modo contacto para acoplarplanos montados en la vecindad del EBE. Como mínimo 10 descargas debenaplicarse a cada punto de ensayo, para el plano de acoplamientohorizontal y para cada posición del plano de acoplamiento vertical. Elintervalo de tiempo entre descargas sucesivas debe ser como mínimo de10 segundos, durante la misma medición o en una medición simulada.

Las descargas se aplican durante todo el tiempo necesario para efectuarel ensayo; para este propósito más descargas que las indicadas arribapueden ser necesarias.

Durante el ensayo, el EBE debe estar operando; se permite la simulaciónde entradas. Los ensayos deben ser realizados, como mínimo, a un valorde caudal.

Severidad de los ensayosEl siguiente nivel de severidad debe ser especificado:UnidadNivel de severidad3Tensión de ensayoDescarga por contacto6kVDescarga en aire8kVMáxima variación permitida:

a) Para sistemas de medición interrumpibles.

No deben ocurrir fallas significativas o el sistema de monitoreo debedetectar un mal funcionamiento y actuar en consecuencia, en un todo deacuerdo con el punto 5.3 cuando ocurren fallas significativas.

b) Para sistemas de medición no interrumpibles.

No deben ocurrir fallas significativas.

A.10.6 - Transitorios rápidos/ráfagas sobre líneas de señal, de datos y de control.

Método de ensayo: Transitorios eléctricos rápidos/ráfagas.

Objetivo del ensayo: Para verificar la conformidad con las exigenciasdefinidas en el punto 4.1.1, bajo condiciones donde las ráfagaseléctricas son superpuestas sobre entradas/salidas de puertos decomunicación.

Referencias: IEC 61000-6-1(2005-03), Compatibilidad Electromagnética(EMC) - Parte 6-1: Norma genérica - Sección 1: Inmunidad para ambientesresidenciales, comerciales y de industrias livianas (nivel de severidad2).

IEC 61000-6-2 (2005-01) Compatibilidad Electromagnética (EMC) - Parte6-2: Norma genérica - Inmunidad para ambientes industriales (nivel deseveridad 3).

IEC 61000-4-1 (2006-10) Compatibilidad Electromagnética (EMC), Parte4-1: Ensayos y técnicas de medición - Visión general de la Norma serieIED 61000-4.

IEC 61000-4-4 (2004-07) con corrección 1 (2006-08) CompatibilidadElectromagnética (EMC) -Parte 4: Ensayos y técnicas de medición,Sección 4: ensayo de inmunidad eléctrica a ráfagas/ transitoriosrápidos. Publicación EMC básica.

Procedimiento de ensayo resumido: Un generador de ráfagas debe serusado con las características de desempeño de acuerdo a lo especificadoen la norma de referencia. (Ver Nota 1)

El ensayo consiste en exponer a ráfagas de picos de tensión cuyasfrecuencias de repetición de impulsos y valores pico de la tensión desalida sobre una carga de 50 Ω y 1000 Ω están definidos en la norma de referencia.

Las características del generador deben ser verificadas antes de conectar el EBE.

Ambas polaridades de ráfagas, positivas y negativas, deben ser aplicadas.

La duración del ensayo no debe ser inferior a 1 minuto por cada amplitud y polaridad.

Para acoplar las ráfagas a la entrada /salida y con las líneas decomunicación, se debe utilizar una mordaza de acoplamiento capacitivacomo la definida en la norma de referencia.

Las ráfagas se aplican durante todo el tiempo necesario para efectuarel ensayo; motivo por el cual pueden ser necesarias más ráfagas que lasindicadas anteriormente.

Durante los ensayos, el EBE debe estar operando, admitiéndose entradassimuladas. Los ensayos deben ser realizados, al menos, a un valor decaudal.

Severidades del ensayoUno de los siguientes niveles de severidad debe ser especificado:UnidadNiveles de severidad23Amplitud (valor pico)0,51kVNotas:9)Ensayos sobre líneas de señal son aplicables solamente para entradas ysalidas de señal, de datos y de puertos de control con una longitud decable que excede los 3 metros (como el especificado por el fabricante).10) Este ensayo no es aplicable para equipamiento alimentado por batería de vehículo.Máxima variación permitida:

a) Para sistemas de medición interrumpibles.

No deben ocurrir fallas significativas o el sistema de monitoreo debedetectar un mal funcionamiento y actuar en consecuencia en un todo deacuerdo con el punto 5.3 cuando ocurren fallas significativas.

b) Para sistemas de medición no interrumpibles.

No deben ocurrir fallas significativas.

A.10.7 - Ondas de choque (surges) sobre líneas de señal, de datos y de control.

Método de ensayo: Ondas de choque (surges) sobre líneas de señal, de datos y de control.

Objetivo del ensayo: Para verificar la conformidad con las exigenciasdefinidas en el punto 4.1.1, bajo condiciones donde los aumentosrepentinos de tensión se superponen sobre puertos de entrada/salida yde comunicación.

Referencias: IEC 61000-6-1 (2005-03) Compatibilidad electromagnética(EMC) - Parte 6-1: Norma Genérica - Sección 1: Inmunidad para ambientesresidenciales, comerciales y de industrias livianas (nivel de severidad2).

IEC 61000-6-2 (2005-01) Compatibilidad electromagnética (EMC) - Parte6-2: Norma genérica - Inmunidad para ambientes industriales (nivel deseveridad 3).

IEC 61000-4-5 (2005-11), Compatibilidad Electromagnética (EMC) - Parte4-5: Ensayos y técnicas de medición - Ensayo de inmunidad a ondas dechoque (surges).

Procedimiento de ensayo resumido: Un generador de ondas de choque(surges) debe ser usado con sus características de desempeño de acuerdoa lo especificado en la norma de referencia. El ensayo consiste en laexposición a ondas de choque (surges) cuyos tiempos de crecimiento,anchos de pulso, valores pico de tensión/corriente de salida sobrecargas de alta/baja impedancia y mínimo intervalo de tiempo entre dospulsos sucesivos están todos definidos en la norma de referencia. (VerNota 1)

Las características del generador deben ser verificadas antes de conectar el EBE.

Deben aplicarse, al menos, 3 pulsos positivos y 3 negativos sobre las líneas de señal, de control y de datos.

Las redes de inyección dependen de las líneas en las que se acopla la perturbación y están definidas en la norma de referencia.

Los disturbios se aplican durante todo el tiempo necesario paraefectuar el ensayo; para este propósito más disturbios que losindicados arriba pueden ser necesarios.

Durante el ensayo, el EBE debe estar operando, permitiéndose entradassimuladas. Los ensayos deben ser realizados, al menos, a un valor decaudal.

Severidad de los ensayosEl siguiente nivel de severidad debe ser especificado:UnidadNivel de severidad (Clase de instalación)2Líneas asimétricas (desbalanceada)Línea a línea0,5kVLínea a tierra1,0kVLíneas simétricas (balanceada)Línea a líneaNAkVLínea a tierra1,0kVPantalla I/O y líneas de comunicaciónLínea a líneaNAkVLínea a tierra0,5kVNotas:Ensayossobre líneas de señal se aplican solamente para puertos de señal, deentrada/salida, de datos y de control con una longitud de cable queexceda los 30 metros (como sea especificado por el fabricante).Los cables interiores de señal de CC, de datos y de control (sin importar la longitud) están exentos de este ensayo.Máxima variación permitida:

a) Para sistemas de medición interrumpibles.

No deben ocurrir fallas significativas o el sistema de monitoreo debedetectar un mal funcionamiento y actuar en consecuencia en un todo deacuerdo con el punto 5.3 cuando ocurren fallas significativas.

b) Para sistemas de medición no interrumpibles.

No deben ocurrir fallas significativas.

En cualquiera de los dos casos de arriba a) o b), se permite laintervención humana para poner el EBE en operación luego del ensayo(por ejemplo: reemplazar un fusible), siempre que todo dato relevanteesté disponible después de la intervención humana.

A.10.8 - Inmunidad a los huecos, interrupciones breves y variaciones de tensión en la alimentación principal de CC.

Método de ensayo: Huecos, interrupciones cortas y variación de tensión sobre los puertos de alimentación de entrada de CC.

Objetivo del ensayo: Para verificar la conformidad con las exigenciasdefinidas en el punto 4.1.1, bajo condiciones de huecos, interrupcionescortas y variación de tensión sobre los puertos de alimentación de entrada de CC.

Referencias: IEC 61000-4-29 (2000-08), Compatibilidad Electromagnética(EMC) - Parte 4-29: Ensayos y técnicas de medición - Ensayo deinmunidad a huecos, interrupciones cortas y variación de tensión sobrelos puertos de alimentación de entrada de CC.

Procedimiento de ensayo resumido: Un generador cómo el definido en lanorma de referencia debe ser utilizado. Antes de comenzar el ensayo, eldesempeño del generador debe ser verificado. (Ver Nota 1)

Los huecos y las interrupciones cortas deben ser ensayadas sobre elEBE, para cada combinación seleccionada de nivel de ensayo y duración,con una secuencia de tres caídas/interrupciones con intervalos de 10segundos como mínimo entre cada evento ensayado.

El EBE debe ensayarse para cada variación de tensión especificada, tresveces a intervalos de 10 segundos, en los modos operativos másrepresentativos.

Las perturbaciones son aplicadas durante todo el tiempo necesario paraefectuar el ensayo; para este propósito más perturbaciones que lasindicadas arriba pueden ser necesarias.

Durante el ensayo, el EBE debe estar operando, permitiéndose entradassimuladas. Los ensayos deben ser realizados, al menos, a un valor decaudal.

Severidad de los ensayosEl siguiente nivel de severidad debe ser especificado:UnidadCaída de tensiónNivel de severidad1 (ensayo aplicable solamente a ambientes E2)Niveles de ensayo40 y 70% de tensión nominalDuración0,1sInterrupción cortaCondición de ensayoAlta impedancia y/o baja impedanciaNiveles de ensayo0% de tensión nominalDuración0,01sVariaciones de tensiónNivel de severidad1Nivel de ensayo85 y 120% de tensión nominalDuración10sNotas:Siel EBE se ensaya para interrupciones cortas, es innecesario el ensayopara otros niveles de la misma duración, a menos que la inmunidad delequipamiento sea perjudicialmente afectada por caídas de tensiónmenores que el 70% de tensión nominal. Este ensayo no es aplicable para equipamiento alimentado por batería de vehículo.

Máxima variación permitida:

a) Para sistemas de medición interrumpibles.

No deben ocurrir fallas significativas o el sistema de monitoreo debedetectar un mal funcionamiento y actuar en consecuencia en un todo deacuerdo con el punto 5.3 cuando ocurren fallas significativas.

b) Para sistemas de medición no interrumpibles.

No deben ocurrir fallas significativas.

A.10.9 - Ondulación (ripple) sobre los puertos de alimentación de entrada de CC.

Método de ensayo: Ondulación (ripple) sobre los puertos de alimentación de entrada de CC.

Objetivo del ensayo: Para verificar la conformidad con las exigenciasdefinidas en el punto 4.1.1, bajo condiciones de onda sobre los puertosde alimentación de baja tensión de CC.

Este ensayo no se aplica a instrumentos conectados a sistemas de cargade baterías incorporando un interruptor de como convertidor de modo.

Referencias: IEC 61000-4-17 (2002-07) Edición consolidada 1.1Compatibilidad Electromagnética (EMC) - Parte 4-17: Ensayos y técnicasde medición - Ensayo de inmunidad a la ondulación sobre la entrada dealimentación de CC.

Procedimiento de Ensayo resumido: Un generador de ensayo cómo eldefinido en la norma de referencia debe ser utilizado. Antes decomenzar el ensayo, el desempeño del generador debe ser verificado.

El ensayo consiste en someter a instrumentos eléctricos y electrónicosa ondulaciones (ripple) de tensión tal como aquellas generadas porsistemas rectificadores y/o servicios auxiliares de cargadores debaterías superpuestas sobre la fuente de alimentación de energía de CC.La frecuencia de la ondulación es la frecuencia de la red de energía osu segundo, tercer o sexto múltiplo, como esté precisado en laespecificación del producto.

La forma de la onda de ripple, a la salida del generador de ensayo, tiene una característica sinusoidal - lineal.

El ensayo debe aplicarse por lo menos 10 minutos o por el período detiempo necesario para permitir la verificación completa del desempeñooperativo de los EBE.

Durante el ensayo, el EBE debe estar operando, permitiéndose entradassimuladas. Los ensayos deben ser realizados, al menos, a un valor decaudal.

Severidad de los ensayosEl siguiente nivel de severidad debe ser especificado:Nivel de severidad1Porcentaje de la tensión CC nominal (15)2(15)Notas:15) En el ensayo de nivel la tensión pico a pico es expresada como un porcentaje de la tensión nominal de CC, UDC16) Este ensayo no es aplicable para equipamiento alimentado por batería de vehículo.Máxima variación permitida:

a) Para sistemas de medición interrumpibles.

No deben ocurrir fallas significativas o el sistema de monitoreo debedetectar un mal funcionamiento y actuar en consecuencia en un todo deacuerdo con el punto 5.3 cuando ocurren fallas significativas.

b) Para sistemas de medición no interrumpibles.

No deben ocurrir fallas significativas.

A.10.10 - Inmunidad a ondas de choque (surges) sobre las líneas principales de CA y CC.

Método de ensayo: Ondas de choque (surges) sobre las líneas principales de alimentación de CA y CC.

Objetivo del ensayo: Para verificar la conformidad con las exigenciasdefinidas en el punto 4.1.1, bajo condiciones donde ondas de choque(surge) son superpuestos sobre la tensión principal.

Este ensayo no es aplicable a instrumentos conectados a baterías devehículo (ver sección A.12 para ensayos específicos requeridos porestos instrumentos).

Este ensayo no es aplicable a redes internas de alimentación de energía de CC.

Referencias: IEC 61000-6-1(2005-03) Compatibilidad Electromagnética(EMC) - Norma genérica - Sección 1: Inmunidad para ambientesresidenciales, comerciales y de industrias livianas.

IEC 61000-6-2 (2005-01) Compatibilidad Electromagnética (EMC) - Parte6-2: Norma genérica - Inmunidad para ambientes industriales.

IEC 61000-4-5 (2005-11) Compatibilidad Electromagnética (EMC) - Parte4-5: Ensayos y técnicas de medición - Ensayo de inmunidad a ondas dechoque (surges).

Procedimiento de ensayo resumido: Un generador de perturbaciones(surges) debe ser usado con las características de desempeño de acuerdoa lo especificado en la norma de referencia IEC 61000-4-5. El ensayoconsiste en exponer a perturbaciones cuyos tiempos de crecimiento,anchos de pulso, valores de pico de la tensión/corriente de salidasobre cargas de impedancia alta/baja y mínimo intervalo de tiempo entredos pulsos sucesivos están definidos en la norma de referencia. Lascaracterísticas del generador deben ser verificadas antes de conectarel EBE. (Ver Nota 1)

Sobre las líneas de alimentación principal de CA, como mínimo 3 pulsospositivos y tres negativos deben aplicarse sincronizadamente con latensión de alimentación de CA en ángulos de 0º, 90º, 180º y 270º. Sobrelas líneas alimentación de energía de CC, al menos 3 pulsos positivos y3 negativos deben aplicarse. La red de inyección depende de las líneassobre las que la perturbación se acopla y están definidas en la normade referencia.

Las perturbaciones se aplican durante todo el tiempo necesario paraefectuar el ensayo; para este propósito más perturbaciones que lasindicadas arriba pueden ser necesarias.

Durante los ensayos, el EBE deberá estar operando, permitiéndoseentradas simuladas. Los ensayos deben ser realizados, al menos, a unvalor de caudal.

Severidad de los ensayosEl siguiente nivel de severidad debe ser especificado (ambas clases E1 y E2):UnidadNivel de severidad (clase de instalación)3Línea a línea1,0kVLínea a tierra2,0kVMáxima variación permitida:

a) Para sistemas de medición interrumpibles.

No deben ocurrir fallas significativas o el sistema de monitoreo.

Debe detectar un mal funcionamiento y actuar en consecuencia en un todode acuerdo con el punto 5.3 cuando ocurren fallas significativas.

b) Para sistemas de medición no interrumpibles.

No deben ocurrir fallas significativas.

En cualquiera de los dos casos anteriores a) o b), se permite laintervención humana para poner el EBE en operación luego del ensayo(por ejemplo: reemplazar un fusible), siempre que todo dato relevanteesté disponible después de la intervención humana.

A.10.11 - Ensayos de inmunidad a la radiofrecuencia

A.10.11.1 - Campos electromagnéticos radiados, de radiofrecuencia, de origen general

Método de ensayo: Campos electromagnéticos radiados

Objetivo del ensayo: Para verificar la conformidad con las exigenciasdefinidas en el punto 4.1.1, bajo condiciones de camposelectromagnéticos.Referencias: IEC 61000-6-1(2005-03) Compatibilidad Electromagnética(EMC) - Parte 6-1: Norma Genérica - Sección 1: Inmunidad para ambientesresidenciales, comerciales y de industrias livianas (nivel de severidad2).

IEC 61000-6-2 (2005-01) Compatibilidad Electromagnética (EMC) - Parte6-2: Norma Genérica - Sección 1: Inmunidad para ambientes industriales(nivel de severidad 3).

IEC 61000-4-3 (2006-2), Compatibilidad Electromagnética (EMC) - Parte4-3: Ensayos y técnicas de medición - Ensayo de inmunidad a los camposelectromagnéticos radiados de radiofrecuencia.

Procedimiento de ensayo resumido: El EBE debe ser expuesto a unaintensidad de campo electromagnético de acuerdo a lo especificado porel nivel de severidad y con una uniformidad de campo como la definidaen la norma de referencia IEC 61000-4-3. (Ver Nota 1)

El campo electromagnético puede ser generado en diferentesinstalaciones, no obstante, el uso de éstas está limitado por lasdimensiones del EBE y el rango de frecuencia de la instalación.

Los rangos de frecuencia a considerar son barridos con la señalmodulada, pausando para ajustar el nivel de la señal de radiofrecuenciao para conmutar osciladores y antenas según sea necesario. Cuando elrango de frecuencia es barrido incrementalmente, el tamaño del escalónno excederá el 1% del valor de la frecuencia precedente.

El tiempo de permanencia de la portadora modulada en amplitud en cadafrecuencia, no debe ser menor que el tiempo necesario para que el EBEpueda ser operado y responda, pero en ningún caso debe ser inferior a0,5 segundos. Las frecuencias sensibles (por ejemplo: frecuencia delreloj interno) deben ser analizadas separadamente (usualmente, estasfrecuencias sensibles pueden esperarse por ser las frecuencias emitidaspor el EBE).

Durante los ensayos, el EBE debe estar operando, permitiéndose entradassimuladas. Los ensayos deben ser realizados, al menos, a un valor decaudal

Severidad de los ensayosUno de los siguientes niveles de severidad debe ser especificado:UnidadNivel de severidad23Rango de frecuencia26 - 800 MHz (nota 16) 80 - 800 MHz (nota 17)310V/m960- 1400 MHz310V/mModulaciónIndice 80% AM, 1 kHz onda senoidalNotas:17)IEC 61000-4-3 (2006-02) solamente especifica niveles de ensayo porencima de 80 MHz. Para frecuencias en el rango inferior, los métodos deensayo por perturbaciones de radiofrecuencia conducida son recomendados(A.10.11.3).16) No obstante, para EBE que no tenga alimentación principal u otropuerto de entrada disponible el límite inferior del ensayo de radiacióndebe ser de 26 MHz, teniendo en cuenta que el ensayo especificado enA.10.11.3 no puede ser aplicado (referirse al anexo F de IEC61000-4-3). En los demás casos, ambos A.10.11.1 y A.10.11.2 deben seraplicados.

Máxima variación permitida:

a) Para sistemas de medición interrumpibles

No deben ocurrir fallas significativas o el sistema de monitoreo debedetectar un mal funcionamiento y actuar en consecuencia en un todo deacuerdo con 5.3 cuando ocurren fallas significativas.

b) Para sistemas de medición no interrumpibles

No deben ocurrir fallas significativas.

A.10.11.2 - Campos electromagnéticos radiados de radiofrecuencia específicamente causados por telefonía digital.

Método de ensayo: Campos electromagnéticos radiados.

Objetivo del ensayo: Para verificar la conformidad con las exigenciasdefinidas en el punto 4.1.1, bajo condiciones de camposelectromagnéticos.

Referencias: IEC 61000-6-1(2005-03) Compatibilidad Electromagnética(EMC) - Parte 6-1: Norma Genérica - Sección 1: Inmunidad para ambientesresidenciales, comerciales y de industrias livianas (nivel de severidad2).

IEC 61000-6-2 (2005-01) Compatibilidad Electromagnética (EMC) - Parte6-2: Norma Genérica - Sección 1: Inmunidad para ambientes industriales(nivel de severidad 3).

IEC 61000-4-3 (2006-2), Compatibilidad Electromagnética (EMC) - Parte4-3: Ensayos y técnicas de medición - Ensayo de inmunidad a los camposelectromagnéticos radiados de radiofrecuencia.

Procedimiento de ensayo resumido: El EBE debe ser expuesto a unaintensidad de campo electromagnético de acuerdo a lo especificado porel nivel de severidad y con una uniformidad de campo como la definidaen la norma de referencia IEC 61000-4-3. (Ver Nota 1)

El campo electromagnético puede ser generado en diferentesinstalaciones, no obstante, el uso de éstas está limitado por lasdimensiones del EBE y el rango de frecuencia de la instalación.

Los rangos de frecuencia a considerar son barridos con la señalmodulada, pausando para ajustar el nivel de la señal de radiofrecuenciao para conmutar osciladores y antenas según sea necesario. Cuando elrango de frecuencia es barrido incrementalmente, el tamaño del escalónno excederá el 1% del valor de la frecuencia precedente.

El tiempo de permanencia de la portadora modulada en amplitud en cadafrecuencia, no debe ser menor que el tiempo necesario para que el EBEpueda ser operado y responda, pero en ningún caso debe ser inferior a0,5 segundos. Las frecuencias sensibles (por ejemplo: frecuencia delreloj interno) deben ser analizadas separadamente (usualmente, estasfrecuencias sensibles pueden esperarse por ser las frecuencias emitidaspor el EBE).

Durante los ensayos, el EBE debe estar operando, permitiéndose entradassimuladas. Los ensayos deben ser realizados, al menos, a un valor decaudal.

Severidad de los ensayosEl siguiente nivel de severidad debe ser especificado:UnidadNivel de severidad3Rango de frecuencia800 - 960 MHz10V/m1400 -2000 MHz10V/mModulaciónIndice 80% AM, 1 kHz onda senoidal

Máxima variación permitida:

a) Para sistemas de medición interrumpibles

No deben ocurrir fallas significativas o el sistema de monitoreo debedetectar un mal funcionamiento y actuar en consecuencia en un todo deacuerdo con el punto 5.3 cuando ocurren fallas significativas.

b) Para sistemas de medición no interrumpibles

No deben ocurrir fallas significativas.

A.10.11.3 - Campos de radiofrecuencia conducidos

Método de ensayo: Campos electromagnéticos conducidos.

Objetivo del ensayo: Para verificar la conformidad con las exigenciasdefinidas en el punto 4.1.1, bajo condiciones de camposelectromagnéticos.

Referencias: IEC 61000-6-1(2005-03) Compatibilidad Electromagnética(EMC) - Parte 6-1: Norma Genérica - Sección 1: Inmunidad para ambientesresidenciales, comerciales y de industrias livianas (nivel de severidad2).

IEC 61000-6-2 (2005-01) Compatibilidad Electromagnética (EMC) - Parte6-2: Norma Genérica - Sección 1: Inmunidad para ambientes industriales(nivel de severidad 3).

IEC 61000-4-6 (2003-05) con enmienda 1 (2004-10) y enmienda 2 (2006-03)Compatibilidad Electromagnética (EMC) - Parte 4: Ensayos y técnicas demedición, Sección 6: Inmunidad a perturbaciones conducidas, inducidaspor campos de radiofrecuencia. Edición consolidada: IEC 61000-4-6(2006-05) Ed. 2.2.

Procedimiento de ensayo resumido: Los campos electromagnéticos deradiofrecuencia comunes, que simulan la influencia de camposelectromagnéticos deben ser acoplados o inyectados en los puertos deenergía y en los puertos de entrada/salida del EBE usando dispositivosde acople/desacople como los definidos en la norma de referencia IEC61000-4-6. (Ver Nota 1)

El desempeño de los equipos consistentes en un generador deradiofrecuencia, de dispositivos de acople/desacople, atenuadores,etc., debe ser verificado.

Durante el ensayo, el EBE debe estar operando, permitiéndose entradassimuladas. Los ensayos deben ser realizados, al menos, a un valor decaudal.

Severidad de los ensayosUno de los siguientes niveles de severidad debe ser especificado:UnidadNivel de severidad23Amplitud de RF(50 Ω)310V(f.e.m.)Rango de frecuencia0,15 - 80MHzModulaciónIndice 80% AM, 1 kHz onda senoidalNotas:Ensayosobre líneas de señal se aplica sólo a puertos de entrada/salida deseñal, de datos y de control, con una longitud de cable que exceda los3 metros (como sea especificado por el fabricante).

A.11 - Ensayos sobre la energía suministrada por baterías de vehículo

A.11.1 - General

Para dispositivos electrónicos alimentados por baterías instaladassobre vehículo, una serie de ensayos especiales de perturbacionesasociadas con la fuente de alimentación son dados en A.11.2 y A.11.3 deeste Anexo. Estos ensayos se basan en la serie de normas ISO 7637

Los dispositivos electrónicos que están diseñados para ser montadossobre vehículo pueden normalmente ser montados en cualquier tipo devehículo. En A.11.2 y A.11.3 de esta Reglamentación, sólo el máximonivel de severidad se indica como el nivel preferido.

A.11.2 - Variaciones de tensión

Método de ensayo: Variación en la tensión de alimentación.

Objetivo del ensayo: Para verificar la conformidad con las exigenciasdefinidas en el punto 4.1.1, bajo condiciones de variación de tensiónde batería.

Referencias: Los límites superiores especificados en esta cláusula (16V y 32 V) están en conformidad con la norma ISO 16750-2:2006 Vehículosen ruta - Condiciones ambientales y de ensayo para equipamientoeléctrico y electrónico; Parte 2: Cargas eléctricas, ISO, Génova, 2006.Los límites inferiores (9 V y 16 V) están en conformidad con la norma ISO 16750-2:2006 códigos C y F respectivamente.

Para las especificaciones de la fuente de alimentación usada durante elensayo para simular la batería, referirse a ISO 7637-2:2004 Vehículosen ruta - Perturbación eléctrica conducida y por acoplamiento - Parte2: Transitorios eléctricos conducidos a lo largo de la línea de energíasolamente, ISO, Génova, 2002 con enmienda 1 (2002).

Procedimiento de ensayo resumido: El ensayo consiste en exponer a lacondición específica de potencia de alimentación, por un períodosuficiente, para alcanzar la estabilidad de temperatura y para efectuarlas mediciones requeridas. (Ver Anexo 1)

Si una fuente de alimentación patrón (con suficiente capacidad decorriente) se usa en un banco de ensayo para simular la batería, esimportante también que la baja impedancia interna de la batería seasimulada.

La fuente de alimentación continua debe tener una resistencia internaRi menor que 0,01 ? en CC y una impedancia interna Zi = Ri parafrecuencias menores que 400 Hz.

Durante los ensayos, el EBE debe estar operando, permitiéndose entradassimuladas. Los ensayos deben ser realizados, al menos, a un valor decaudal.

Severidad de los ensayosEl siguiente nivel de severidad debe ser especificado :Nivel de severidad1 TensiónBatería 12 VLímite superior16 VBatería 24 VLímite superior32 V

Batería 12 VLímite inferior9 VBatería 24 VLímite inferior16 VMáxima variación permitida: Para niveles de tensión de alimentación entre el límite superior e inferior:

• Todas las funciones operarán como fueron diseñadas.

• Todos los errores deben estar dentro del error máximo tolerado.

A.11.3 - Transitorios eléctricos conducidos a lo largo de la línea de alimentación

Método de ensayo: Transitorios eléctricos conducidos a lo largo de la línea de alimentación

Objetivo del ensayo: Para verificar la conformidad con las exigenciasdefinidas en el punto 4.1.1, bajo las siguientes condiciones:

• transitorios debido a la interrupción repentina de la corriente en undispositivo conectado en paralelo con el EBE debido a la inductanciadel cableado del arnés (pulso 2a);

• transitorios desde motores de CC que actúan como generadores luego que el encendido se desconecta (pulso 2b);

• transitorios sobre las líneas de alimentación, los cuales ocurrencomo resultado de los procesos de conmutación (pulsos 3a y 3b);

• reducciones de tensión causadas por la energización de los circuitosdel motor de arranque en los motores de combustión interna (pulso 4).

Referencia: ISO 7637-2:2004 Vehículos en ruta - Perturbacioneseléctricas por conducción y acoplamiento. Parte 2: Transitorioseléctricos conducidos a lo largo de la línea de alimentación solamente,ISO, Génova, 2004 con enmienda 1 (2002)

Párrafo 5.6.2: Pulso de ensayo 2a+2b

Párrafo 5.6.3: Pulso de ensayo 3a+3b

Párrafo 5.6.4: Pulso de ensayo 4

Procedimiento de ensayo resumido: El ensayo consiste en la exposición aperturbaciones sobre el suministro de energía por acoplamiento directosobre la línea de alimentación. (Ver Nota 1)

Durante el ensayo, el EBE debe estar operando, permitiéndose entradassimuladas. Los ensayos deben ser realizados, al menos, a un valor decaudal.

Severidad de los ensayosEl siguiente nivel de severidad debe ser especificado:Nivel de severidad4Pulso de ensayo 2Batería 12 VPulso 2 aUs+ 50 VPulso 2 bUs+ 10 VBatería 24 VPulso 2 aUs+ 50 VPulso 2 bUs+ 20 VPulso de ensayo 3Batería 12 VPulso 3 aUs- 150 VPulso 3 bUs+ 100 VBatería 24 VPulso 3 aUs- 200 VPulso 3 bUs+ 200 VPulso de ensayo 4Batería 12 VUs- 7 VBatería 24 VUs- 16 VMáxima variación permitida:

a) Para sistemas de medición interrumpibles

No deben ocurrir fallas significativa o el sistema de monitoreo debedetectar un mal funcionamiento y actuar en consecuencia en un todo deacuerdo con el punto 5.3 cuando ocurren fallas significativas.

b) Para sistemas de medición no interrumpibles

No deben ocurrir fallas significativas.

Texto Actualizado

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Secretaríade Comercio Interior

METROLOGIA LEGAL

Resolución 85/2012

Apruébase el Reglamento de medidoresde petróleo y sus derivados y otros líquidos distintos del agua.

Bs. As., 6/9/2012

Ver Antecedentes Normativos

VISTO el Expediente Nº S01:0088690/2009 del Registro del MINISTERIO DEECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que resulta conveniente la intervención del Estado Nacional en elcontrol del parque de instrumentos de medición que intervienen en lacuantificación de los bienes que son objeto de transaccionescomerciales, así como en la preservación de la salud, la seguridad y elmedio ambiente.

Que el Artículo 7° de la Ley Nº 19.511 faculta al Poder EjecutivoNacional para dictar la reglamentación de especificaciones ytolerancias para los instrumentos de medición alcanzados por la misma.

Que el Decreto Nº 788 del 18 de septiembre de 2003, reglamentario de laLey Nº 19.511 de Metrología Legal, establece en su Artículo 2°, incisoa) que es función de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIODE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, establecer el reglamento de aprobaciónde modelos, verificación primitiva, verificación periódica y vigilanciade uso de instrumentos de medición.

Que asimismo, el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI),organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE INDUSTRIA, enejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 3°, incisos e) yf) del Decreto Nº 788/03, ha propuesto un Reglamento de medidores depetróleo y sus derivados y otros líquidos distintos del agua.

Que para la propuesta se ha tenido en cuenta la Recomendación Nº 117 dela Organización Internacional de Metrología Legal (OIML) relativa a losinstrumentos de medición denominados “Sistemas de Medición Dinámicos deLíquidos distintos del Agua”.

Que la Dirección del Area de Comercio Interior dependiente de laDirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA YFINANZAS PUBLICAS, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades otorgadaspor el Artículo 2°, incisos a), h) e i) del Decreto Nº 788/03.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMERCIO INTERIOR

RESUELVE:

Artículo 1° — Apruébase elReglamento de medidores de petróleo y sus derivados y otros líquidosdistintos del agua que como Anexo I en SESENTA (60) fojas y Anexo II enTREINTA Y TRES (33) fojas, forman parte integrante de la presenteresolución.

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 243/2017 de la Secretaría de Comercio B.O. 30/3/2017 se suspende la exigencia de cumplimiento del Reglamento deMedidores de Petróleo y sus Derivados y otros Líquidos Distintos delAgua, aprobado por el presente Artículo, paralos Medidores de Petróleo y sus Derivados y otros Líquidos Distintosdel Agua que se fabriquen, comercialicen e importen en el país, hastalas fechas que a continuación se indican:

a) Para medidores cuyos caudales se encuentren entre CERO (0) y CIENTOCUARENTA METROS CÚBICOS POR HORA (140 m³/h) hasta el día 31 de marzo de2018.

b) Para medidores cuyos caudales sean superiores a CIENTO CUARENTAMETROS CÚBICOS POR HORA (140 m³/h) hasta el día 31 de diciembre de 2018.

Los sistemas de medición y sus componentes que al vencimiento de losplazos establecidos en los incisos precedentes se encuentreninstalados, deberán dar cumplimiento al Reglamento de Medidores dePetróleo y sus Derivados y otros Líquidos Distintos del Agua, a partirde los CINCO (5) años de su entrada en vigencia.

Vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial. Suspensión anterior: Resolución N° 246/2016 de la Secretaría de Comercio B.O. 5/9/2016)

Art. 2° — Establécese que losMedidores dePetróleo y sus Derivados y otros Líquidos Distintos del Agua, que sefabriquen, comercialicen e importen en el país deberán cumplir con elReglamento de Medidores de petróleo y sus derivados y otros líquidosdistintos del agua aprobado por el Artículo 1° de la presenteresolución, a partir del día 1 de abril de 2015.

Los sistemas de medición y sus componentes que al vencimiento del plazoestablecido en el párrafo precedente se encuentren instalados, deberándar cumplimiento al Reglamento de Medidores de petróleo y sus derivadosy otros líquidos distintos del agua, a partir de los CINCO (5) años desu publicación en el Boletín Oficial.

(Artículo sustituido por art. 1° dela ResoluciónN° 241/2014 de laSecretaría de Comercio B.O. 1/12/2014. Vigencia: a partir de supublicación en el Boletín Oficial)

Art. 3° — Establécese que losinstrumentos de medición alcanzados por la presente resolución deberánefectuar la verificación periódica establecida en el Artículo 9° de laLey Nº 19.511 con una periodicidad de SEIS (6) meses. El INSTITUTONACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), organismo descentralizado enla órbita del MINISTERIO DE INDUSTRIA, podrá actuar concurrentementecon esta Autoridad de Aplicación tanto en las verificaciones periódicascomo en la vigilancia de uso de dichos instrumentos de medición.

Art. 4° — La tasa cuyo cobro seencuentra a cargo de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIODE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS se fija en PESOS TRES MIL ($ 3.000.-)para la Aprobación de Modelo y en PESOS QUINIENTOS ($ 500.-) porunidad, para la Verificación Primitiva y la Declaración de Conformidad.

Art. 5° — Las infracciones a lodispuesto por la presente resolución serán sancionadas de acuerdo a loprevisto por la Ley Nº 19.511 de Metrología Legal.

Art. 6° — La presenteresolución comenzará a regir a los SESENTA (60) días de la fecha de supublicación en el Boletín Oficial.

Art. 7° — Comuníquese,publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial yarchívese. — Mario G. Moreno.

ANEXO I

Reglamento de medidores de petróleo ysus derivados y otros líquidos distintos del agua

1.- Campo de aplicación.

1.1- Alcance.

El presente reglamento especifica los requisitos metrológicos ytécnicos aplicables a los sistemas de medición dinámicos paramagnitudes (volumen o masa) de petróleo y productos de petróleo sujetosa control metrológico legal. También provee los requerimientos para laaprobación de las partes que componen el sistema de medición.

Este Reglamento es aplicable a sistemas de medición utilizados para lamedición de otros líquidos distintos del agua.

Este reglamento es aplicable a todos los sistemas de medición dinámicosequipados con medidores como el definido en 2.1.1 (destinados a medircontinuamente), independiente del principio de medición del contador osu aplicación excepto:

- Surtidores para combustibles líquidos.

- Sistemas y dispositivos de medición dinámica para líquidoscriogénicos.

- Medidores de agua potable caliente y fría.

- Medidor de energía térmica.

- Medidores para gases licuados en general.

2- Definiciones.

2.0- Abreviaturas y acrónimos.

AM = modulación de amplitud

ASD = Densidad Espectral de Aceleración

CA = corriente alternada

CC = corriente continua

Emín = desviación mínima especificada para la magnitud (p. ej.; volumen)

EMC = compatibilidad electromagnética

ESD = descarga electrostática

EBE = equipo bajo ensayo

IEC = Comité Electrotécnico Internacional

I/O = entrada/salida (referente a los puertos)

INTI = Instituto Nacional de Tecnología Industrial

ISO = Organización Internacional para la Normalización

MMQ = magnitud mínima medible

2.1- Sistema de medición y sus componentes.

2.1.1- Medidor.

Instrumento destinado a medir continuamente e indicar la magnitud delíquido que pasa por el dispositivo de medición a las condiciones demedición. Un medidor debe estar compuesto por lo menos de undispositivo de medición, un calculador (incluyendo dispositivos deajuste o corrección, si es necesario) y un dispositivo de indicación.

2.1.2- Dispositivo de medición.

Una parte del medidor que transforma el flujo, el volumen o la masa delíquido a ser medido en señales, transferidas al calculador. Consta deun sensor de medición y un transductor.

2.1.3- Sensor o sensor del medidor.

Una parte del dispositivo de medición, directamente afectado por elflujo de líquido a ser medido y el cual convierte el flujo en una señaldirigida al transductor.

2.1.4- Transductor (ver también 2.1.14).

Una parte del dispositivo de medición, que provee una señal de salidarepresentativa del volumen o masa, que tiene una relación determinadacon la señal de entrada.

El transductor puede, en cualquier caso, estar incorporado al sensordel contador o conectado externamente al mismo. En el segundo caso,éste deberá ser aprobado con el sensor o con el calculador.

2.1.5- Calculador.

Una parte del medidor que recibe la señal de salida del dispositivo demedición y posiblemente de un dispositivo de medición asociado,procesando dicha señal en forma apropiada, para luego, almacenar losresultados en memoria antes de utilizarlos.

Además el dispositivo calculador puede ser capaz de comunicarsebidireccionalmente con equipos periféricos.

2.1.6- Dispositivo indicador.

Componente del medidor que indica continuamente los resultados de lamedición.

Un dispositivo de impresión que provee la indicación al finalizar lamedición no es considerado un dispositivo indicador.

2.1.7- Dispositivo auxiliar.

Dispositivo destinado a realizar una función particular, directamenteinvolucrada en la elaboración, transmisión e indicación de losresultados de la medición.

Los principales dispositivos auxiliares son:

• Dispositivo de puesta a cero.

• Dispositivo para indicación repetitiva.

• Dispositivo para impresión.

• Dispositivo para memoria de datos.

• Dispositivo totalizador de indicación.

• Dispositivo para conversión.

• Dispositivo de predeterminación.

2.1.8- Dispositivo adicional.

Dispositivo no considerado como auxiliar, requerido para asegurar uncorrecto nivel de exactitud en la medición o destinado a facilitar lasoperaciones de medición, el cual puede de cualquier modo afectar lamedición.

Los principales dispositivos adicionales son:

• Dispositivo eliminador de gas.

• Indicador de gas.

• Visor.

• Filtro, bomba.

• Dispositivo usado como punto de transferencia.

• Dispositivo anti-flujo turbulento.

• Bifurcaciones y desvíos (bypass).

• Válvulas, mangueras.

2.1.9- Sistema de medición.

Un sistema compuesto por un medidor para magnitudes (volumen o masa) delíquido y sus dispositivos auxiliares y adicionales.

2.1.10- Dispositivo de predeterminación.

Un dispositivo que permite seleccionar una magnitud a ser medida y queinterrumpe automáticamente el flujo de líquido al finalizar la medicióndel valor de la magnitud seleccionado.

2.1.11- Dispositivo de ajuste.

Un dispositivo incorporado al medidor que permite modificar la curva deerror, generalmente paralela a sí misma, con el objetivo de llevar loserrores dentro del error máximo permitido. Este dispositivo puede sermecánico o electrónico.

2.1.12- Dispositivo de medición asociado.

Dispositivo conectado al calculador, al dispositivo de corrección o aldispositivo de conversión, que convierte durante la medición, lasmagnitudes características (temperatura, presión, densidad, viscosidad,etc.) del líquido, en señales dirigidas para el calculador, con elobjetivo de efectuar una corrección y/o conversión. Este incluye unsensor de medición asociado y un transductor de medición asociado.

2.1.13- Sensor de medición asociado.

Una parte del dispositivo de medición asociado, directamente afectado ala medición, el cual convierte las magnitudes características(temperatura, presión, densidad, viscosidad, etc.) del líquido, en unaseñal de medida (resistencia, corriente eléctrica, frecuencia, etc.)destinado para el transductor de medición asociado.

2.1.14- Transductor de medición asociado.

Una parte del dispositivo de medición asociado, que provee una señal desalida para el calculador, el dispositivo de corrección o eldispositivo de conversión, y tiene una determinada relación con lamagnitud de entrada.

2.1.15- Dispositivo de corrección.

Un dispositivo conectado o incorporado al medidor para corregirautomáticamente el volumen a condiciones de medición, teniendo encuenta el caudal y/o las características del fluido a medir(viscosidad, temperatura, presión) y las curvas de calibraciónpreestablecidas.

Las características del líquido pueden ser medidas usando instrumentosde medición asociados o cargadas en una memoria del instrumento.

2.1.16- Dispositivo de conversión.

Un dispositivo que convierte automáticamente:

• El volumen medido a condiciones de medición a un volumen acondiciones de base, o

• el volumen medido a condiciones de medición a masa, o

• la masa medida a un volumen a condiciones de medición, o

• la masa medida a un volumen a condiciones de base.

Se define como factor de conversión al cociente entre la magnitudconvertida y la magnitud a condiciones de medición.

2.1.17- Condiciones de medición.

Los valores de las condiciones que caracterizan al líquido durante lamedición en el punto de medición.

2.1.18- Condiciones de base.

Los valores específicos de las condiciones para las cuales la magnituddel líquido medido es convertida.

Condiciones de medición y condiciones de base (se refiere solamente alvolumen de líquido a ser medido o indicado) no debe confundirse con las“condiciones nominales de funcionamiento” y “condiciones de referencia”aplicables a las magnitudes de influencia.

2.1.19- Punto de transferencia.

Un punto en el cual el líquido es definido como siendo entregado orecibido.

2.1.20- Dispositivo eliminador de gas.

Un dispositivo usado para remover aire, gas o vapor contenido en ellíquido.

2.1.21- Separador de gas.

Dispositivo eliminador de gas utilizado para separar continuamente yremover, cualquier mezcla de aire o gases contenidos en el líquido.

2.1.22- Extractor de gas.

Un dispositivo usado para extraer aire o gases acumulados en una líneasuplementaria del medidor en forma de bolsones, mezclado con el líquido.

2.1.23- Extractor de gas especial.

Un dispositivo que como el separador de aire o gases, pero bajocondiciones más severas, separa continuamente cualquier contenido deaire o gases en el líquido y detiene automáticamente el flujo delíquido, si existe riesgo de que aire o gases acumulados en forma debolsones mezclado con el líquido, ingresen al medidor.

2.1.24- Indicador de gas.

Un dispositivo que permite detectar burbujas de aire o gas presentes enel flujo del líquido.

2.1.25- Filtro.

Un dispositivo apropiado para la protección del medidor y de losdispositivos adicionales de posibles daños causados por partículasextrañas.

2.1.26- Bomba.

Un dispositivo que origina que el líquido fluya a través de succión ode la presión.

2.1.27- Visor.

Un dispositivo que permite verificar si todo o parte del sistema demedición está completamente lleno con líquido (sistemas de medición aconducción llena), o completamente vacío de líquido (sistemas demedición a conducción vacía), antes de arrancar y al finalizar lamedición.

2.1.28- Aprobación de la Verificación Primitiva de un sistema demedición.

Operación que logra que un sistema de medición opere bajo condicioneslegales, adecuadas de entrega.

2.1.29- Persona autorizada.

Persona que tiene permitido desempeñarse en actividades específicassobre sistemas de medición o componentes controlados legalmente, bajola aplicación de leyes nacionales.

2.1.30- Sistema de medición sobre cañería.

Un sistema de medición instalado principalmente sobre cañería fija,conectada a dos o más tanques fijos.

La cañería es caracterizada por el caudal del líquido a medir, el cual,en general, no cambia o cambia muy poco durante períodos prolongados detiempo.

2.2- Características metrológicas.

2.2.1- Magnitud convencionalmente verdadera (referencia).

Volumen o masa total que ha pasado a través del medidor durante lamedición. Con frecuencia referida como “magnitud conocida”.

2.2.2- Magnitud indicada.

Volumen o masa total indicada por el medidor.

2.2.3- Indicación primaria.

Una o más indicaciones sujetas al control metrológico legal.

2.2.4- Error de indicación.

Valor de la magnitud indicada menos el valor convencionalmenteverdadero de la magnitud de referencia.

2.2.5- Error relativo de indicación.

El error de indicación dividido por el valor convencionalmenteverdadero de la magnitud de referencia.

2.2.6- Errores máximos permitidos.

Los valores extremos de un error permitido por esta Reglamentación.

2.2.7- Magnitud mínima medible (MMQ).

El volumen más pequeño de líquido para el cual la medición esmetrológicamente aceptable para el sistema o componente.

En los sistemas de medición destinados a entregar producto, el volumenmás pequeño se refiere a la entrega mínima, mientras que en lossistemas destinados a operaciones de recepción se refiere a larecepción mínima.

2.2.8- Desvío mínimo especificado para la magnitud.

El valor absoluto del error máximo permitido para la magnitud mínimamedible.

2.2.9- Error de repetibilidad.

Para el propósito de este Reglamento, está dado por la diferencia entreel mayor y menor resultado obtenido en una serie de medicionessucesivas, de una misma magnitud, realizadas bajo las mismascondiciones.

2.2.10- Error intrínseco.

El error de indicación de un sistema de medición o sus componentesusado bajo condiciones de referencia.

2.2.11- Error intrínseco inicial.

El error intrínseco es determinado antes de todos los ensayos dedesempeño.

2.2.12- Falla significativa.

Una diferencia entre el error de indicación y el error intrínseco mayorque el valor especificado en esta Reglamentación. Las fallassignificativas son solamente relevantes en sistemas de mediciónelectrónicos.

No deben ser consideradas como fallas significativas:

• Mal funcionamiento transitorio resultante de variaciones momentáneasen la indicación, que no puedan ser interpretadas, memorizadas otransmitidas como un resultado de medición,

• Para sistemas de medición interrumpibles solamente, malfuncionamiento que implique la imposibilidad de efectuar futurasmediciones.

2.2.13- Durabilidad para dispositivos electrónicos.

La capacidad de los dispositivos electrónicos de un sistema de mediciónpara mantener sus características de desempeño durante un período deuso.

2.2.14- Sistema de medición interrumpible/no interrumpible.

Un sistema de medición es considerado como interrumpible/nointerrumpible cuando el flujo de líquido puede/no puede serinterrumpido fácil y rápidamente (esto no incluye parada de emergencia).

2.2.15- Primer elemento de un dispositivo indicador.

Elemento que en un dispositivo indicador, compuesto por diversoselementos, es portador de la escala graduada con la menor división dela escala.

2.3- Condiciones de ensayo.

2.3.1- Magnitud de influencia.

Una magnitud que no está sujeta a la medición pero tiene influenciasobre el valor de la medición o la indicación del sistema de medición.

2.3.2- Factor de influencia.

Una magnitud de influencia que posee un valor dentro de las condicionesde operación de un sistema de medición, como se especifica en esteReglamento.

2.3.3- Perturbación.

Una magnitud de influencia que presenta un valor fuera de lascondiciones nominales de funcionamiento especificadas del sistema demedición (solamente para sistemas de medición electrónicos).

Si las condiciones nominales de funcionamiento no están especificadaspara una magnitud de influencia, esto es una perturbación.

2.3.4- Condiciones nominales de funcionamiento.

Condiciones de funcionamiento, definidas para un determinado rango delas magnitudes de influencia, para las cuales las característicasmetrológicas específicas del sistema de medición se suponencomprendidas dentro de los errores máximos tolerados.

2.3.5- Condiciones de referencia.

Un conjunto de valores específicos de factores de influencia fijadospara permitir una comparación válida entre los resultados de lasmediciones.

2.3.6- Ensayo de desempeño.

Un ensayo destinado a verificar si el sistema de medición bajo ensayo(EBE) es capaz de cumplir con las funciones para las cuales ha sidodiseñado.

2.3.7- Endurancia.

La capacidad de un sistema de medición para mantener suscaracterísticas de fabricación durante un período de uso.

2.3.8- Ensayo de endurancia.

Un ensayo destinado a verificar si el medidor o el sistema de mediciónes capaz de mantener sus características de desempeño durante unperíodo de uso.

2.3.9- Incertidumbre en la determinación del error.

Un estimador característico del rango de valores dentro de los cualesse encuentra el verdadero valor del error, incluyendo componentesdebido al patrón de referencia y su uso, y componentes debido a laverificación o calibración del instrumento propiamente dicho.

2.4- Equipamiento eléctrico o electrónico.

2.4.1- Sistema de monitoreo.

Sistema para operaciones de chequeo, incorporado al sistema demedición, el cual:

• controla la presencia de un dispositivo necesario, y que

• permita detectar una incorrección en la generación, transmisión,procesamiento y/o indicación de un dato de medición y actuar enconsecuencia, y que

• permita detectar un error significativo y actuar en consecuencia.

El chequeo de un dispositivo de transmisión apunta a verificar que todala información transmitida sea recibida por el equipo receptor.

2.4.2- Sistema de monitoreo automático.

Sistema para operaciones de chequeo, sin intervención de un operador.

2.4.3- Sistema de monitoreo permanente y automático (tipo P).

Sistema para operaciones de chequeo, que funciona durante toda laoperación de medición.

2.4.4- Sistema de monitoreo intermitente y automático (tipo I).

Sistema para operaciones de chequeo, que funciona por lo menos una vez,al comienzo o al finalizar cada medición.

2.4.5- Sistema de monitoreo no automático (tipo N).

Sistema para operaciones de chequeo, que requiere la intervención de unoperador.

2.4.6- Dispositivo de alimentación de energía.

Un dispositivo que provee energía eléctrica a los dispositivoselectrónicos, usando una o varias fuentes de CA o CC.

3.- Requerimientos Generales.

3.1- Componentes de un sistema de medición.

Un sistema de medición incluye como mínimo:

• un medidor,

• un punto de transferencia, y

• un circuito de conducción hidráulico con características particularesque se deben tener en cuenta.

Para una correcta operación, el sistema de medición necesitafrecuentemente incorporar los siguientes elementos:

• un dispositivo eliminador de aire-gases,

• un filtro,

• una bomba, y

• dispositivos de corrección por temperatura, presión, densidad, etc.

El sistema de medición puede estar provisto de otros dispositivosauxiliares o adicionales (ver 3.2).

Si varios medidores son destinados a efectuar una única operación demedición, estos medidores son considerados como un solo sistema demedición.

Si varios medidores, son destinados a efectuar operaciones de mediciónseparadas y poseen elementos comunes (calculador, filtro, dispositivoeliminador de aire-gases, dispositivo de conversión, etc.) cada medidores considerado conjuntamente con los elementos comunes como un sistemade medición separado.

3.2- Dispositivos auxiliares.

3.2.1- Los dispositivos auxiliares pueden ser parte del calculador odel medidor, o puede ser, por ejemplo, un dispositivo conectado através de una interfase al calculador.

Como regla estos dispositivos auxiliares son opcionales.

3.2.2- Cuando el uso de dispositivos auxiliares es obligatorio para unaaplicación definida en esta Reglamentación, estos dispositivos seránconsiderados una parte integrante del sistema de medición, sujetos acontroles metrológicos y atendiendo los requerimientos de estaReglamentación.

3.2.3- Cuando el uso de un dispositivo auxiliar no es obligatorio elcual indica visiblemente el resultado de la medición al usuario, y noestá sujeto a controles metrológicos, deben llevar una leyendaclaramente visible para el usuario que indique que ellos no soncontrolados. Los dispositivos de impresión, solamente pueden serexcluidos del control metrológico si tal leyenda se presenta en cadasalida de impresión para el cliente.

Cuando un dispositivo auxiliar no está sujeto a control, se debeverificar que este dispositivo no afecte la correcta operación delsistema de medición. El sistema debe continuar operando correctamente ysus funciones metrológicas no deben ser afectadas cuando el dispositivoauxiliar es conectado o desconectado.

3.3- Condiciones nominales de funcionamiento.

3.3.1- Las condiciones nominales de funcionamiento de un sistema demedición están definidas por las siguientes características:

• magnitud mínima medible, MMQ,

• rango de caudal, limitado por el caudal mínimo Qmín y el caudalmáximo Qmáx,

• nombre o tipo de líquido o sus características relevantes, cuando laindicación del nombre o tipo de líquido no es suficiente paracaracterizar el líquido, se deberá caracterizar mediante suspropiedades relevantes, por ejemplo:

1. rango de viscosidad, limitado por la viscosidad mínima del líquido ŋmíny viscosidad máxima del líquido ŋmáx,

2. el rango de densidad, limitado por la densidad mínima del líquido ŋmíny densidad máxima del líquido ŋmáx,

• el rango de presión, limitado por la presión mínima del líquido Pmíny la presión máxima del líquido Pmáx,

• el rango de temperatura, limitado por la temperatura mínima dellíquido Tmíny la temperatura máxima del líquido Tmáx,

• rango del número de Reynolds (si es aplicable), (cuando el número deReynolds es indicado, el rango de caudales no necesita serespecificado),

• niveles de severidad que corresponden a las condiciones climáticas,eléctricas y mecánicas ambientales para las cuales el sistema demedición es diseñado para ser expuesto, (ver anexo II),

• valor nominal de la tensión de alimentación de CA y/o límites detensión de alimentación de CC.

Un sistema de medición debe ser utilizado exclusivamente para lamedición de líquidos con características dentro de sus condicionesnominales de funcionamiento, de acuerdo a lo especificado en elcertificado de aprobación de modelo. Las condiciones nominales defuncionamiento de un sistema de medición deben estar dentro de lascondiciones nominales de funcionamiento de cada uno de los elementosque lo componen (medidor, dispositivo eliminador de aire, etc.).

3.3.2- La magnitud mínima medible de un sistema de medición debe tenerel formato 1x10n, 2x10n o 5x10nunidades autorizadas de volumen o masa, donde n es un número enteropositivo, negativo o cero.

La magnitud mínima medible debe satisfacer las condiciones de uso delsistema de medición.

La magnitud mínima medible de un sistema de medición no debe serinferior a la mayor de las magnitudes mínimas medibles de cada uno delos elementos que lo componen (medidor/es, extractor de aire-gases,extractor especial de gases, etc.).

3.3.3- Rango de caudal de un sistema de medición.

3.3.3.1- El rango de caudal de un sistema de medición debe estar dentrodel rango de caudal de cada uno de los elementos que lo componen.

3.3.3.2- El rango de caudal debe satisfacer las condiciones de uso delsistema de medición. Este sistema debe estar constituido de tal formaque el caudal de líquido a ser medido debe ubicarse entre el caudalmáximo y el caudal mínimo, excepto en el inicio y en el final de lamedición o durante las interrupciones.

3.3.3.3- La relación entre los caudales máximo y mínimo del sistema demedición debe ser como mínimo igual a 5.

La relación puede ser menor, en este caso, el sistema de medicióndeberá estar dotado de un dispositivo de chequeo automático, paradetectar cuando el caudal de líquido a ser medido está fuera de loslímites del rango de caudal. Este dispositivo de chequeo deberá ser deltipo P y consistir en una alarma visible o audible para el operador;esta alarma deberá continuar hasta que el caudal esté dentro de loslímites del rango de caudal.

3.3.3.4- Cuando dos o más medidores son montados en paralelo en elmismo sistema de medición, se deben considerar los caudales límites (Qmáx,Qmín)de los diferentes medidores, especialmente la suma de los caudaleslímites, para verificar si el sistema de medición satisface lomencionado arriba.

3.4- Clases de exactitud.

Tomando en consideración su campo de aplicación, los sistemas demedición se clasifican en tres clases de exactitud de acuerdo a laTabla 1.

Tabla 1

Clase Tipode sistema de medición 0,3 -Sistemasde medición sobre cañería (ver 6.3). (Excepto los que están indicadospara la clase de exactitud 1,0) 0,5 Todoslos sistemas de medición, no indicados en otro sitio de esta tabla, enparticular: -Sistemasde medición para descarga de buques tanque, tanques ferroviarios ycamiones cisternas (ver 6.1). -Sistemasde medición para leche, cerveza, y otros líquidos con generación deespuma (ver 6.2). -Sistemasde medición para carga de buques (ver 6.3). 1,0 -Sistemasde medición usados para líquidos cuya viscosidad dinámica es superior a1000 mPa.s, o cuyo caudal máximo no supera los 20 L/h o 20 kg/h

3.5- Errores máximos permitidos y fallas significativas (Paraindicaciones de masa y volumen de un sistema de medición).

3.5.1- Para magnitudes superiores o iguales a dos litros (2 L) o doskilogramos (2 kg) y sin perjuicio de lo dispuesto en el punto 3.5.3,los errores máximos, sobre las magnitudes indicadas (volumen acondiciones de medición, volumen a condiciones de base y/o masa) seespecifican en la Tabla 2.

Tabla 2

Clasede exactitud Línea 0,3 0,5 1,0 A(*) 0,3% 0,5% 1,0% B(*) 0,2% 0,3% 0,6% C(igual a Línea A - Línea B) 0,1% 0,2% 0,4%

(*) ver 3.6 para la aplicación de línea A o línea B.

3.5.2- Para magnitudes inferiores a dos litros (2 L) o dos kilogramos(2 kg) y sin perjuicio de lo dispuesto en el punto 3.5.3, los erroresmáximos permitidos, sobre las magnitudes indicadas (volumen acondiciones de medición, volumen a condiciones de base y/o masa) seespecifican en la Tabla 3.

Tabla 3

Magnitudmedida Cm (L o kg) Errormáximo permitido 1< Cm < 2 -Valor fijado en Tabla 2, aplicado a 2L o kg 0,4< Cm = 1 -El doble del valor fijado en Tabla 2 0,2< Cm = 0,4 -El doble del valor fijado en Tabla 2, aplicado a 0,4L o kg 0,1< Cm = 0,2 -El cuádruple del valor fijado en Tabla 2 Cm= 0,1 -El cuádruple del valor fijado en Tabla 2, aplicado a 0,1L o kg

Los errores máximos permitidos de la Tabla 3 son relativos a la línea Ao línea B de la Tabla 2, de acuerdo a los requerimientos del punto 3.6.

3.5.3- Para cualquier magnitud medida, el valor del error máximopermitido, está dado por el mayor de los dos valores siguientes:

• valor absoluto del error máximo permitido dado en Tabla 2 o Tabla 3, o

• desvío para la magnitud mínima especificada, (Emín).

Para una magnitud mínima medible mayor o igual a dos litros (2 L) o doskilogramos (2 kg), el desvío de la magnitud mínima especificada Emínestá dado por las fórmulas:

Fórmula para el sistema de medición:

Emín = (2MMQ) x (A/100)

Donde:

MMQ: es la magnitud mínima medible (volumen o masa).

A: Valor numérico especificado en línea A de la Tabla 2, para la clasede exactitud correspondiente.

Para una MMQ menor que dos litros o dos kilogramos Emín esel doble del valor especificado en la Tabla 3 y relativo a la línea Ade la Tabla 2.

Fórmula para el medidor o dispositivo de medición:

Emín = (2MMQ) x (B/100)

Donde:

MMQ: es la magnitud mínima medible (volumen o masa).

B: Valor numérico especificado en línea B de la Tabla 2, para la clasede exactitud correspondiente.

Para una MMQ menor que dos litros o dos kilogramos Emín es el doble delvalor especificado en la Tabla 3 y relativo a la línea B de la Tabla 2.

Emín es un error absoluto máximo permitido.

3.5.4- La falla significativa es una falla superior al mayor de lossiguientes dos valores:

• 1/5 del valor absoluto del error máximo permitido para la magnitudmedida, o

• el desvío de la magnitud mínima especificada Emín para el sistema demedición.

3.5.5- Para sistemas de medición con clase de exactitud 0,3 ó 0,5 ymidiendo líquidos con una temperatura menor que -10 ºC o superior a +50 ºC, se deberá aplicar el error máximo permitido de la clase deexactitud 1,0.

3.6- Condiciones de aplicación de los errores máximos permitidos.

Las disposiciones de esta sección se aplican a magnitudes indicadas acondiciones de medición (ver 3.7 para valores convertidos).

3.6.1- Los errores máximos permitidos especificados en la línea A de laTabla 2 deben ser aplicados a sistemas completos de medición, bajo lascondiciones nominales de funcionamiento, sin ningún ajuste entre losdiferentes ensayos, para:

• Aprobación de modelo.

• Verificación primitiva.

• Verificación periódica.

Si el medidor dispone de un dispositivo de ajuste o corrección, para laaprobación de modelo, es suficiente verificar que las curvas de errorestén contenidas dentro del rango establecido por el doble del valorespecificado en la línea A de la Tabla 2.

3.6.2- El error máximo permitido especificado en la línea B de la Tabla2 es aplicable a:

• Aprobación de modelo de un medidor, bajo las condiciones nominales defuncionamiento, y

• Verificación primitiva del medidor antes de la verificación primitivadel sistema de medición.

Si el medidor dispone de un dispositivo de ajuste o corrección, para laaprobación de modelo, es suficiente verificar que las curvas de errorestén contenidas dentro del rango establecido por el doble del valorespecificado en la línea B de la Tabla 2.

El medidor puede ser capaz de medir varios líquidos, ya sea, usando unajuste particular para cada líquido o con el mismo ajuste para todoslos líquidos. En este caso, el certificado de aprobación de modelo debeproveer información apropiada sobre la capacidad del medidor.

3.6.3- La verificación primitiva de un sistema de medición destinado amedir dos o más líquidos, tal como se declaró en el certificado deaprobación de modelo, puede ser realizada con un solo líquido o con unlíquido diferente de aquellos para los que el medidor fue diseñado. Eneste caso y de ser necesario, el certificado de aprobación de modelodebe proveer información concerniente al error máximo permitido a seraplicado, de modo que el sistema de medición satisfaga el punto 3.6.1,para todos los líquidos para los cuales fue diseñado.

Si la verificación primitiva de un medidor se realiza en dos etapas(como se indica en el punto 7.2.1) tal como se declaró en elcertificado de aprobación de modelo, la verificación primitiva delmedidor destinado a medir dos o más líquidos, puede ser realizada conun solo líquido o con un líquido diferente de aquellos para los que elmedidor fue diseñado. En este caso y de ser necesario, el certificadode aprobación de modelo debe proveer información concerniente al errormáximo tolerado a ser aplicado, de modo que el sistema de mediciónsatisfaga el punto 3.6.2, para todos los líquidos para los cuales fuediseñado.

Las consideraciones arriba mencionadas pueden ser extendidas para elcaso de un sistema de medición o de un medidor destinados a medirsolamente un líquido pero cuya verificación primitiva se efectúa conotro líquido.

3.7- Previsiones para indicaciones convertidas.

Para la verificación de un dispositivo de conversión en oportunidad dela aprobación de modelo el fabricante debe definir cuál de lassiguientes alternativas ha seleccionado:

1) verificar el dispositivo de conversión con el dispositivo demedición asociado, el calculador, y el dispositivo indicador enconjunto. Esta propuesta es aplicada a dispositivos de conversiónmecánicos y puede aplicarse a dispositivos de conversión electrónicos.

2) verificar separadamente los componentes individuales de undispositivo de conversión. Esta alternativa permite la verificaciónseparada de los sensores asociados a la medición, del dispositivo demedición asociado (compuesto de un sensor de medición asociado mástransductor de medición asociado), y de la función de conversión.

En ambas alternativas, para el propósito de la verificación, laindicación de la magnitud a condiciones de medición es asumida sinerror.

La propuesta a ser aplicada deberá ser especificada por el solicitantede la aprobación de modelo.

3.7.1- Primera alternativa: Verificación de un dispositivo deconversión con el dispositivo de medición asociado, el calculador, y eldispositivo indicador en conjunto.

3.7.1.1- No es obligatorio que un dispositivo de conversión indique lasmagnitudes medidas por el dispositivo de medición asociado (tales comotemperatura, presión, y densidad).

3.7.1.2- Cuando un dispositivo de conversión se verifica usando laprimer alternativa, tal como se prevé para su uso, el error máximopermitido sobre la indicación convertida debido al dispositivo deconversión, es el mayor de los dos valores siguientes:

• el valor especificado en la línea C de Tabla 2, o

• la mitad del desvío de la magnitud mínima especificada (Emín).

3.7.1.3- El valor de una falla significativa sobre las indicacionesconvertidas es la más grande de:

• 1/5 del valor absoluto del error máximo permitido para la magnitudmedida, o

• el desvío de la magnitud mínima especificada (Emín).

3.7.2- Segunda alternativa: Verificación de los componentesindividuales del dispositivo de conversión.

3.7.2.1- Verificación del dispositivo de conversión (como parte delcalculador con su dispositivo indicador), usando entradas simuladas.

3.7.2.1.1- Usando señales digitales de entrada: cuando un calculadorcon su dispositivo indicador es verificado separadamente, usandoseñales digitales de entrada conocidas para simular entradas originadasen un dispositivo de medición asociado, el error máximo permitido y lafalla significativa para la indicación de la temperatura, presión odensidad son limitados por los errores de redondeo.

3.7.2.1.2- Usando señales analógicas de entrada: cuando un calculadorcon su dispositivo indicador es verificado separadamente, usandoseñales analógicas de entrada conocidas para simular entradasoriginadas en un dispositivo de medición asociado, el error máximopermitido y la falla significativa para la indicación de latemperatura, presión o densidad son los especificados en la Tabla 4.1.

Tabla 4.1 Errores máximos tolerados para indicaciones convertidas conentradas analógicas simuladas conocidas

Erroresmáximos permitidos y fallas significativas de medición Clasede exactitud del sistema de medición 0,3 0,5 1,0 Temperatura ±0,18 ºC ±0,3 ºC Presión Menorque 1 MPa: ± 30kPa Entre1 MPa y 4 MPa: ± 3% Mayorque 4 MPa: ± 120kPa Densidad(conversión masa a volumen) ±0,6 kg/m3 ±1,2 kg/m3 Densidad(conversión a temperatura o presión) ±3 kg/m3

Ver 4.6.7 para la determinación del tamaño de los intervalos deescala en los dispositivos de medición asociados.

3.7.2.1.3- Verificación de indicaciones de las magnitudes convertidasusando entradas simuladas.

La indicación de la magnitud convertida deberá estar de acuerdo con elvalor convencionalmente verdadero, dentro de 1/10 del error máximopermitido indicado en línea A de la Tabla 2 para la clase de exactitudpertinente. El valor convencionalmente verdadero se calcula en base alas magnitudes indicadas para las siguientes entradas simuladas:

• la magnitud no convertida,

• la temperatura, presión o densidad como son determinadas por eldispositivo de medición asociado, además de:

• algunas magnitudes características ingresadas al calculador(típicamente la densidad), y

• los valores adecuados basados en Normas y/o Reglamentacionesaplicables, previamente definidas.

3.7.2.2- Verificación de dispositivos o sensores asociados a lamedición.

3.7.2.2.1- El error máximo permitido y la falla significativa de lasindicaciones de temperatura, presión o densidad medida por undispositivo de medición asociado (que está compuesto de un sensor demedición asociado y un transductor de medición asociado) cuando ésteestá sujeto a una temperatura, presión o densidad conocida, sonaquellos especificados en la Tabla 4.2. Si la indicación es provistapor el dispositivo de conversión (como parte del calculador con sudispositivo indicador), este error máximo permitido incluye el errormáximo permitido correspondiente al calculador especificado en3.7.2.1.1.

3.7.2.2.2- Cuando un dispositivo de medición asociado, el cual proveeuna señal de salida digital es verificado exponiéndolo a unatemperatura, presión o densidad conocida, el error máximo permitido yla falla significativa son los especificados en la Tabla 4.2. El errorde redondeo del calculador u otro dispositivo indicador son asumidoscomo despreciables.

3.7.2.2.3- Cuando un dispositivo sensor de medición (que provee unasalida analógica) se verifica separadamente por exposición atemperatura, presión o densidad conocidas, el error máximo permitido yla falla significativa son especificados en la Tabla 4.3.

Tabla 4.2 Errores máximos permitidos para la indicación de dispositivosde medición asociados.

Erroresmáximos permitidos y fallas significativas de medición Clasede exactitud del sistema de medición 0,3 0,5 1,0 Temperatura ±0,30 ºC ±0,50 ºC Presión Menorque 1 MPa: ± 50kPaEntre 1 MPa y 4 MPa: ± 5%Mayor que 4 MPa: ± 200kPa Densidad(conversión masa a volumen) ±1,0 kg/m3 ±2,0 kg/m3 Densidad(conversión a temperatura o presión) ±5 kg/m3

Ver 4.6.7 para la determinación del tamaño de los intervalos deescala sobre los dispositivos de medición asociados.

Tabla 4.3 Errores máximos permitidos para la señal de salida de lossensores de medición asociados.

Erroresmáximos permitidos y fallas significativas de medición Clasede exactitud del sistema de medición 0,3 0,5 1,0 Temperatura ±0,24 ºC ±0,40 ºC Presión Menorque 1 MPa: ± 40kPaEntre 1 MPa y 4 MPa: ± 4%Mayor que 4 MPa: ± 160kPa Densidad(conversión masa a volumen) ±0,8 kg/m3 ±1,6 kg/m3 Densidad(conversión a temperatura o presión) ±4 kg/m3

Ver 4.6.7 para la determinación del tamaño de los intervalos deescala sobre los dispositivos de medición asociados

3.8- Errores máximos permitidos y fallas significativas en calculadores

Los errores máximos permitidos y fallas significativas sobre lasindicaciones de magnitudes de líquidos aplicable a calculadores, cuandoellos son ensayados separadamente, son igual a 1/10 del error máximopermitido definido en la línea A de la Tabla 2. Sin embargo, el tamañodel error máximo permitido, y falla significativa respectivamente, nodebe ser que la mitad del intervalo de escala del sistema de medicióndel cual el calculador formará parte.

3.9- Indicaciones, unidades de medida y símbolos asociados.

3.9.1- La indicación de volumen debe ser hecha en centímetro cúbico(cm³) o milímetro cúbico (mm³), en decímetro cúbico (dm³) o litro (L),o en metro cúbico (m³).

La masa debe ser indicada en gramo (g), kilogramo (kg), o tonelada (t).

El nombre de la unidad o su símbolo debe figurar en la vecindadinmediata, próxima a la indicación.

Para masa, de acuerdo al caso, el nombre de la unidad o su símbolo debeser acompañado por el término “masa” (masa real) o “masa convencional”(comparación por pesaje).

Cuando las unidades de las magnitudes son entregadas por instrumentosde medición asociados: la temperatura deberá ser indicada en gradoCelsius (ºC), la densidad deberá ser indicada en kilogramo por metrocúbico (kg/m³), y la presión deberá ser indicada en Pascal (Pa),kilopascal (kPa) o Megapascal (MPa).

3.9.2- Los sistemas de medición deben ser provistos de un dispositivoindicador que entregue la magnitud de líquido medido a condiciones demedición.

Cuando un sistema de medición está equipado con un dispositivo deconversión, éste debe posibilitar la indicación de la magnitud encondiciones de medición y la magnitud convertida.

Las exigencias aplicables a los dispositivos que indican las magnitudesa condiciones de medición deben ser aplicadas a los dispositivos queindican las magnitudes en condiciones convertidas.

3.9.3- El uso de un mismo display para la indicación de las magnitudesen condiciones de medición y en condiciones convertidas, puede serpermitido debido a la naturaleza de la magnitud indicada y estaindicación estará disponible cuando se requiera.

3.9.4- Un sistema de medición puede tener varios dispositivosindicadores de una misma magnitud. Cada indicación debe estar deacuerdo a las exigencias de esta Reglamentación. Los valores delintervalo de escala de los distintos indicadores pueden ser distintos.

3.9.5- Para cualquier magnitud medida relativa a la misma medición, lasindicaciones producidas por varios dispositivos, no deben diferir unade otra en un valor superior al valor del intervalo de escala de lamayor de las escalas, si fueran diferentes.

Para totalizadores, este requerimiento es aplicable a la diferencia enla indicación antes y después de la medición.

3.9.6- Salvo indicaciones específicas para ciertos tipos de sistemas demedición, puede ser autorizado el uso del mismo dispositivo indicadorpara las indicaciones de varios sistemas de medición (que poseen undispositivo de indicación común), siempre que una de las siguientescondiciones sea atendida:

• imposibilidad de utilizar simultáneamente dos sistemas de medición,

• las indicaciones relativas de un sistema de medición dado sonacompañadas de una identificación clara del sistema de medición y elusuario puede obtener la indicación correspondiente de uno de lossistemas, usando un simple comando.

3.10- Eliminador de aire o gases.

3.10.1- Requerimientos generales.

Los sistemas de medición deberán incorporar un dispositivo eliminadorde gas para la adecuada eliminación de aire o gases no disueltos, loscuales pueden estar contenidos en el líquido antes de entrar en elmedidor. En el caso de que aguas arriba del medidor no se aspire airey/o no se libere gas, no es necesario un dispositivo eliminador de gas.

Los dispositivos de desgasificación deben ser adecuados a lascondiciones de alimentación y estar dispuestos de tal forma que elefecto debido a la influencia del aire o gases sobre los resultados dela medición no excedan del:

a) 1% de la magnitud medida para líquidos potables con formación deespuma y para líquidos cuya viscosidad sea superior a 1mPa.s (a 20 ºC),o

b) 0,5% de la magnitud medida para todos los otros líquidos.

Sin embargo, el dispositivo eliminador de gas no es necesario para elcaso de que este efecto de influencia sea menor al 1% de la magnitudmínima medible.

Los valores especificados en esta sección son aplicables a ladiferencia entre:

• los errores del medidor con entrada de aire o gas y

• los errores del medidor sin entrada de aire o gas.

3.10.2- Líquido bombeado.

Un dispositivo eliminador de aire o gas es requerido, sin perjuicio delos requerimientos del punto 3.10.4, cuando la presión de entrada en labomba puede, aún momentáneamente, ser inferior a la presión atmosféricao a la presión de vapor saturado del líquido, lo cual puede resultar enuna mezcla de aire o gas.

Si pueden generarse formaciones de bolsones de gases y tienen un efectoespecífico mayor al 1% de la mínima magnitud medible, el separador degas debe también ser aprobado como un extractor de gas.

Dependiendo de las condiciones de suministro, un extractor de gasespecial puede ser utilizado con el propósito de que el riesgo de aireo gas mezclado sea menor al 5% del volumen entregado a máximo caudal.

Cuando son aplicables estas previsiones concernientes a formacionesgaseosas, es importante considerar que:

1) son posibles las formaciones gaseosas, debido a la contraccióntérmica en períodos de parada; y

2) bolsones de aire probablemente se pueden introducir en la cañería,cuando un tanque de alimentación es vaciado completamente.

Un dispositivo eliminador de aire o gas es necesario, cuando la presióna la entrada de la bomba es siempre superior a la presión atmosférica ya la presión de vapor saturado del líquido, pero formaciones gaseosascapaces de tener un efecto específico mayor al 1% de la mínima magnitudmedible pueden aparecer. Cuando esto se prevé, es necesario considerarlas situaciones concernientes a formaciones gaseosas mencionadas arriba.

Si un dispositivo eliminador de aire-gas es instalado debajo del niveldel medidor, es necesario incorporar al sistema una válvula deretención para evitar el vaciado de la cañería entre los doscomponentes.

No se requiere un dispositivo eliminador de aire o gas, cuando lapresión a la entrada de la bomba es siempre superior a la presiónatmosférica y a la presión de vapor saturado del líquido, y sicualquier formación gaseosa capaz de tener un efecto superior al 1% dela magnitud mínima medible, no puede formarse o introducirse en lacañería de admisión del medidor, en cualquier condición de uso.

La caída de presión causada por el flujo del líquido entre eldispositivo eliminador de aire-gas y el medidor debe ser la menorposible.

Si la cañería aguas arriba del medidor incorpora varios puntoselevados, es necesario instalar uno o más dispositivos de purgaautomáticos o manuales.

3.10.3- Líquido no bombeado.

Cuando un medidor es alimentado por gravedad sin utilizar una bomba, ysi la presión del líquido en toda la cañería aguas arriba del medidor yen el medidor es superior a la presión de vapor saturado del líquido ya la presión atmosférica a condiciones de medición, no es necesaria lautilización de un dispositivo eliminador de aire-gas.

Si la presión del líquido es probablemente inferior a la presiónatmosférica y permanece mayor que la presión de vapor saturado dellíquido, un dispositivo apropiado debe prevenir la entrada de aire enel medidor.

En otros casos, un dispositivo eliminador de gases apropiado deberá serinstalado.

Si un medidor es alimentado bajo gas a presión, el sistema de medicióndebe ser construido de tal forma, de evitar el uso de un separador deaire-gas, pero un dispositivo apropiado debe impedir la entrada de aireo gas al medidor.

En todas las circunstancias la presión del líquido entre el medidor yel punto de transferencia debe ser mayor que la presión de vaporsaturado del líquido.

3.10.4- Líquidos viscosos.

Considerando que la efectividad del dispositivo eliminador de gasdecrece con el aumento de la viscosidad del líquido, este dispositivopuede ser prescindible para líquidos con viscosidad dinámica superior a20 mPa.s a 20 ºC.

En este caso es necesario proveer recursos que eviten la entrada deaire. Una bomba debe colocarse de tal forma que la presión a la entradasea siempre superior a la presión atmosférica.

Si no es posible alcanzar la condición anterior, se deberá proveer undispositivo para la detención automática del flujo de líquido parapresiones inferiores a la atmosférica. Un medidor de presión debeusarse para el monitoreo de la presión. Estas precauciones no sonnecesarias si existen dispositivos que aseguren la hermeticidad de lasjuntas en las secciones de la cañería bajo presión reducida y si elsistema de medición se diseña de tal forma que el aire o el gasdisuelto nunca puedan ser liberados.

3.10.5- Cañería removedora de gases.

La cañería removedora de gas de un dispositivo eliminador de gas, nodebe incluir una válvula de control manual. Sin embargo, si talelemento de cierre es requerido por razones de seguridad, éste deberáposibilitar y asegurar que la válvula continúe en la posición abiertadurante la operación, por medio de un dispositivo de precintado o pormedio de un dispositivo de bloqueo que prevenga posteriores medicionescon la válvula cerrada.

3.10.6- Dispositivo antiturbulencias

Si el tanque reservorio de un sistema de medición en condicionesnormales de funcionamiento es vaciado completamente, a la salida deltanque debe instalarse un dispositivo antiturbulencias, a menos que elsistema de medición incorpore un separador de aire-gas.

3.10.7- Exigencias generales para un dispositivo eliminador de aire-gas.

3.10.7.1- El gas separado por un dispositivo eliminador de aire o gasdebe ser eliminado automáticamente, a menos que exista un dispositivoque automáticamente pare o reduzca suficientemente el flujo del líquidocuando existe riesgo de que aire o gas entre en el medidor. En caso deparada, ninguna medición debe ser realizada, a no ser que el aire o gassea automáticamente o manualmente eliminado.

3.10.7.2- Los límites operacionales de un dispositivo eliminador deaire-gas son los siguientes:

a) el/los caudal/es máximo/s para uno o más líquidos especificados,

b) la presión máxima (sin corriente de flujo) y la presión mínima (conlíquido y sin entrada de aire mientras la bomba opera a caudal máximo)compatible con la correcta operación del dispositivo separador deaire-gas,

c) a magnitud mínima medible para la cual fue diseñado.

3.10.8- Disposiciones especiales aplicables a los separadores de gas.

3.10.8.1- Dentro de los límites de error especificados en 3.10.1, unseparador de gas debe asegurar la eliminación de aire o gases mezcladoscon el líquido. Un separador de gas diseñado para un caudal máximomenor o igual a 20 m3/h debe asegurar la eliminación de algunaproporción por volumen de aire o gases relativa al líquido medido. Unseparador de gas diseñado para un caudal máximo mayor a 20 m3/h debeasegurar la eliminación relativa del 30% de aire o gases para ellíquido medido (los volúmenes de aire o gases son medidos a presiónatmosférica para determinar sus porcentajes). El porcentaje seconsiderada solamente cuando el medidor funciona a un caudal superioral mínimo (valor medio durante un minuto).

Cuando se prevé un dispositivo automático de eliminación de aire ogases, éste debe continuar operando correctamente a la presión máximafijada para el separador de gases.

3.10.9- Disposiciones especiales aplicables a los extractores de gas.

Un extractor de gas operando al caudal máximo del sistema de medición,debe asegurar la eliminación de bolsones de aire o gases de un volumen(medido a presión atmosférica) cómo mínimo igual a la magnitud mínimamedible, sin que resulte un efecto adicional mayor que el 1% de lamagnitud mínima medible.

Un extractor de gas especial (capaz de eliminar gas mezclado y bolsonesde gas), debe también ser capaz, al caudal máximo del sistema, separarcontinuamente un volumen de aire o gas mezclado en el líquido igual al5% del volumen de líquido entregado (a caudal máximo) sin que resulteun efecto adicional que exceda los límites fijados en 3.10.1.

3.11- Indicador de gas.

Para ciertos tipos de sistemas de medición puede ser exigible unindicador de gas. Tal exigencia deberá ser fundada en el informe deensayo de aprobación de modelo.

El indicador de gas debe ser diseñado de tal forma que permita unaindicación satisfactoria de la presencia de aire o gas en el líquido.

El indicador de gas debe ser instalado aguas abajo del medidor. En lossistemas de medición con conducto de vaciado, el indicador de gas puedetener la forma de un visor tipo vertedero y puede también, ser usado,simultáneamente como punto de transferencia.

El indicador de gas puede ser equipado con un tornillo de purga u otrodispositivo de ventilación (válvula de ventilación), cuando forma unpunto alto de la cañería. Ninguna cañería debe ser conectada aldispositivo de venteo. Los dispositivos indicadores de flujo pueden serincorporados a los indicadores de aire o gas siempre que taldispositivo no impida la observación de cualquier formación de gasespresentes en el líquido.

3.12- Punto de transferencia.

3.12.1- Un sistema de medición debe poseer como mínimo un punto detransferencia. Este punto de transferencia debe ser localizado aguasabajo del medidor en sistemas para despacho y aguas arriba del medidoren sistemas para recepción.

3.12.2- Los sistemas de medición pueden ser de dos tipos: sistemas conconducción vacía o sistemas con conducción llena.

El término conducción incluye las cañerías rígidas y flexibles.

Sistema de medición con conducción vacía.

3.12.2.1- Los sistemas que funcionan con conducción vacía en el caso deequipamiento para entrega, son sistemas de medición en los cuales elpunto de transferencia está ubicado aguas arriba de la cañería deentrega. Este punto de transferencia puede ser en forma de visor tipovertedero, o un dispositivo de cierre combinado, en cada caso debeexistir un sistema que asegure el vaciado de la cañería de entrega,luego de cada operación de medición (y aguas abajo de la cañería derecepción en sistemas de medición destinado para recibir producto).

Sistema de medición con conducción llena.

3.12.2.2- El sistema de medición que funciona con conduccióncompletamente llena, son sistemas de medición en los cuales el punto detransferencia consiste en un dispositivo de cierre, ubicado cerca delextremo o en el extremo de la cañería de entrega en sistemas demedición diseñados para entrega de producto (o cerca del comienzo de lacañería de recepción en sistemas de medición diseñados para recibirproducto).

3.12.2.3- En el caso de equipamiento de recepción, las mismasdisposiciones deben ser aplicadas a las cañerías de recepción situadasaguas arriba del medidor.

3.13- Llenado completo de un sistema de medición.

3.13.1- El medidor y la cañería entre el medidor y el punto detransferencia deben ser mantenidos llenos de líquido durante lamedición y en períodos de interrupción.

Cuando esta condición no se satisface, especialmente en el caso deinstalaciones fijas, el llenado completo del sistema de medición hastael punto de transferencia debe ser realizado manualmente oautomáticamente y monitoreado durante la medición y en períodos deinterrupción.

Para garantizar la completa eliminación de aire o gases del sistema demedición, se deberá incorporar en posición apropiada un dispositivo deventilación de manera que permita la detección visual o automática delllenado completo.

3.13.2- El efecto de contracción debido al cambio de temperatura dellíquido en la cañería entre el medidor y el punto de transferencia nodebe ser mayor al 1% de la magnitud mínima medible, debido avariaciones de temperatura, igual a:

a) 10 ºC para cañerías expuestas.

b) 2 ºC para cañerías enterradas o con aislamiento térmico.

3.13.3- Siguiendo las previsiones del punto 3.10.3, de ser necesario,se debe instalar aguas abajo del medidor, un dispositivo demantenimiento de la presión, para asegurar que la presión en eldispositivo eliminador de gas y en el medidor sea siempre superior a,tanto la presión atmosférica como a la presión de vapor saturado dellíquido.

3.13.4- Cuando la inversión del flujo podría dar lugar a un errorsuperior al desvío de la magnitud mínima especificada, un sistema demedición (en el cual el líquido podría fluir en dirección opuesta a lade funcionamiento normal, cuando la bomba es detenida), se deberáequipar con una válvula de retención. Si es necesario, el sistemadeberá también ser equipado con un dispositivo limitador de presión.

3.13.5- En los sistemas de medición operados con conducción vacía, lacañería aguas abajo del contador y, de ser necesaria, la cañería aguasarriba del medidor deben tener un punto alto, de tal forma que todas lapartes del sistema de medición excepto la manguera, siempre permanezcanllenas de líquido.

3.13.6- En los sistemas de medición operados con conducción llena, loscuales son usados para medir líquidos distintos de gases licuados, elextremo libre de la cañería debe incorporar un dispositivo que impidael drenaje de la cañería durante períodos de parada.

Cuando un dispositivo de cierre es instalado aguas abajo de estedispositivo, el volumen del espacio entre ellos debe ser tan pequeñocomo sea posible y, en todos los casos, inferior al desvío de lamagnitud mínima especificada.

3.13.7- Si la cañería está constituida por diversos componentes, éstosdeben ser montados por medio de conectores especiales, que mantengan lamanguera llena, o por un sistema de conexión que sea sellado o requierael uso de herramientas especiales para su desconexión.

3.14 Vaciado de la cañería de entrega.

3.14.1- En los sistemas de medición a conducción vacía, el drenaje dela cañería de entrega referida al punto 3.12.2.1., debe estar aseguradopor la válvula de ventilación.

En algunos casos, esta válvula puede ser sustituida por un medioactivo, tal como una bomba auxiliar o por un inyector de gascomprimido. Estos medios activos de drenaje deben funcionarautomáticamente.

Sin embargo, cuando esto no es posible, por razones técnicas o deseguridad debidamente establecidas, para entregar o recibir la magnitudmedida contenida en cañerías de un sistema de medición a cañería vacía,esta magnitud debe ser menor o igual a la mitad del desvío de lamagnitud mínima especificada.

3.15- Variación del volumen interno a cañería llena.

Para las cañerías llenas, en un sistema de medición equipado concarretel portacañerías flexible, el incremento de volumen interno,debido al cambio de posición de la manguera, enrollada cuando no estábajo presión, a la posición desenrollada (extendida) bajo presión, sinflujo de líquido, no debe exceder el doble del desvío de la magnitudmínima especificada.

Si el sistema de medición no está equipado con un carretel portacañería flexible, el incremento en el volumen interno no debe excederel desvío de la magnitud mínima especificada.

3.16- Bifurcaciones y desvíos.

3.16.1- En los sistemas de medición destinados a entregar líquido,ningún medio debe existir, por medio del cual alguna fracción delíquido medido pueda ser desviado aguas abajo del medidor. Sin embargo,dos o más salidas de despacho, pueden ser instaladas permanentemente yoperadas simultáneamente o alternativamente, asegurando que todos losdesvíos de líquidos en otras direcciones que la destinada a el/losreservorio/s previsto/s no pueda/n ser rápida y fácilmente ejecutadas ypuedan ser fácil y rápidamente detectada/s. Tales medios incluyen, porejemplo, barreras físicas, válvulas fácilmente identificables oindicaciones que tornen visible y marquen claramente cuándo lasdescargas están en operación, y letreros explicativos, si es necesario.

Para sistemas de medición destinados a recibir líquido, talesexigencias deben ser aplicadas por analogía.

Una descarga controlada manualmente, puede ser utilizada como purga odrenaje del sistema de medición. Medios efectivos deben ser previstospara impedir el pasaje de líquido a través de cualquier punto de salidadurante la utilización normal del sistema de medición.

3.16.2- Los sistemas de medición que pueden operar con cañería vacía ocañería llena y que son equipados con cañerías flexibles, una válvulade retención se debe incorporar necesariamente, en la cañería rígida,en dirección de la cañería llena, inmediatamente aguas abajo de laválvula selectora. La válvula selectora, en ninguna posición, permitirála conexión de una cañería de entrega funcionado como una cañería devaciado para una cañería en dirección de la cañería llena.

3.16.3- Debe ser imposible proveer una derivación del medidor encondiciones normales de uso.

3.17- Mecanismos de control y cierre.

3.17.1- Si existe riesgo de que en condiciones de funcionamiento sepueda sobrecargar el medidor, se debe prever un dispositivo limitadorde flujo. Este dispositivo debe ser instalado aguas abajo del medidor ydebe ser posible sellarlo.

3.17.2- Las distintas posiciones de los controles de las válvulasmultivías deben ser fácilmente visibles y ubicables por muescas, frenosu otros dispositivos de fijación. Alternativas a estas exigenciaspueden ser admitidas cuando las posiciones adyacentes de los controlesforman un ángulo de 90º o mayor.

3.18- Previsiones diversas.

3.18.1- Si posee, los filtros no deben interferir en la exactitud uoperación del sistema de medición o sus componentes.

3.18.2- En el caso de medición de productos líquidos de petróleo, losdispositivos para recuperación de vapor no deben influenciar en laexactitud de la medición de forma tal que no sea excedido el errormáximo permitido.

3.18.3- Debe ser posible en medidores para sustancias alimenticiaslíquidas desmontar y desensamblar el dispositivo de medición para unalimpieza profunda. El dispositivo de medición debe ser diseñado de talforma que no permita un armado inadecuado de los componentes delsistema de medición. En cambio, el medidor debe puede ser provisto coninstrucciones de armado o marcas que aseguren mediciones correctas.

El desmontando del dispositivo de medición no debe posibilitar elcambio de exactitud del dispositivo, y en particular, esto no debepermitir el acceso a los parámetros sellados u otros medios de ajuste.

3.19- Inscripciones “Placa de datos”.

3.19.1- Cada sistema de medición llevará la siguiente información:

• Número de inscripción del fabricante (Art. 18 Ley Nº 19.511)

• Código de aprobación de modelo.

• Marca de identificación del fabricante o marca registrada.

• Modelo, designación seleccionada por el fabricante.

• Número de serie y año de fabricación.

• País de origen

• Características como las definidas en 3.3.1 (sistema de medición),4.1.1.1 (medidor), 3.10.7.2 (dispositivo eliminador de gas) o 4.1.7.1

• Clase de exactitud.

• Espacio para marcas de verificación.

Esta información debe colocarse sobre una o varias placas de datos,ubicada sobre una parte no removible en condiciones normales de uso.

La información relativa a la magnitud mínima medible y las marcas deverificación estarán visibles en condiciones normales de uso.

Las marcas referidas a la información del sistema de medición estaránbasadas en el tipo de aprobación, incluyendo el rango de temperaturadel líquido, y no deberá confundirse con descripciones fijadas porrazones de seguridad, en particular los límites de presión.

3.19.2- Cada componente o subsistema para el cual el tipo de aprobaciónha sido concedida deberá llevar la siguiente información:

• Número de serie.

• Código de aprobación de modelo.

Esta información deberá ser parte del componente o subsistema o deberácolocarse sobre una placa de datos probablemente no removible delcomponente o subsistema bajo normales condiciones de uso.

3.19.3- Si varios componentes operan en un único sistema de medición,las inscripciones exigidas para cada parte del sistema pueden serreunidas en una única placa.

Si varios sistemas de medición operan separadamente en un recintocomún, solamente una placa de datos es requerida.

Cuando un sistema de medición puede ser transportado sin serdesmontado, las inscripciones exigidas para cada componente pueden sertambién reunidas en una única placa.

3.19.4. Cuando el volumen se indica a condiciones de base, el resultadode la medición deberá ser acompañado con información al respecto de lascondiciones de base, por ejemplo:

 “a 15 ºC” o “a 15 ºC y 101.325 kPa”.

3.20- Dispositivo de sellado o precintado y estampado de placa.

3.20.1- General.

El sellado debe ser realizado con metal, plástico u otra maneraadecuada mientras éste sea lo suficientemente durable y proveaevidencia de alteraciones.

Los sellos o precintos deben, en todos los casos, ser fácilmenteaccesibles.

Un sellado debe ser previsto sobre todas las partes del sistema demedición que no estén materialmente protegidas de cualquier otra forma,contra una maniobra capaz de afectar la exactitud de la medición.

Sin perjuicio de lo previsto en 4.1.4 y 4.6.5, se deben prohibir loscambios de parámetros y algoritmos de cálculo, los cuales participan enla determinación de los resultados de la medición (en particularparámetros para corrección y conversión), por medio de dispositivos desellado.

Una etiqueta de identificación destinada a recibir las marcas decontrol de metrología, debe ser sellada y permanecerá fija sobre unsoporte del sistema de medición. Esta puede ser combinada con la placade datos del sistema de medición referido en 3.19.

En el caso de un sistema de medición usado para líquidos potables, lossellos deben ser aplicados de tal forma que el equipamiento pueda serdesmantelado para propósitos de limpieza.

3.20.2- Dispositivos de precintado electrónicos.

3.20.2.1- Cuando el acceso a parámetros y algoritmos de cálculo queparticipan en la determinación de los resultados de medición, no sonprotegidos por dispositivos de precintado mecánico, una protección debesatisfacer las siguientes exigencias de las secciones 3.20.2.1.1 a3.20.2.1.2.

3.20.2.1.1 Accesos.

• Cualquier acceso debe ser solamente permitido a personas autorizadas,como por ejemplo mediante el uso de un “password” y, después de cambiarparámetros, el sistema de medición debe ser puesto en funcionamientonuevamente “en condiciones de precintado” sin ninguna restricción; o

• cualquier acceso es permitido sin restricciones (similar al clásicoprecinto) pero, después del cambio de los parámetros, el sistema demedición debe sólo ser puesto en funcionamiento nuevamente “encondiciones de precintado” por personas autorizadas, por ejemplo usandoun “password”.

3.20.2.1.2 El “password” puede ser variado.

Cuando el sistema está en modo configuración (un modo en el cual losparámetros pueden ser cambiados y los algoritmos modificados), eldispositivo debe, ya sea: no operar o indicar claramente que está en elmodo configuración. Este estado debe permanecer hasta que el sistema demedición haya sido puesto en funcionamiento nuevamente “en condicionesde precintado” de acuerdo con 3.20.2.1.1.

Para identificación, los datos concernientes a las últimasintervenciones deberán ser almacenados. Los datos almacenados incluiráncomo mínimo:

• Un contador de intervenciones,

• la fecha de cambio del parámetro (puede permitirse el accesomanualmente).

• el nuevo valor del parámetro, y

• la identificación de la persona que llevó a cabo la intervención.

Debe ser posible rastrear la última intervención de por lo menos dosaños, si fuera posible almacenar más de una intervención y si elborrado de una intervención anterior tiene que ocurrir para permitiruna nueva memorización, la más antigua memorizada debe ser borrada.

3.20.2.2- Para sistemas de medición con partes que puedan serdesconectadas una de otra por el usuario y las cuales sonintercambiables, las siguientes exigencias deben ser cumplidas:

• No debe ser posible acceder a los parámetros que participan en ladeterminación de los resultados de la medición a través de puntosdesconectados a menos que las exigencias del punto 3.20.2.1 seancumplidas.

• Debe ser impedida la interposición de cualquier dispositivo que puedainfluenciar en la exactitud, por medio de seguridad electrónica einformática o, si no es posible por medios mecánicos.

3.20.2.3- Para sistemas de medición con partes que puedan serdesconectadas unas de otras por el usuario, que no son intercambiables,las exigencias en 3.20.2.2 deben ser aplicadas. Además estos sistemasdeben ser equipados con dispositivos que no permitan el funcionamientodel sistema si las diversas partes no estuviesen asociadas de acuerdo ala configuración del fabricante.

Desconexiones que no son permitidas para el usuario, pueden serprevenidas, por ejemplo, por medio de un dispositivo que impidacualquier medición luego de desconectar y reconectar.

4- Requerimientos para medidores y dispositivos auxiliares de unsistema de medición.

4.1-Medidor.

El/Los medidor/es de un sistema de medición deben atender a lossiguientes requerimientos, sea/n este/os sometido/s separadamente o noa una aprobación de modelo.

4.1.1- Condiciones nominales de funcionamiento.

4.1.1.1- Las condiciones nominales de funcionamiento de un medidorestán determinadas como mínimo por las siguientes características:

• Magnitud mínima medible, MMQ,

• rango de caudal, limitado por el caudal mínimo Qmín y elcaudal máximo Qmáx.(o rango limitado por el número deReynolds, si es aplicable),

• nombre o tipo de líquido o sus características pertinentes, porejemplo: el rango de viscosidad, limitado por la viscosidad mínima dellíquido y viscosidad máxima del líquido y/o el rango de densidad,limitado por la densidad mínima del líquido y densidad máxima dellíquido,

• el rango de presión, limitado por la presión mínima del líquido Pmíny la presión máxima del líquido Pmáx,

• el rango de temperatura, limitado por la temperatura mínima dellíquido Tmín y la temperatura máxima del líquido Tmáx,

• niveles de severidad que corresponden a las condiciones climáticas,eléctricas y mecánicas ambientales para las cuales el sistema demedición es diseñado para ser expuesto (ver anexo II),

• valor nominal de la tensión de alimentación de CA y/o límites detensión de alimentación de CC.

4.1.1.2- El valor de la magnitud mínima medible debe estar en elformato de 1x10n, 2x10n o 5x10n unidades autorizadas de volumen o masa,donde n es un número entero positivo, negativo o cero.

4.1.2- Requerimientos metrológicos.

Los requerimientos de esta sección para un medidor son tambiénaplicables a sistemas de medición (ver 7.1.5).

4.1.2.1- El error máximo permitido para un medidor, bajo condicionesnominales de funcionamiento, son iguales a los especificados en línea Bde la Tabla 2.

4.1.2.2- Para cualquier magnitud igual o mayor que cinco veces lamagnitud mínima medible, el error de repetibilidad del medidor no debeser mayor a 2/5 del valor especificado en línea A de la Tabla 2.

4.1.2.3- Bajo condiciones nominales de funcionamiento para un líquidodado, los medidores deben presentar un valor de la diferencia entre elerror intrínseco inicial y el error luego del ensayo de endurancia,igual o menor que el valor especificado en línea B de la Tabla 2.

4.1.2.4- El desvío de la magnitud mínima especificada (Emín)para el medidor, está dado por la segunda formula en la sección 3.5.3.

4.1.3- Dispositivo de ajuste.

Los medidores pueden ser equipados con un dispositivo de ajusteprecintable que permita modificar en forma simple la relación entre lamagnitud indicada y la magnitud real de líquido que pasa por elmedidor, para estar dentro de:

• 0,05% para medidores destinados a equipar sistemas de medición declase de exactitud 0,3.

• 0,1% para medidores destinados a equipar sistemas de medición deotras clases de exactitud

Un dispositivo de ajuste deberá ser usado solamente para reducir elerror y ubicarlo tan cerca de cero como sea posible.

Está prohibido al ajuste de un medidor por medio de una derivación(by-pass).

4.1.4- Dispositivo de corrección.

4.1.4.1- Los medidores pueden estar equipados con dispositivos decorrección. Estos dispositivos deben ser considerados como parteintegral del medidor. Por tal motivo las exigencias que son aplicablesa los medidores, en particular el error máximo permitido especificadoen (4.1.2.1), deberá ser aplicado a la magnitud corregida (encondiciones de medición).

4.1.4.2- En funcionamiento normal, la magnitud no corregida no debe sermostrada por el indicador. La magnitud no corregida deberá, noobstante, estar disponible para utilizarla en ensayos.

4.1.4.3- Un dispositivo de corrección debe ser usado solamente parareducir los errores y ubicarlo tan cerca de cero como sea posible.

4.1.4.4- Todos los parámetros no medidos, necesarios para unacorrección, deben estar contenidos en el calculador, al comenzar laoperación de medición.

El certificado de aprobación de modelo debe prescribir la posibilidadde chequear los parámetros necesarios para las correcciones en elmomento de la verificación del dispositivo de corrección.

4.1.4.5- Para transacciones comerciales, la corrección es permitida porselección del nombre o tipo de líquido al principio de la operación demedición.

Para transacciones que no involucran venta directa al público, lacorrección es permitida por selección o ingreso del nombre o tipo delíquido o cualquier otro dato, cuando este dato participa en lacorrección de la magnitud. Este dato permite caracterizar sinambigüedad a aquellos líquidos cuyo nombre o tipo no lo permiten.

Todos los casos están sujetos a las siguientes condiciones:

• Un dispositivo de impresión sujeto al control metrológico legal esobligatorio.

• Este dato y una nota explicativa de que este dato ha sido ingresadomanualmente deber ser impreso al mismo tiempo que el resultado de lamedición.

• El nombre o tipo de líquido debe ser conocido e impreso sinambigüedad.

4.1.4.6- El dispositivo de corrección no debe permitir la corrección deuna deriva (drift) predeterminada.

4.1.4.7- Los dispositivos de medición asociados deben estar enconformidad con lo establecido en sus respectivos reglamentos yrecomendaciones técnicas metrológicas. La exactitud de medición de cadainstrumento debe ser lo suficientemente baja, para permitir que lasexigencias especificadas en (4.1.2.1) sean cumplidas.

4.1.4.8- Los dispositivos de medición asociados deben ser dotados consistemas de monitoreo, conforme a lo especificado en (5.3.6).

4.1.5- Sistema de medición equipado con medidor tipo turbina y tipo dedesplazamiento positivo.

4.1.5.1- La presión aguas abajo del medidor debe ser tal que evite lacavitación.

4.1.5.2- Si la exactitud del medidor es afectada por perturbacionesaguas arriba o aguas abajo de la cañería, el medidor debe ser provistocon el suficiente número de tramos rectos de cañería con o sindispositivo rectificador de flujo, como especifica el fabricante, talque las indicaciones del sistema de medición instalado incluyendo almedidor satisfagan los requerimientos de 3.4 a 3.6 con referencia a loserrores máximos permitidos y de acuerdo a la clase de exactitud delsistema de medición.

4.1.5.3- Las características de los dispositivos rectificadores deflujo y/o tramos rectos de cañería, si son requeridos, se debenespecificar en el certificado de aprobación de modelo.

4.1.5.4- Si el sistema es provisto con un dispositivo “limitador parabajos caudales” programable o ajustable, o un dispositivo de“compensación de cero”, o cualquier otro dispositivo de ajuste quepermita cumplir con los ensayos requeridos en la totalidad de lascondiciones nominales de funcionamiento, dichas características debenser precintables. El fabricante debe proveer instrucciones claras parael adecuado ajuste de las mismas. Las limitaciones y ajustes de dichascaracterísticas deben ser detalladas en el certificado de aprobación demodelo.

En los dispositivos “limitador para bajos caudales”, el valor dellímite del caudal no debe ser superior que el 20% del caudal mínimodefinido por la aplicación.

El error causado por la compensación de cero del medidor, relativo alcaudal mínimo, no debe exceder el valor especificado en la línea C dela Tabla 2.

4.1.6- Sistema de medición equipado con medidores electromagnéticos.

4.1.6.1- Son aplicables los requerimientos 4.1.5.1 al 4.1.5.4.

4.1.6.2- Las condiciones nominales de funcionamiento con respecto a laconductividad del líquido y las características del cable deben serespecificadas por el fabricante y deben ser documentadas en elcertificado de aprobación de modelo.

4.1.7- Sistema de medición equipado con medidores ultrasónicos.

4.1.7.1- Son aplicables los requerimientos 4.1.5.1 al 4.1.5.4.

4.1.7.2- El mínimo número de Reynolds del líquido a ser medido debe serespecificado por el fabricante.

4.1.8- Sistema de medición equipado con medidores vortex.

4.1.8.1- Son aplicables los requerimientos 4.1.5.1 al 4.1.5.4 y elrequerimiento 4.1.7.2.

4.1.9- Sistema de medición equipado con medidores de caudal másico.

4.1.9.1- Son aplicables los requerimientos 4.1.5.1 al 4.1.5.4.

4.1.9.2- El medidor de caudal másico debe ser instalado en el sistemade medición de acuerdo a las recomendaciones del fabricante y conalgunas condiciones o limitaciones propuestas en el certificado deaprobación de modelo.

4.1.10- Sistema de medición equipado con medidores a tambor paraalcohol.

4.1.10.1- El volumen individual de las cámaras de medición de unmedidor a tambor debe ser de 1x10n, 2x10n o 5x10n litros, siendo n unnúmero entero positivo, negativo o cero. Las cámaras del tambor debenser de igual tamaño.

El eje del tambor debe ser horizontal. Con el fin de ser capaz deasegurar que éste sea instalado correctamente, el medidor debe serequipado con un dispositivo indicador de nivel si, cuando el eje deltambor es inclinado hasta 3º respecto de la horizontal, y la indicacióndel medidor varia más de la mitad del error máximo permitido en laverificación.

4.1.10.2- Los volúmenes de las cámaras individuales de medición de unmedidor a tambor pueden ser ajustados por medio de desplazamiento decuerpos. El dispositivo de conversión asociado el cual mide la densidady la temperatura del líquido de medición debe ser ajustable.

4.1.10.3- El dispositivo de conversión para determinar el volumen deetanol correspondiente a un medidor de tambor deberá estar de acuerdocon la Recomendación Internacional OIML R22 “Tablas internacionalesalcoholimétricas” (1975). La temperatura de referencia para la mediciónde alcohol es de 20 ºC.

La conversión puede ser aplicada mecánica o electrónicamente.

4.1.10.4- El muestreador de un medidor a tambor debe automáticamenteseparar y recoger una muestra representativa del líquido a ser medido afin de permitir la determinación separada del alcohol promediocontenido en el líquido, el cual ha pasado a través del sistema demedición, por ejemplo, separando un volumen igual cada vez que lascámaras de medición se completan.

Si el ensayo del volumen extraído es objeto de un tratamiento especialo de separación, el dispositivo de medición debe ser ajustado de modoque el volumen extraído no se incluya en la indicación del medidor atambor.

4.1.10.5- La eliminación del aire ingresado o gas liberado debe serefectuada por el medidor a tambor propiamente dicho. Por lo tanto no serequieren un dispositivo adicional eliminador de gas.

4.1.10.6- Dispositivos especiales incorporados al medidor deben impedirlas siguientes condiciones de operación inadmisibles y fallas de unmedidor a tambor por, o su ocurrencia debe ser indicada pordispositivos de advertencia:

• caudal excesivo;

• obstrucción del flujo libre;

• sobrellenado del tambor debido a la obstrucción de los elementosrotativos;

• temperatura fuera del rango permitido; y

• calentamiento inadmisible de la muestra separada.

4.2- Dispositivo indicador

4.2.1- Exigencias generales

4.2.1.1- Las lecturas de las indicaciones deben ser precisas, fáciles ysin ambigüedades, para cualquier posición del dispositivo indicador enreposo; si el dispositivo está compuesto por varios elementos, éstosdeben estar ordenados de tal forma que la lectura de la magnitud medidapueda ser efectuada por simple yuxtaposición de las indicaciones de losdiferentes elementos. El signo del separador decimal (coma o puntodecimal) debe aparecer claramente.

4.2.1.2- El intervalo de escala debe ser de la forma 1x10n, 2x10n o5x10n unidades legales de la magnitud medida, siendo n un número enteropositivo, negativo o cero.

4.2.1.3- Se debe evitar el registro de incrementos mínimos nosignificativos.

4.2.1.4- El intervalo de escala debe satisfacer los siguientesrequerimientos:

• Para dispositivos de indicación analógica o continua, el valor de lamagnitud correspondiente a 2 mm sobre la escala o a 1/5 del intervalode escala (o el primer elemento para dispositivos de indicaciónmecánica), según cuál sea mayor, debe ser menor o igual al desvío de lamagnitud mínima especificada (Emín).

• Para dispositivos de indicación digital o discontinua, el valor de lamagnitud correspondiente a dos incrementos mínimos (cifra menossignificativa) del registro debe ser menor o igual al desvío de lamagnitud mínima especificada (Emín).

4.2.2- Dispositivo de indicación mecánico.

4.2.2.1- Cuando la graduación de un elemento es enteramente visible, elvalor de una vuelta de este elemento debe tener la forma 10n unidadeslegales (S.I.M.E.L.A.) de la magnitud medida, donde n es un númeroentero. Esta regla sin embargo, no se aplica al elementocorrespondiente al máximo alcance del dispositivo indicador.

4.2.2.2- En un dispositivo indicador compuesto por varios elementos, elvalor de cada vuelta de un elemento, cuya graduación es enteramentevisible, debe corresponder al intervalo de escala del siguienteelemento.

4.2.2.3- Un elemento de un dispositivo indicador puede tenermovimientos continuos o discontinuos, pero cuando otros elementosdistintos del primero, tiene solamente parte de su escala visible através de una ventana, estos elementos deben tener movimientodiscontinuo.

4.2.2.4- El avance para una figura de cualquier elemento que tengamovimiento discontinuo debe ocurrir y completarse cuando el elementoprecedente pasa de 9 a 0.

4.2.2.5- Cuando el primer elemento tiene solamente una parte de escalavisible a través de una ventana y tiene un movimiento continuo, ladimensión de aquella ventana debe ser, por lo menos igual a 1,5 vecesla distancia entre dos graduaciones consecutivas marcadas sobre laescala.

4.2.2.6- Todos los trazos de la escala deben tener el mismo ancho,constante a lo largo de la línea y sin exceder 1/4 del espaciado de laescala. El espaciado de la escala visible debe ser igual o superior a 2mm. La altura visible de las cifras deben ser igual o superior a 4 mm,salvo especificaciones contrarias en exigencias para sistemas demedición específicos.

4.2.3- Dispositivo de indicación electrónico.

La indicación continua de la magnitud durante el período de medición,es solamente obligatoria en el caso de venta directa al público. Sinembargo, si interrumpiendo la indicación de la magnitud se interrumpela acción de algún sistema de monitoreo para chequeo, que esobligatorio o necesario para asegurar una correcta medición, lamagnitud que pasa a través del medidor durante cada interrupción debeser menor o igual a la magnitud mínima medible.

4.2.4- Dispositivo de puesta a cero para dispositivo indicador demagnitud.

4.2.4.1- Un dispositivo indicador de magnitud puede ser provisto con undispositivo de puesta a cero, para operaciones manuales o por medio deun sistema automático.

4.2.4.2- Una vez que la operación de retorno a cero fue iniciada debeser imposible que el dispositivo indicador de la magnitud muestre unresultado diferente al de la medición que se acaba de realizar, hastaque la operación de retorno a cero haya sido completada.

En los dispositivos indicadores de sistema de medición paraabastecimiento de combustibles líquidos con sistema de mediciónelectrónico no debe ser posible restablecer una indicación de cerodurante una medición. En otros sistemas de medición, esta exigenciadebe ser cumplida o una nota claramente visible debe ser mostrada en eldispositivo indicador declarando que esta operación está prohibida.

4.2.4.3- En los dispositivos de indicación continua o analógicos, laindicación residual luego de retornar a cero no debe ser superior quela mitad del desvío especificado de la magnitud mínima (Emín).

4.2.4.4- En los dispositivos de indicación discontinua, la indicaciónluego de volver a cero debe ser cero sin ninguna ambigüedad.

4.3- Dispositivo de impresión.

4.3.1- El valor del intervalo de escala de impresión debe ser de laforma 1x10n, 2x10n o 5x10n unidades legales (S.I.M.E.L.A.) de magnitud,siendo n un número entero positivo, negativo o cero y no será mayor queel desvío mínimo especificado para la magnitud.

El valor del intervalo de escala de impresión no debe ser inferior almínimo valor del intervalo de escala del dispositivo indicador.

4.3.2- La magnitud impresa debe ser expresada en una de las unidadesdel S.I.M.E.L.A. para la indicación de la magnitud y expresadas en lasmismas unidades del dispositivo indicador.

Las cifras, la unidad usada o su símbolo y el signo decimal, si lohubiere, serán impresas en el ticket por el dispositivo sin ambigüedad.

4.3.3- El dispositivo de impresión puede también imprimir informaciónidentificando la medición, por ejemplo: el número de secuencia, fecha,identificación del contador, tipo o nombre del líquido, etc.

Si un dispositivo de impresión se conecta a más de un sistema demedición, éste debe imprimir la identificación del sistemacorrespondiente.

4.3.4- Si un dispositivo de impresión permite la repetición de laimpresión antes que una nueva entrega haya comenzado, las copias debenestar claramente marcadas como tal, por ejemplo imprimiendo la leyenda“duplicado”.

4.3.5- Si la magnitud se determina por la diferencia entre dos valoresimpresos, aún si uno está expresado en cero, debe ser imposible anularel ticket del dispositivo de impresión durante la medición.

4.3.6- Cuando un dispositivo de impresión y un dispositivo indicador demagnitud, tienen cada uno un dispositivo de puesta a cero, esedispositivo debe ser fabricado de tal forma que el retorno a cero deuno de ellos, también retorne a cero el otro.

4.3.7- Los dispositivos de impresión electrónicos están también sujetosa los requerimientos indicados en 5.3.5.

4.4- Dispositivo de memorización.

4.4.1- Los sistemas de medición deben ser equipados con un dispositivode memorización para almacenar resultados de medición hasta suutilización o con el fin de permitir un registro de transaccionescomerciales, proveyendo pruebas en el caso de una disputa. Losdispositivos utilizados para leer la información almacenada deben serconsiderados como parte integrante de los dispositivos de memorización.

4.4.2- El soporte sobre el cual las informaciones son almacenadas debepresentar una permanencia suficiente para asegurar que la informaciónno sea alterada bajo condiciones normales de almacenamiento. Lacapacidad de memoria debe ser suficiente para almacenar cualquieraplicación en particular.

4.4.3- Los datos cargados pueden ser borrados si:

• la transacción es reiterada, o

• estos datos son impresos por un dispositivo de impresión sujeto acontrol legal.

4.4.4- Después de satisfacer los requerimientos de la sección 4.4.3 ycuando la memoria está completa, está permitido borrar la informaciónmemorizada cuando las dos condiciones siguientes se cumplen:

• la información es borrada en el mismo orden que como fue registrada ylas reglas establecidas para cada aplicación particular son respetadas;

• el borrado es llevado a cabo, ya sea automáticamente o luego de unaoperación manual especial.

4.4.5- La memorización debe ser hecha de tal forma que sea imposible,en uso normal, modificar los valores almacenados.

Los datos memorizados deberán ser protegidos contra cambiosintencionales o no intencionales con herramientas comunes deprogramación.

4.4.6- Los dispositivos de memorización deben ser equipados consistemas de monitoreo conforme a lo establecido en 5.3.5. El objetivodel sistema de monitoreo es garantizar que la información almacenadacorresponda a los datos transmitidos por el dispositivo calculador yque la información restaurada corresponda a los datos almacenados.

4.5- Dispositivo de predeterminación.

4.5.1- La magnitud predeterminada debe ser indicada antes de comenzarla medición.

4.5.2- Cuando una predeterminación es efectuada por medio de diversoscontroles independientes unos de otros, el intervalo de escalacorrespondiente a un control debe ser igual al rango depredeterminación del control de orden inmediatamente inferior.

Dispositivos de predeterminación por medio de presión de botones osimilar para preseleccionar una magnitud fija son permitidos, siempreque el valor de las magnitudes fijadas sean iguales a un número enterode unidades de volumen o masa.

4.5.3- Los dispositivos de predeterminación pueden ser ajustados de talforma que para repetir el valor de la magnitud seleccionado no seanecesario accionar nuevamente el control.

4.5.4- Cuando es posible ver simultáneamente las cifras que muestra eldispositivo de predeterminación y la del dispositivo de indicación demagnitud, la primera debe ser claramente distinguible de la última.

4.5.5- La indicación de la magnitud seleccionada puede, durante elproceso de medición, permanecer inalterada o retornar progresivamente acero. No obstante, para un dispositivo de predeterminación electrónica,debe ser aceptable indicar un valor preseleccionado sobre eldispositivo indicador de magnitud por medio de una operación especialcon la restricción de que éste valor sea sustituido por la indicaciónde cero para una magnitud, antes que una operación de medición puedacomenzar.

4.5.6- En el caso de una entrega solicitada anticipadamente:

• la diferencia encontrada, bajo normales condiciones de operación,entre una magnitud preseleccionada y una magnitud mostrada por eldispositivo indicador de magnitud, al finalizar la operación demedición, no debe ser mayor que el desvío mínimo especificado para lamagnitud.

4.5.7- Las magnitudes predeterminadas y las indicadas por eldispositivo indicador de magnitud deben ser expresadas en la mismaunidad. Esa unidad (o su símbolo) debe estar marcado sobre el mecanismode predeterminación.

4.5.8- El intervalo de escala del dispositivo de predeterminación nodebe ser inferior al intervalo de escala del dispositivo indicador.

4.5.9- Los dispositivos de predeterminación pueden incorporar undispositivo que permita interrumpir rápidamente el flujo de líquidocuando sea necesario.

4.6- Dispositivo de conversión.

4.6.1- Los sistemas de medición pueden ser equipados con un dispositivode conversión como el definido en 2.1.16. Las previsiones de este punto4.6 son principalmente aplicadas a dispositivos de conversiónelectrónicos. Previsiones análogas, se deben aplicar a los dispositivosde conversión mecánicos.

4.6.2- El cálculo de la magnitud convertida será realizado de acuerdocon la Norma IRAM-IAP A 6904 o en caso de no estar contemplada en éstase efectuará en base a recomendación OIML R 63.

4.6.3- Los parámetros que caracterizan al líquido medido y que sonempleados en la fórmula de conversión, deben ser medidos usandoinstrumentos de medición asociados sujetos a control cuando losparámetros varían durante el proceso de medición. No obstante, algunode estos parámetros pueden no ser medidos, o medidos con instrumentosde medición asociados que no estén sujetos a control metrológico,cuando su influencia sobre el factor de conversión es despreciable. Eneste caso, los errores máximos permitidos sobre indicacionesconvertidas debido al dispositivo de conversión no excederán losvalores especificados en la sección 3.7.1.2.

4.6.4- Los sensores de medición asociados y las disposiciones adecuadaspara el ensayo serán instalados dentro de una distancia de un metro (1m) del medidor cuando sea posible. Cuando esto no se pueda lograr, debeser posible verificar que los dispositivos de medición asociados puedandeterminar (dentro de los errores máximos permitidos según se define enla Tabla 4.2) las magnitudes correspondientes a las características dellíquido, tal como existen en el dispositivo de medición.

Los dispositivos de medición asociados no deben afectar el correctofuncionamiento del medidor.

4.6.5- Todos los parámetros no medidos, necesarios para la conversión,deben estar presentes en el cálculo al principio de la operación demedición. Se debe posibilitar la impresión o indicación de losparámetros a partir del dispositivo de cálculo.

Los dispositivos usados exclusivamente para imprimir o indicar estosparámetros no medidos son considerados no críticos y solamente estánsujetos a ensayos mostrando su aptitud para indicar correctamente oimprimir estos valores.

Para un dispositivo de conversión mecánico que no puede imprimir oindicar estos valores, un precinto debe ser destruido para cambiar oajustar cualquier parámetro.

4.6.6- En otros casos, que se permita seleccionar o ingresar el nombreo tipo de líquido o cualquier otro dato, cuando este dato participa enla conversión de la magnitud, deberá estar sujeto a las siguientescondiciones:

• Es obligatorio el control metrológico legal del dispositivo deimpresión.

• Este dato y una nota explicativa que este dato ha sido cargadomanualmente deberá imprimirse al mismo tiempo que los resultados de lamedición.

• El nombre o tipo de líquido deberá ser conocido e impreso sinambigüedad.

• Cuando la transacción no involucra venta directa al público, otrodato es permitido, el cual caracteriza el nombre o tipo de líquido demedición sin ambigüedad.

4.6.7- Además de la magnitud a condiciones de medición y el volumen acondiciones de base, o la masa, los cuales deben ser mostrados deacuerdo al punto 3.9.2, los valores de otras magnitudes medidas(densidad, presión, temperatura) deben ser accesibles para el propósitodel ensayo. Cuando solamente son usados para ensayo o con propósitos deinspección, los dispositivos usados para acceder e indicar estosvalores son considerados no críticos, y solamente están sujetos aensayos que demuestren su aptitud para indicar correctamente o imprimirestos valores.

El intervalo de escala para la densidad, presión y temperatura, debenser menores o iguales a 1/5 de los errores máximos permitidos fijadosen tabla 4.2 de la sección 3.7.2.2 para instrumentos de mediciónasociados.

4.7- Calculador.

Todos los parámetros necesarios para la elaboración de indicaciones queestán sometidas a control de metrología legal, tal como tabla decálculo, corrección polinomial, etc., deben presentarse en el cálculoal comienzo de la operación de medición.

El calculador puede ser provisto con interfaces que permitan elacoplamiento de equipos periféricos. Cuando estas interfaces sonutilizadas, el instrumento debe continuar funcionando correctamente ysu comportamiento metrológico no debe ser afectado o influenciado.

5- Sistemas de medición equipados con dispositivos electrónicos.

5.1- Requerimientos generales.

5.1.1- Los sistemas de medición electrónicos deben ser diseñados yfabricados de modo que sus funciones metrológicas sean protegidas y suserrores no excedan los errores máximos permitidos definidos en el punto3.5., bajo condiciones nominales de funcionamiento.

5.1.1.1- Los sistemas de medición electrónicos interrumpibles, debenser diseñados y fabricados de modo que, cuando son expuestos a lasperturbaciones especificadas en A.11 del anexo II, ya sea:

a) No ocurran fallas significativas, o

b) que los sistemas de monitoreo detecten y traten en consecuencia lasfallas significativas, de acuerdo con 5.3, o cualquier incorrección enla generación, transmisión (de acuerdo al punto 5.3.2.1.),procesamiento o indicación de los datos de medición.

5.1.1.2- Los sistemas de medición no interrumpibles, deben serdiseñados y fabricados de forma tal, que no ocurran fallassignificativas cuando ellos están expuestos a las perturbacionesespecificadas en anexo II.

5.1.2- Es responsabilidad del fabricante decidir si el modelo dado desistema de medición es interrumpible o no interrumpible, teniendo encuenta las reglas de seguridad aplicables y el tipo de aplicación.

Cuando, en la oportunidad de la aprobación de modelo no sea posibleespecificar la futura utilización del instrumento, son aplicables losrequerimientos del punto 5.1.1.2.

5.1.3- Los requerimientos del punto 5.1.1 deberán ser satisfechos demanera permanente. Por lo tanto, los sistemas de medición electrónicosdeben ser equipados con los sistemas de monitoreos especificados en elpunto 5.3.

5.1.4- Un modelo de sistema de medición se presume que cumple con losrequerimientos de los puntos 5.1.1 y 5.1.3, si éste pasa la inspeccióny ensayos especificados en los puntos 7.1.11.1 y 7.1.11.2.

5.1.5- Los sistemas de medición permitirán la recuperación delresultado de la medición justo antes de la ocurrencia de malfuncionamiento, en particular en fallas significativas y/o falla en lafuente de energía, y sean detectadas por el sistema de monitoreo.

5.2- Dispositivo de alimentación eléctrica.

5.2.1- Cuando el flujo de fluido no se interrumpe durante un corte deldispositivo de alimentación eléctrica, el sistema de medición debe serprovisto de un equipamiento secundario de alimentación eléctrica deemergencia para salvar todas las funciones de medición durante el corte.

5.2.2- Cuando el flujo de fluido se interrumpe durante el corte deldispositivo de alimentación eléctrica, las exigencias del punto 5.2.1deben ser cumplidas, o la información presente en el momento del cortedebe ser grabada y debe estar disponible para presentarla en undispositivo indicador sujeto al control metrológico legal, por untiempo mínimo de 15 minutos, para permitir la finalización de latransacción en curso.

5.2.2.1- Si está prevista una activación manual de la presentación enun indicador, la misma debe estar disponible como mínimo por dosminutos.

5.2.2.2- Como una alternativa, la última transacción puede sermemorizada y estar disponible para, a pedido, presentarla en unindicador luego de la restauración de la energía eléctrica.

5.3- Sistemas de monitoreo.

5.3.1- Acción del sistema de monitoreo.

La detección mediante el sistema de monitoreo de incorrecciones, en lageneración, transmisión, procesamiento y/o indicación de los datos demedición debe resultar, en las siguientes acciones, de acuerdo con eltipo de monitoreo.

5.3.1.1- Sistema de monitoreo del tipo N: alarma visible y/o audiblepara llamar la atención del operador.

5.3.1.2- Sistema de monitoreo del tipo I o P:

a) Para sistemas de medición no interrumpibles:

• Corrección automática del mal funcionamiento; o

• detención sólo del dispositivo defectuoso cuando el sistema demedición sin ese dispositivo defectuoso continúe cumpliendo con lapresente Reglamentación; o

• una alarma visible o audible para el operador; esta alarma debecontinuar funcionado hasta que la causa de la alarma sea eliminada.Además, cuando un sistema de medición transmite información a undispositivo auxiliar, la transmisión debe ser acompañada por un mensajeindicando la presencia de un mal funcionamiento.

Esto último no se aplica para las perturbaciones especificadas en A.10del anexo II.

Cuando un instrumento se equipa con sistema de monitoreo para estimarla magnitud en un líquido que ha pasado a través del sistema durante unmal funcionamiento, la totalidad de las indicaciones de tales valoresdeben ser claramente identificadas como estimadas.

Para sistemas de medición interrumpibles:

• Corrección automática del mal funcionamiento; o

• Detención sólo del dispositivo defectuoso cuando el sistema demedición sin ese dispositivo defectuoso continúe cumpliendo con lapresente Reglamentación; o

• Parada del flujo de fluido.

5.3.2- Sistema de monitoreo para el dispositivo de medición.

Los sistemas de monitoreo deben ser diseñados y fabricados de modo queellos puedan verificar la presencia del dispositivo de medición, sucorrecto funcionamiento y la correcta transmisión de datos.

5.3.2.1- Cuando las señales generadas por el dispositivo de mediciónestán en formato de pulsos, cada pulso representando una magnitudprimaria, las fallas significativas deben ser detectadas por el sistemade monitoreo y actuar sobre ellas.

Este sistema de monitoreo debe ser del tipo P y el monitoreo debeocurrir a intervalos de tiempo que no deben exceder la duración de lamedición de una magnitud de líquido igual al desvío mínimo especificadopara esa magnitud.

Durante la aprobación de modelo, se debe constatar el correctofuncionamiento del sistema de monitoreo:

• por desconexión del transductor; o

• por la interrupción de uno de los generadores de pulsos de lossensores; o

• por interrupción de la alimentación eléctrica del transductor.

5.3.3- Sistema de monitoreo para el calculador.

Este sistema de monitoreo debe verificar que el sistema calculadorfuncione correctamente y asegure la validez de los cálculos realizados.

No hay medios especiales requeridos para indicar que estos sistemas demonitoreo funcionan correctamente.

5.3.3.1- El sistema de monitoreo de un sistema calculador debe ser deltipo P o I. En el último caso, el monitoreo debe ocurrir como mínimocada cinco minutos. El objetivo del monitoreo es verificar que:

a) Los valores de todas las instrucciones e informaciones almacenadasen memoria en forma permanente sean correctos, los medios pueden ser,por ejemplo:

• Sumando la totalidad de los códigos de instrucciones y deinformaciones y comparando la suma con un valor fijo.

• Por bits de paridad de líneas y de columnas (LRC y VRC).

• Por control periódico de redundancia cíclica (CRC 16).

• Por doble memorización independiente de la información.

b) Todos los procedimientos de transferencia interna y almacenamientode información relativa a los resultados de medición son realizadoscorrectamente, los medios pueden ser, por ejemplo:

• Por rutina de escritura/lectura.

• Por conversión y reconversión de códigos.

• Por utilización de código de seguridad (monitoreo de sumas, bit deparidad).

• Por doble almacenamiento.

5.3.3.2- El sistema de monitoreo para la validación de los cálculosefectuados debe ser del tipo P. Este consiste en el control del valorcorrecto de toda la información relacionada con la medición, siempreque estas informaciones sean almacenadas internamente y transmitidas adispositivos auxiliares a través de una interfase. Además, el sistemade cálculo debe ser provisto con un medio que controle la continuidaddel programa de cálculo (“perro guardián”).

5.3.4- Sistema de monitoreo para el dispositivo indicador.

Este sistema de monitoreo debe verificar que las indicacionesprincipales sean mostradas y que ellas correspondan a la informaciónprovista por el dispositivo calculador. También, deben verificar lapresencia de los dispositivos de indicación, cuando ellos fueranremovibles. Estas verificaciones pueden ser realizadas en uno o doscaminos posibles; ellas pueden ser efectuadas, ya sea, de acuerdo a laprimera posibilidad la cual está presentada en la sección 5.3.4.2. o deacuerdo a la segunda posibilidad presentada en la sección 5.3.4.3.

5.3.4.1- Durante la aprobación de modelo, se debe constatar el correctofuncionamiento del sistema de monitoreo:

5.3.4.2- La primera posibilidad es para controlar automáticamente eldispositivo indicador completo. El sistema de monitoreo de undispositivo indicador debe ser del tipo P. No obstante, este puede serde tipo I, si una indicación primaria es provista por otro dispositivodel sistema de medición o si la indicación puede ser fácilmentedeterminada a partir de otras indicaciones primarias.

Los medios pueden incluir por ejemplo:

• Para los dispositivos indicadores que utilizan filamentosincandescentes o diodos (leds), midiendo la corriente en los filamentos.

• Para los dispositivos indicadores que utilizan tubos fluorescentes,midiendo la tensión de grilla.

• Para los dispositivos indicadores que utilizan ventanaselectromagnéticas, controlando el impacto de cada ventana.

• Para los dispositivos indicadores que utilizan cristales líquidos,controlando la salida de la tensión de control de las líneas desegmentos y de electrodos comunes, para detectar cualquier desconexióno corto circuito entre los circuitos de control.

5.3.4.3- La segunda posibilidad es para chequear automáticamente losdatos transmitidos al dispositivo indicador y a los circuitoselectrónicos usados por el dispositivo indicador, excepto los circuitosde excitación de su propio exhibidor, y para también comprobar elexhibidor.

El sistema de monitoreo automático de los datos transmitidos y de loscircuitos electrónicos usados por el dispositivo indicador es del tipoP. Sin embargo, este puede ser del tipo I, si una indicación primariaes provista por otro dispositivo del sistema de medición, o si laindicación puede ser fácilmente determinada desde otras indicacionesprimarias (por ejemplo: en el caso de la presencia de un dispositivoindicador de precio, es posible para determinar el precio a pagar apartir del valor de la magnitud y del precio unitario).

El sistema de monitoreo del exhibidor debe permitir un examen visualcompleto del mismo, para cualquier sistema de medición interrumpible ono interrumpible, la secuencia de ensayo debe ser la siguiente:

• Activando todos los segmentos de los dígitos no mostrados.

• Desactivando todos los segmentos de los dígitos no mostrados.

• Activando el dígito cero.

Cada paso de la secuencia debe durar por lo menos medio segundo (0,5 s).

Cualquier otro ciclo de prueba automático que indique todos los estadosposibles para cada elemento del exhibidor puede ser aplicado.

Esta capacidad de monitoreo visual del exhibidor debe ser del tipo N,para sistemas de medición interrumpible o no interrumpible, pero estono es obligatorio para un mal funcionamiento que resulte en lasacciones descriptas en el punto 5.3.1.

5.3.4.4- Debe ser posible durante la verificación, determinar que elsistema de monitoreo del dispositivo indicador esté trabajando, ya sea:

• por la desconexión de todas las partes del dispositivo indicador, o

• por una acción que simule una falla en el exhibidor, tal como laobtenida usando un botón de prueba.

5.3.5- Sistema de monitoreo para dispositivos auxiliares.

Un dispositivo auxiliar (dispositivo repetidor, dispositivo deimpresión, dispositivo de memorización, etc.) debe incluir un sistemade monitoreo de tipo I o P. El objetivo del sistema de monitoreo esverificar la presencia del dispositivo auxiliar, cuando éste sea undispositivo necesario, y verificar la correcta transmisión de los datosdesde el dispositivo calculador hasta el dispositivo auxiliar.

En particular, el monitoreo de un dispositivo de impresión tiene comoobjetivo asegurar que los datos recibidos y procesados por eldispositivo de impresión correspondan a las informaciones transmitidaspor el dispositivo calculador. Al menos debe ser monitoreado losiguiente:

• Presencia de papel;

• transmisión de datos; y

• los circuitos electrónicos de control (excepto los circuitos decomando propios del mecanismo de impresión).

Durante la aprobación de modelo, debe verificarse para asegurar que elsistema de monitoreo del dispositivo de impresión funcione por unaacción que fuerza un mal funcionamiento de impresión. Esta acción debeser una incorrección simulada en la generación, transmisión (de acuerdoal 5.3.2.1), procesamiento, o indicación de datos medidos.

Cuando la acción del sistema de monitoreo se evidencia mediante unaalarma, esta alarma debe estar dada por el dispositivo auxiliarafectado o sobre otra parte visible del sistema de medición.

5.3.6- Sistema de monitoreo para los dispositivos de medición asociados.

Los dispositivos de medición asociados deben ser equipados con sistemasde monitoreo del tipo P. El objetivo del sistema de monitoreo esasegurar que la señal generada por los instrumentos asociadospermanezca dentro de un rango de medición predeterminado.

Los datos del dispositivo de medición asociado deben ser leídos comomínimo 5 veces durante una magnitud igual a la mínima magnitud medible.Para cada lectura de datos se debe efectuar un monitoreo.

6- Requerimientos específicos para ciertos tipos de sistemas demedición.

6.1- Sistemas de medición para descarga de buques tanque, barcazastanque, vagones tanque ferroviarios y vehículos tanque (camionescisternas), utilizando un tanque intermediario.

6.1.1- Los sistemas de medición diseñados para medir magnitudes delíquidos entregados durante una descarga de buques tanque, barcazastanque, vagones tanque ferroviarios y camiones cisternas, puedenincluir un tanque intermediario en el cual el nivel del líquidodetermina el punto de transferencia. Este tanque intermediario puedeser diseñado para asegurar la eliminación de aire o gases.

La sección transversal del tanque intermediario debe ser tal que elvalor de la magnitud igual al desvío mínimo especificado para lamagnitud corresponda a una diferencia de nivel de al menos 2 mm.

6.1.2- En el caso de vagones tanque ferroviarios y camiones cisterna,el tanque intermediario debe asegurar automáticamente un nivelconstante, visible o detectable, al inicio y al final de la operaciónde medición. El nivel se considera constante cuando éste se estabilizaen una zona correspondiente a un valor de magnitud no mayor al desvíomínimo especificado para la magnitud.

6.1.3- En el caso de tanques de buques, no es necesario proveer unmantenimiento automático de nivel constante. Cuando esta disposición noes satisfecha, debe ser posible medir el contenido existente en eltanque intermediario.

Si el buque tanque es descargado a través de bombas, localizadas en elfondo del buque el tanque intermediario puede ser usado solamente alinicio y al final de la operación de medición.

6.2- Sistemas para medición de leche, cerveza y otros líquidos potablesespumosos.

6.2.1- Los siguientes requerimientos son aplicables a sistemas demedición transportables para líquidos potables espumosos montados sobrecamión cisterna y también para los sistemas de medición estacionariosusados en la recepción o entrega de estos líquidos.

6.2.2- El punto de transferencia en instalaciones de recepción sedefine para un nivel constante del sistema eliminador de aire, aguasarriba del medidor. El dispositivo eliminador de aire debe hacer uso deun tanque de nivel constante, el cual está usualmente combinado con undispositivo eliminador de aire que puede estar separado, si eldispositivo eliminador de aire está ubicado aguas arriba del tanque denivel constante y antes del medidor. Esto debe posibilitar laverificación de un nivel constante en el dispositivo eliminador de aireantes y después de cada medición. El nivel debe ser establecidoautomáticamente.

6.2.3- El dispositivo eliminador de aire puede ser instalado encualquier punto aguas arriba de la bomba o entre la bomba y el medidor.

El dispositivo eliminador de aire es necesario cuando el medidor sealimenta por gravedad, por vaciado de bidones de leche, por medio de unbombeo auxiliar, o por medio de un sistema de vacío.

Si la leche se introduce por medio de una bomba o por un sistema devacío, es necesario un dispositivo eliminador de gas. Este dispositivopuede ser combinado con el tanque de nivel constante.

6.2.4- El requerimiento definido en 3.13.3. no se aplica a los sistemasde medición para leche, y el medidor puede alimentarse por medio de unsistema de vacío. En este caso, la presión de línea en la cañería queconecta el tanque de nivel constante al medidor será menor a la presiónatmosférica, por tal motivo el ajuste de las uniones deberá serparticularmente seguro. Debe ser posible verificar el ajuste.

6.2.5- En todas las instalaciones para recepción, la cañería aguasabajo del dispositivo eliminador de aire debe vaciarse completa yautomáticamente bajo condiciones nominales de funcionamiento.

6.2.6- El nivel constante, en el dispositivo de eliminación deaire/tanque de nivel constante, se monitorea por medio de un visorvidriado o un dispositivo indicador de nivel. El nivel se consideraconstante cuando éste se estabiliza dentro del rango definido por dosmarcas que están separadas como mínimo 15 mm y corresponde a unadiferencia de no más de dos veces el desvío mínimo especificado de lamagnitud .

6.2.7- Si, con el fin de alcanzar las condiciones anteriores, losdispositivos para reducción del caudal se incorporan en el sistema demedición, el caudal durante el período de caudal reducido debe ser almenos igual al caudal mínimo del medidor.

6.2.8- Si, en una instalación para recepción, el líquido medido fluyehasta un nivel inferior que el del medidor, un dispositivo debeasegurar automáticamente que la presión a la salida del medidorpermanezca por encima de la presión atmosférica.

6.2.9- Los sistemas de medición deben ser llenados completamente antesde comenzar una medición. En el caso de sistemas de recepción, si ésteno es práctico para llenar el sistema de medición antes de la medición,se acepta determinar la cantidad de líquido requerida para el llenadodel sistema de medición y dicha cantidad de líquido debe ser indicadasobre la placa de datos del sistema de medición de modo que puedatomarse en cuenta, para el cálculo, en la primer medición del períodode recepción. La primer cantidad de líquido medida por el sistema demedición durante el período de recepción debe ser igual o mayor que lacantidad de líquido necesaria para el llenado completo del sistema demedición.

6.2.10- A pesar de los requerimientos generales dados en 3.10concernientes al eliminador de aire o gases, el dispositivo eliminadorde gas debe cumplir con los requerimientos definidos en 3.10.1solamente bajo condiciones nominales de funcionamiento, tales comocuando el aire ingresa al principio y al final de cada operación demedición.

Sin embargo, cuando el sistema de medición está equipado con manguera,la cual se diseña para ser acoplada a la salida del tanque auxiliar, eldispositivo eliminador de gas debe también cumplir con losrequerimientos dados en 3.10.1 durante toda la operación de medición.

Para equipamiento de recepción, el usuario deberá poder constatar laspérdidas de las conexiones, de modo tal que no pueda ingresar aireaguas arriba del medidor durante la medición. Para equipamiento deentrega, el sistema se debe montar de modo tal que la presión dellíquido sea siempre positiva en las cañerías de conexión con el tanquede alimentación.

6.2.11- El dispositivo indicador de la magnitud medida debe incluir undispositivo de retorno a cero cumpliendo el punto 4.2.4.

Cuando un sistema de medición se equipa con un dispositivo de impresiónde ticket, cualquier operación de impresión debe impedir la continuidadde la entrega, hasta que un retorno a cero haya sido realizado.

6.3- Sistemas de medición sobre cañería y sistemas para carga de buques.

6.3.1- La relación entre el caudal máximo y el caudal mínimo delsistema de medición puede ser menor que 5 (ver sección 3.3.3).

En este caso, el sistema de medición debe estar equipado con undispositivo automático de monitoreo, para verificar que el caudal delíquido a ser medido está dentro del rango de medición prohibido delsistema de medición.

Este dispositivo de monitoreo debe ser del tipo P y debe atender lasexigencias del punto 5.3.1.2.

Los caudales máximo y mínimo pueden ser determinados en función dellíquido a ser medido e introducidos manualmente en el dispositivocalculador.

6.3.2- Prevención del flujo de aire-gas.

El sistema de medición debe estar provisto con un medio para laeliminación de cualquier contenido de aire o gas contenido en ellíquido, al menos que la entrada de aire en el líquido o la liberaciónde gas desde el líquido sea evitada por la configuración de la cañeríao por la disposición y operación de la/s bomba/s.

6.3.3- Condiciones especiales de instalación.

El flujo inverso del líquido a ser medido en el sistema de medicióndebe ser evitado por un dispositivo adecuado, al menos que se apruebelo contrario.

6.3.4- Dispositivo de muestreo.

El sistema de medición puede incluir un dispositivo de muestreodestinado a determinar las propiedades del líquido a ser medido.

No es necesario tener en consideración el volumen de la muestra en losresultados de la medición, si esta muestra es menor que 0,1 veces elerror máximo permitido tolerado para el sistema de medición.

6.3.5- Dispositivos de ensayos.

Los sistemas de medición en cañería deben estar equipados condispositivos que permitan la verificación de los mismos in situ.

No obstante, esta exigencia puede ser obviada si se cumple lo siguiente:

• Los medidores deben ser verificados en un laboratorio del InstitutoNacional de Tecnología Industrial (INTI) o un laboratorio de terceraparte, auditado por el INTI y reconocido por la Dirección Nacional deComercio Interior, con líquidos que presenten las mismascaracterísticas que aquel que será medido en la instalación. Laverificación debe ser ejecutada sobre el transductor de mediciónsolamente, asociado con un dispositivo de indicación compatible yequivalente, con la reserva que todos los elementos que tengan unaunión mecánica directa con el transductor de medición y tengancapacidad de influenciar la medición sean verificados simultáneamente.

• Los medidores que se benefician de esta excepción deben estar sujetosal menos con una periodicidad de 2 (dos) años a una verificación insitu por parte del INTI.

• Para completar la verificación, los sistemas de medición involucradosserán sometidos a un chequeo cualitativo de funcionamiento einstalación in situ.

Los sistemas de medición deben ser construidos de tal forma que unpatrón de tamaño apropiado pueda ser integrado al sistema de ensayo delos medidores. Cuando un ensayo sólo puede realizarse con las bombasfuncionando, y normalmente no permite la realización del ensayo con elmedidor detenido al principio y al final de la prueba, el patrón debeser adecuado para el funcionamiento continuo.

Dichas medidas patrón de capacidad deben representar al menos 10.000divisiones del sistema indicador del medidor a ser verificado o deldispositivo indicador auxiliar usado para la prueba o 10.000 pulsoseléctricos del transductor de medición. No obstante una medida decapacidad menor puede ser permitida si una interpolación visual oautomática permite evaluar la indicación del medidor con un error menoro igual a 1/10000 de esta capacidad.

Además, será posible llevar a cabo un ensayo metrológico de losinstrumentos de medición asociados los cuales pueden estar incorporadosy que determinan masa específica, viscosidad, presión y temperatura,bajo condiciones reales de operación.

Los dispositivos o medidas patrones de capacidad deberán ser de modeloaprobado y acreditar su trazabilidad a los patrones nacionales medianteuna verificación periódica a cargo del INTI.

7- Control metrológico.

Cuando se realiza un ensayo, la incertidumbre expandida de ladeterminación de los errores sobre las indicaciones de volumen o masadebe ser menor que 1/5 del error máximo tolerado aplicable para elensayo de aprobación de modelo y de 1/3 del error máximo toleradoaplicable para los ensayos en otras verificaciones. La estimación de laincertidumbre expandida estará hecha de acuerdo con la “Guía para laexpresión de incertidumbre en medición” (1995 edición) con k=2.

7.1- Aprobación de modelo.

7.1.1- Exigencias generales.

Los sistemas de medición alcanzados por el presente Reglamento estánsujetos a aprobación de modelo.

Los elementos constituyentes de un sistema de medición, listados abajoy los subsistemas los cuales incluyen varios de estos elementos,estarán sujetos a aprobación de modelo (Módulo) a solicitud de susfabricantes e importadores, en tanto se comercialicen por separado:

Dispositivo de medición.

Calculador electrónico.

Dispositivo de indicación.

Medidor.

Separador de gas.

Extractor de gas.

Extractor especial de gas.

Dispositivo de conversión.

Dispositivos auxiliares proveyendo o memorizando los resultados de lamedición.

Sensor del medidor.

Sensor de temperatura.

Sensor de presión.

Sensor de densidad.

Los elementos componentes de un sistema de medición deben estar enconformidad con las exigencias pertinentes, aun cuando ellos no hayansido sujetos a una aprobación de modelo por separado (excepto en elcaso de dispositivos auxiliares que están exentos de controles).

Salvo disposiciones en contrario presentes en esta Reglamentación, unsistema de medición debe cumplir totalmente las exigencias sinmodificaciones del sistema o de sus elementos, durante el desarrollo delos ensayos. Deberán efectuarse los ensayos pertinentes sobre elsistema de medición o sus componentes, bajo las mismas condiciones ysin ajuste. Si, no obstante, un ajuste ha sido efectuado o ensayos hansido llevados a cabo con otro sistema de medición y/o dispositivo, estodebe ser documentado y justificado en el informe de ensayo.

7.1.2- Documentación.

7.1.2.1- Los fabricantes, importadores o representantes deberánsolicitar los ensayos correspondientes a la aprobación de modelo alINSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL, organismo descentralizadoen la órbita del MINISTRIO DE INDUSTRIA, acompañando dos ejemplares(original y copia) de la documentación correspondiente al modelo de unsistema de medición o de uno de los elementos mencionados en 7.1.1 quese desea aprobar, establecida por el punto 3 del ANEXO de la ResoluciónS.C.T. Nº 49/2003 incluyendo al menos la siguiente información:

• Descripción en forma clara y precisa del instrumento, su modo defuncionamiento y sus métodos de ajuste, como así también de su modo deoperación, calibración e instalación.

• Plano general con dimensiones del mismo.

• Dibujo esquemático (diagrama en bloques) del modo de funcionamiento.

• Características metrológicas.

• Condiciones de funcionamiento, como ser: de temperatura, presión,tensión de alimentación, etc.

• Plano, descripción y lista de componentes de los grupos funcionalesque componen el instrumento y un diagrama de vinculación o conexionado.

• Propuesta de ubicación y método de sellado, precintado u otro sistemade seguridad.

• Fotografía de trece por dieciocho centímetros como mínimo delinstrumento, en vista general, con y sin cubierta, si correspondiere.

• Dibujo en escala 1:1 del visor o dispositivo indicador con lasleyendas establecidas por el presente reglamento, si corresponde.

• Dibujo en escala 1:1 de la chapa de identificación y su modo defijación y su ubicación en el instrumento.

• Diagrama de flujo y descripción del modo de operación del softwareutilizado y sus parámetros de configuración, si corresponde.

• Certificados de Aprobación de Modelo (Módulo) de los componentes, encaso de haberlos.

• Instalación práctica y restricciones operacionales, incluyendo lascaracterísticas de los líquidos admisibles.

• Para los sistemas de medición y medidores equipados con sistemas decorrección, la determinación de los parámetros de corrección.

7.1.2.2- El original de la documentación indicada y la totalidad de lasaclaraciones requeridas y sus respuestas, y los correspondientesprotocolos de ensayo certificando los resultados de la totalidad de losmismos en concordancia con lo establecido por el presente Reglamentoserá girada por el INTI al Departamento de Metrología Legal de laDIRECCION NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR de la SUBSECRETARIA DE DEFENSADEL CONSUMIDOR de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DEECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y la copia, debidamente legalizada, sereintegrará al solicitante una vez concluidos los ensayos de aprobaciónde modelo.

7.1.2.3- El solicitante debe proveer al INTI un prototipo del modelo aaprobar. Otro ejemplar del mismo modelo puede ser consideradonecesario, para estimar la reproducibilidad de las mediciones (ver7.2.1.)

7.1.2.4- Una vez concluidos los ensayos y emitidos por el INTI loscorrespondientes protocolos, el solicitante presentará lacorrespondiente solicitud de aprobación de modelo ante la DirecciónNacional de Comercio Interior, manifestando con carácter de declaraciónjurada que el instrumento da cumplimiento al presente Reglamento,haciendo referencia a la orden de trabajo iniciada en el INTI y elcorrespondiente número de informe de ensayo.

7.1.2.5- El Departamento de Metrología Legal con la solicitudpresentada por el administrado, conforme 7.1.2.4, y la documentacióngirada por el INTI (7.1.2.2) armara la carpeta de Aprobación de Modelo,la que será evaluada por el mismo, elevando sus conclusiones a laDirección Nacional de Comercio Interior.

7.1.3- Certificado de aprobación de modelo

El Certificado de Aprobación de Modelo de un sistema de medición o deuno de sus componentes indicados en, 7.1.1 a emitir por la DirecciónNacional de Comercio Interior, debe contener, al menos la siguienteinformación:

• Nombre y domicilio del titular del certificado.

• Nombre y domicilio del fabricante, si no fuera el titular.

• Marca y modelo del instrumento aprobado.

• Características metrológicas.

• Condiciones de funcionamiento del instrumento.

• Fecha, número y validez del certificado.

• Plan de sellado, precintado u otras medidas de seguridad.

• Identificación de los protocolos de ensayo en que se basa elcertificado.

• Condiciones específicas para las verificaciones primitivas yperiódicas, si corresponde.

• Limitaciones de uso, si corresponde.

7.1.4- Modificación de un modelo aprobado

7.1.4.1- En todos los casos en que el titular del modelo aprobado de unsistema o cualquiera de sus elementos constitutivos indicados en 7.1.1introduzca en él una modificación, deberá presentar una solicitud deevaluación de la misma al Departamento de Metrología Legal de laDirección Nacional de Comercio Interior, detallando los cambiosintroducidos en el modelo aprobado, el cual remitirá la solicitud alINTI, para que dictamine sobre la necesidad o no de efectuar parte o latotalidad de los ensayos que correspondan de los establecidos por elpresente Reglamento, con el fin de mantener la aprobacióncorrespondiente o, en su defecto, proceder a una nueva aprobación demodelo.

7.1.4.2- Cuando el INTI considere que la naturaleza de lasmodificaciones y/o agregados no tienen influencia sobre los resultadosde la medición, el Departamento de Metrología Legal de la DirecciónNacional de Comercio Interior agregará la documentación de los cambiosintroducidos en el modelo aprobado en su correspondiente carpeta deAprobación de Modelo y autorizará que el instrumento modificado puedaser presentado para una verificación primitiva sin una aprobación demodelo suplementaria.

7.1.4.3- Cada vez que un modelo modificado deje de cumplir lasexigencias de la aprobación de modelo inicial, será necesaria una nuevaaprobación de modelo.

7.1.5- Aprobación de modelo de un medidor, un dispositivo de medición oel sensor del medidor (Aprobación de Modelo (Módulo)).

La aprobación de modelo puede ser concedida para un medidor completo, otambién dada:

• para el dispositivo de medición (como el definido en 2.1.2) cuando aéste se lo prevé conectar en diferentes tipos de calculadores, y

• para el sensor del medidor (como el definido en 2.1.3), solamentecuando el transductor (2.1.4) es un dispositivo separado y el sensor selo prevé conectar con diferentes tipos de transductores.

Los exámenes y ensayos establecidos en este Reglamento deben serrealizados sobre el medidor solamente, o sobre el sensor del medidor, osobre el dispositivo de medición, cuando éstos son objeto de unasolicitud de aprobación de modelo (Módulo) por separado.

Los ensayos correspondientes a la aprobación de modelo (Módulo) estarána cargo del INTI y son los especificados en el Anexo II.

7.1.6- Aprobación de modelo (Módulo) de un dispositivo eliminador degas.

Los ensayos deben ser realizados para demostrar que un dispositivoeliminador de aire y gas satisfacen las exigencias definidas en lospuntos 3.10.8 ó 3.10.9.

Es aceptable, sin embargo, que los ensayos no sean realizados acaudales superiores a 100 m³/h y que los dispositivos eliminadores deaire y gas sean aprobados por analogía con dispositivos del mismodiseño, teniendo dimensiones menores.

7.1.7- Aprobación de modelo (Módulo) de un calculador electrónico,incluido el dispositivo indicador.

Cuando un calculador electrónico es sometido a una aprobación de modelopor separado, los ensayos de aprobación de modelo deben ser realizadossobre el dispositivo calculador solamente, simulando diferentesentradas con patrones apropiados. (ver Anexo II sección A.7).

7.1.9- Aprobación de modelo (Módulo) de un dispositivo de conversión.

Son dos las alternativas para verificar un dispositivo de conversióncumpliendo con los requerimientos de la sección 3.7.

La primera es verificar el dispositivo de conversión como parte de unsistema de medición completo. En esta alternativa, los dispositivosasociados de medición, el calculador y el dispositivo de indicación sonverificados juntos.

La segunda alternativa consiste en la verificación por separado de loscomponentes individuales del dispositivo de conversión.

Los ensayos de exactitud sobre los dispositivos de conversión seencuentran en el anexo A, sección A.8.

7.1.9- Aprobación de modelo (Módulo) de un dispositivo auxiliar.

7.1.9.1- Cuando un dispositivo auxiliar, que provee indicacionesprimarias, es objeto de una aprobación de modelo por separado, susindicaciones deben ser comparadas con aquellas provistas por undispositivo indicador que ya ha sido aprobado y el cual tiene el mismovalor de una división, o un valor más pequeño.

Los resultados deben satisfacer lo dispuesto en el punto 3.9.5.

Tan detalladamente como sea posible, las condiciones necesarias decompatibilidad con otros dispositivos de un sistema de medición debenser establecidas en el certificado de aprobación de modelo (Módulo).

7.1.9.2- Los dispositivos electrónicos pueden ser aprobadosseparadamente cuando ellos son utilizados para la transmisión deindicaciones primarias u otra información necesaria para sudeterminación, por ejemplo, un dispositivo que concentra informaciónproveniente de dos o más dispositivos calculadores y transmite a unúnico dispositivo de impresión.

Cuando al menos una de las señales de esta información es analógica, eldispositivo debe ser ensayado en asociación con otro dispositivo cuyoserrores máximos permitidos estén previstos por este Reglamento.

Cuando todas las señales de esta información son digitales, lo previstoarriba puede ser Aplicado; sin embargo, cuando las entradas y salidasdel dispositivo están disponibles, el dispositivo puede ser ensayadoseparadamente, en tal caso, el dispositivo no debe introducir errores;solamente los errores atribuibles al método de ensayo pueden serconstatados.

En ambos casos y tan detalladamente como sea posible, las condicionesnecesarias de compatibilidad con otros dispositivos del sistema demedición deben establecerse en el certificado de aprobación de modelo(módulo).

7.1.10- Aprobación de modelo de un sistema de medición.

La aprobación de modelo de un sistema de medición consiste en comprobarque el sistema de medición (con partes integrantes que no han sidoobjeto de aprobaciones de modelo (Módulo) separadas) satisface latotalidad de los requerimientos aplicables, y que las partesintegrantes son compatibles entre sí.

Los ensayos para llevar a cabo una aprobación de modelo de un sistemade medición deben, por lo tanto, ser determinados sobre la base de lasaprobaciones de modelo (Módulo) ya concedidas para las partesintegrantes del sistema.

Cuando ninguna de las partes integrantes haya sido objeto de unaaprobación de modelo por separado, todos los ensayos previstos en elAnexo II deben ser realizados sobre el sistema de medición. Sinembargo, cuando las diversas partes integrantes del sistema de mediciónestán todas aprobados separadamente, es posible, para satisfacer losrequerimientos de una aprobación de modelo basarse en el examen de loscertificados de aprobación de modelo (Módulo), la evaluación de lacompatibilidad de las partes integrantes y en los ensayos funcionalespara verificar si se cumple el error máximo permitido del sistemacompleto.

7.1.11- Aprobación de modelo de dispositivos electrónicos.

En complemento a los exámenes y ensayos descriptos en los párrafosprecedentes, un sistema de medición electrónico o una parte integranteelectrónica de este sistema debe ser sometido a los siguientes ensayosy exámenes:

7.1.11.1- Inspección del diseño.

Este examen de documentos apunta a verificar que el diseño dedispositivos electrónicos y de sus sistemas de monitoreo, cumplan conlas exigencias de este Reglamento, particularmente indicadas en elpunto 5; esto incluye:

a) un examen de las características constructivas y de los subsistemasy componentes electrónicos utilizados, con el fin de asegurar lacapacidad para el uso pretendido;

b) la consideración de fallas que probablemente ocurran, para verificarque en todos los casos considerados estos dispositivos cumplan con lasprevisiones del punto 5.3; y

c) verificación de la presencia y la eficiencia de los dispositivos deensayo para los sistemas de monitoreo.

7.1.11.2- Ensayos de desempeño.

Estos ensayos apuntan a verificar que los sistemas de medición cumplancon los requerimientos especificados en el punto 5.1.1 con referencia alas magnitudes de influencia. Estos ensayos están especificados en elanexo II.

a) Desempeño bajo los efectos de factores de influencia:

Cuando el equipamiento fue sometido a los efectos de los factores deinfluencia previstos en el anexo II, el mismo debe continuar operandocorrectamente y los errores no deben exceder a los errores máximospermitidos aplicables.

b) Desempeño bajo el efecto de perturbaciones:

Cuando el equipamiento fue sometido a perturbaciones externas como lasprevistas en el Anexo II, el mismo debe, ya sea, continuar funcionandocorrectamente o detectar e indicar la presencia de cualquier fallasignificativa. No deben ocurrir fallas significativas en sistemas demedición no interrumpibles.

7.1.11.3- Equipo bajo ensayo (EBE).

Los ensayos deben ser realizados sobre el sistema de medición completo,o sobre las partes integrantes.

El EBE debe incluir una configuración representativa de la operaciónnormal del sistema de medición. En particular, el calculador condispositivo indicador deberá instalarse en su alojamiento final. LaDirección Nacional de Comercio Interior a sugerencia del Departamentode Metrología Legal puede decidir que un certificado de aprobación demodelo cubriendo un modelo dado de calculador con dispositivo indicadorcubrirá algún otro alojamiento para el mismo modelo.

En todos los casos, los dispositivos auxiliares pueden ser ensayadosseparadamente.

7.2- Verificación primitiva.

7.2.1- General.

Todo sistema de medición alcanzado por el presente Reglamento, y losdispositivos indicados en 7.1.1 que se comercialicen como tales, debenser sometidos a verificación primitiva para acreditar el cumplimientodel mismo, y su correspondencia con el respectivo modelo aprobado.

La verificación primitiva de un sistema de medición puede ser realizadaen una o más etapas.

Cuando el procedimiento definitivo de la verificación primitiva de unsistema de medición completo se realiza en una o más etapas, losresultados de los ensayos precedentes se deberán tener en cuentadurante la etapa final.

Cualesquiera sea el número y ubicación de las etapas, y cualesquierasean los medios de ensayo, ambos deberán permitir concluir que elsistema de medición, instalado en la ubicación de uso, satisface todoslos requerimientos aplicables en condiciones nominales defuncionamiento.

Cuando, como parte de una verificación primitiva, la verificación delmedidor se dispone efectuarla con un líquido distinto al líquido que elmedidor esté destinado a medir, se deben efectuar también ensayoscomparativos con estos dos líquidos para determinar los errores máximospermitidos en estas verificaciones. Por ello puede ser necesariodisponer de varias muestras del modelo en evaluación. La informaciónaplicable debe estar indicada en el certificado de aprobación de modelo.

7.2.2- Documentación.

La solicitud de los ensayos correspondientes a la verificaciónprimitiva del sistema de medición, deberá ser presentada ante elINSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) y debe estaracompañada, al menos, por la siguiente documentación:

Nombre y domicilio del solicitante.

Marca y modelo del instrumento aprobado.

Nº de Certificado y Código de Aprobación de Modelo.

Características metrológicas.

Nº de serie del o los instrumentos cuya verificación se solicita.

Lugar de instalación, si se trata de un sistema de medición.

7.2.2.1 Una vez obtenidos los protocolos de la totalidad de los ensayosestablecidos por el presente Reglamento para la Verificación Primitivay el correspondiente informe de ensayo del Programa de MetrologíaLegal, emitidos por el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL, elfabricante o importador, deberá presentar la correspondiente solicitudde certificado de verificación primitiva en la Dirección Nacional deComercio Interior de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR dependientede la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA YFINANZAS PUBLICAS conforme lo establecido en el punto 6 y 7 del Anexode la Resolución ex - S.C.T. Nº 49/2003, antes del plazo de QUINCE (15)días, vencido el cual carecerán de validez los mismos, a estos efectos,debiendo realizar los ensayos nuevamente; manifestando con carácter dedeclaración jurada que los instrumentos presentados dan cumplimiento ala totalidad de los requisitos establecidos en el presente, y quecoinciden con el respectivo modelo aprobado. Deberán acompañarse lapresentación con fotografías donde se aprecien una vista general delinstrumento el área de indicación, los comandos del instrumento y lasindicaciones obligatorias y las marcas o etiquetas de verificación.

7.2.2.2 Podrá darse cumplimiento a la Verificación Primitiva de losinstrumentos, por medio de la emisión, por parte del fabricante oimportador, de una Declaración de Conformidad que acredite que losmismos satisfacen los requisitos establecidos por el presenteReglamento y coinciden con el respectivo modelo aprobado.

Para estar en condiciones de emitir la mencionada Declaración deConformidad, el fabricante o importador, deberá contar con laautorización de la Dirección Nacional de Comercio Interior de laSUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR dependiente de la SECRETARIA DECOMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS,previa presentación de la auditoría realizada por el INSTITUTO NACIONALDE TECNOLOGIA INDUSTRIAL, de acuerdo a lo establecido por la Resoluciónex-S.C.T. Nº 19/2004.

La declaración de conformidad deberá ser comunicada por el titular delmodelo aprobado a la DIRECCION NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR, concarácter de declaración jurada, dentro de los DIEZ (10) días hábiles deproducida la misma, en caso contrario deberá efectuar lacorrespondiente Verificación Primitiva conforme lo dispuesto en elpunto 7.2.2.1.

La presentación de la Declaración de Conformidad ante la DirecciónNacional de Comercio Interior deberá ser acompañada del comprobante depago de la tasa establecida en el Artículo 4º de la presente resolución.

7.2.2.3- Certificado de Verificación Primitiva.

El Certificado de Verificación Primitiva de un sistema de medición aemitir por la Dirección Nacional de Comercio Interior, dependiente dela SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR de la SECRETARIA DE COMERCIOINTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, debe contener,al menos, la siguiente información:

Nombre y domicilio del titular del certificado.

Marca y modelo del instrumento verificado.

Características metrológicas.

Condiciones de funcionamiento del instrumento.

Fecha, número y validez del certificado.

Plan de sellado, precintado u otras medidas de seguridad.

Identificación de los protocolos de ensayo en que se basa elcertificado.

Lugar de instalación, si se trata de un sistema de medición.

7.2.3- Verificación primitiva del sistema de medición.

En los casos en que ninguno de los elementos constitutivos del sistemade medición cuente con su respectivo certificado de verificaciónprimitiva, deberán efectuarse sobre el sistema la totalidad de losensayos establecidos en el punto 7.2.5 del presente reglamento.

En caso contrario, tomando en consideración los elementos que cuentencon su verificación primitiva, el INTI establecerá los ensayos aefectuarse sobre el sistema instalado. La justificación del métodoelegido deberá ser incluida en el informe de ensayo.

7.2.4- Ejecución de los ensayos de verificación primitiva.

Los ensayos para la verificación primitiva del sistema de mediciónserán realizados por el INTI en su lugar de instalación.

7. 2.5- Ensayos de verificación primitiva.

7. 2.5.1- La verificación primitiva del sistema de medición debeincluir:

• Un examen de conformidad del sistema de medición y sus partesintegrantes con los respectivos modelos aprobados (Módulo),

• Un examen metrológico del sistema de medición; de ser posible, estosexámenes serán ejecutados dentro de los límites definidos por lascondiciones de operación del sistema de medición;

• Para sistemas de medición sobre camiones cisterna, el dispositivoeliminador de gas debe ser ensayado para la extracción de bolsones deaire por vaciado del tanque de abastecimiento (compartimientos) duranteuna entrega (ensayo de producto agotado);

• Un ensayo de funcionamiento del dispositivo eliminador de aire-gas,es apropiado, sin que sea necesario verificar que los errores máximospermitidos aplicables a este dispositivo y especificado en 3.10 seansatisfechos;

• Cuando sea necesario, un ensayo de variaciones del volumen interno delas mangueras en sistemas de medición que funcionan a conducción llena,por ejemplo en el caso de un carretel para manguera;

• Un ensayo operacional de la válvula de control que evita el vaciadode la manguera durante las paradas, en sistemas de medición quefuncionan con manguera llena; y

• Una determinación de las magnitudes residuales, para sistemas demedición que funcionan a conducción vacía (ver sección 3.14).

7.2.5.2- Un sistema de medición debe diseñarse de manera que permita suverificación bajo condiciones de uso. De ser necesario, deberánproveerse dispositivos especiales.

El sistema de medición debe ser construido de tal forma que un patrónde tamaño apropiado pueda ser integrado al sistema para ensayar elmedidor. Cuando un ensayo sólo puede realizarse con las bombasfuncionando, lo cual normalmente no se permite para ensayo con elmedidor detenido al comienzo y al final de la prueba, el patrón debeser apropiado para funcionamiento continuo (ver 6.3.5).

7.2.5.3- En casos especiales, documentados en el certificado deaprobación de modelo, se puede prescindir del principio mencionado enel punto 7.2.5.2 siempre que:

• Los medidores se verifica sobre un banco de ensayos con líquidos queposeen las mismas características que aquellos que deberán ser medidosen el sitio de instalación. La verificación se efectúa sobre eldispositivo de medición solamente, pero incluyendo los requerimientosde tramos rectos de cañerías aguas arriba y aguas abajo del medidor(ver 4.1.5.1 a 4.1.5.4, 4.1.6.2, 4.1.7.2. y 4.1.9.2) asociado con undispositivo indicador equivalente y compatible, siempre que todos loselementos tengan una conexión mecánica directa con el dispositivo demedición y su capacidad de influenciar en la medición sea verificadasimultáneamente.

• El medidor continúa hasta tener todas las calibraciones periódicas,fijadas y controladas por el servicio metrológico respectivo.

Para completar la verificación, el sistema de medición afectado debeser sometido a un chequeo cualitativo de su funcionamiento einstalación.

7.2.5.4 - Debe ser posible realizar los ensayos metrológicos de losdispositivos de medición asociados y sensores que son elementosconstituyentes del sistema de medición bajo las condiciones reales deoperación. En su verificación estos dispositivos deberán cumplir losrequerimientos de la sección 3.7.

7.3- Verificaciones periódicas.

La verificación periódica de un sistema de medición alcanzado por elpresente Reglamento tendrá una periodicidad de SEIS (6) meses ycomprenderá:

• Un examen de la instalación del sistema de medición;

• Un examen y control metrológico del medidor,

• Un examen y control metrológico del calculador y sus instrumentos demedición asociados.

Se verificará la correspondencia del sistema y sus partesconstitutivas, si correspondiera, con sus respectivos modelos aprobados.

Los máximos errores permitidos serán los mismos que para laverificación primitiva.

ANEXO II

Ensayos para aprobación de modelo

A.1 General.

Notas aplicables en el presente Reglamento:

Nota 1: Este procedimiento de ensayo está dado en forma resumida, sólopara información, y está adaptado de las publicaciones de referenciasIEC. El procedimiento de ensayo completo debe responder a las publicacionesaplicables y conserva su valor legal.

Este anexo define el programa de ensayos, para verificar que lossistemas de medición y/o sus elementos componentes detallados en elpunto 7.1.1 cumplan con el presente Reglamento. Cada ensayo indica,cuando corresponde, las condiciones de referencia para la determinacióndel error intrínseco.

Se especifican diferentes tipos de ensayos, a saber:

• Ensayos de exactitud (incluyendo repetibilidad y ensayos deperturbación del flujo, si es aplicable).

• Ensayos de factores de influencia, y

• Ensayos de perturbación electrónica.

Cuando el efecto de una magnitud de influencia está siendo evaluado,todas las restantes magnitudes de influencia son mantenidasrelativamente constantes, en valores cercanos a las condiciones dereferencia.

Los ensayos deben ser normalmente realizados sobre el medidor completo,equipado con un sistema indicador, con todos los dispositivosauxiliares y con el dispositivo de corrección, si posee. No obstante,el medidor sujeto a ensayo puede no estar equipado con sus dispositivosauxiliares cuando éstos no tienen influencia en la exactitud delmedidor y cuando ellos han sido verificados separadamente. Eldispositivo de medición puede también ser ensayado separadamentesiempre que el dispositivo calculador e indicador hayan sidoverificados.

El sensor del medidor puede ser ensayado separadamente siempre que eltransductor y el calculador con dispositivo indicador hayan sidoverificados.

Si el dispositivo de medición o sensor del medidor fuera destinado aser conectado a un dispositivo calculador, dotado de un dispositivo decorrección, el algoritmo de corrección, tal como lo describe elfabricante, debe ser aplicado a la señal de salida del transductor paradeterminar sus errores.

A.2 Incertidumbre de medición.

Cuando se lleva a cabo un ensayo, la incertidumbre expandida de ladeterminación de los errores sobre las indicaciones de volumen o masadebe ser menor que 1/5 del error máximo permitido aplicable para elensayo de aprobación de modelo y de 1/3 del error máximo permitidoaplicable para los ensayos en verificaciones primitiva y periódica. Laestimación de la incertidumbre expandida estará hecha de acuerdo con la“Guía para la expresión de incertidumbre en medición” (edición 1995)con el factor de cobertura k igual a 2 (k=2).

A.3 Condiciones de referencia.

• Temperatura ambiente: 15 ºC ± 5 ºC

• Humedad relativa: 25% al 75%

• Presión atmosférica: 86 kPa a 106 kPa

• Tensión de alimentación: Tensión nominal (U nom)

• Frecuencia de alimentación: Frecuencia nominal (F nom)

Durante cada ensayo, la temperatura y la humedad relativa no variaránmás de 5 ºC y 10% respectivamente, dentro del rango de referencia.

A.4- Influencia de la temperatura del líquido.

Temperatura de ensayo se refiere a la temperatura en el lugar delensayo y no a la temperatura del líquido usado en la medición. Es, porlo tanto, aconsejable el uso de alguna simulación como método deensayo, de modo que la temperatura del líquido no influya en losresultados de los ensayos.

A.5 Ensayo de exactitud sobre un medidor, un dispositivo de medición, oun sensor de medición.

A.5.1- Los errores del medidor deben ser determinados como mínimo paraseis caudales distribuidos sobre el rango de medición a intervalosregulares. El caudal más alto debe ubicarse entre 0,8.Qmáx y Qmáx. Encada caudal los errores deben ser determinados por lo menos tres vecesde manera independiente. Cada error no debe ser superior al errormáximo permitido (en valor absoluto). Además para valores de magnitudesiguales o superiores a cinco veces la magnitud mínima medible, debeaplicarse la repetibilidad exigida en el punto 4.1.2.2.

A.5.2- Los ensayos deben ser realizados para asegurar que los erroresde indicación del medidor no excederán el error máximo permitido en loslímites de cada una de la condiciones de operación nominal. El INTI esrequerido para determinar y documentar las condiciones de operación alas cuales se efectuará el ensayo de aprobación de modelo. El detalle yla justificación de dicha determinación deberá ser parte del informe deensayo.

A.5.3- Además de los ensayos definidos en A.5.1, se debe determinar elerror a la magnitud mínima medible.

A.5.4- Si es conducente, deben efectuarse perturbaciones de flujo. Paraensayos con perturbaciones de flujo, los errores máximos permitidosaplicables son los definidos en la línea A de la Tabla 2 para elsistema de medición.

A.6- Ensayo de endurancia sobre un medidor, un dispositivo de medición,o un sensor de medición.

A.6.1- Los ensayos de endurancia deben ser realizados a caudal máximodel medidor usando el líquido para el cual el medidor está destinado ocon un líquido de características similares.

A.6.2- Cuando el medidor está destinado a medir diferentes líquidos, elensayo debe ser realizado con el líquido que posee las condiciones másrigurosas. El/Los líquido/s utilizado/s para el ensayo deben estarcompletamente documentados.

A.6.3- La duración del ensayo de endurancia debe ser de 100 horas enuno o varios períodos. El ensayo de endurancia se llevará a cabo a uncaudal comprendido entre 0,8.Qmáx y Qmáx, precedido de un ensayo deexactitud como el definido en A.5.1.

A.6.4- Es preferible que el medidor sea sometido al ensayo deendurancia en un banco de prueba. No obstante, es aceptable que elmedidor sea temporariamente montado en un sistema de medición enoperación normal; en este caso se requiere que el caudal nominal defuncionamiento del sistema de medición sea superior a 0,8 Qmáx..

A.6.5- Luego del ensayo de endurancia, el medidor debe ser sometido aun nuevo ensayo de exactitud, acorde a A.5.1. Las desviaciones entrelos errores determinados antes y después del ensayo de endurancia,deben permanecer dentro de los límites especificados en el punto4.1.2.3, sin alguna modificación de ajustes o correcciones.

A.7- Ensayo de exactitud sobre un calculador electrónico.

A.7.1- Los ensayos de exactitud deben incluir un ensayo de exactitudsobre la indicación de los resultados de la medición (volumen acondiciones de medición). Para este propósito, el error obtenido en laindicación del resultado se calcula considerando que el valor verdaderoes aquel calculado teniendo en cuenta el valor de las magnitudessimuladas aplicadas a las entradas del calculador y usando métodosnormalizados para el cálculo. Los errores máximos permitidos sonaquellos fijados en el punto 3.8.

A.7.2- Cuando el calculador ejecuta los cálculos para un dispositivo deconversión, los ensayos especificados en A.7.1 deben ser realizadospara el cálculo del volumen o masa a condiciones de base. Los erroresmáximos permitidos son los fijados en 3.7.2.1.3.

A.7.3- Los ensayos de exactitud también deben incluir un ensayo deexactitud sobre la medición de cada magnitud característica dellíquido. Para este propósito, el error obtenido en la indicación decada una de estas magnitudes características (estas indicaciones sonobligatorias considerando 4.6.7) se calcula considerando que el valorverdadero es aquel provisto por el patrón conectado a las entradas delcalculador y los cuales simulan el correspondiente dispositivo demedición asociado. Para la indicación de cada una de estas magnitudes,el error máximo permitido fijado en 3.7.2.1.1 ó 3.7.2.1.2 deben seraplicados, dependiendo del tipo de entrada con la cual el calculador esequipado.

A.7.4- Es además necesario realizar un ensayo con el fin de verificarla presencia y funcionamiento de los sistemas de monitoreo pertinentespara los dispositivos de medición asociados citados en 5.3.6.

A.8- Ensayo de exactitud sobre dispositivos de conversión.

Tal como se describió en 3.7, hay dos alternativas para verificar undispositivo de conversión. La alternativa a ser aplicada debe serespecificada por el solicitante de la aprobación de modelo.

A.8.1- Primera alternativa: Verificación del dispositivo de conversióncomo parte de un sistema de medición completo. Ello es necesario paraverificar si el dispositivo de conversión conectado a todos susdispositivos de medición asociados cumple con los requerimientos delpunto 3.7.1. Para este propósito, la magnitud a condiciones de mediciónla cual es convertida es supuesta sin error. Los errores máximospermitidos son aquellos fijados en 3.7.1.2. Los valores(convencionalmente) verdaderos para las magnitudes característicasdeben provenir de patrones apropiados (baños controladostermostáticamente, líquidos con densidad patrón, balanza de presión,etc.). Las magnitudes a condiciones de medición pueden ser simuladas.

A.8.2- Segunda alternativa: Verificación del dispositivo de conversióno sus componentes separados (como parte distinta de un sistema demedición completo).

En el caso de la segunda alternativa, es necesario verificarseparadamente:

• el calculador con su dispositivo indicador, para verificar que loprevisto en los puntos 3.7.2.1, A.7.2, A.7.3, y A.7.4 se ha cumplido;

• el dispositivo de medición asociado, usando la indicación de lasmagnitudes características del dispositivo indicador que acompaña alcalculador, para verificar que las previsiones del punto 3.7.2.2 se hancumplido; y

• los sensores de medición asociados para verificar que lo previsto en3.7.2.2. se ha cumplido.

Los valores (convencionalmente) verdaderos para las magnitudescaracterísticas deben provenir de patrones apropiados (bañoscontrolados termostáticamente, líquidos con densidad patrón, balanza depresión, etc.).

Las condiciones necesarias de compatibilidad deben ser indicadas en elcertificado de aprobación de modelo.

A.9 - Ensayos de factores de influencia sobre dispositivos electrónicos.

A.9.1- General.

A.9.1.1- Para cada ensayo de desempeño, las condiciones típicas deensayo son indicadas, estas condiciones corresponden a condiciones demedio ambiente climáticas y mecánicas a las cuales los sistemas demedición están usualmente expuestos.

A.9.1.2- El solicitante de una aprobación de modelo puede indicarcondiciones ambientales especiales/específicas en la documentaciónsuministrada con la solicitud, basadas en el uso pretendido delinstrumento. En este caso, el INTI debe efectuar ensayos de desempeñopara el nivel de severidad correspondiente a dichas condicionesambientales. La placa de datos debe indicar los límitescorrespondientes de uso.

A.9.2- Niveles de severidad para temperatura.

En general, la elección de límites de temperatura inferiores osuperiores se harán considerando la instalación de los equipos (dentrode recintos o a la intemperie) y la/s zona/s a la/s que estarándestinados, teniendo en cuenta los niveles de severidad en los puntosA.9.5 y A.9.6.

A.9.3- Niveles de severidad para humedad

La siguiente tabla da la clasificación para los niveles de severidadpara los ensayos de humedad:

Clase Nivelde severidad calor húmedo (ciclado) Descripción H1 - Aplicacionespara lugares cerrados. Humedad no controlada. Humidificación es usadapara mantener las condiciones requeridas, donde es necesario.Instrumentos de medición no sujetos a condensación de agua,precipitaciones, o formación de hielo.Las condiciones de esta clase pueden encontrarse en oficinas, ciertostalleres, y otras salas para aplicaciones especiales H2 1 Aplicacionespara lugares cerrados sin control de humedad. Los instrumentos demedición pueden estar expuestos a condensación de agua, fuentes de aguadistinta de la lluvia, y formación de hielo.Las condiciones de esta clase pueden encontrarse en algunos ingresos yescaleras de edificios, en garajes, sótanos, cierto talleres, edificiosde fábricas y plantas de procesos industriales, recintos paraalmacenamiento de productos resistentes a las heladas, granjas, etc. H3 2 Aplicacionespara lugares abiertos con condiciones climáticas promedio, excluyendomedio ambiente polar y desértico.

A.9.4- Niveles de severidad para ensayos mecánicos.

La siguiente tabla da la clasificación para los niveles de severidadpara los ensayos mecánicos:

Clase Nivelde severidad Vibración Descripción M1 - Aplicacionespara lugares con vibración y choques de baja intensidad-Para instrumentos fijados en estructuras de soporte liviano sujetos avibraciones e impactos despreciables (transmitidas por actividadeslocales de ráfagas o vientos, cierres abruptos de puertas, etc.) M2 1 Aplicacionespara lugares con importante o alto nivel de vibraciones e impactos-Vibración e impacto transmitido desde máquinas y tránsito de vehículosen la vecindad o adyacencia de maquinaria pesada, cinta transportadora,etc. M3 2 Aplicacionespara lugares con alto y muy alto nivel de vibraciones e impactos-Para instrumentos montados directamente sobre máquinas, cintastransportadoras, etc.

A.9.5- Calor seco.

Método de ensayo: Calor seco (sin condensación).

Objetivo del ensayo: Para verificar la conformidad con las exigenciasdefinidas en el punto 4.1.1, bajo condiciones de alta temperatura.

Referencias IEC 60068-2-2(1974-01), con enmiendas 1 (1993-02) y 2(1994-05), Ensayos ambientales, Parte 2: Ensayos, Ensayo B: Calor Seco.

IEC 60068-3-1 (1974-01) con Suplemento 1 (1978-01), Ensayosambientales, Parte 3: Información de antecedentes, sección 1: Ensayosde frío y calor seco.

Procedimiento de ensayo resumido: El ensayo consiste en exponer al EBEa la mayor temperatura especificada bajo condiciones de “aire libre”por un período de 2 horas, luego que el EBE haya alcanzado laestabilidad de temperatura. (Ver Nota 1)

El cambio de temperatura no debe exceder de 1 ºC/minuto durante lasubida en el calentamiento y la bajada en el enfriamiento.

La humedad absoluta en el ambiente de ensayo no debe exceder de 20 g/m3.

Cuando el ensayo se ejecuta a temperaturas inferiores a 35 ºC, lahumedad relativa no debe exceder del 50%.

El EBE debe ser ensayado a la temperatura de referencia de 20 ºC luegode una hora de acondicionamiento.

• A la mayor temperatura especificada, 2 horas después de laestabilización de la temperatura,

• Luego de 1 hora de retornar el EBE a la temperatura de referencia de20 ºC.

Durante los ensayos, el EBE debe estar en operación.

Se permiten entradas simuladas. Los ensayos deben ser realizados, almenos, para un valor de caudal.

Severidadde los ensayos Unode los siguientes niveles de severidades debe ser especificado: 1 2 3 4 5 Unidad 30 40 55 70 85 ºC

Máxima variación permitida: Todas las funciones deben operar comofueron diseñadas.

Todos los errores deben estar dentro del error máximo permitido.

A.9.6- Frío.

Método de ensayo: Frío.

Procedimiento de ensayo resumido: El ensayo consiste en exponer al EBEa la menor temperatura especificada bajo condiciones “aire libre” porun período de 2 horas, luego que el EBE ha alcanzado la estabilidad detemperatura. El EBE debe ser ensayado: (Ver Nota 1)

Objetivo del ensayo: Para verificar la conformidad con las exigenciasdefinidas en el punto 4.1.1, bajo condiciones de baja temperatura.

Referencias: IEC 60068-2-1(2007-03), Ensayos ambientales, Parte 2:Ensayos, Ensayo A: Frío.

IEC 60068-3-1 (1974-01) con Suplemento 1 (1978-01), Ensayosambientales, Parte 3: Información de antecedentes, sección 1:

Ensayos de frío y calor seco.

• la temperatura de referencia de 20 ºC luego de una hora deacondicionamiento,

• a la menor temperatura especificada, 2 horas después de estabilizarla temperatura.

• luego de 1 hora de retornar el EBE a la temperatura de referencia de20 ºC.

Durante los ensayos, el EBE deberá estar en operación. Se permitenentradas simuladas. Los ensayos deben ser realizados, al menos, para unvalor de caudal.

Severidadde los ensayos Unode los siguientes niveles de severidades debe ser especificado: 1 2 3 4 Unidad 5 -10 -25 -40 ºC

Máxima variación permitida: Todas las funciones deben operar comofueron diseñadas.

Todos los errores deben estar dentro del error máximo permitidos.

A.9.7- Calor húmedo, ciclado (con condensación).

Método de ensayo: Calor húmedo (con condensación).

Objetivo del ensayo: Para verificar la conformidad con las exigenciasdefinidas en el punto 4.1.1, bajo condiciones de elevada humedad cuandose combina con cambios cíclicos de temperatura.

Referencias: IEC 60068-2-30(2005-08), Ensayos ambientales, Parte 2Ensayos, Ensayo Db y orientación: Calor húmedo, ciclado (12 + 12 horasde ciclo) IEC 60068-3-4 (2001-08), Ensayos ambientales, Parte 3-4Documentación soporte y orientación - Ensayos de calor húmedo.

Procedimiento de ensayo resumido (Ver Nota 1)

El ensayo consiste en exponer el EBE a variaciones cíclicas detemperatura entre 25 ºC y la temperatura superior apropiada,manteniendo la humedad relativa encima del 95% durante los cambios detemperatura y durante las fases de baja temperatura y a 93% en lasfases de alta temperatura. La condensación debe ocurrir sobre el EBEdurante el aumento de temperatura.

Un ciclo de 24 horas consiste de:

• incremento de temperatura durante 3 horas,

• temperatura mantenida en el valor superior hasta 12 horas desde elinicio del ciclo.

• bajar la temperatura al valor inferior dentro de 3 a 6 horas, elgradiente de bajada durante la primera hora y media debe ser tal que elvalor inferior sería alcanzado en 3 horas.

• temperatura mantenida en el valor inferior hasta completar las 24horas del ciclo.

El período de estabilización anterior y luego de la recuperación a laexposición al ciclado debe ser tal que todas las partes del EBE esténaproximadamente a su temperatura final.

El suministro de energía no se activa cuando el factor de influencia seaplica.

Luego de la aplicación del factor de influencia y recuperación, el EBEdebe ser ensayado, al menos, en un valor de caudal.

Durante los ensayos, el EBE debe estar en operación. Se permitenentradas simuladas.

Severidadde los ensayos Unode los siguientes niveles de severidades debe ser especificado: Unidad Nivelesde severidad 1 2 Temperaturasuperior 40 55 ºC Duración 2 2 Ciclos

Máxima variación permitida: Luego de la aplicación del factor deinfluencia y su recuperación:

• todas las funciones deben operar como fueron diseñadas,

• todos los errores deben estar dentro del error máximo permitidos.

A.9.8- Vibración (aleatoria).

Método de ensayo: Vibración aleatoria.

Objetivo del ensayo: Para verificar la conformidad con las exigenciasdefinidas en el punto 4.1.1, bajo condiciones de vibración aleatoria.

Referencias: IEC 60068-2-47(2005-04), Ensayos ambientales, Parte 2-47:

Métodos de ensayos, montaje de componentes, equipos y otros artículospara vibración, impacto y ensayos dinámicos similares.

IEC 60068-2-64 (1993-05), con corrección 1 (1993-10), Ensayos centradosvuelta y vuelta ambientales, Parte 2: Métodos de ensayos, ensayo Fh:Vibración, aleatoria de banda ancha (control digital) y orientación.

Procedimiento de ensayo resumido: El EBE debe, sucesivamente, serensayado en tres ejes mutuamente perpendiculares, montado sobre unafijación rígida por sus medios normales de montaje. (Ver Nota 1)

El EBE debe ser montado normalmente, de forma que la fuerza deatracción gravitatoria actúe en la misma dirección tal como en lascondiciones normales de uso.

El suministro de energía no es activado cuando el factor de influenciase aplica.

Luego de la aplicación del factor de influencia, el EBE debe ser, almenos, ensayado en un valor de caudal.

Severidadde los ensayos Elsiguiente nivel de severidad debe ser especificado: 2 Rangototal de frecuencia 10-150 Hz Niveltotal RMS 7m.s-2 NivelASD 10-20 Hz 1m2.s-3 NivelASD 20-150 Hz -3dB/octava Númerode ejes 3 Duraciónpor eje 2minutos

Máxima variación permitida: Luego de la aplicación del factor deinfluencia:

Todas las funciones deben operar como fueron diseñadas.

Todos los errores deben estar dentro del error máximo permitidos.

A.10- Ensayos de perturbaciones eléctricas.

A.10.1- General.

A.10.1.1- Niveles de severidad en ensayos de perturbaciones eléctricas.

La siguiente tabla da una clasificación de los ensayos deperturbaciones eléctricas:

Clase Descripción E1 Aplicacionespara instrumentos usados en locales con perturbacioneselectromagnéticas correspondientes a aquellas probablemente encontradasen un medio ambiente residencial, comercial y de industrias livianas. (como las descritas en IEC EN 61000-6-1 lacual proporciona el criterio para este ensayo IEC) E2 Aplicacionespara instrumentos usados en locales con perturbacioneselectromagnéticas correspondientes a aquellas probablemente encontradasen un medio ambiente de industrias pesadas (como las descritas en IEC EN 61000-6-2 lacual proporciona el criterio para este ensayo IEC).

La relación entre la clase y los niveles de severidad aplicables estándadas en la tabla siguiente:

Nivelde severidad para clase: Ensayo E1 E2 Sección Descripción 1 1 A.10.2.1 Variacionesde la tensión principal de CA (monofásica). NA NA A.10.2.2 Variacionesde la tensión principal de CC. 2 3 A.10.3 Inmunidada los huecos, interrupciones breves y variaciones de tensión sobre laalimentación principal de CA. 2 3 A.10.4 Ráfagas(transitorios) sobre la alimentación principal de CA y CC. 3 3 A.10.5 Descargaelectrostática. (ESD). 2 3 A.10.6 Transitoriosrápidos / ráfagas sobre líneas de señal, de datos y de control. 2 2 A.10.7 Ondasde choque (surges) sobre líneas de señal, de datos y de control. NA 1 A.10.8 Inmunidada los huecos, interrupciones breves y variación de tensión sobre laalimentación principal de CC. NA 1 A.10.9 Ondulación(ripple) sobre los puertos de alimentación de entrada de CC. 3 3 A.10.10 Inmunidada ondas de choque (surges) sobre las líneas principales de CA y CC. 2 3 A.10.11.1 Camposelectromagnéticos radiados, de radiofrecuencia, de origen general. 3 3 A.10.11.2 Camposelectromagnéticos radiados de radiofrecuencia específicamente causadospor telefonía digital. 2 3 A.10.11.3 Camposde radiofrecuencia conducidos.

A.10.1.2- Dispositivos electrónicos alimentados por baterías.

Hay una diferencia entre los ensayos para instrumentos alimentados por:

(a)    Baterías descartables,

(b)    Baterías recargables en general, y

(c) Baterías de vehículos.

Para el caso de baterías descartables y recargables de naturalezageneral, no se dispone de normas de aplicación.

Los dispositivos alimentados por baterías no recargables o por bateríasrecargables que no se pueden cargar (y recargar) durante la operacióndel sistema de medición, deben cumplir con los siguientesrequerimientos:

(a) El dispositivo provisto con baterías nuevas o totalmenterecargadas, del tipo especificado, debe cumplir con los requerimientosmetrológicas aplicables;

(b) A medida que la tensión de la batería vaya bajando hasta el valorespecificado por el fabricante como el valor de tensión mínima para elcual el dispositivo cumple con los requerimientos metrológicos, éstedebe ser detectado y el sistema de monitoreo actuar en consecuencia, enun todo de acuerdo con el punto 5.3.

Para estos dispositivos, no se realizarán ensayos especiales deperturbaciones asociadas con la alimentación principal.

Los dispositivos alimentados por baterías auxiliares recargables que seprevén (re) cargar durante la operación del instrumento de medicióndeben:

(a) Cumplir con los requerimientos para dispositivos alimentados porbaterías no recargables o por baterías recargables que no se puedan(re)cargar durante la operación del sistema de medición, con laalimentación principal apagada; y

(b) Cumplir con los requerimientos para dispositivos alimentados porCA, con alimentación principal encendida.

Dispositivos alimentación por energía principal y suministrada con unbatería de reserva para el almacenamiento de datos solamente, debencumplir con los requerimientos para dispositivos con alimentaciónprincipal de CA.

Para la alimentación de dispositivos electrónicos por una batería abordo de un vehículo, una serie de ensayos especiales de perturbacionesasociadas con el suministro de alimentación son dados en la SecciónA.11 de este Anexo.

A.10.2- Variaciones de la tensión principal.

A.10.2.1- Variaciones de la tensión principal de CA (monofásica).

Método de ensayo: Variación de la tensión principal de alimentación deCA (monofásica).

Objetivo del ensayo: Para verificar la conformidad con las exigenciasdefinidas en el punto 4.1.1, bajo condiciones de variación de tensiónprincipal de alimentación de CA.

Referencias: IEC/TR3 61000-2-1(1990-05), CompatibilidadElectromagnética, (EMC), Parte 2: Medio ambiente Sección 1: Descripcióndel medio ambiente - Ambientes electromagnéticos para baja frecuenciaconductor de perturbaciones y señales en los sistemas públicos desuministro de energía.

IEC 61000-4-1 (2006-10), Publicación Básica EMC, Compatibilidadelectromagnética (EMC), Parte 4: Ensayos y técnicas de medición,Sección 1: Visión general de la serie IEC 61000-4.

Procedimiento de ensayo resumido: El ensayo consiste en exponer el EBEa las condiciones de alimentación especificadas, mientras el EBE seopera bajo condiciones atmosféricas normales. Durante los ensayos, elEBE debe estar en operación, admitiendo entradas simuladas. Los ensayosdeben ser efectuados, al menos, para un valor de caudal. (Ver Nota 1)

Severidadde los ensayos Elsiguiente nivel de severidad debe ser especificado: Nivelde severidad 1 Límiteinferior Límitesuperior Tensiónprincipal Unom-15% Unom+10%

Este ensayo no es aplicable a equipamientos alimentados por una bateríade vehículo.

En el caso de suministro de energía trifásico, la variación de tensióndebe aplicarse para cada fase sucesivamente.

Los valores de U son aquellos marcados sobre el instrumento demedición. En el caso de que un rango sea especificado, el signo “-” seaplica al valor inferior y el signo “+” se aplica al valor superior delrango.

Máxima variación permitida: Todas las funciones deben operar comofueron diseñadas.

Todos los errores deben estar dentro del error máximo permitidos.

A.10.2.2- Variaciones de la tensión principal de CC.

Método de ensayo: Variación de la tensión principal de CC.

Objetivo del ensayo: Para verificar la conformidad con las exigenciasdefinidas en el punto 4.1.1, bajo condiciones de variación de tensiónprincipal de CC.

Referencias: IEC 60654-2 (1979-01), con enmiendas 1 (1992-09)condiciones operativas para mediciones en procesos industriales yequipamiento de control. Parte 2: Energía - Edición consolidada.

Procedimiento de ensayo resumido: El ensayo consiste en exponer el EBEa las condiciones de alimentación especificadas mientras el EBE esoperado bajo condiciones atmosféricas normales. Durante el ensayo, elEBE estará en operación, y se admiten entradas simuladas. (Ver Nota 1)

Los ensayos deben efectuarse, al menos, a un valor de caudal.

Severidad del ensayo: El rango de operación de CC, tal como elespecificado por el fabricante pero no menor que Unom -15%= Unom = Unom +10%.Este ensayo no es aplicable a equipamientos alimentados por una bateríade vehículo.

Máxima variación permitida:

A los niveles de suministro de tensión entre el límite superior einferior:

Todas las funciones deben operar como fueron diseñadas.

Todos los errores deben estar dentro del error máximo permitidos.

A.10.3- Inmunidad a los huecos, interrupciones breves y variaciones detensión en la tensión principal de CA.

Método de ensayo: Reducciones de corta duración en la tensión principal

Objetivo del ensayo: Para verificar la conformidad con las exigenciasdefinidas en el punto 4.1.1, bajo condiciones de reducción de cortaduración en la tensión principal.

Referencias: IEC 61000-4-11 (2004-03), Compatibilidad Electromagnética(EMC), Parte 4-11: Ensayos y técnicas de medición - Ensayos deinmunidad a las caídas de tensión, interrupciones cortas y de variaciónde tensión.

IEC 61000-6-1 (2005-03), Compatibilidad Electromagnética (EMC) - Parte6-1: Norma genérica - Inmunidad para ambientes residenciales,comerciales e industrias livianas.

IEC 61000-6-2 (2005-01), Compatibilidad Electromagnética (EMC) - Parte6-2: Norma genérica - Inmunidad para ambientes industriales (nivel deseveridad 3).

Procedimiento de ensayo resumido: Un generador adecuado es utilizado enel ensayo para reducir por un período definido de tiempo la amplitud dela tensión principal CA. (Ver Nota 1)

El desempeño del generador para el ensayo debe ser verificado antes deconectar el EBE.

La reducción de la tensión principal deberá repetirse 10 veces con unintervalo de por lo menos 10 segundos.

Las interrupciones y reducciones son repetidas durante todo el tiemponecesario para efectuar la totalidad del ensayo; por esta razón, más de10 interrupciones y reducciones pueden ser necesarias.

Durante el ensayo, el EBE deberá estar operando, y se permiten entradassimuladas. Los ensayos deben ser realizados, al menos, a un valor decaudal.                            

Severidadde los ensayos Unode los siguientes niveles de severidades debe ser especificado: Unidad Nivelesde severidades 2 3 Ensayos Testa Testb Testc Testa Testb Testc Testd Teste Reducciónde tensión Reduccióna (caída) 0 0 70 0 0 40 70 80 % Duración** 0,5 1 25/30 0,5 1 10/12 25/30 250/300 ciclos Notas Esteensayo es sólo aplicable a equipos alimentados con CA de red.** Estos valores de duración son para 50 Hz / 60 Hz, respectivamente.

Máxima variación permitida:

a) Para sistemas de medición interrumpibles.

No deben ocurrir fallas significativas o el sistema de monitoreo debedetectar un mal funcionamiento y actuar en consecuencia en un todo deacuerdo con el punto 5.3 cuando ocurren fallas significativas.

b) Para sistemas de medición no interrumpibles.

No deben ocurrir fallas significativas.

A.10.4 - Ráfagas (transitorios) sobre la alimentación principal de CA yCC.

Método de ensayo: Ráfagas eléctricas.

Objetivo del ensayo: Para verificar la conformidad con las exigenciasdefinidas en el punto 4.1.1, bajo condiciones donde las ráfagaseléctricas son superpuestas a la tensión principal.

Este ensayo no es aplicable a los instrumentos conectados a baterías devehículos; ver sección A.11 para ensayos específicos requeridos sobreestos instrumentos.

Referencias: IEC 61000-6-1(2005-03), Compatibilidad Electromagnética(EMC), Parte 6-1: Norma genérica - Inmunidad para ambientesresidenciales, comerciales y de industrias livianas (nivel de severidad2).

IEC 61000-6-2 (2005-01), Compatibilidad Electromagnética (EMC) - Parte6-2: Norma genérica - Inmunidad para ambientes industriales (nivel deseveridad 3).

IEC 61000-4-1 (2006-10), Compatibilidad Electromagnética (EMC) - Parte4-1: Ensayos y técnicas de medición - Visión general de la serie IEC61000-4.

IEC 61000-4-4 (2004-07), con corrección 1 (2006-08) CompatibilidadElectromagnética (EMC) -Parte 4: Ensayos y técnicas de medición,Sección 4: Ensayo de inmunidad eléctrica con ráfagas transitoriasrápidas. Publicación EMC básica.

Procedimiento de ensayo simplificado: Un generador de ráfagas debe serusado con la característica de desempeño de acuerdo a lo especificadoen la norma de referencia. (Ver Nota 1)

El ensayo consiste en exponer el EBE a ráfagas de picos de tensión, lafrecuencia de repetición de los impulsos y los valores pico de latensión de salida sobre una carga de 50 ? y 1000 ? son definidos en lanorma de referencia.

Las características del generador deben ser verificadas antes deconectar el EBE.

Como mínimo deben aplicarse 10 ráfagas positivas y 10 negativasdesfasadas aleatoriamente.

Para prevenir que la energía de las ráfagas se disipe en la redprincipal de alimentación, ésta contendrá filtros de bloqueo.

Las ráfagas se aplican durante todo el tiempo necesario para efectuarel ensayo; por lo tanto, más ráfagas que las indicadas arriba puedenser necesarias.

Durante los ensayos, el EBE debe estar operando, permitiéndose entradassimuladas. Los ensayos deben ser realizados, al menos, para un valordel caudal.

Severidadde los ensayos Unode los siguientes niveles de severidad debe ser especificado: Unidad Nivelesde severidad 2 3 Amplitud(valor pico) Líneade alimentación 1 2 kV Notas Ensayossobre líneas de alimentación son aplicables solamente para instrumentosalimentados por CA o CC de la línea principal energía.

Máxima variación permitida:

a) Para sistemas de medición interrumpibles.

No deben ocurrir fallas significativas o el sistema de monitoreo debedetectar un mal funcionamiento y actuar en consecuencia en un todo deacuerdo con el punto 5.3 cuando ocurren fallas significativas.

b) Para sistemas de medición no interrumpibles.

No deben ocurrir fallas significativas.

A.10.5 - Descarga electrostática.

Método de ensayo: Descarga electrostática (ESD).

Objetivo del ensayo: Para verificar la conformidad con las exigenciasdefinidas en el punto 4.1.1, bajo condiciones de descargaselectrostáticas directas e indirectas.

Referencias: IEC 61000-6-1(2005-03), Compatibilidad Electromagnética(EMC) - Parte 6-1: Norma genérica - Sección 1: Inmunidad para ambientesresidenciales, comerciales y de industrias livianas.

IEC 61000-6-2 (2005-01), Patrones genéricos - Inmunidad para ambientesindustriales.

IEC 61000-4-2 (2001-04), Compatibilidad Electromagnética (EMC) - Parte4-2: Ensayos y técnicas de medición, Ensayo de inmunidad de descargaelectrostática.

Procedimiento de ensayo resumido: Un generador de ESD debe ser usadocon la prestación especificada en la norma de referencia. (Ver Nota 1)

El EBE debe ser ensayado bajo condiciones de referencia.

Para EBE no equipados con una terminal de tierra, el EBE totalmentedescargado entre cada aplicación de las descargas.

La descarga por contacto es el método de ensayo preferido; la descargapor aire será utilizada solamente cuando el ensayo de descarga porcontacto no pueda aplicarse.

Aplicación directa (descarga por contacto):

El modo de descarga por contacto es llevado a cabo sobre superficiesconductoras, el electrodo debe hacer contacto con el EBE.

Como mínimo 10 descargas se aplicarán para cada punto de ensayo. Elintervalo de tiempo entre descargas sucesivas será, al menos, de 10segundos, durante la misma medición o en una medición simulada.

Las descargas se aplican durante todo el tiempo necesario para efectuarel ensayo; para este propósito más descargas que las indicadas arribapueden ser necesarias.

Aplicación indirecta (descarga en aire):

Las descargas en aire se aplican en el modo contacto para acoplarplanos montados en la vecindad del EBE. Como mínimo 10 descargas debenaplicarse a cada punto de ensayo, para el plano de acoplamientohorizontal y para cada posición del plano de acoplamiento vertical. Elintervalo de tiempo entre descargas sucesivas debe ser como mínimo de10 segundos, durante la misma medición o en una medición simulada.

Las descargas se aplican durante todo el tiempo necesario para efectuarel ensayo; para este propósito más descargas que las indicadas arribapueden ser necesarias.

Durante el ensayo, el EBE debe estar operando; se permite la simulaciónde entradas. Los ensayos deben ser realizados, como mínimo, a un valorde caudal.

Severidadde los ensayos Elsiguiente nivel de severidad debe ser especificado: Unidad Nivelde severidad 3 Tensiónde ensayo Descargapor contacto 6 kV Descargaen aire 8 kV

Máxima variación permitida:

a) Para sistemas de medición interrumpibles.

No deben ocurrir fallas significativas o el sistema de monitoreo debedetectar un mal funcionamiento y actuar en consecuencia, en un todo deacuerdo con el punto 5.3 cuando ocurren fallas significativas.

b) Para sistemas de medición no interrumpibles.

No deben ocurrir fallas significativas.

A.10.6 - Transitorios rápidos/ráfagas sobre líneas de señal, de datos yde control.

Método de ensayo: Transitorios eléctricos rápidos/ráfagas.

Objetivo del ensayo: Para verificar la conformidad con las exigenciasdefinidas en el punto 4.1.1, bajo condiciones donde las ráfagaseléctricas son superpuestas sobre entradas/salidas de puertos decomunicación.

Referencias: IEC 61000-6-1(2005-03), Compatibilidad Electromagnética(EMC) - Parte 6-1: Norma genérica - Sección 1: Inmunidad para ambientesresidenciales, comerciales y de industrias livianas (nivel de severidad2).

IEC 61000-6-2 (2005-01) Compatibilidad Electromagnética (EMC) - Parte6-2: Norma genérica - Inmunidad para ambientes industriales (nivel deseveridad 3).

IEC 61000-4-1 (2006-10) Compatibilidad Electromagnética (EMC), Parte4-1: Ensayos y técnicas de medición - Visión general de la Norma serieIED 61000-4.

IEC 61000-4-4 (2004-07) con corrección 1 (2006-08) CompatibilidadElectromagnética (EMC) -Parte 4: Ensayos y técnicas de medición,Sección 4: ensayo de inmunidad eléctrica a ráfagas/ transitoriosrápidos. Publicación EMC básica.

Procedimiento de ensayo resumido: Un generador de ráfagas debe serusado con las características de desempeño de acuerdo a lo especificadoen la norma de referencia. (Ver Nota 1)

El ensayo consiste en exponer a ráfagas de picos de tensión cuyasfrecuencias de repetición de impulsos y valores pico de la tensión desalida sobre una carga de 50 Ω y1000 Ωestán definidos en la norma de referencia.

Las características del generador deben ser verificadas antes deconectar el EBE.

Ambas polaridades de ráfagas, positivas y negativas, deben seraplicadas.

La duración del ensayo no debe ser inferior a 1 minuto por cadaamplitud y polaridad.

Para acoplar las ráfagas a la entrada /salida y con las líneas decomunicación, se debe utilizar una mordaza de acoplamiento capacitivacomo la definida en la norma de referencia.

Las ráfagas se aplican durante todo el tiempo necesario para efectuarel ensayo; motivo por el cual pueden ser necesarias más ráfagas que lasindicadas anteriormente.

Durante los ensayos, el EBE debe estar operando, admitiéndose entradassimuladas. Los ensayos deben ser realizados, al menos, a un valor decaudal.

Severidadesdel ensayo Unode los siguientes niveles de severidad debe ser especificado: Unidad Nivelesde severidad 2 3 Amplitud(valor pico) 0,5 1 kV Notas: 9)Ensayos sobre líneas de señal son aplicables solamente para entradas ysalidas de señal, de datos y de puertos de control con una longitud decable que excede los 3 metros (como el especificado por el fabricante).10) Este ensayo no es aplicable para equipamiento alimentado porbatería de vehículo.

Máxima variación permitida:

a) Para sistemas de medición interrumpibles.

No deben ocurrir fallas significativas o el sistema de monitoreo debedetectar un mal funcionamiento y actuar en consecuencia en un todo deacuerdo con el punto 5.3 cuando ocurren fallas significativas.

b) Para sistemas de medición no interrumpibles.

No deben ocurrir fallas significativas.

A.10.7 - Ondas de choque (surges) sobre líneas de señal, de datos y decontrol.

Método de ensayo: Ondas de choque (surges) sobre líneas de señal, dedatos y de control.

Objetivo del ensayo: Para verificar la conformidad con las exigenciasdefinidas en el punto 4.1.1, bajo condiciones donde los aumentosrepentinos de tensión se superponen sobre puertos de entrada/salida yde comunicación.

Referencias: IEC 61000-6-1 (2005-03) Compatibilidad electromagnética(EMC) - Parte 6-1: Norma Genérica - Sección 1: Inmunidad para ambientesresidenciales, comerciales y de industrias livianas (nivel de severidad2).

IEC 61000-6-2 (2005-01) Compatibilidad electromagnética (EMC) - Parte6-2: Norma genérica - Inmunidad para ambientes industriales (nivel deseveridad 3).

IEC 61000-4-5 (2005-11), Compatibilidad Electromagnética (EMC) - Parte4-5: Ensayos y técnicas de medición - Ensayo de inmunidad a ondas dechoque (surges).

Procedimiento de ensayo resumido: Un generador de ondas de choque(surges) debe ser usado con sus características de desempeño de acuerdoa lo especificado en la norma de referencia. El ensayo consiste en laexposición a ondas de choque (surges) cuyos tiempos de crecimiento,anchos de pulso, valores pico de tensión/corriente de salida sobrecargas de alta/baja impedancia y mínimo intervalo de tiempo entre dospulsos sucesivos están todos definidos en la norma de referencia. (VerNota 1)

Las características del generador deben ser verificadas antes deconectar el EBE.

Deben aplicarse, al menos, 3 pulsos positivos y 3 negativos sobre laslíneas de señal, de control y de datos.

Las redes de inyección dependen de las líneas en las que se acopla laperturbación y están definidas en la norma de referencia.

Los disturbios se aplican durante todo el tiempo necesario paraefectuar el ensayo; para este propósito más disturbios que losindicados arriba pueden ser necesarios.

Durante el ensayo, el EBE debe estar operando, permitiéndose entradassimuladas. Los ensayos deben ser realizados, al menos, a un valor decaudal.

Severidadde los ensayos Elsiguiente nivel de severidad debe ser especificado: Unidad Nivelde severidad (Clase de instalación) 2 Líneasasimétricas (desbalanceada) Líneaa línea 0,5 kV Líneaa tierra 1,0 kV Líneassimétricas (balanceada) Líneaa línea NA kV Líneaa tierra 1,0 kV PantallaI/O y líneas de comunicación Líneaa línea NA kV Líneaa tierra 0,5 kV Notas: Ensayossobre líneas de señal se aplican solamente para puertos de señal, deentrada/salida, de datos y de control con una longitud de cable queexceda los 30 metros (como sea especificado por el fabricante).Los cables interiores de señal de CC, de datos y de control (sinimportar la longitud) están exentos de este ensayo.

Máxima variación permitida:

a) Para sistemas de medición interrumpibles.

No deben ocurrir fallas significativas o el sistema de monitoreo debedetectar un mal funcionamiento y actuar en consecuencia en un todo deacuerdo con el punto 5.3 cuando ocurren fallas significativas.

b) Para sistemas de medición no interrumpibles.

No deben ocurrir fallas significativas.

En cualquiera de los dos casos de arriba a) o b), se permite laintervención humana para poner el EBE en operación luego del ensayo(por ejemplo: reemplazar un fusible), siempre que todo dato relevanteesté disponible después de la intervención humana.

A.10.8 - Inmunidad a los huecos, interrupciones breves y variaciones detensión en la alimentación principal de CC.

Método de ensayo: Huecos, interrupciones cortas y variación de tensiónsobre los puertos de alimentación de entrada de CC.

Objetivo del ensayo: Para verificar la conformidad con las exigenciasdefinidas en el punto 4.1.1, bajo condiciones de huecos, interrupcionescortas y variación de tensión sobre los puertos de alimentación de entrada de CC.

Referencias: IEC 61000-4-29 (2000-08), Compatibilidad Electromagnética(EMC) - Parte 4-29: Ensayos y técnicas de medición - Ensayo deinmunidad a huecos, interrupciones cortas y variación de tensión sobrelos puertos de alimentación de entrada de CC.

Procedimiento de ensayo resumido: Un generador cómo el definido en lanorma de referencia debe ser utilizado. Antes de comenzar el ensayo, eldesempeño del generador debe ser verificado. (Ver Nota 1)

Los huecos y las interrupciones cortas deben ser ensayadas sobre elEBE, para cada combinación seleccionada de nivel de ensayo y duración,con una secuencia de tres caídas/interrupciones con intervalos de 10segundos como mínimo entre cada evento ensayado.

El EBE debe ensayarse para cada variación de tensión especificada, tresveces a intervalos de 10 segundos, en los modos operativos másrepresentativos.

Las perturbaciones son aplicadas durante todo el tiempo necesario paraefectuar el ensayo; para este propósito más perturbaciones que lasindicadas arriba pueden ser necesarias.

Durante el ensayo, el EBE debe estar operando, permitiéndose entradassimuladas. Los ensayos deben ser realizados, al menos, a un valor decaudal.

Severidadde los ensayos Elsiguiente nivel de severidad debe ser especificado: Unidad Caídade tensión Nivelde severidad 1(ensayo aplicable solamente a ambientes E2) Nivelesde ensayo 40y 70 %de tensión nominal Duración 0,1 s Interrupcióncorta Condiciónde ensayo Altaimpedancia y/o baja impedancia Nivelesde ensayo 0 %de tensión nominal Duración 0,01 s Variacionesde tensión Nivelde severidad 1 Nivelde ensayo 85y 120 %de tensión nominal Duración 10 s Notas: Siel EBE se ensaya para interrupciones cortas, es innecesario el ensayopara otros niveles de la misma duración, a menos que la inmunidad delequipamiento sea perjudicialmente afectada por caídas de tensiónmenores que el 70% de tensión nominal. Este ensayo no es aplicable para equipamiento alimentado por batería devehículo.

Máxima variación permitida:

a) Para sistemas de medición interrumpibles.

No deben ocurrir fallas significativas o el sistema de monitoreo debedetectar un mal funcionamiento y actuar en consecuencia en un todo deacuerdo con el punto 5.3 cuando ocurren fallas significativas.

b) Para sistemas de medición no interrumpibles.

No deben ocurrir fallas significativas.

A.10.9 - Ondulación (ripple) sobre los puertos de alimentación deentrada de CC.

Método de ensayo: Ondulación (ripple) sobre los puertos de alimentaciónde entrada de CC.

Objetivo del ensayo: Para verificar la conformidad con las exigenciasdefinidas en el punto 4.1.1, bajo condiciones de onda sobre los puertosde alimentación de baja tensión de CC.

Este ensayo no se aplica a instrumentos conectados a sistemas de cargade baterías incorporando un interruptor de como convertidor de modo.

Referencias: IEC 61000-4-17 (2002-07) Edición consolidada 1.1Compatibilidad Electromagnética (EMC) - Parte 4-17: Ensayos y técnicasde medición - Ensayo de inmunidad a la ondulación sobre la entrada dealimentación de CC.

Procedimiento de Ensayo resumido: Un generador de ensayo cómo eldefinido en la norma de referencia debe ser utilizado. Antes decomenzar el ensayo, el desempeño del generador debe ser verificado.

El ensayo consiste en someter a instrumentos eléctricos y electrónicosa ondulaciones (ripple) de tensión tal como aquellas generadas porsistemas rectificadores y/o servicios auxiliares de cargadores debaterías superpuestas sobre la fuente de alimentación de energía de CC.La frecuencia de la ondulación es la frecuencia de la red de energía osu segundo, tercer o sexto múltiplo, como esté precisado en laespecificación del producto.

La forma de la onda de ripple, a la salida del generador de ensayo,tiene una característica sinusoidal - lineal.

El ensayo debe aplicarse por lo menos 10 minutos o por el período detiempo necesario para permitir la verificación completa del desempeñooperativo de los EBE.

Durante el ensayo, el EBE debe estar operando, permitiéndose entradassimuladas. Los ensayos deben ser realizados, al menos, a un valor decaudal.

Severidadde los ensayos Elsiguiente nivel de severidad debe ser especificado: Nivelde severidad 1 Porcentajede la tensión CC nominal (15) 2(15) Notas: 15)En el ensayo de nivel la tensión pico a pico es expresada como unporcentaje de la tensión nominal de CC, UDC16) Este ensayo no es aplicable para equipamiento alimentado porbatería de vehículo.

Máxima variación permitida:

a) Para sistemas de medición interrumpibles.

No deben ocurrir fallas significativas o el sistema de monitoreo debedetectar un mal funcionamiento y actuar en consecuencia en un todo deacuerdo con el punto 5.3 cuando ocurren fallas significativas.

b) Para sistemas de medición no interrumpibles.

No deben ocurrir fallas significativas.

A.10.10 - Inmunidad a ondas de choque (surges) sobre las líneasprincipales de CA y CC.

Método de ensayo: Ondas de choque (surges) sobre las líneas principalesde alimentación de CA y CC.

Objetivo del ensayo: Para verificar la conformidad con las exigenciasdefinidas en el punto 4.1.1, bajo condiciones donde ondas de choque(surge) son superpuestos sobre la tensión principal.

Este ensayo no es aplicable a instrumentos conectados a baterías devehículo (ver sección A.12 para ensayos específicos requeridos porestos instrumentos).

Este ensayo no es aplicable a redes internas de alimentación de energíade CC.

Referencias: IEC 61000-6-1(2005-03) Compatibilidad Electromagnética(EMC) - Norma genérica - Sección 1: Inmunidad para ambientesresidenciales, comerciales y de industrias livianas.

IEC 61000-6-2 (2005-01) Compatibilidad Electromagnética (EMC) - Parte6-2: Norma genérica - Inmunidad para ambientes industriales.

IEC 61000-4-5 (2005-11) Compatibilidad Electromagnética (EMC) - Parte4-5: Ensayos y técnicas de medición - Ensayo de inmunidad a ondas dechoque (surges).

Procedimiento de ensayo resumido: Un generador de perturbaciones(surges) debe ser usado con las características de desempeño de acuerdoa lo especificado en la norma de referencia IEC 61000-4-5. El ensayoconsiste en exponer a perturbaciones cuyos tiempos de crecimiento,anchos de pulso, valores de pico de la tensión/corriente de salidasobre cargas de impedancia alta/baja y mínimo intervalo de tiempo entredos pulsos sucesivos están definidos en la norma de referencia. Lascaracterísticas del generador deben ser verificadas antes de conectarel EBE. (Ver Nota 1)

Sobre las líneas de alimentación principal de CA, como mínimo 3 pulsospositivos y tres negativos deben aplicarse sincronizadamente con latensión de alimentación de CA en ángulos de 0º, 90º, 180º y 270º. Sobrelas líneas alimentación de energía de CC, al menos 3 pulsos positivos y3 negativos deben aplicarse. La red de inyección depende de las líneassobre las que la perturbación se acopla y están definidas en la normade referencia.

Las perturbaciones se aplican durante todo el tiempo necesario paraefectuar el ensayo; para este propósito más perturbaciones que lasindicadas arriba pueden ser necesarias.

Durante los ensayos, el EBE deberá estar operando, permitiéndoseentradas simuladas. Los ensayos deben ser realizados, al menos, a unvalor de caudal.

Severidadde los ensayos Elsiguiente nivel de severidad debe ser especificado (ambas clases E1 yE2): Unidad Nivelde severidad (clase de instalación) 3 Líneaa línea 1,0 kV Líneaa tierra 2,0 kV

Máxima variación permitida:

a) Para sistemas de medición interrumpibles.

No deben ocurrir fallas significativas o el sistema de monitoreo.

Debe detectar un mal funcionamiento y actuar en consecuencia en un todode acuerdo con el punto 5.3 cuando ocurren fallas significativas.

b) Para sistemas de medición no interrumpibles.

No deben ocurrir fallas significativas.

En cualquiera de los dos casos anteriores a) o b), se permite laintervención humana para poner el EBE en operación luego del ensayo(por ejemplo: reemplazar un fusible), siempre que todo dato relevanteesté disponible después de la intervención humana.

A.10.11 - Ensayos de inmunidad a la radiofrecuencia

A.10.11.1 - Campos electromagnéticos radiados, de radiofrecuencia, deorigen general

Método de ensayo: Campos electromagnéticos radiados

Objetivo del ensayo: Para verificar la conformidad con las exigenciasdefinidas en el punto 4.1.1, bajo condiciones de camposelectromagnéticos.Referencias: IEC 61000-6-1(2005-03) Compatibilidad Electromagnética(EMC) - Parte 6-1: Norma Genérica - Sección 1: Inmunidad para ambientesresidenciales, comerciales y de industrias livianas (nivel de severidad2).

IEC 61000-6-2 (2005-01) Compatibilidad Electromagnética (EMC) - Parte6-2: Norma Genérica - Sección 1: Inmunidad para ambientes industriales(nivel de severidad 3).

IEC 61000-4-3 (2006-2), Compatibilidad Electromagnética (EMC) - Parte4-3: Ensayos y técnicas de medición - Ensayo de inmunidad a los camposelectromagnéticos radiados de radiofrecuencia.

Procedimiento de ensayo resumido: El EBE debe ser expuesto a unaintensidad de campo electromagnético de acuerdo a lo especificado porel nivel de severidad y con una uniformidad de campo como la definidaen la norma de referencia IEC 61000-4-3. (Ver Nota 1)

El campo electromagnético puede ser generado en diferentesinstalaciones, no obstante, el uso de éstas está limitado por lasdimensiones del EBE y el rango de frecuencia de la instalación.

Los rangos de frecuencia a considerar son barridos con la señalmodulada, pausando para ajustar el nivel de la señal de radiofrecuenciao para conmutar osciladores y antenas según sea necesario. Cuando elrango de frecuencia es barrido incrementalmente, el tamaño del escalónno excederá el 1% del valor de la frecuencia precedente.

El tiempo de permanencia de la portadora modulada en amplitud en cadafrecuencia, no debe ser menor que el tiempo necesario para que el EBEpueda ser operado y responda, pero en ningún caso debe ser inferior a0,5 segundos. Las frecuencias sensibles (por ejemplo: frecuencia delreloj interno) deben ser analizadas separadamente (usualmente, estasfrecuencias sensibles pueden esperarse por ser las frecuencias emitidaspor el EBE).

Durante los ensayos, el EBE debe estar operando, permitiéndose entradassimuladas. Los ensayos deben ser realizados, al menos, a un valor decaudal

Severidadde los ensayos Unode los siguientes niveles de severidad debe ser especificado: Unidad Nivelde severidad 2 3 Rangode frecuencia 26- 800 MHz (nota 16) 80 - 800 MHz (nota 17) 3 10 V/m 960-1400 MHz 3 10 V/m Modulación Indice80% AM, 1 kHz onda senoidal Notas: 17)IEC 61000-4-3 (2006-02) solamente especifica niveles de ensayo porencima de 80 MHz. Para frecuencias en el rango inferior, los métodos deensayo por perturbaciones de radiofrecuencia conducida son recomendados(A.10.11.3).16) No obstante, para EBE que no tenga alimentación principal u otropuerto de entrada disponible el límite inferior del ensayo de radiacióndebe ser de 26 MHz, teniendo en cuenta que el ensayo especificado enA.10.11.3 no puede ser aplicado (referirse al anexo F de IEC61000-4-3). En los demás casos, ambos A.10.11.1 y A.10.11.2 deben seraplicados.

Máxima variación permitida:

a) Para sistemas de medición interrumpibles

No deben ocurrir fallas significativas o el sistema de monitoreo debedetectar un mal funcionamiento y actuar en consecuencia en un todo deacuerdo con 5.3 cuando ocurren fallas significativas.

b) Para sistemas de medición no interrumpibles

No deben ocurrir fallas significativas.

A.10.11.2 - Campos electromagnéticos radiados de radiofrecuenciaespecíficamente causados por telefonía digital.

Método de ensayo: Campos electromagnéticos radiados.

Objetivo del ensayo: Para verificar la conformidad con las exigenciasdefinidas en el punto 4.1.1, bajo condiciones de camposelectromagnéticos.

Referencias: IEC 61000-6-1(2005-03) Compatibilidad Electromagnética(EMC) - Parte 6-1: Norma Genérica - Sección 1: Inmunidad para ambientesresidenciales, comerciales y de industrias livianas (nivel de severidad2).

IEC 61000-6-2 (2005-01) Compatibilidad Electromagnética (EMC) - Parte6-2: Norma Genérica - Sección 1: Inmunidad para ambientes industriales(nivel de severidad 3).

IEC 61000-4-3 (2006-2), Compatibilidad Electromagnética (EMC) - Parte4-3: Ensayos y técnicas de medición - Ensayo de inmunidad a los camposelectromagnéticos radiados de radiofrecuencia.

Procedimiento de ensayo resumido: El EBE debe ser expuesto a unaintensidad de campo electromagnético de acuerdo a lo especificado porel nivel de severidad y con una uniformidad de campo como la definidaen la norma de referencia IEC 61000-4-3. (Ver Nota 1)

El campo electromagnético puede ser generado en diferentesinstalaciones, no obstante, el uso de éstas está limitado por lasdimensiones del EBE y el rango de frecuencia de la instalación.

Los rangos de frecuencia a considerar son barridos con la señalmodulada, pausando para ajustar el nivel de la señal de radiofrecuenciao para conmutar osciladores y antenas según sea necesario. Cuando elrango de frecuencia es barrido incrementalmente, el tamaño del escalónno excederá el 1% del valor de la frecuencia precedente.

El tiempo de permanencia de la portadora modulada en amplitud en cadafrecuencia, no debe ser menor que el tiempo necesario para que el EBEpueda ser operado y responda, pero en ningún caso debe ser inferior a0,5 segundos. Las frecuencias sensibles (por ejemplo: frecuencia delreloj interno) deben ser analizadas separadamente (usualmente, estasfrecuencias sensibles pueden esperarse por ser las frecuencias emitidaspor el EBE).

Durante los ensayos, el EBE debe estar operando, permitiéndose entradassimuladas. Los ensayos deben ser realizados, al menos, a un valor decaudal.

Severidadde los ensayos Elsiguiente nivel de severidad debe ser especificado: Unidad Nivelde severidad 3 Rangode frecuencia 800- 960 MHz 10 V/m 1400-2000 MHz 10 V/m Modulación Indice80% AM, 1 kHz onda senoidal

Máxima variación permitida:

a) Para sistemas de medición interrumpibles

No deben ocurrir fallas significativas o el sistema de monitoreo debedetectar un mal funcionamiento y actuar en consecuencia en un todo deacuerdo con el punto 5.3 cuando ocurren fallas significativas.

b) Para sistemas de medición no interrumpibles

No deben ocurrir fallas significativas.

A.10.11.3 - Campos de radiofrecuencia conducidos

Método de ensayo: Campos electromagnéticos conducidos.

Objetivo del ensayo: Para verificar la conformidad con las exigenciasdefinidas en el punto 4.1.1, bajo condiciones de camposelectromagnéticos.

Referencias: IEC 61000-6-1(2005-03) Compatibilidad Electromagnética(EMC) - Parte 6-1: Norma Genérica - Sección 1: Inmunidad para ambientesresidenciales, comerciales y de industrias livianas (nivel de severidad2).

IEC 61000-6-2 (2005-01) Compatibilidad Electromagnética (EMC) - Parte6-2: Norma Genérica - Sección 1: Inmunidad para ambientes industriales(nivel de severidad 3).

IEC 61000-4-6 (2003-05) con enmienda 1 (2004-10) y enmienda 2 (2006-03)Compatibilidad Electromagnética (EMC) - Parte 4: Ensayos y técnicas demedición, Sección 6: Inmunidad a perturbaciones conducidas, inducidaspor campos de radiofrecuencia. Edición consolidada: IEC 61000-4-6(2006-05) Ed. 2.2.

Procedimiento de ensayo resumido: Los campos electromagnéticos deradiofrecuencia comunes, que simulan la influencia de camposelectromagnéticos deben ser acoplados o inyectados en los puertos deenergía y en los puertos de entrada/salida del EBE usando dispositivosde acople/desacople como los definidos en la norma de referencia IEC61000-4-6. (Ver Nota 1)

El desempeño de los equipos consistentes en un generador deradiofrecuencia, de dispositivos de acople/desacople, atenuadores,etc., debe ser verificado.

Durante el ensayo, el EBE debe estar operando, permitiéndose entradassimuladas. Los ensayos deben ser realizados, al menos, a un valor decaudal.

Severidadde los ensayos Unode los siguientes niveles de severidad debe ser especificado: Unidad Nivelde severidad 2 3 Amplitudde RF(50 Ω) 3 10 V(f.e.m.) Rangode frecuencia 0,15- 80 MHz Modulación Indice80% AM, 1 kHz onda senoidal Notas: Ensayosobre líneas de señal se aplica sólo a puertos de entrada/salida deseñal, de datos y de control, con una longitud de cable que exceda los3 metros (como sea especificado por el fabricante).

A.11 - Ensayos sobre la energía suministrada por baterías de vehículo

A.11.1 - General

Para dispositivos electrónicos alimentados por baterías instaladassobre vehículo, una serie de ensayos especiales de perturbacionesasociadas con la fuente de alimentación son dados en A.11.2 y A.11.3 deeste Anexo. Estos ensayos se basan en la serie de normas ISO 7637

Los dispositivos electrónicos que están diseñados para ser montadossobre vehículo pueden normalmente ser montados en cualquier tipo devehículo. En A.11.2 y A.11.3 de esta Reglamentación, sólo el máximonivel de severidad se indica como el nivel preferido.

A.11.2 - Variaciones de tensión

Método de ensayo: Variación en la tensión de alimentación.

Objetivo del ensayo: Para verificar la conformidad con las exigenciasdefinidas en el punto 4.1.1, bajo condiciones de variación de tensiónde batería.

Referencias: Los límites superiores especificados en esta cláusula (16V y 32 V) están en conformidad con la norma ISO 16750-2:2006 Vehículosen ruta - Condiciones ambientales y de ensayo para equipamientoeléctrico y electrónico; Parte 2: Cargas eléctricas, ISO, Génova, 2006.Los límites inferiores (9 V y 16 V) están en conformidad con la normaISO 16750-2:2006 códigos C y F respectivamente.

Para las especificaciones de la fuente de alimentación usada durante elensayo para simular la batería, referirse a ISO 7637-2:2004 Vehículosen ruta - Perturbación eléctrica conducida y por acoplamiento - Parte2: Transitorios eléctricos conducidos a lo largo de la línea de energíasolamente, ISO, Génova, 2002 con enmienda 1 (2002).

Procedimiento de ensayo resumido: El ensayo consiste en exponer a lacondición específica de potencia de alimentación, por un períodosuficiente, para alcanzar la estabilidad de temperatura y para efectuarlas mediciones requeridas. (Ver Anexo 1)

Si una fuente de alimentación patrón (con suficiente capacidad decorriente) se usa en un banco de ensayo para simular la batería, esimportante también que la baja impedancia interna de la batería seasimulada.

La fuente de alimentación continua debe tener una resistencia internaRi menor que 0,01 ? en CC y una impedancia interna Zi = Ri parafrecuencias menores que 400 Hz.

Durante los ensayos, el EBE debe estar operando, permitiéndose entradassimuladas. Los ensayos deben ser realizados, al menos, a un valor decaudal.

Severidadde los ensayos Elsiguiente nivel de severidad debe ser especificado : Nivelde severidad 1 Tensión Batería12 V Límitesuperior 16V Batería24 V Límitesuperior 32V Batería12 V Límiteinferior 9V Batería24 V Límiteinferior 16V

Máxima variación permitida: Para niveles de tensión de alimentaciónentre el límite superior e inferior:

• Todas las funciones operarán como fueron diseñadas.

• Todos los errores deben estar dentro del error máximo tolerado.

A.11.3 - Transitorios eléctricos conducidos a lo largo de la línea dealimentación

Método de ensayo: Transitorios eléctricos conducidos a lo largo de lalínea de alimentación

Objetivo del ensayo: Para verificar la conformidad con las exigenciasdefinidas en el punto 4.1.1, bajo las siguientes condiciones:

• transitorios debido a la interrupción repentina de la corriente en undispositivo conectado en paralelo con el EBE debido a la inductanciadel cableado del arnés (pulso 2a);

• transitorios desde motores de CC que actúan como generadores luegoque el encendido se desconecta (pulso 2b);

• transitorios sobre las líneas de alimentación, los cuales ocurrencomo resultado de los procesos de conmutación (pulsos 3a y 3b);

• reducciones de tensión causadas por la energización de los circuitosdel motor de arranque en los motores de combustión interna (pulso 4).

Referencia: ISO 7637-2:2004 Vehículos en ruta - Perturbacioneseléctricas por conducción y acoplamiento. Parte 2: Transitorioseléctricos conducidos a lo largo de la línea de alimentación solamente,ISO, Génova, 2004 con enmienda 1 (2002)

Párrafo 5.6.2: Pulso de ensayo 2a+2b

Párrafo 5.6.3: Pulso de ensayo 3a+3b

Párrafo 5.6.4: Pulso de ensayo 4

Procedimiento de ensayo resumido: El ensayo consiste en la exposición aperturbaciones sobre el suministro de energía por acoplamiento directosobre la línea de alimentación. (Ver Nota 1)

Durante el ensayo, el EBE debe estar operando, permitiéndose entradassimuladas. Los ensayos deben ser realizados, al menos, a un valor decaudal.

Severidadde los ensayos Elsiguiente nivel de severidad debe ser especificado: Nivelde severidad 4 Pulsode ensayo 2 Batería12 V Pulso2 a Us +50 V Pulso2 b Us +10 V Batería24 V Pulso2 a Us +50 V Pulso2 b Us +20 V Pulsode ensayo 3 Batería12 V Pulso3 a Us -150 V Pulso3 b Us +100 V Batería24 V Pulso3 a Us -200 V Pulso3 b Us +200 V Pulsode ensayo 4 Batería12 V Us -7 V Batería24 V Us -16 V

Máxima variación permitida:

a) Para sistemas de medición interrumpibles

No deben ocurrir fallas significativa o el sistema de monitoreo debedetectar un mal funcionamiento y actuar en consecuencia en un todo deacuerdo con el punto 5.3 cuando ocurren fallas significativas.

b) Para sistemas de medición no interrumpibles

No deben ocurrir fallas significativas.

Antecedentes Normativos

(Artículo sustituido por art. 1° de la ResoluciónN° 146/2012 de la Secretaría deComercio Interior B.O. 29/11/2012. Vigencia: a partir de su publicaciónen el Boletín Oficial)

Páginas externas

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