Disposición 38/2012

Materiales Impresos

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Economia Y Finanzas Publicas
Materiales Impresos

A los fines previstos en la resolucion nº 453 de fecha 26 de noviembre de 2010 de la secretaria de comercio interior del ministerio de economia y finanzas publicas y la disposicion nº 26 del 28 de febrero de 2012 de esta direccion nacional de comercio interior, se interpreta que se encuentran excluidos de sus alcances aquellos materiales impresos destinados a ser distribuidos y/o utilizados en ferias, exposiciones u otros eventos que hubiesen sido declarados de interes turistico por el ministerio de turismo de la nacion.

Id norma: 202095 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 32481

Fecha boletin: 14/09/2012 Fecha sancion: 23/03/2012 Numero de norma 38/2012

Organismo (s)

Organismo origen: Direccion Nacional De Comercio Interior Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR

DIRECCION NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR

Disposición Nº 38/2012

Bs. As., 23/3/2012

VISTO lo dispuesto en la Resolución Nº 453 de fecha 26 de noviembre de2010 de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA YFINANZAS PUBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la norma citada en el Visto se establecieron mecanismos decontrol tendientes a evitar los peligros derivados del uso de tintascon altos contenidos de plomo en productos gráficos.

Que a través de la Disposición Nº 26 del 28 de febrero de 2012 de estaDIRECCION NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR se fijaron diversas pautastendientes a la implementación de dicho régimen.

Que por el artículo 9º de Resolución S.C.I. Nº 453/2010 se excluyen algunos productos de lo dispuesto en sus artículos 1º y 2º.

Que el artículo 8º de la citada resolución establece que esta DIRECCIONNACIONAL DE COMERCIO INTERIOR, dependiente de la SECRETARIA DE COMERCIOINTERIOR se encuentra facultada para dictar las medidas que resultennecesarias para interpretar, aclarar e implementar lo dispuesto en lamisma.

Que la Dirección de Legales del Area de Comercio Interior dependientede la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIAY FINANZAS PUBLICAS, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en uso de las facultades otorgadas por elartículo 8º de la Resolución S.C.I. Nº 453 de fecha 26 de noviembre de2010.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR

DISPONE:

ARTICULO 1º — A los fines previstos en la Resolución Nº 453 de fecha 26de noviembre de 2010 de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR delMINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y la Disposición Nº 26 del28 de febrero de 2012 de esta DIRECCION NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR,se interpreta que se encuentran excluidos de sus alcances aquellosmateriales impresos destinados a ser distribuidos y/o utilizados enferias, exposiciones u otros eventos que hubiesen sido declarados deinterés turístico por el MINISTERIO DE TURISMO DE LA NACION.

ARTICULO 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DirecciónNacional del Registro Oficial y archívese. — Prof. FERNANDO A. CARRO,Director Nacional de Comercio Interior, Dec. Nº 1278/2010.

e. 14/09/2012 N° 31699/12 v. 14/09/2012

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