Resolución 1181/2012

S.U.T.E.P. - Parque De La Costa Sociedad Anonima - Reg. 966/12

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Convenciones Colectivas De Trabajo
S.U.T.E.P. - Parque De La Costa Sociedad Anonima - Reg. 966/12

Declarase homologado el acuerdo celebrado entre el sindicato unico de trabajadores del espectaculo publico y afines de la republica argentina (s.u.t.e.p.), por el sector sindical, y parque de la costa sociedad anonima, por el sector empleador, obrante a fojas 9/10 del expediente nº 1.503.861/12, conforme a lo dispuesto en la ley de negociacion colectiva nº 14.250 (t.o. 2004).

Id norma: 202566 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32489

Fecha boletin: 27/09/2012 Fecha sancion: 10/08/2012 Numero de norma 1181/2012

Organismo (s)

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1181/2012

Registro Nº 966/2012

Bs. As., 10/8/2012

VISTO el Expediente Nº 1.503.861/12 del Registro del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), laLey Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 9/10 del Expediente Nº 1.503.861/12, obra el Acuerdocelebrado entre el SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DEL ESPECTACULOPUBLICO Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (S.U.T.E.P.), por el sectorsindical, y PARQUE DE LA COSTA SOCIEDAD ANONIMA, por el sectorempleador, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 296/75,conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250(t.o. 2004).

Que bajo el mentado Acuerdo, los agentes negociadores convinieron elpago de un adicional no remunerativo a partir del 1° de abril de 2012,con las consideraciones que obran en el texto al cual se remite.

Que las partes celebrantes han ratificado el contenido y firmasinsertas en el Acuerdo traído a estudio, acreditado su personería yfacultades para negociar colectivamente con las constancias que obranen autos.

Que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con laactividad de la empresa firmante y la representatividad de laasociación sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que se han cumplimentado los recaudos prescriptos por el Artículo 17 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que se advierte que las cláusulas pactadas no contienen aspectos queafecten a principios, derechos y garantías contenidos en el marconormativo, comúnmente denominado “orden público laborar, ni de otrasnormas dictadas en protección del interés general.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relacionesdel Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que lecompete.

Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el actoadministrativo de homologación de conformidad con los antecedentesmencionados.

Que por último, una vez dictado el presente acto administrativohomologatorio, deberán remitirse estas actuaciones a la DirecciónNacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedenciade elaborar el cálculo de la base promedio y del tope indemnizatorioprevisto por el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y susmodificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentesactuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre elSINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DEL ESPECTACULO PUBLICO Y AFINES DE LAREPUBLICA ARGENTINA (S.U.T.E.P.), por el sector sindical, y PARQUE DELA COSTA SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, obrante a fojas9/10 del Expediente Nº 1.503.861/12, conforme a lo dispuesto en la Leyde Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en el Departamento deDespacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido,pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que elDepartamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 9/10 delExpediente Nº 1.503.861/12.

ARTICULO 3°— Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pasea la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluarla procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y TopeIndemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de laLey Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase ala guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivode Trabajo Nº 296/75.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación decarácter gratuito del instrumento homologado, resultará aplicable lodispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250(t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.503.861/12

Buenos Aires, 15 de agosto de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1181/12 se hatomado razón del acuerdo obrante a fojas 9/10 del expediente dereferencia, quedando registrado bajo el número 966/12. — VALERIA A.VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -D.N.R.T.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 20 días del mes de abrildel año 2012, se reúnen en el marco de las gestiones iniciadas: Por unaparte el Sr. HECTOR OSVALDO FRETES, en su carácter de Secretario deAcción Gremial Comisión Directiva Central, y CARLOS VARELA, en sucarácter de Secretario General de la Comisión Administrativa RamaParques y Diversiones de la Seccional Buenos Aires de SUTEP,constituyendo domicilio en la calle Pasco Nº 148 de la Ciudad Autónomade Buenos Aires y por la otra, el Sr. PABLO JAVIER SCHWARTZMAN en sucarácter de apoderado y como representante de PARQUE DE LA COSTA S.A.constituyendo domicilio en la calle B. Mitre 2, de la localidad deTigre, Partido del mismo nombre, Pcia. de Buenos Aires, quienes decomún acuerdo manifiestan:

Que con motivo de las reuniones celebradas en el marco del diálogoabierto entre las partes, y considerando que se hace necesario unarecomposición salarial para todos los trabajadores representados porSUTEP y que cumplen sus tareas en la empresa PARQUE DE LA COSTA S.A.,ambas partes de común acuerdo han acordado los siguiente:

PRIMERA: Se dispone que a partir del 01/04/2012, independientemente desu homologación, se le abonará a todos los trabajadores convencionadosen el marco del CCT 296/75 UN ADICIONAL NO REMUNERATIVO del 10 % (diezpor ciento), calculados sobre las remuneraciones conformadas del mes deabril de 2012.

SEGUNDA: El adicional no remunerativo indicado se abonará en los mesesde abril, mayo, junio y julio de 2012 inclusive, y será de aplicaciónen su incidencia sobre todos los rubros que conforman la remuneraciónde los trabajadores, incluido el Sueldo Anual Complementario,haciéndose remunerativo el 1° de agosto del año 2012, quedando de estamanera conformado el nuevo básico salarial.

TERCERA: El presente Acuerdo regirá desde el 1° de abril de 2012 hastael 31 de julio de 2012, comprometiéndose las partes a comenzar unanueva negociación salarial a partir del 1° de agosto de 2012, pactandoen este acto que el aumento para el próximo cuatrimestre no podrá sersuperior al acordado en el presente acuerdo.

CUARTA: Ambas partes solicitarán al Ministerio de Trabajo, Empleo ySeguridad Social la homologación del presente acuerdo salarial.

SEXTA: Firman el presente acuerdo los delegados del establecimientoSres. Emilio Lencina, Carlos Cabrera, Julio César Novillo y JustinoOjeda.

En el lugar y fecha de encabezamiento se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

REPUBLICA ARGENTINA S.U.T.E.P. PERSONERIA GREMIAL Nº 268/54

ESCALA SALARIAL C.C.T. Nº 296/75 PARQUE DE DIVERSIONESCategoría del Personal:Abr-12Ago-121° CATEGORIAInspectores$ 4,485.00$ 4,933.00Capataces$ 4,111.00$ 4,522.00Administrativo de 1°$ 3,887.00$ 4,276.00Maquinistas$ 3,738.00$ 4,112.00Obrero Especializado “A”$ 3,738.00$ 4,112.00Obrero Especializado “B”$ 3,587.00$ 3,946.00Encargados$ 4,111.00$ 4,522.00Controles$ 3,087.00$ 3,396.00Ayudante Maquinista$ 3,215.00$ 3,536.00Administrativo de 2°$ 3,050.00$ 3,355.00Boleteros$ 3,050.00$ 3,355.00Serenos$ 3,036.00$ 3,340.00Peones$ 3,036.00$ 3,340.00

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