- Leyes Argentinas
- Resoluciones
- Resolución 1251/2012
Resolución 1251/2012
Asoc. De Clinicas - Asoc. Trabaj. De Sanidad- Tope 453/12
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Convenciones Colectivas De Trabajo
Asoc. De Clinicas - Asoc. Trabaj. De Sanidad- Tope 453/12
Dejase sin efecto los importes de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio con vigencia desde el 1° de enero de 2012, fijados por el articulo 1° de la resolucion de la secretaria de trabajo nº 182 del 17 de marzo de 2011, correspondiente al acuerdo nº 257/11, suscripto entre la asociacion de clinicas, sanatorios y hospitales privados de la ciudad de rosario y su zona y la asociacion de trabajadores de la sanidad argentina de rosario.fijase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al acuerdo homologado por la resolucion de la secretaria de trabajo n°1755 del 30 de noviembre de 2011.
Id norma: 202746 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32492
Fecha boletin: 02/10/2012 Fecha sancion: 27/08/2012 Numero de norma 1251/2012
Organismo (s)
Organismo origen: Secretaria De Trabajo Ver Resoluciones Observaciones: -
Esta norma modifica o complementa a
Ver 2 norma(s).Texto Original
Actualizado 02 de Marzo de 2017
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 1251/2012
Tope Nº 453/2012
Bs. As., 27/8/2012
VISTO el Expediente Nº 534.987/03 del Registro del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), laLey Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, las Resoluciones de laSECRETARIA DE TRABAJO Nº 182 del 17 de marzo de 2011 y Nº 1755 del 30de noviembre de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 642/643 del Expediente Nº 534.987/03 obran las escalassalariales pactadas entre la ASOCIACION DE CLINICAS, SANATORIOS YHOSPITALES PRIVADOS DE LA CIUDAD DE ROSARIO Y SU ZONA, por la parteempresaria, y la ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA DEROSARIO, por el sector sindical, en el marco del Convenio Colectivo deTrabajo Nº 470/06, conforme lo dispuesto en la Ley de NegociaciónColectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por laResolución S.T. Nº 1755/11 y registrado bajo el Nº 1677/11, conformesurge de fojas 652/654 y 657, respectivamente.
Que cabe señalar que mediante la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJONº 182 del 17 de marzo de 2011 se fijó el tope indemnizatorio convigencia desde el 1° de enero de 2012, correspondiente al Acuerdo Nº257/11, homologado por la Disposición de la Dirección Nacional deRelaciones del Trabajo Nº 239 del 17 de febrero de 2011.
Que atento a que las partes en el Acuerdo Nº 1677/11 han establecidolos nuevos valores de las escalas salariales vigentes desde el 1° dediciembre de 2011 y desde el 1° de febrero de 2012, deviene necesarioactualizar los montos de la base promedio y del tope indemnizatorioanteriormente fijados, por los nuevos importes que se detallan en elAnexo de la presente.
Que, cabe destacar que la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 182del 17 de marzo de 2011 conserva su eficacia y demás efectos en lo nomodificado por el presente acto.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976)y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de lasremuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de laindemnización que les corresponde a los trabajadores en casos deextinción injustificada del contrato de trabajo.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorioque se fija por la presente, se determinó triplicando el importepromedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y susrespectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 668/683, obra el informe técnico elaborado por la DirecciónNacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría,por el que se indican las constancias y se explicitan los criteriosadoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del topeindemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten enesta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas enel segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto. Nº 357 del 21de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 defechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Déjase sin efecto los importes de la base promediomensual y del tope indemnizatorio con vigencia desde el 1° de enero de2012, fijados por el artículo 1° de la Resolución de la SECRETARIA DETRABAJO Nº 182 del 17 de marzo de 2011, correspondiente al Acuerdo Nº257/11, suscripto entre la ASOCIACION DE CLINICAS, SANATORIOS YHOSPITALES PRIVADOS DE LA CIUDAD DE ROSARIO Y SU ZONA y la ASOCIACIONDE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA DE ROSARIO.
ARTICULO 2° — Fíjanse el importe promedio de las remuneraciones y eltope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por laResolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1755 del 30 de noviembre de2011 y registrado bajo el Nº 1677/11 suscripto entre la ASOCIACION DECLINICAS, SANATORIOS Y HOSPITALES PRIVADOS DE LA CIUDAD DE ROSARIO Y SUZONA y la ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA DEROSARIO, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante dela presente.
ARTICULO 3° — Regístrese la presente Resolución por la DirecciónGeneral de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de laSUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la DirecciónNacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el DepartamentoCoordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y deltope indemnizatorio fijado por este acto.
ARTICULO 4° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 5° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para lanotificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a laguarda del presente legajo.
ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
ANEXO
Expediente Nº 534.987/03
PARTES SIGNATARIASFECHA DE ENTRADA EN VIGENCIABASE PROMEDIOTOPE INDEMNIZATORIOASOCIACION DE CLINICAS, SANATORIOS Y HOSPITALES PRIVADOS DE LA CIUDAD DE ROSARIO Y SU ZONA C/ ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA DE ROSARIO CCT Nº 470/0601/07/2011 01/08/2011 01/09/2011 01/10/2011 01/11/2011 01/12/2011 01/02/2012$ 3.203,56 $ 3.432,24 $ 3.546,63 $ 3.632,47 $ 3.775,40 $ 4.013,60 $ 4.112,10$ 9.610,68 $ 10.296,72 $ 10.639,89 $ 10.897,41 $ 11.326,20 $ 12.040,80 $ 12.336,30Expediente Nº 534.987/03
Buenos Aires, 28 de agosto de 2012
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1251/12, se hatomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente dereferencia, quedando registrado con el número 453/12 T. — VALERIA A.VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación –D.N.R.T.
Páginas externas |
Información Legislativa y Documental |
Sistema Argentino de Información Jurídica |