Resolución 1213/2012

Apuaye - Empresa De Distribucion Electrica De Tucuman Sociedad Anonima - Reg. 999 Y 1000/12

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Convenciones Colectivas De Trabajo
Apuaye - Empresa De Distribucion Electrica De Tucuman Sociedad Anonima - Reg. 999 Y 1000/12

Declarase homologado el acuerdo celebrado entre la asociacion de profesionales universitarios del agua y la energia electrica y la empresa de distribucion electrica de tucuman sociedad anonima, que luce a fojas 2/3 del expediente nº 1.499.066/12, conforme a lo dispuesto en la ley de negociacion colectiva nº 14.250 (t.o. 2004).

Id norma: 203160 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32498

Fecha boletin: 11/10/2012 Fecha sancion: 21/08/2012 Numero de norma 1213/2012

Organismo (s)

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1213/2012

Registros Nº 999/2012 y Nº 1000/2012

Bs. As., 21/8/2012

VISTO el Expediente Nº 1.499.066/12 del registro del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), laLey Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 y 4 del Expediente de referencia, obran los Acuerdoscelebrados entre la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUAY LA ENERGIA ELECTRICA, por la parte gremial y la EMPRESA DEDISTRIBUCION ELECTRICA DE TUCUMAN SOCIEDAD ANONIMA, por el sectorempleador, conforme a lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del texto convencional alcanzado, se establece unincremento salarial para el personal comprendido en el ConvenioColectivo de Trabajo de Empresa Nº 1197/11 “E”, cuyas partessignatarias coinciden con los actores intervinientes en autos.

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allíinsertas, acreditando la personería y facultades para negociarcolectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.

Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a lacorrespondencia entre la representatividad que ostenta el sectorempleador firmante y la entidad sindical signataria, emergente de supersonería gremial.

Que los Delegados de Personal han ejercido la representación que lescompete en la presente negociación, en los términos de lo prescriptopor el Artículo 17 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relacionesdel Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el actoadministrativo de homologación de conformidad con los antecedentesmencionados.

Que por último, corresponde que una vez dictado el acto administrativohomologatorio de los Acuerdos de referencia, se remitan estasactuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a finde evaluar la procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto porel artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentesactuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre laASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIAELECTRICA y la EMPRESA DE DISTRIBUCION ELECTRICA DE TUCUMAN SOCIEDADANONIMA, que luce a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.499.066/12, conformea lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre laASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIAELECTRICA y la EMPRESA DE DISTRIBUCION ELECTRICA DE TUCUMAN SOCIEDADANONIMA, que luce a foja 4 del Expediente Nº 1.499.066/12, conforme alo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 3° — Regístrese la presente Resolución en el Departamento deDespacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido,pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que elDepartamento Coordinación registre los Acuerdos obrante a fojas 2/3 y 4del Expediente Nº 1.499.066/12.

ARTICULO 4° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 5° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin deevaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y TopeIndemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de laLey Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase ala guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivode Trabajo de Empresa Nº 1197/11 “E”.

ARTICULO 6° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación decarácter gratuito de los Acuerdos homologados y de esta Resolución, laspartes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 dela Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.499.066/12

Buenos Aires, 23 de agosto de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1213/12 se hatomado razón de los acuerdos obrantes a fojas 2/3 y 4 del expediente dereferencia, quedando registrados bajo los números 999/12 y 1000/12respectivamente. — VALERIA A. VALETTI, Registro de ConveniosColectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO Nº 01/2012

En la Ciudad de San Miguel de Tucumán, República Argentina, a 21 díasdel mes de marzo de 2012, se reúnen los Ings. Günther Hofmann Osorio,Luis Francisco García y el Dr. Luis Alfredo López, en representación dela Empresa de Distribución Eléctrica de Tucumán S.A., por una parte, enadelante LA EMPRESA y los Ings. Jorge Arias, José Rossa y DanielAlbarracín en representación de la Asociación de ProfesionalesUniversitarios del Agua y la Energía por la otra, en adelante LAASOCIACION y el Delegado del Personal Ing. Gabriel Ance con el objetode suscribir la presente Acta Acuerdo conforme a las siguientesdisposiciones:

PRIMERO. Las partes acuerdan que las voces de pago “Sueldo BásicoMensual (SBM)” de los distintos niveles de remuneración (NI a NM)conforme a las disposiciones del Art. 24 del CCT Nº 1197/2011 “E” seincrementarán en un 4,5% a partir del primero de enero de 2012, en un4% a partir del primero de marzo de 2012 y en un 7% a partir delprimero de mayo de 2012. La voz de pago correspondiente al SBM - NivelInicial (NI) para cada categoría se detalla a continuación:

CategoríaSBM - NI ($)a partir del 01/01/2012a partir del 01-03-2012a partir del 01-05-2012U-VI8.3138.6459.251U-V6.3366.5897.051U-IV5.5645.7866.191U-III4.5924.7755.110U-II3.7923.9444.220U-I3.3643.4983.743Las partes dejan constancia que los valores correspondientes al SBM -Nivel Inicial (NI) para cada categoría al 31 de diciembre de 2011 sonlos siguientes:

CategoríaSBM - NI al 31-12-2011 ($)U-VI7.955U-V6.063U-IV5.324U-III4.394U-II3.629U-I3.219SEGUNDO. Las partes manifiestan su voluntad de retomar la discusiónsobre la problemática salarial si las circunstancias económicas ysociales que se pudieran presentar a nivel nacional o regional así loameriten.

TERCERO. Cualquiera de las partes podrá presentar esta Acta Acuerdopara su homologación ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y SeguridadSocial de la Nación.

En prueba de conformidad, se suscriben tres ejemplares de igual tenor en el lugar y fecha indicados al comienzo.

ACTA ACUERDO Nº 02/2012

En la Ciudad de San Miguel de Tucumán, República Argentina, a 21 díasdel mes de marzo de 2012, se reúnen los Ings. Günther Hofmann Osorio,Luis Francisco García y el Dr. Luis Alfredo López, en representación dela Empresa de Distribución Eléctrica de Tucumán S.A., por una parte, enadelante LA EMPRESA y los Ings. Jorge Arias, José Rossa y DanielAlbarracín en representación de la Asociación de ProfesionalesUniversitarios del Agua y la Energía por la otra, en adelante LAASOCIACION y el Delegado del Personal Ing. Gabriel Ance con el objetode suscribir la presente Acta Acuerdo conforme a las siguientesdisposiciones:

PRIMERO. Las partes acuerdan que la voz de pago “Excedido de Escala”para aquellos profesionales que perciben dicho concepto seráincrementada en idénticos porcentajes y fechas de aplicación según loestablecido en el punto PRIMERO del ACTA ACUERDO Nº 01/2012 signadaentre las partes.

SEGUNDO. Cualquiera de las partes podrá presentar esta Acta Acuerdopara su homologación ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y SeguridadSocial de la Nación.

En prueba de conformidad, se suscriben tres ejemplares de igual tenor en el lugar y fecha indicados al comienzo.

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