Disposición 110/2012

Procedimiento Concurso Publico Distribucion “Cuota Hilton” - Aprobacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Economia Y Finanzas Publicas
Procedimiento Concurso Publico Distribucion “Cuota Hilton” - Aprobacion

Apruebase el procedimiento de concurso publico para la seleccion de adjudicatarios para la distribucion de la “cuota hilton” correspondiente al ciclo comercial 2012-2013 para la categoria industria y proyectos conjuntos.

Id norma: 203385 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 32502

Fecha boletin: 17/10/2012 Fecha sancion: 12/10/2012 Numero de norma 110/2012

Organismo (s)

Organismo origen: Unidad De Coordinacion Y Evaluacion De Subsidios Al Consumo Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

UNIDAD DE COORDINACION Y EVALUACION DE SUBSIDIOS AL CONSUMO INTERNO

Disposición Nº 110/2012

Bs. As., 12/10/2012

VISTO el Expediente Nº S01:0265791/2012 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 906 de fecha 16 de julio de 2009, prorrogado porel Decreto Nº 1.174 de fecha 16 de julio de 2012, se declara de interéspúblico y económico el cupo tarifario otorgado por la UNION EUROPEA anuestro país, denominado “Cuota Hilton”, atento su importanciaeconómica, estratégica y social.

Que mediante el Artículo 3º del citado Decreto Nº 1.174/12 se faculta ala UNIDAD DE COORDINACION Y EVALUACION DE SUBSIDIOS AL CONSUMO INTERNO,como la autoridad de aplicación del mencionado decreto, siendocompetente para evaluar y adjudicar la “Cuota Hilton”, otorgar elMiércoles 17 de octubre de 2012 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº32.502 38 certificado de autenticidad de exportación “Hilton”,establecer, interpretar así como reglamentar las cuestiones referidas alos criterios de distribución, administración, asignación y control dedicho cupo tarifario, pudiendo dictar las normas complementarias quesean menester para el cabal cumplimiento de las facultades que por elcitado decreto se le confieren.

Que, consecuentemente se dictó la Disposición Nº 35 de fecha 18 dejulio de 2012 de esta UNIDAD DE COORDINACION Y EVALUACION DE SUBSIDIOSAL CONSUMO INTERNO, por la cual se procedió a la reglamentación delpresente concurso público para la distribución de la “Cuota Hilton”correspondiente al período comprendido entre el 1 de julio de 2012 y el30 de junio de 2015.

Que a través de la Disposición Nº 36 de fecha 20 de julio de 2012 de lareferida Unidad se llevó a cabo la convocatoria al Concurso Públicopara la presentación de propuestas a efectos de la calificación yselección de postulantes a los fines de la obtención de una licenciapara la distribución y asignación de la citada “Cuota Hilton”correspondiente al ciclo comercial 2012-2013. Posteriormente, con fecha16 de agosto de 2012 y con motivo de la mencionada convocatoria, seprocedió a la apertura de las referidas propuestas.

Que mediante las ACTAS Nº 38, 41 y 42 de la citada Unidad se resolvióautorizar con carácter excepcional embarques Hilton por hasta OCHO MILSEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS TONELADAS(8.679,296 t.) del cupo de cortes enfriados bovinos sin hueso de altacalidad de la denominada “Cuota Hilton”, entre aquellas empresas quehayan formulado propuestas al Concurso Público para el presente ciclocomercial.

Que el procedimiento llevado a cabo en el presente concurso sedesarrolló dentro del marco de cumplimiento de los principiosgenerales, contenidos en los Decretos Nros. 436 de fecha 30 de mayo de2000 y 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001.

Que los citados principios consisten en la razonabilidad y eficienciade la contratación para cumplir con el interés público comprometido yel resultado esperado; la promoción de la concurrencia de interesados yla competencia entre oferentes; la transparencia en los procedimientos;la publicidad y difusión de las actuaciones; la igualdad de tratamientopara interesados y oferentes.

Que atento lo expuesto se efectuó el llamado a concurso que establecela normativa vigente, procediendo a la publicación de avisos tanto enel Boletín Oficial como en DOS (2) diarios de mayor circulación delpaís, conforme Circular Nº 27 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES,de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA dependiente de la JEFATURA DEGABINETE DE MINISTROS, cumpliendo de esta forma con la publicidad ydifusión de las convocatorias a los procedimientos de selección, atentola interpretación armónica de lo previsto en los Artículos 25, incisoc) y 32 del Decreto Nº 1023/01 y en los Artículos 5, 14, 15, 16 y 18del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 436/00.

Que, a fojas 237/238 se encuentra agregada la planilla ilustrativa delas firmas que han retirado los Pliegos de Bases y Condiciones, dondese detalla la categoría concursal, Clave Unica de IdentificaciónTributaria y postulante. Es dable consignar que la citada planillapuede visualizarse desde el sitio oficial de la presente Unidad.

Que recibidas las propuestas de los oferentes que fueran presentadas,se procedió con fecha 16 de agosto de 2012 a la Apertura de los Sobresen el orden en que fueran recibidas las ofertas, cuya constancia obra afojas 756/762 de las presentes actuaciones, con el Acta Notarial quefuera labrada oportunamente.

Que en el citado acto de apertura de sobres y atento el cúmulo dedocumentación que fuera presentada por las postulantes, se procedió aestablecer el plazo de CINCO (5) días para la vista de las actuaciones(conforme Artículo 73 del Decreto Nº 436/00).

Que, concluido el mencionado plazo, el Tribunal de Evaluación ySeguimiento Hilton constituido por ACTA UCESCI Nº 43 de fecha 7 deseptiembre de 2012 toma la intervención que le compete, conforme elPunto 16 de la citada Disposición Nº 35/2012, a los fines de determinarel orden de mérito para la asignación del Cupo Hilton.

Que, conforme se desprende de fojas 1.063/1.119 y en función de lodispuesto por el Apartado 7.5 de la mencionada Disposición Nº 35/2012,y el Punto 22 del Pliego de Bases y Condiciones, con relación a lacategoría Proyectos Conjuntos, previo a la intervención del mencionadoTribunal, la Comisión de Análisis de Proyectos Conjuntos ha emitido elinforme que le compete, efectuando el análisis técnico de laspropuestas formuladas por las postulantes para la categoría mencionada,y expresando de manera fundada los proyectos que deberían ser aprobados.

Que a fojas 1.120/1.172 se encuentra agregado el informe del equipotécnico de colaboradores del Tribunal de Evaluación y SeguimientoHilton, en el cual se ha realizado un exhaustivo control de ladocumentación acompañada por las administradas en cada una de laspropuestas analizadas, consistiendo en la verificación, evaluación y suconfronte con los requisitos y exigencias establecidos por la normativavigente.

Que, posteriormente, el Tribunal interviniente procedió a intimar a laspostulantes a efectos de que los mismos procedan a subsanar losrequisitos formales que hayan omitido.

Que, en virtud de lo expuesto, siendo nuevamente analizadas laspresentaciones efectuadas por los postulantes intimados, se emitió unnuevo informe de análisis técnico, conforme se desprende de fojas2.293/2.411.

Que a fojas 2.175/2.289 se agrega la documentación del sistemainformático de cálculo para la asignación de “Cuota Hilton” para elpresente ciclo comercial 2012-2013, emitido por la Secretaría Ejecutivade esta Unidad.

Que a fojas 2.290/2.292 se encuentra agregado el informe técnicoemitido por el área de Comercio Exterior, de la Secretaría Ejecutiva deesta Unidad.

Que a fojas 833/841, se adjuntan los informes emitidos por laADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, respecto del total deaportes y contribuciones, y cantidad de empleados de los oferentes; delestado de deuda líquida exigible de los mismos; y de la vigencia delcertificado fiscal para contratar. De tales informes se desprende quelos oferentes PLANTA FAENADORA BANCALARI S.A., ECOCARNES S.A. yMATTIEVICH S.A., por la categoría Industria; EXAL S.A.; ECO PAMPA S.A.;ASOC. CRIADORES DE HEREFORD, ASOC. CRIADORES DE HOLANDO ARGENTINO,FEDERACION CHAQUEÑA DE ASOC. RURALES, GRUPO SEMILLERO S.A., PRINEXS.A., ASOC. CRIADORES DE LIMOUSIN, PRODUCTORES DE LIMANGUS, COMPAÑIAGANADERA S.A., ASOC. FORMOSEÑA DE INVERNADORES y AGROPECUARIA EL CHAÑARpor la categoría Proyectos, no presentaron el Certificado Fiscal paracontratar vigente.

Que, no obstante ello, del informe sobre deuda líquida exigible, lapropia AFIP informó que ninguno de los postulantes se encuentra ensituación de incumplimiento con el Estado.

Que conforme establece el Reglamento de Normas Básicas, el certificadofiscal para contratar se solicita para dar cuenta del cumplimientofiscal del postulante.

Que, finalmente, las firmas PLANTA FAENADORA BANCALARI, MATTIEVICHS.A., ECOCARNES S.A., ASOC. CRIADORES DE LIMOUSIN, PRODUCTORES DELIMANGUS, ECO PAMPA S.A. y ASOC. CRIADORES HOLANDO ARGENTINOpresentaron dicho certificado a posteriori del informe emitido por AFIP.

Que en el caso de los Proyectos conjuntos EXAL S.A., ASOC. CRIADORES DEHEREFORD, COMPAÑIA GANADERA S.A., GRUPO SEMILLERO S.A., FEDERACIONCHAQUEÑA DE ASOC. RURALES, ASOC. FORMOSEÑA DE INVERNADORES yAGROPECUARIA EL CHAÑAR han presentado el certificado fiscal de algunode los establecimientos asociados al Proyecto.

Que la firma GUAICOS SAICIF aclaró no estar alcanzada por la RG AFIP Nº2485/2010 que establece nuevos requisitos para la solicitud de dichocertificado. Por consiguiente, acreditó tal extremo mediante copia delDetalle de Incumplimientos expedido por AFIP.

Que el Punto 8.2 del Anexo II del Pliego de Bases y Condicionesaprobado por Disposición Nº 36/2012 contempla expresamente dicho casopara todo aquel postulante que no estuviere comprendido en lo dispuestopor la mencionada RG AFIP Nº 2485/2010.

Que a fojas 854/857 se adjunta informe emitido por la Coordinadora delGrupo de Trabajo creado por Resolución 217/2012 en el ámbito de laSecretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, del MINISTERIO DEAGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, en el que se da cuenta de la vigenciade las inscripciones de los postulantes discriminados por categoría,con excepción del FIDEICOMISO DE INTEGRACION ESTRATEGICA DE LA CADENACARNICA quien no posee matriculación como “exportador”.

Que a fojas 859/884 se encuentra agregado el informe emitido por laSecretaría de Coordinación Político-Institucional y EmergenciaAgropecuaria del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA respectode los territorios de la República Argentina que fueran declarados enestado de emergencia agropecuaria, conforme el Punto 7.44 delReglamento de Normas Básicas.

Que a fojas 842/849 se agrega el informe emitido por el SERVICIONACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), organismodescentralizado en jurisdicción del MINISTERIO DE AGRICULTURA,GANADERIA Y PESCA, respecto del listado de plantas habilitadas paraexportar con destino a la UNION EUROPEA.

Que de dicho informe surge que el Establecimiento SENASA Nº 3689(Establecimiento ONCCA 1011) no se encontró en producción continuadesde diciembre de 2012 hasta la finalización del ciclo de exportación.Por consiguiente, el organismo resolvió suspender a partir del 15 demayo de 2012 la habilitación del establecimiento para exportar condestino a la Unión Europea, hecho éste corroborado por las autoridadessanitarias de la propia Unión Europea, según consta en la “Lista enVigor de Carnes de Ungulados de Argentina Nº 00063” publicado por laDirección General de Sanidad y Consumidores (DGSANCO) de la ComisiónEuropea, que se adjunta a fs. 845/849.

Que finalmente a fojas 2.418/2.425 se encuentra adjunto el informeemitido por la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR, del MINISTERIO DEECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que habiendo sido analizadas cada una de las propuestas, y fundándoseen los informes citados precedentemente, el mencionado Tribunal deEvaluación y Seguimiento, procedió a emitir dictamen conforme sedesprende de fojas 2.443/2.459 en fecha 25 de septiembre de 2012.

Que dicho dictamen ha sido debidamente notificado a las empresaspostulantes, conforme surge de las constancias obrantes en laspresentes actuaciones.

Que, en virtud de lo expuesto, se desprende que todos y cada uno de losprincipios citados han sido cumplidos en el desarrollo del presenteconcurso.

Que del dictamen del Tribunal de Evaluación y Seguimiento Hilton surgeque los oferentes FRIGORIFICO TOBA S.A. y FIDEICOMISO DE INTEGRACIONESTRATEGICA DE LA CADENA CARNICA han postulado al Establecimientofaenador y elaborador Nº 1011 (SENASA Nº 3689) como establecimientofrigorífico donde realizarán la CUOTA HILTON.

Que el Punto 9.1 del Reglamento de Normas Básicas establece que “No seadmitirá la presentación de una misma planta frigorífica por más de unPOSTULANTE”.

Que, no obstante ello, dicho establecimiento no cumple con la condiciónde EMPRESA a que hace referencia el Punto 7.9 del Reglamento de NormasBásicas, a saber: “Toda persona física o jurídica domiciliada en elpaís, inscripta como operador ante la AUTORIDAD DE APLICACION y titularde uno o más establecimientos frigoríficos habilitados para exportarcon destino a la UNION EUROPEA”.

Que del informe de SENASA citado anteriormente se confirma que a lafecha el establecimiento en cuestión no ha logrado su rehabilitación.

Que por consiguiente, correspondería desestimar las propuestas de laspostulantes FRIGORIFICO TOBA S.A. y FIDEICOMISO DE INTEGRACIONESTRATEGICA DE LA CADENA CARNICA por no poseer una planta habilitadapor la Unión Europea para la producción de cortes de calidad superiorHilton, y por no haberse encontrado en producción continua durante losúltimos DOCE (12) meses conforme ordena el Punto 9.2 del citadoReglamento.

Que, adicionalmente, el postulante FIDEICOMISO DE INTEGRACIONESTRATEGICA DE LA CADENA CARNICA no cumple con el requisito exigido porel Punto 9.1 del Reglamento respecto de su matriculación como“exportador de carnes”.

Que la firma FRIGOLOMAS S.A.G.I. y C. (Expte S01: 0310300/2012) hasolicitado exención del requisito exigido por el Punto 20.7 del Anexo Idel PBC, dado que por la escasez de hacienda la empresa abocó suproducción a brindar servicios de elaboración de productos con destinoal mercado interno.

Que con anterioridad, mediante las Resoluciones Nº 2425/2010, 5669/2010y 142/2011 de la ex OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIOla Autoridad de Aplicación de entonces consideró confeccionado el casofortuito o fuerza mayor para el ciclo 2009-2010 y 2010-2011 debido a lafalta de hacienda por circunstancia climáticas y por el tiempo que durela recomposición del rodeo vacuno.

Que el mismo criterio se adoptó mediante la Disposición UCESCI Nº 31 defecha 22 de marzo de 2012, para la adjudicación de la cuota Hiltonciclo comercial 2011-2012.

Que el abastecimiento al mercado interno, de carnes y alimentos engeneral, es un eje central del Gobierno Nacional tendiente a garantizarel acceso a alimentos a precios razonables para los habitantes.

Que atendiendo lo expuesto, corresponde eximir a los postulantes delcumplimiento del mínimo exigido por el Punto 20.7 del citado Pliego.

Que como se ha señalado oportunamente, el mencionado Dictamen ha sidodebidamente notificado a los postulantes sin que hayan efectuadoobservaciones al respecto, por lo que ha sido consentido.

Que el Punto 24.3 del Pliego de Bases y Condiciones, aprobado por lamencionada Disposición UCESCI Nº 36/12, establece para la categoríaProyectos Conjuntos la obligación de presentar un informe semestral yanual ante la COMISION DE ANALISIS DE PROYECTOS CONJUNTOS deconformidad con lo que prevea el acto de adjudicación. Por otro lado,el Reglamento de Normas Básicas, aprobado por la Disposición UCESCI Nº35/2012, prescribe en el Punto 7.23, aquello que se entiende porproductor incorporado.

Que los referidos informes, semestral y anual, comprenden la remisiónde determinada información la cual deviene necesario identificar yestablecer el mecanismo por el cual dicha información debe ser remitidamediante la presente medida.

Que sus formatos fueron aprobados por Resolución ONCCA Nº 3244/2010, de fecha 9 de septiembre de 2010, en sus Anexos II y III.

Que la Dirección de Legales del Area de Comercio Interior, dependientede la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIAY FINANZAS PUBLICAS, ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente en el dictado del presente acto envirtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 193 de fecha 24de febrero de 2011, la Resolución Conjunta Nº 68 del Ministerio deEconomía y Finanzas Públicas, Nº 90 del Ministerio de Industria y Nº119 del Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca de fecha 11 demarzo de 2011, Resolución Conjunta Nº 235 del Ministerio de Economía yFinanzas Públicas, Nº 166 del Ministerio de Industria y Nº 334 delMinisterio de Agricultura, Ganadería y Pesca de fecha 13 de mayo de2011, lo dispuesto por el Decreto Nº 906/2009 y sus normasmodificatorias y complementarias y el Acta UCESCI Nº 31 de fecha 16 deenero de 2012.

Por ello,

EL SECRETARIO EJECUTIVO DE LA UNIDAD DE COORDINACION Y EVALUACION DE SUBSIDIOS AL CONSUMO INTERNO

DISPONE:

ARTICULO 1° — Apruébase el procedimiento de Concurso Público para laselección de adjudicatarios para la distribución de la “Cuota Hilton”correspondiente al ciclo comercial 2012-2013 para la CategoríaIndustria y Proyectos Conjuntos.

ARTICULO 2° — Desestímanse las presentaciones efectuadas por lospostulantes FRIGORIFICO TOBA S.A. y FIDEICOMISO DE INTEGRACIONESTRATEGICA DE LA CADENA CARNICA, ambos para la Categoría Industria,por los motivos expuestos en los considerandos de la presentedisposición.

ARTICULO 3° — Distribúyese la cantidad de TREINTA MIL TONELADAS (30.000t) de cortes enfriados vacunos sin hueso de alta calidad que asigna laUNION EUROPEA a la REPUBLICA ARGENTINA, para el período comprendidoentre el 1° de julio de 2012 y el 30 de junio de 2013, conforme surgedel Anexo que forma parte integrante de la presente disposición.

ARTICULO 4° — Las toneladas que se hubieren autorizado bajo el conceptode adelantos desde el 1° de julio de 2012, y respecto del ciclocomercial 2012-2013, se considerarán comprendidas en la distribuciónefectuada por la presente medida.

ARTICULO 5° — Procédase a eximir excepcionalmente a los adjudicatarios,para el presente ciclo comercial 2012-2013, del cumplimiento de laobligación contenida en el Punto 20.7 del citado Pliego de Bases yCondiciones, por los motivos expuestos en los considerandos de lapresente medida.

ARTICULO 6° — Establécese que la presentación del informe anual segúnel Punto 24.3 del referido Pliego de Bases y Condiciones para lacategoría Proyectos Conjuntos, deberá efectuarse antes del 15 de juniode 2013, comprendiendo los meses de mayo de 2012 a abril de 2013inclusive.

ARTICULO 7° — Los productores podrán incorporarse a un ProyectoConjunto durante el ciclo comercial en curso, mediante la presentaciónde una declaración jurada ante esta UCESCI, conforme lo establecido enel Punto 7.23 del Reglamento de Normas Básicas aprobado por laDisposición Nº 35 de esta Unidad de Coordinación y Evaluación deSubsidios al Consumo Interno, de fecha 18 de julio de 2012.

ARTICULO 8° — Todas las adjudicaciones efectuadas por la presentedisposición lo son expresamente a título precario y no garantizan laemisión de los respectivos Certificados de Autenticidad de la “CuotaHilton” a favor de las empresas adjudicatarias, los que sólo podránexpedirse previo cumplimiento de todos los requisitos establecidos porla normativa vigente.

ARTICULO 9° — Los adjudicatarios de cuota conforme el Anexo adjuntodeberán en el plazo de DIEZ (10) días, contados a partir de lapublicación de la presente disposición, constituir una garantía decumplimiento de la Licencia de Exportación HILTON (LEH) del DIEZ PORCIENTO (10%) sobre el importe que resulte de multiplicar el total detoneladas adjudicadas por el precio promedio de la tonelada delcontingente arancelario de cortes de carne bovino sin hueso enfriado decalidad superior denominado “Cuota Hilton”, conforme el Punto 14.2 delPliego de Bases y Condiciones.

ARTICULO 10. — La presente disposición comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 11. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacionaldel Registro Oficial y archívese. — Cdor. GUSTAVO L. FERNANDEZ,Secretario Ejecutivo UCESCI, Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.

ANEXO I

e. 17/10/2012 Nº 105070/12 v. 17/10/2012

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