Resolución 419/2012

Ablacion E Implante De Pulmon - Examenes Y Formularios

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Instituto Nacional Central Unico Coordinador De Ablacion E Implante
Ablacion E Implante De Pulmon - Examenes Y Formularios

Apruebanse examenes para evaluacion de donantes, formularios de consentimiento y requisitos para la habilitacion de establecimientos y autorizacion de profesionales, para la practica de ablacion e implante de pulmon proveniente de donante vivo relacionado.

Id norma: 203826 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32509

Fecha boletin: 26/10/2012 Fecha sancion: 19/10/2012 Numero de norma 419/2012

Organismo (s)

Organismo origen: Inst.Nac. Central Unico Coord. Ablacion E Implante Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE

Resolución 419/2012

Apruébanse exámenes para evaluación dedonantes, formularios de consentimiento y requisitos para lahabilitación de establecimientos y autorización de profesionales, parala práctica de ablación e implante de pulmón proveniente de donantevivo relacionado.

Bs. As., 19/10/2012

VISTO el Expediente Nº 1-2002-4638000368/11-4 del registro delINSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE, laLey de Trasplante de Organos y Tejidos Nº 24.193 (t.o. Ley Nº 26.066) ysu reglamentación aprobada por Decreto Nº 512/95 (t.o. Decreto Nº1949/07) y el Decreto Nº 239/12, y

CONSIDERANDO

Que como consecuencia del avance médico-científico y losdescubrimientos tecnológicos, la actividad trasplantológica seencuentra en permanente evolución.

Que atento a ello y a la experiencia recogida desde la entrada envigencia de la Ley Nº 24.193, se ha podido comprobar la necesidad deproceder a la actualización de las pertinentes disposicionesreglamentarias en la materia.

Que el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION ha considerado y evaluado lapropuesta elaborada por el INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADORDE ABLACION E IMPLANTE (INCUCAI), para poder desarrollar la práctica detrasplante de pulmón proveniente de donante vivo relacionado.

Que dicha propuesta ha contemplado la incorporación de pulmón a lanómina de los órganos y tejidos que podrán ablacionarse de personasvivas, establecida en el artículo 14° del Decreto Nº 512/95; siendodicha inclusión formalizada por el Decreto Nº 239/12.

Que dicha norma, faculta al INCUCAI a determinar “los criteriostécnicos para la selección de donantes y receptores, como así tambiénlas condiciones que deberán reunir los establecimientos y equipos deprofesionales para poder llevar a cabo la práctica”.

Que la incorporación del trasplante pulmonar con donante vivo, sólodebe ser considerada como una instancia excepcional, siendo la últimaopción en pacientes en situación de urgencia o emergencia y luego dehaber agotado la alternativa del donante cadavérico.

Que para la elaboración de la presente norma han tomado intervención laSociedad Argentina de Trasplante y el Comité de Bioética del INCUCAI,realizando los aportes competentes en temas relacionados a laespecialidad.

Que la Comisión Asesora de Trasplante Pulmonar y la AsociaciónArgentina de Medicina Respiratoria han participado en la elaboración dela presente norma.

Que la Comisión Federal de Trasplante (CO.FE.TRA.) ha tomado laintervención correspondiente, canalizando de esta manera elasesoramiento del Consejo Federal de Salud (CO.FE.SA.) previsto en elinciso b) del artículo 44 de la Ley 24.193 y Decreto Nº 512/95.

Que el Departamento de Informática ha señalado que en el SistemaNacional de Información de Procuración y Trasplante (SINTRA) seencuentran las funcionalidades necesarias para el registro deinscripción de pacientes con indicación de trasplante pulmonar condonante vivo.

Que la Dirección Científico Técnica, el Departamento de AsuntosJurídicos e Informática, han tomado la intervención de su competencia.

Que la medida que se adopta ha sido considerada y aprobada por elDirectorio en sesión ordinaria de fecha 19 oct. 2012, conforme surgedel texto del Acta Nº 38.

Que se actúa en el marco de las competencias conferidas por el DecretoNº 239/12 y del artículo 44 de la Ley 24.193 (t.o. 26.066).

Por ello;

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE

RESUELVE:

Artículo 1° — Apruébanse los“REQUISITOS PARA LA HABILITACION DE ESTABLECIMIENTOS Y AUTORIZACION DEPROFESIONALES PARA LA PRACTICA DE ABLACION E IMPLANTE DE PULMONPROVENIENTE DE DONANTE VIVO RELACIONADO”, que como ANEXO I forman partede la presente resolución.

Art. 2° — Apruébanse los“EXAMENES COMPLEMENTARIOS PARA LA EVALUACION DE DONANTES VIVOS DEPULMON Y CRITERIOS DE SELECCION DE RECEPTORES PARA TRASPLANTE DE PULMONPROVENIENTE DE DONANTE VIVO”, contenidos en el ANEXO II de la presentenorma.

Art. 3° — Apruébanse losformularios de “CONSENTIMIENTO INFORMADO DEL DONANTE Y DEL RECEPTOR, ENEL PROCEDIMIENTO DE ABLACION E IMPLANTE DE PULMON PROVENIENTE DEDONANTE VIVO RELACIONADO”, que como ANEXO III integra esta resolución.

Art. 4° — Encomiéndese alDepartamento de Informática la implementación en el Sistema Nacional deInformación de Procuración y Trasplante (SINTRA) de los ajustesnecesarios para el registro del total de la información vinculada conlos donantes vivos relacionados de pulmón.

Art. 5° — Regístrese.Notifíquese a la Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos delMinisterio de Salud de la Nación, a la Sociedad Argentina deTrasplantes, a las Sociedades Científicas pertinentes, a lasAutoridades Sanitarias Jurisdiccionales, a los OrganismosJurisdiccionales de Ablación e Implante, al Consejo Asesor de Pacientesy a todos los equipos de trasplante de pulmón autorizados. Comuníquesea las áreas competentes del Instituto. Dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial para su publicación. Cumplido, archívese. — Carlos A.Soratti. — Martín Torres.________NOTA: Los Anexos que integran esta Resolución se publican en la ediciónweb del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán serconsultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

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