- Leyes Argentinas
- Resoluciones
- Resolución Conjunta 3/2012 3/2012
Resolución Conjunta 3/2012 3/2012
Pesqueria Dirigida A La Corvina - Cierre
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Pesca
Pesqueria Dirigida A La Corvina - Cierre
Cerrar la pesqueria dirigida a la corvina (micropogonias furnieri) en el area geografica del tratado del rio de la plata y su frente maritimo, a partir del 5 de noviembre hasta el 31 de diciembre de 2012 inclusive.
Id norma: 204258 Tipo norma: Resolución Conjunta Numero boletin: 32515
Fecha boletin: 05/11/2012 Fecha sancion: 26/10/2012 Numero de norma 3/2012 3/2012
Organismo (s)
Organismo origen: Comision Tecnica Mixta Del Frente Maritimo Ver Resoluciones Organismo origen: Comision Administradora Del Rio De La Plata Ver Resoluciones Observaciones: -
Esta norma modifica o complementa a
Ver 2 norma(s).Texto Original
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Comisión Administradora del Río de la Plata
y
Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo
PESCA
Resolución Conjunta 3/2012
Establécese el cierre de la pesqueríade determinada especie en el área geográfica del Tratado del Río de laPlata y su Frente Marítimo.
Montevideo, 26/10/2012
Visto:
La necesidad de contribuir a la conservación y racional explotación de la especie corvina (Micropogonias furnieri)
Considerando:
1) La Declaración Conjunta de la Comisión Administradora del Río de laPlata (CARP) y de la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo (CTMFM)de fecha 2/7/96 concerniente a la conservación y racional explotaciónde la especie corvina.
2) Que por Resolución Conjunta CARP - CTMFM Nº 2/12 se fijó una capturatotal permisible para la especie corvina de 37.000 toneladas en toda elárea geográfica del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimopara el año 2012.
3) Que en atención a que las capturas del recurso corvina en el áreadel Tratado alcanzaron la cifra referida en el punto 2) precedente,corresponde disponer el cierre de la pesquería dirigida a la especie.
Atento:
A lo establecido en los Artículos 54, 66 incisos a) y b), 80 y 82incisos c) y d) del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo
LA COMISION ADMINISTRADORA DEL RIO DE LA PLATA
Y
LA COMISION TECNICA MIXTA DEL FRENTE MARITIMO
RESUELVEN:
Artículo 1º — Cerrar lapesquería dirigida a la corvina (Micropogonias furnieri) en el áreageográfica del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo, apartir del 5 de noviembre hasta el 31 de diciembre de 2012 inclusive.
Art. 2º — Considerar la transgresión de la presente Resolución como un incumplimiento grave.
Art. 3º — Comunicar estaResolución al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de laRepública Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores de laRepública Oriental del Uruguay.
Art. 4º — Dar conocimientopúblico de esta Resolución, a través de su publicación en el BoletínOficial de la República Argentina y en el Diario Oficial de laRepública Oriental del Uruguay. — Francisco Bustillo. — Julio Suárez. —Hernán D. Orduna.
Páginas externas |
Información Legislativa y Documental |
Sistema Argentino de Información Jurídica |