Resolución 1528/2012

Tratamiento De Las Lesiones Traumaticas De Los Miembros Superiores - Protocolo

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Riesgos Del Trabajo
Tratamiento De Las Lesiones Traumaticas De Los Miembros Superiores - Protocolo

Apruebase el protocolo para el tratamiento de las lesiones traumaticas de los miembros superiores.

Id norma: 204511 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32519

Fecha boletin: 09/11/2012 Fecha sancion: 07/11/2012 Numero de norma 1528/2012

Organismo (s)

Organismo origen: Superintendencia De Riesgos Del Trabajo Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Superintendencia de Riesgos del Trabajo

RIESGOS DEL TRABAJO

Resolución 1528/2012

Apruébase el Protocolo para el Tratamiento de las Lesiones Traumáticas de los Miembros Superiores.

Bs. As., 7/11/2012

VISTO el Expediente Nº 81.546/12 del Registro de esta SUPERINTENDENCIADE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), la Ley Nº 24.557, los Decretos Nº 717de fecha 28 de junio de 1996, Nº 491 de fecha 29 de mayo de 1997, lasResoluciones S.R.T. Nº 283 de fecha 29 de agosto de 2002, Nº 310 defecha 10 de septiembre de 2002, Nº 502 de fecha 12 de diciembre de2002, Nº 216 de fecha 24 de abril de 2003, Nº 1.195 de fecha 25 deoctubre de 2004 y Nº 1.300 de fecha 04 de noviembre de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que uno de los objetivos de la Ley Nº 24.557 sobre Riesgos del Trabajo(L.R.T.) es reparar los daños derivados de accidentes de trabajo yenfermedades profesionales.

Que el apartado 1 del artículo 20 de la Ley de Riesgos del Trabajodeterminó que las ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJO (A.R.T.) debenotorgar a los trabajadores que sufran algunas de las contingenciasprevistas en dicha ley las prestaciones de: asistencia médica yfarmacéutica; prótesis y ortopedia; rehabilitación; recalificaciónprofesional; y servicio funerario.

Que el apartado 1 del artículo 26 de la Ley de Riesgos del Trabajoestableció que la gestión de las prestaciones previstas en la Ley deRiesgos del Trabajo está a cargo de las A.R.T.

Que, asimismo, el artículo 30 de la Ley de Riesgos del Trabajoestableció que quienes hubiesen optado por el régimen de autosegurodeberán cumplir con las obligaciones que esa ley pone a cargo delempleador y a cargo de las A.R.T.

Que en consecuencia, corresponde a las A.R.T. y a los EMPLEADORESAUTOASEGURADOS generar los mecanismos para que las prestaciones enespecie a que alude la Ley de Riesgos del Trabajo sean otorgadas entiempo y forma.

Que en este contexto es necesario y oportuno determinar pautas básicasa seguir para que los trabajadores reciban prestaciones en especie decalidad y en el momento en que deban ser brindadas.

Que la Subgerencia Control de Prestaciones Médicas, a partir de laexperiencia recogida durante los años de vigencia del Sistema deRiesgos del Trabajo, consideró necesario el dictado de protocolos parala atención de los trabajadores damnificados impulsando, enconsecuencia, la estandarización de los tratamientos.

Que la Asociación Argentina de Ortopedia y Traumatología expresó suconformidad a la aplicación de esta normativa, en relación a losconceptos científicos utilizados.

Que la Gerencia de Asuntos Legales de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOSDEL TRABAJO (S.R.T.) ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones queconfieren el apartado 1° del artículo 36 de la Ley Nº 24.557.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO

RESUELVE:

Artículo 1° — Apruébase elProtocolo para el Tratamiento de las Lesiones Traumáticas de losMiembros Superiores establecidas en el Anexo de esta resolución.

Art. 2° — La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan H. González Gaviola.

ANEXO

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