Resolución 1670/2012

Smata - Faurecia Sistemas De Escape Argentina Sociedad Anonima - Reg. 1344/12

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Convenciones Colectivas De Trabajo
Smata - Faurecia Sistemas De Escape Argentina Sociedad Anonima - Reg. 1344/12

Declarase homologado el acuerdo con anexo celebrado entre el sindicato de mecanicos y afines del transporte automotor de la republica argentina (smata) y la empresa faurecia sistemas de escape argentina sociedad anonima, glosado a fojas 5/6 del expediente nº 1.514.943/12.

Id norma: 206370 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32546

Fecha boletin: 19/12/2012 Fecha sancion: 26/10/2012 Numero de norma 1670/2012

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Trabajo Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1670/2012

Registro Nº 1344/2012

Bs. As., 26/10/2012

VISTO el Expediente Nº 1.514.943/12 del registro del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y laLey Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 5/6 del Expediente Nº 1.514.943/12 obra el Acuerdo conAnexo celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTEAUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA (SMATA) por la parte trabajadora,y, por la parte empleadora, la empresa FAURECIA SISTEMAS DE ESCAPEARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley deNegociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por el acuerdo de marras las partes convienen un incrementosalarial para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo deTrabajo Nº 1213/11 “E”, en los valores, condiciones y vigenciaestipulados en el mismo.

Que es dable indicar en relación a lo pactado que, tanto el ámbitopersonal como el territorial de aplicación, quedan estrictamentecircunscriptos a la correspondencia de la representatividad de losagentes negociales signantes.

Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y solicitaron su homologación.

Que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones delTrabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que, por último, correspondería, una vez dictado el presente actoadministrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a laDirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar laprocedencia de efectuar el cálculo del tope previsto en el Artículo 245de la ley 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentesactuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo con Anexo celebrado entreel SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LAREPUBLICA ARGENTINA (SMATA) y la empresa FAURECIA SISTEMAS DE ESCAPEARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, glosado a fojas 5/6 del Expediente Nº1.514.943/12.

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el DepartamentoDespacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido,pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que elDepartamento Coordinación registre el presente Acuerdo, obrante a fojas5/6 del Expediente Nº 1.514.943/12.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada de la presente Resolución al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pasea la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluarla procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Topelndemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto sehomologan, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a laguarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo deTrabajo Nº 1213/11 “E”.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación, decarácter gratuito, del Acuerdo homologado y de esta Resolución, laspartes deberán proceder de conformidad a lo establecido en el Artículo5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.514.943/12

Buenos Aires, 31 de Octubre de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1670/12 se hatomado razón del acuerdo obrante a fojas 5/6 del expediente dereferencia, quedando registrado bajo el número 1344/12. — JORGE A.INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -D.N.R.T.

ACTA ACUERDO

En la ciudad de Lanús, a los 15 días del mes de Junio de 2012, se reúnen:

Faurecia Sistemas de Escape Argentina S.A., con domicilio en la Avda.Madero 1020 representada en este acto por el Sr. Julio César BarbosaVera, apoderado de dicha firma y por la otra lor representantes delSindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor (SMATA),representada en este acto por los Sres. Ricardo Pignanelli, MarioManrique, Gustavo Morán, Jorge Luis Godino, Francisco Malvaso, HugoGaeta, Ricardo Murúa, y como Comisión Interna, los Sres. Miguel Quilesy Daniel Duarte, quienes en conjunto acuerdan:

PRIMERA: Con efectividad al 1º de Junio de 2012, los salarios delpersonal amparados bajo el CCT 1213 / 11 “E” vigente al 31 de mayo de2012 se incrementarán en un 7%. Se adjuntan en ANEXO I las nuevasescalas salariales resultantes, que regirán a partir del 1º de Junio de2012 y hasta el 31 de Agosto de 2012, siendo este plazo el de vigenciadel presente acuerdo.

SEGUNDA: Durante el período de vigencia del presente acuerdo (1º deJunio al 31 de Agosto de 2012), el incremento salarial acordadoabsorberá y compensará hasta su concurrencia cualquier aumento,incremento y/o mejora, y/o beneficio, y/o ajuste salarial que seotorgue y que pudiere disponer el Poder Ejecutivo Nacional oProvincial, y/o Poder Legislativo, ya sea por vía legal, reglamentaria,o por cualquier otra vía, ya sea con carácter remunerativo o noremunerativo, aún cuando dicho aumento se disponga sobre lasremuneraciones normales, habituales, nominales y/o permanentes o sobrelos básicos convencionales o sobre cualquier otro tipo de remuneracióno pago alguno.

TERCERA: En virtud del acuerdo alcanzado, los REPRESENTANTES DEPERSONAL reconocen que el mismo evidencia una justa composición deintereses vinculada a la retribución del personal amparado bajo el CCT1213 / 11 “E”. En razón de lo anterior asumen el compromiso de noplantear cuestiones de índole económica o monetaria alguna durante lavigencia del mismo.

CUARTA: A fin de mantener negociaciones paritarias previsibles queeviten generar situaciones conflictivas, LAS PARTES disponen que sereunirán en el mes de Agosto de 2012, con el objetivo de fijar lossalarios que regirán a partir del 1º de Setiembre de 2012.

QUINTA: LAS PARTES comprometen su mayor esfuerzo en mantener armoniosasy ordenadas relaciones, que permitan atender las exigencias tanto de laEmpresa como de los Trabajadores, procurando el cumplimiento de losobjetivos de Seguridad, Calidad, Producción y Exportación, con elpropósito de asegurar el mantenimiento de la fuente de trabajo y elcontinuo mejoramiento de las relaciones laborales. En este contexto secomprometen a fomentar y mantener la paz social, evitando adoptarmedidas de fuerza que atenten contra dichos objetivos.

SEXTA: En prueba de conformidad se firman cuatro ejemplares de igualtenor y a un solo efecto, que serán presentados ante el Ministerio deTrabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación a los fines de suhomologación.

ANEXO I

Escala Salarial Faurecia Sistemas de Escape Argentina S.A.

Vigencia: 1º de Junio de 2012CategoríaABCDEValor Jornal Remunerativo$ 27,06$ 28,10$ 29,11$ 30,32$ 31,52

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