Resolución 125/2012

Guia Para La Presentacion De Proyectos De Inversion - Objetivos

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Plan De Inversiones Publicas
Guia Para La Presentacion De Proyectos De Inversion - Objetivos

A los efectos de cumplir con los requerimientos del sistema nacional de inversiones publicas (snip), de la ley nº 24.354, del decreto nº 720 de fecha 22 de mayo de 1995 y demas normas complementarias y/o modificatorias, para que un proyecto sea incorporado al plan nacional de inversiones publicas (pnip), debera presentar la informacion requerida por el banco de proyectos de inversion publica (bapin), en la version del sistema informatico que sea dispuesta por la direccion nacional de inversion publica de la subsecretaria de coordinacion economica y mejora de la competitividad de la secretaria de politica economica y planificacion del desarrollo del ministerio de economia y finanzas publicas, y por el correspondiente instructivo de proyectos que sera establecido por la mencionada direccion. deroganse las resoluciones nº 175 de fecha 15 de octubre de 2004 y nº 71 de fecha 4 de mayo de 2006, ambas de la ex secretaria de politica economica del ex ministerio de economia y produccion.

Id norma: 206515 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 32549

Fecha boletin: 26/12/2012 Fecha sancion: 20/12/2012 Numero de norma 125/2012

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Politica Economica Y Planificacion Del Desarro Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Secretaría de Política Económica y Planificación del Desarrollo

PLAN DE INVERSIONES PUBLICAS

Resolución 125/2012

Guía para la presentación de Proyectos de Inversión. Objetivos.

Bs. As., 20/12/2012

VISTO el Expediente Nº S01:0455975/2012 del MINISTERIO DE ECONOMIA YFINANZAS PUBLICAS, la Ley Nº 24.354, el Decreto Nº 720 de fecha 22 demayo de 1995 y la Resolución Nº 175 de fecha 15 de octubre de 2004 dela ex SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA del entonces MINISTERIO DEECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 1° de la Ley Nº 24.354 se crea el Sistema Nacionalde Inversiones Públicas (SNIP) cuyos objetivos son la iniciación yactualización permanente de un inventario de proyectos de inversiónpública nacional y la formulación anual y gestión del plan nacional deinversiones públicas.

Que por el Artículo 1° del Decreto Nº 720 de fecha 22 de mayo de 1995se establece que la ex SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA delentonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS es laAutoridad de Aplicación de la Ley Nº 24.354 y en tal carácter es laencargada de dictar las normas de instrumentación, complementarias y/oaclaratorias para la debida implementación del Sistema Nacional deInversiones Públicas (SNIP).

Que según el inciso b) del Artículo 5° de la Ley Nº 24.354 es funcióndel órgano responsable del Sistema Nacional de Inversiones Públicas(SNIP) “...controlar la formulación y evaluación de los proyectos deinversión realizadas en las jurisdicciones en cuanto al cumplimiento delas metodologías, pautas y procedimientos establecidos”.

Que por el Artículo 2° del Decreto Nº 720/95 se establece como OrganoResponsable del Sistema Nacional de Inversiones Públicas (SNIP) a laentonces Dirección Nacional de Inversión Pública y Financiamiento deProyectos de la ex SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA del exMINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, actual Direcciónde Inversión Pública de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ECONOMICA YMEJORA DE LA COMPETITIVIDAD de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA YPLANIFICACION DEL DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZASPUBLICAS.

Que por la Resolución Nº 175 de fecha 15 de octubre de 2004 de la exSECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA se ha establecido que cada proyecto deinversión pública se clasificará según su naturaleza en Proyecto deReposición o Proyecto de Ampliación o Mejoramiento y se han dispuestolos requisitos para su presentación.

Que la experiencia obtenida en la aplicación de la resoluciónmencionada en el considerando anterior, hace necesaria unaactualización y adecuación de dicha normativa.

Que, en este sentido, para la presentación de la formulación yevaluación de proyectos de inversión pública se requiere elestablecimiento de pautas metodológicas, así como de los datos y/o dela información mínima que deben contener los estudios respectivos.

Que resulta conveniente aclarar los términos de la vigencia deldictamen de calificación técnica de los proyectos de inversión públicay, asimismo, resulta necesaria una adecuación de los requisitos acumplir teniendo en cuenta la normativa ambiental vigente.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DEECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en concordancia con las facultadesconferidas por el Artículo 1° del Decreto Nº 720 de fecha 22 de mayo de1995.

Por ello,

EL SECRETARIO DE POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO

RESUELVE:

Artículo 1° — A los efectos decumplir con los requerimientos del Sistema Nacional de InversionesPúblicas (SNIP), de la Ley Nº 24.354, del Decreto Nº 720 de fecha 22 demayo de 1995 y demás normas complementarias y/o modificatorias, paraque un proyecto sea incorporado al Plan Nacional de InversionesPúblicas (PNIP), deberá presentar la información requerida por el BANCODE PROYECTOS DE INVERSION PUBLICA (BAPIN), en la versión del sistemainformático que sea dispuesta por la Dirección Nacional de InversiónPública de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ECONOMICA Y MEJORA DE LACOMPETITIVIDAD de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACIONDEL DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y por elcorrespondiente Instructivo de Proyectos que será establecido por lamencionada Dirección.

Art. 2° — La Dirección Nacionalde Inversión Pública, en su carácter de órgano responsable del SistemaNacional de Inversiones Públicas (SNIP), podrá solicitar informaciónadicional sobre los proyectos presentados a su consideración.

Art. 3° — En Ios casos en queel proyecto de inversión pública supere el monto fijado por laSECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO, encumplimiento de lo establecido por el Artículo 11 de la Ley Nº 24.354,y que requiera, por tanto, la emisión del Dictamen de CalificaciónTécnica para verificar lo dispuesto por el inciso b) del Artículo 5 dela citada ley, se deberán presentar los estudios correspondientes, comomínimo al nivel de prefactibilidad, conforme se define en el Anexo a lapresente resolución. Al efecto, la formulación y evaluación o análisiseconómico se presentará de acuerdo a los principios, métodos ycriterios que establezcan la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA YPLANIFICACION DEL DESARROLLO y la Dirección Nacional de InversiónPública, teniendo en cuenta que, en los aspectos no establecidosespecíficamente, se atendrán a los enfoques generalmente aceptados enla materia.

Art. 4° — Los proyectos que seincluyan en el Plan Nacional de Inversiones Públicas (PNIP) y elPresupuesto Nacional, cuyo monto supere el máximo establecido poraplicación del Artículo 11 de la Ley Nº 24.354 y no cuenten con laintervención previa de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA YPLANIFICACION DEL DESARROLLO, serán incorporados con carácter“condicional”, situación que no permitirá la contratación de obras y/ola adquisición de bienes de uso, hasta tanto se cumplimente la referidaintervención en los términos de la normativa que rige el SistemaNacional de Inversiones Públicas (SNIP).

Art. 5° — La Dirección Nacionalde Inversión Pública, sobre la base de la información presentada por elorganismo, junto con las aclaraciones, las correcciones y/o lasampliaciones que solicite sobre el proyecto de inversión pública,emitirá un Informe Técnico y un proyecto de dictamen proponiendo lacalificación del proyecto de inversión pública a elevar a la SECRETARIADE POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO. Los resultados deestas calificaciones podrán ser los siguientes:

a) Aprobado: cumple con la metodología. El proyecto cumple lascondiciones para iniciar la contratación de las obras y/o adquisiciónde los bienes de uso.

b) Aprobado con observaciones: cumple con la metodología pero existenrazonables observaciones a la decisión implicada por la formulación,con relación a los antecedentes obrantes en la Dirección Nacional deInversión Pública. El organismo proponente deberá dar respuesta a latotalidad de las observaciones ratificando o rectificando laformulación o evaluación del proyecto, no pudiendo iniciar la ejecucióndel mismo hasta tanto se cumpla con ese requisito.

Si la información presentada no cumpliera con la metodología, laDirección Nacional de Inversión Pública devolverá los estudios para sureformulación, con indicación de las condiciones que deben cumplir paraque el proyecto pueda volver a ser analizado y dictaminado.

En todos los casos, la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACIONDEL DESARROLLO, en su Dictamen de Calificación Técnica, podráincorporar recomendaciones, que no alterarán la calificación asignada.

Art. 6° — Las calificacionesindicadas en los incisos a) y b) del Artículo 5° de la presenteresolución tendrán una vigencia de DOS (2) años contados a partir de lafecha de emisión del Dictamen de Calificación Técnica. Pasado estelapso la calificación caducará si el proyecto de inversión pública nohubiera iniciado su ejecución. Si el organismo responsable del proyectocontinuara con la intención de ejecutar el mismo deberá volver apresentar los estudios en los términos del Artículo 3° de la presenteresolución para la emisión de un nuevo Dictamen de Calificación Técnica.

Se entenderá por inicio de ejecución, la fecha de firma del contrato, obien el inicio de los trabajos en caso de ejecución por administración.

Art. 7° — Apruébase la Guía para la Presentación de Proyectos de Inversión que como Anexo forma parte de la presente resolución.

Art. 8° — Deróganse lasResoluciones Nº 175 de fecha 15 de octubre de 2004 y Nº 71 de fecha 4de mayo de 2006, ambas de la ex SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA del exMINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Art. 9° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Axel Kicillof.

ANEXO

GUIA PARA LA PRESENTACION DE PROYECTOS DE INVERSION

1. Identificación del proyecto

REGISTRO EN EL BAPIN: número de registro en el Banco de Proyectos de Inversión Pública (BAPIN) del proyecto a dictaminar.

Presentar copia impresa de la ficha BAPIN actualizada.

Los estudios de formulación y evaluación del proyecto y la información contenida en el BAPIN deberán ser congruentes.

NOMBRE DEL PROYECTO: indicar en forma completa, sin abreviaturas osiglas (salvo las de uso habitual y generalizado, que no impidan lacomprensión del texto) y en coincidencia con lo registrado en BAPIN.Estructurar la denominación conforme a las pautas y ejemplos que sepresentan a continuación.

ACCION: indica la forma en que se incorporará el bien de capital, es loque se va a emprender. En el caso de que el proyecto abarque más de unaacción, se consigna la más importante.

OBJETO: identifica el bien sobre el que se emprenderá la acción.

LUGAR: se refiere a la localización geográfica específica del proyecto,indicando la localidad y/o partido o departamento y la provincia.

PROGRAMA: De existir una denominación comúnmente aceptada para elproyecto o para un programa mayor del que éste forma parte, serecomienda su agregado.

TIPO DE PROYECTO: caracteriza la intervención en función del efectosobre la capacidad productiva. Se indicará la tipología según elInstructivo de Proyectos aprobado por la DNIP.

2. Objetivos

OBJETIVOS ESTRATEGICOS: Indicar los objetivos estratégicos, tantosectoriales como institucionales, a los cuales contribuirá el proyecto.PROPOSITO: Se refiere al objetivo específico o inmediato del proyecto.Es el impacto directo a los beneficiarios del proyecto, por aplicaciónde los Productos.

Por ejemplo: “Disminución de las enfermedades derivadas del consumo de agua en el sur de la localidad x”

PRODUCTOS: Son los bienes o servicios que resultan de la fase de operación del proyecto.

Por ejemplo: “Provisión de un servicio de agua potable a los pobladores del sur de la localidad x”

INVERSION FISICA: comprende la secuencia de acciones para la implementación del proyecto.

Por ejemplo: “Construcción de una planta potabilizadora”

3. Marco de referencia:

Se presentará una síntesis del proyecto, con sus objetivos, indicadores y riesgos/supuestos, en función del siguiente esquema:

ObjetivosIndicadoresMedios de verificaciónRiesgos/SupuestosObjetivos estratégicosMejorar la calidad de vida en localidades de 500 a 1500 habitantes

PropósitoDisminución de las enfermedades derivadas del consumo de agua en el sur de la localidad XConsultas /añoRegistros sanitarios localidad XAcceso efectivo de mayor población al servicioProductoProvisión de un servicio de agua potable a los pobladores del sur de la localidad XLitros servidos /hs por díaRegistros de la empresa proveedora del servicio de aguaComunidaddispuesta a modificar hábitos de consumo Condicionestécnicas-económicas Provinciales y municipales para brindar el servicioy su mantenimientoInversión físicaAmpliación de la planta potabilizadora de la localidad X Construcción de red distribuciónMetros construidos/plazo Metros construidos/plazoCertificados de obra Certificados de obraRecursos para la Operación y mantenimiento de la planta disponibles en tiempo y formaPara mayor detalle sobre la construcción del marco de referencia, verel Instructivo de Proyectos aprobado por la Dirección Nacional deInversión Pública (DNIP).

4. Monto Total del Proyecto

El monto total de la inversión a realizar deberá estar expresado a precios de mercado, con impuestos.

5. Plazo de ejecución

Indicar fecha prevista de iniciación y finalización de la etapa de ejecución del proyecto.

6. Fuentes de Financiamiento

Consiste en una descripción del origen de los recursos a utilizar parafinanciar el proyecto, en su etapa de inversión. Para ello, detallarla/s distintas fuentes de financiamiento/s y montos respectivos. Porejemplo: Tesoro Nacional, Crédito Externo, Tesoro Provincial, RecursosPropios, u otros.

Indicar Organismo Sistema Administrativo Financiero (SAF) y programa(con descripción y código) donde se imputarán los créditospresupuestarios de la fase de Inversión (ejecución). Si ya se handeterminado, incluir los códigos de actividad, proyecto y obra, segúncorresponda o bien las partidas desde las cuales se reasignarán losfondos si el Presupuesto del período ya se encontrara aprobado.

7. Motivo de la Intervención

Indicar si la presentación responde a:

a) Ley Nº 24.354.

b) Decreto Nº 2103 de fecha 4 de diciembre de 2008.

c) Si el proyecto no se encuadrara en las normativas mencionadas en los puntos a y b, detallar la/s que corresponda/n.

8. Organismos intervinientes

Indicar en cada caso:

Organismo Proponente: es la Entidad que presenta la documentación ante la DNIP.

Presentar información de contacto con nombres, teléfonos y dirección decorreo electrónico. Será el organismo interlocutor ante la DirecciónNacional de Inversión Pública (DNIP).

Organismo Responsable de los Estudios: es la entidad que realiza ocontrata la realización de los estudios (Técnicos, Económicos,Ambientales, etc).

Ente Contratante: es el Organismo que contrata la ejecución de las obras o adquisición de los bienes.

Organismo Ejecutor de la Inversión: es la entidad que será responsable de ejecutar y/o supervisar la inversión.

Ente Responsable de la etapa de operación: es el sujeto o entidadpública o privada que se encargará de operar el servicio (vial,saneamiento, agua, cloaca, etc.).

Indicar en cada caso las normas o experiencia que fundamentan su competencia.

9. Localización

Consignar información sobre las provincias, partidos o departamentos ylocalidades de la ubicación específica de los equipamientos oconstrucciones en la que se instalará o ejecutará el proyecto.

10. Alcance geográfico

Es el área geográfica del proyecto donde se encuentra la poblaciónbeneficiaria del proyecto. Será considerado de utilidad que se acompañela documentación con mapas y planos.

11. Previsión e imputación presupuestaria de la etapa de operación

Indicar fuentes de financiamiento e imputación presupuestaria (de corresponder) de los gastos asociados a la etapa de operación.

12. Justificación

Se deben identificar los problemas que el proyecto de inversión tiendea resolver o las necesidades que tiende a satisfacer mediante lareposición/ampliación/transformación de la capacidad productiva que sepropone.

Se debe incluir la siguiente información:

a) Análisis de la situación presente y futura si el proyecto no serealizara. El horizonte temporal no podrá ser mayor que el utilizadopara la evaluación del proyecto.

b) Causas de la situación actual.

c) Grupos de personas afectadas y su localización.

d) Magnitud y calidad de la oferta actual del bien o servicio requerido.

e) Evaluación de las posibilidades de que otras instituciones tambiénconcurran a incrementar la oferta del bien o servicio requerido.

13. Beneficiarios del proyecto

En este punto se incluirán los diferentes beneficiarios directos, esdecir los destinatarios de los productos que generará el proyecto,desagregados de acuerdo a su localización. De ser posible, consignarlos Beneficiarios indirectos es decir, terceras personas que sonafectadas por el proyecto.

Se deberán incluir, como mínimo, los siguientes indicadores para los beneficiarios directos:

• cantidad de beneficiarios (“población cubierta”)

• población con necesidades a satisfacer

• índice de cobertura, expresado por la relación entre población cubierta y población con necesidades a satisfacer

Todos los anteriores, medidos para la misma localización y el mismo período de tiempo.

14. Descripción técnica del proyecto seleccionado

Se describirán las características técnicas del proyecto seleccionado,con indicación de la forma de producción de las cantidades previstas.Detallar los fundamentos de la escala de producción adoptada y de las tecnologías de construcción y operación propuestas.

15. Descripción técnica de otras opciones consideradas

Se describirán las opciones analizadas para producir las cantidades previstas como objetivos del proyecto.

Las opciones pueden diferenciarse unas de otras en aspectos importantescomo ser: localización, tecnología de construcción o de producción,etapas de construcción y operación, plazo de construcción, vida útildel proyecto, organización y gestión, origen de los principalescomponentes de inversión y/u operación (nacional o importado) a fin deidentificar el grado de abastecimiento nacional o regional.

16. Evaluación socioeconómica del proyecto

Consignar los beneficios y costos sociales atribuibles al proyecto,para lo que se deberá comparar con la situación sin proyecto (actual ysituación base mejorada, entendiendo como tal la proyección de lasituación sin proyecto, con la incorporación de obras menores y/oaplicando medidas administrativas o de gestión), incluyendo cálculo deindicadores económicos: VAN, TIR, costo eficiencia, costo efectividad,etc., en función de las características del proyecto evaluado.

La presentación incluirá:

a) Criterio de evaluación utilizado: indicar cuál/es es/son el/loscriterio/s de evaluación utilizado/s para la comparación entre lasopciones identificadas, con detalle de la metodología y fundamento parasu aplicación.

b) Horizonte temporal de análisis.

c) Tasa de descuento anual adoptada.

d) Informe síntesis del flujo de fondos para cada una de las opcionesevaluadas, tanto de beneficios como de costos, detallados por conceptoy origen de tales estimaciones y ubicados temporalmente en los años enlos que se hacen efectivos, consistente con lo elaborado en los puntosh) e i), según el siguiente esquema:

Planilla estándar de flujo de fondos de las opciones consideradas

Opción: X

Costo de inversión total (en pesos):        Costode OyM anual (enpesos):                                                      

Valor residual (en porcentaje del costo de inversión):                            

Plazo de ejecución (en meses):Horizonte de análisis (en años):Tasa de descuento anual (en %):

Período 0Período 1Período 2Período ...A. Costos Totales

Costo de inversión

Costo de operación y mantenimiento

B. Beneficios Totales

Beneficio A

Beneficio B

C. Flujo Neto (A+B)

VAN                                                                                                

                           TIR

e) En caso de existir insumos importados, indicar tipo de cambio utilizado.

f) Si existieran costos de mitigación ambiental, éstos deben estar incluidos y explicitados en el costo total del proyecto.

g) Supuestos y criterios utilizados para estimar los beneficios y costos.

h) Flujos de costos con las estimaciones de la inversión prevista,gastos de operación, mantenimiento, eventuales necesidades dereinversión durante el horizonte de análisis, desmantelamiento y valorresidual al finalizar el horizonte de evaluación. Se considerarán todosaquellos costos que tiendan a la obtención de los beneficiosconsiderados en el flujo.

i) Estimación de beneficios (ingresos sociales y/o efectivos): se debebasar en los objetivos propuestos para el proyecto, y sus indicadores.Deben definirse los supuestos o hipótesis así como la fuente de losdatos utilizados para el cálculo de los indicadores.

j) Respecto a los precios de cuenta, precios sombra o sociales, indicarel método de cálculo adoptado, citando fuentes de estimación y modo deaplicación de los mismos.

k) Consideraciones sobre la sensibilidad de los resultados a cambios enlas principales variables y los riesgos e incertidumbres implícitos enlos valores adoptados.

I) Resultados de la evaluación: presentar las conclusiones de laevaluación, con indicación de la opción elegida y el criterio deselección utilizado. Cuando la opción seleccionada no sea la de mejorindicador económico (p.e. menor costo, mayor VAN, etc.), se indicaránlas razones que fundamentan tal selección.

m) Presentar las planillas complementarias que se requieran con eldetalle de los flujos de fondos utilizados para la evaluación económica.

17. Análisis de impacto. Estructura de costos de inversión, y de operación y mantenimiento.

Presentar la información detallada de la opción elegida, referida a loscostos de inversión, operación y mantenimiento a precios de mercado conimpuestos (identificando claramente cada uno de estos conceptos).

La metodología a utilizar para la desagregación de los costos deinversión y operación es la contenida en el “Manual de construcción delas estructuras de costos típicas por obra - ECTOS”.

1. Costos de inversión: incluir todos los costos requeridos para la implantación del proyecto.

2. Costos de operación: incluir, con la discriminación apropiada, todoslos costos requeridos para que el proyecto opere normalmente,incluyendo los costos de mantenimiento y reparación de obras, equipos einstalaciones.

18. Marco legal

Reseña del marco legal del proyecto, con alcance de leyes, decretos,resoluciones, ordenanzas, concesiones, etc., generales y específicas,que rijan las actividades que serán desarrolladas como parte delproyecto en su ejecución y operación, de modo de demostrar lafactibilidad legal de la opción seleccionada.

19. Riesgos sociales e institucionales

Incluir consideraciones sobre aspectos que puedan afectar al proyectoen cualquiera de sus fases, así como las medidas de mitigación y/ocompensación a adoptar, de resultar necesario, para que el proyecto nosufra contratiempos de funcionamiento. Se incluirá un análisis acercade la disponibilidad de personal con la experiencia y calificacionesnecesarias para ejecutar y operar las inversiones.

20. Impacto Ambiental

La presentación explicitará la normativa (nacional, provincial,municipal) que regula la cuestión ambiental en la localización delproyecto así como también la autoridad de aplicación de dicha normativa.

En el caso de que el proyecto no esté alcanzado por la obligación derealizar una evaluación o estudio de impacto ambiental se consignarátal hecho mediante una nota, con carácter de declaración jurada, en lacual también se deberá incluir la información detallada  en elpárrafo anterior.

Los proyectos que se encuentren alcanzados por la obligación de contarcon una evaluación o estudio de impacto ambiental presentarán eldocumento que acredite que la autoridad de aplicación ha aprobado elproyectado por ser ambientalmente factible.

Si al momento de realizar la presentación ante la DNIP se estuvieratramitando la autorización ambiental, se adjuntará la constancia de lapresentación ante la autoridad competente del estudio o evaluación deimpacto ambiental, quedando pendiente la entrega de la autorizaciónambiental.

Si no se hubiera obtenido la autorización ambiental antes de la emisióndel dictamen, se incluirá como observación en el mismo que “previo ainiciar la ejecución de las obras debe adjuntar el documento queacredite que el proyecto es ambientalmente factible”.

En los casos que la autoridad competente en materia ambiental determineque el proyecto no es apto ambientalmente no se podrá aprobar el mismo.

Cuando un proyecto fuera aprobado con la observación “previo a iniciarla ejecución de las obras debe adjuntar el documento que acredite queel proyecto es ambientalmente factible”, y la autoridad ambientaldeterminara que el proyecto no es apto ambientalmente, el Dictamen seconsiderará anulado.

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica