Resolución General 15/2012

Resolucion 2794/12 - Vigencia

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Inspeccion General De Justicia
Resolucion 2794/12 - Vigencia

La resolucion m.j. y d.h. nº 2794/2012 entrara en vigencia a partir del dia 1° de enero de 2013.

Id norma: 206524 Tipo norma: Resolución General Numero boletin: 32549

Fecha boletin: 26/12/2012 Fecha sancion: 21/12/2012 Numero de norma 15/2012

Organismo (s)

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA

Resolución General 15/2012

Resolución M.J. y D.H. Nº 2794/2012. Vigencia.

Bs. As., 21/12/2012

VISTO el Expediente Nº S04:0058091/2012 del registro del Ministerio deJusticia y Derechos Humanos, la Resolución General I.G.J. Nº 2 del 11de marzo de 2009 y la Resolución M.J. Nº 2794 del 19 de diciembre de2012, y;

CONSIDERANDO:

Que por Resolución General I.G.J. Nº 2/2009 se aprobó la modalidad deformularios digitales para los trámites a realizar ante este organismo,a los que se tiene acceso a través del sitio web oficial de laINSPECCION GENERAL DE JUSTICIA (www.jus.gov.ar/igj).

Que por Resolución del entonces M.J.S y D.H. Nº 3/2009 se creó eldenominado “módulo IGJ” para fijar el valor de los formulariosutilizados ante la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA.

Que por Resolución M.J. y D.H. Nº 2794/2012 se sustituyó el Anexo I de la Resolución del entonces M.J.S. y D.H. Nº 3/2009.

Que conforme la Resolución M.J. y D.H. Nº 2794/2012, la misma entraráen vigencia en la fecha que determine la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA.

Que a través de la Resolución M.J. y D.H. Nº 2794/2012, se facultó alInspector General de Justicia a modificar la clasificación y modulaciónde los trámites, a fin de mejorar los estándares de atención yfuncionamiento administrativo del organismo, sin que ello impliquealteración de los valores expresados en el ANEXO I de la misma.

Que en tal sentido resulta necesario establecer que los formulariosemitidos con anterioridad a la entrada en vigencia de la ResoluciónM.J. y D.H. Nº 2794/2012 queden sin validez.

Que los importes de los formularios digitales abonados con anterioridada la entrada en vigencia de la Resolución M.J. y D.H. Nº 2794/2012serán reconocidos, por lo que corresponde establecer los recaudos paraque la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA lleve a cabo dicha labor.

Que la presente se dicta de conformidad a lo establecido en el artículo2° de la Resolución M.J. y D.H. Nº 2794/2012 y en uso de las facultadesotorgadas por los artículos 21 y 22 de la Ley Nº 22.315.

Por ello,

EL INSPECTOR GENERAL DE JUSTICIA

RESUELVE:

Artículo 1° — La Resolución M.J. y D.H. Nº 2794/2012 entrará en vigencia a partir del día 1° de enero de 2013.

Art. 2° — Los formulariosdigitales establecidos en la Resolución General I.G.J. Nº 2/2009, noabonados con anterioridad al 1° de enero de 2013, perderán su validez apartir de la vigencia de la Resolución M.J. y D.H. Nº 2794/2012.

Art. 3° — Los formulariosdigitales establecidos en la Resolución General I.G.J. Nº 02/2009abonados con anterioridad al 1° de Enero de 2013 deberán ser adecuadosa los nuevos valores. Para ello se deberán presentar ante la INSPECCIONGENERAL DE JUSTICIA, hasta el 30 de marzo de 2013 inclusive, losformularios digitales abonados con sus comprobantes de pago,conjuntamente con el formulario digital emitido con posterioridad al 1°de enero de 2013; todo ello al solo efecto de que sea reimputado elimporte abonado.Dicha presentación deberá efectuarse en las cajas de la INSPECCIONGENERAL DE JUSTICIA, sitas en la Av. Paseo Colón 285, C.A.B.A, en suhorario de atención.

Art. 4° — La presente entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación.

Art. 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Norberto C. Berner.

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