Disposición 44/2012

Regimen De Reemplazos - Modificacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Administracion Federal De Ingresos Publicos
Regimen De Reemplazos - Modificacion

Modificar el regimen de reemplazos, para el caso de ausencia o impedimento de la jefatura que mas abajo se detalla, en jurisdiccion de la direccion regional rio cuarto, el que quedara establecido de la forma que seguidamente se indica: seccion recaudacion 1) seccion verificaciones 2) seccion tramites

Id norma: 206527 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 32549

Fecha boletin: 26/12/2012 Fecha sancion: 13/12/2012 Numero de norma 44/2012

Organismo (s)

Organismo origen: Direccion Regional Rio Cuarto (Afip-Dgi) Ver Disposiciones Observaciones: -

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

DIRECCION REGIONAL RIO CUARTO

Disposición Nº 44/2012

S/Modificación de Régimen de Reemplazos de la Dirección Regional Río Cuarto.

Río Cuarto, 13/12/2012

VISTO la ACTUACION SIGEA Nº 11220-74-2012 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el VISTO el Jefe (Int.) de Agencia Sededependiente de esta Dirección Regional Río Cuarto propone modificar elrégimen de reemplazos de la Sección Recaudación para casos de ausenciaso impedimentos.

Que razones de orden administrativo y funcional indican la necesidad demodificar el régimen de reemplazos vigente y establecer uno nuevo parala unidad citada en el párrafo precedente.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Disposición Nº487/2007 (AFIP) y Disposición Nº 456/2011 (AFIP) procede disponer enconsecuencia.

Por ello,

EL DIRECTOR (INT.) DE LA DIRECCION REGIONAL RIO CUARTO DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

DISPONE:

ARTICULO 1º — Modificar el Régimen de Reemplazos, para el caso deausencia o impedimento de la jefatura que más abajo se detalla, enjurisdicción de la Dirección Regional Río Cuarto, el que quedaráestablecido de la forma que seguidamente se indica:

UNIDAD DE ESTRUCTURAREEMPLAZANTESECCION RECAUDACION1) SECCION VERIFICACIONES2) SECCION TRAMITESARTICULO 2º — Establecer la validez de la presente a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 3º — Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional delRegistro Oficial para su publicación y archívese. — Cont. Púb. SANTIAGOA. CATALDO, Director (Int.), Dirección Regional Río Cuarto.

e. 26/12/2012 N° 126850/12 v. 26/12/2012

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