Disposición 614/2012

Calendario Año 2013 - Aprobacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Turismo
Calendario Año 2013 - Aprobacion

Apruebase el calendario que regira durante el año 2013, determinando las fechas en que los agentes de percepcion del impuesto del 5 % (cinco por ciento) sobre el valor de los pasajes fluviales al exterior, deberan presentar las declaraciones juradas y depositar los montos correspondientes

Id norma: 206743 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 32552

Fecha boletin: 31/12/2012 Fecha sancion: 17/12/2012 Numero de norma 614/2012

Organismo (s)

Organismo origen: Subsecretaria De Coordinacion Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TURISMO

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

Disposición Nº 614/2012

Bs. As., 17/12/2012

VISTO el EXP. CUDAP-STN Nº 2517/2012, las normas establecidas por elart. 24 inc. b) de la Ley Nº 25.997 y el Decreto Nº 1297/2006, arts. 23y 24 del Anexo I y Resolución ST Nº 1080/06, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo estipulado en el artículo 9° del Anexo I de laResolución ST Nº 1080/06 este MINISTERIO DE TURISMO establece elcronograma anual de depósito y presentación de las DeclaracionesJuradas del impuesto del 5% (cinco por ciento) sobre el valor de lospasajes fluviales al exterior en el que se determinan las oportunidadesen que los agentes de percepción deben liquidar y efectuar el depósitode los montos correspondientes.

Que a los efectos referidos en el considerando precedente es necesario establecer el calendario que regirá durante el año 2013.

Que el artículo 8° de la Resolución ST Nº 1080/2006 de este MINISTERIODE TURISMO establece la obligación de los agentes de percepción delimpuesto de presentar Certificaciones Contables en forma cuatrimestral,por lo que se estima conveniente fijar las fechas de vencimiento decada obligación para el año 2013.

Que la COORDINACION DE FISCALIZACION IMPUESTO PASAJES AL EXTERIOR y laDIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION han tomado la intervención que lescompete.

Que el MINISTERIO DE TURISMO resulta competente para el dictado de lapresente Disposición en virtud de lo dispuesto en la Ley Nº 25.997 y enlos Decretos Nº 964/2010, Nº 821/2012 y Nº 1297/2012.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE COORDINACION

DISPONE:

ARTICULO 1° — Apruébase el Calendario que regirá durante el año 2013,determinando las fechas en que los agentes de percepción del impuestodel 5 % (cinco por ciento) sobre el valor de los pasajes fluviales alexterior, deberán presentar las Declaraciones Juradas y depositar losmontos correspondientes, de acuerdo al Anexo I que forma parte de lapresente.

ARTICULO 2° — Apruébase el Calendario que regirá durante el año 2013 alos fines de la presentación de las Certificaciones Contablescuatrimestrales, en el que se han determinado las fechas delvencimiento de cada obligación, de acuerdo al Anexo I que forma partede la presente.

ARTICULO 3° — Regístrese; comuníquese; publíquese, dése a la DIRECCIONNACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — A.G. Dr. ALEJANDRO GSCHIAVI, Subsecretario de Coordinación, Ministerio de Turismo.

ANEXO I

CALENDARIO 2013 DE DEPOSITO DEL IMPUESTO SOBRE EL

AÑO 2013PERIODO A LIQUIDARFECHA DE DEPOSITOCERTIFICACION CONTABLEDESDEHASTAENERO01/01/201331/01/201318/02/2013FEBRERO01/02/201328/02/201314/03/2013MARZO01/03/201331/03/201316/04/2013ABRIL01/04/201330/04/201315/05/201329/07/2013MAYO01/05/201331/05/201314/06/2013JUNIO01/06/201330/06/201315/07/2013JULIO01/07/201331/07/201314/08/2013AGOSTO01/08/201331/08/201313/09/201326/11/2013SEPTIEMBRE01/09/201330/09/201315/10/2013OCTUBRE01/10/201331/10/201314/11/2013NOVIEMBRE01/11/201330/11/201313/12/2013DICIEMBRE01/12/201331/12/201315/01/201431/03/2014e. 31/12/2012 N° 129574/12 v. 31/12/2012

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