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Disposición 247/2013
Sistema Nacional De Trazabilidad De Medicamentos - Incorporacion
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Ministerio De Salud
Sistema Nacional De Trazabilidad De Medicamentos - Incorporacion
Incorporanse al sistema nacional de trazabilidad de medicamentos implementado por la resolucion (ministerio de salud) nº 435/2011, a partir del dia 15 de junio de 2013, todas aquellas especialidades medicinales, ya registradas o que en el futuro se registren, que contengan en su composicion los ingredientes farmaceuticos activos (ifa’s).
Id norma: 207441 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 32563
Fecha boletin: 16/01/2013 Fecha sancion: 15/01/2013 Numero de norma 247/2013
Organismo (s)
Organismo origen: Adm.Nac.De Medicamentos, Alimentos Y Tec. Medica Ver Disposiciones Observaciones: -
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Actualizado 02 de Marzo de 2017
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS
ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA
Disposición Nº 247/2013
Bs. As., 15/1/2013
VISTO la Ley Nº 16.463, los Decretos Nº 150/92 y sus modificatorios ycomplementarios, Nº 1490/92 y Nº 1299/97, las Resoluciones (ex MSyAS)Nº 538/98 y (M.S.) Nº 435/2011, y las Disposiciones ANMAT Nº 7439/99,Nº 3475/05, Nº 3683/11 y Nº 1831/2012; y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 435/2011 el Ministerio de Salud de la Naciónha establecido el Sistema Nacional de Trazabilidad de Medicamentos.
Que el Sistema de Trazabilidad establecido en dicha norma consiste enla identificación individual y unívoca de cada una de lasespecialidades medicinales a ser comercializadas y el registro porparte de todos los eslabones de la cadena de suministro, conociendotodos los movimientos logísticos asociados a cada una de las unidades.
Que de conformidad con el artículo 1° de la Resolución (MS) Nº 435/11,“...las personas físicas o jurídicas que intervengan en la cadena decomercialización, distribución y dispensación de especialidadesmedicinales, incluidas en el Registro de Especialidades Medicinales(REM) de la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS YTECNOLOGIA MEDICA (ANMAT) deberán implementar un sistema detrazabilidad que permita asegurar el control y seguimiento de lasmismas, desde la producción o importación del producto hasta suadquisición por parte del usuario o paciente, y que además permitabrindar toda otra información suministrada en la actualidad por elsistema de troquel para que en forma inmediata asegure su reemplazo”.
Que de conformidad con la Resolución (MS) Nº 435/2011, correspondeconsiderar un esquema gradual de implementación de la trazabilidad delas especialidades medicinales, teniendo en cuenta la disponibilidad demedios y sistemas tecnológicos, manteniendo las condiciones deaccesibilidad de las mismas para la población.
Que de conformidad con el artículo 3° de la Resolución (MS) Nº 435/11,la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIAMEDICA (ANMAT) es autoridad de aplicación de la misma, con facultadespara dictar las normas modificatorias, aclaratorias e interpretativasque estime oportunas para el mejor desenvolvimiento del aludido sistema.
Que asimismo corresponde a la ANMAT definir, entre otros aspectos, uncronograma de aplicación gradual del aludido sistema, en función delgrado de criticidad y distintas categorías de medicamentos, procurandoque las medidas a implementar no perjudiquen el acceso a los mismos porparte de la población.
Que por la Disposición Nº 3683/2011, esta Administración reguló laprimera etapa de implementación del Sistema Nacional de Trazabilidad,estableciendo los lineamientos técnicos generales del Sistema y su Basede datos, las características y modalidades del código unívoco y elprimer grupo de productos alcanzado.
Que asimismo, por la Disposición Nº 1831/2012 se avanzó en laimplementación del Sistema Nacional de Trazabilidad, ampliando elespectro de productos alcanzados.
Que la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadiccióny la Lucha contra el Narcotráfico (SEDRONAR) se encuentra abocada aldiseño de estrategias y acciones que ayuden a contrarrestar el usoproblemático de sustancias psicotrópicas con alcohol, fundamentalmenteen la población juvenil.
Que en este contexto, ha expresado que la incorporación de determinadassustancias controladas al Sistema Nacional de Trazabilidad permitiríamitigar la problemática referida, por lo que sería de mucha importanciapara dicha Secretaría.
Que habiéndose cumplido ya una primera etapa de implementación delSistema Nacional de Trazabilidad con resultados más que favorables,resulta imprescindible continuar con el proceso gradual deimplementación de la trazabilidad, alcanzando a más especialidadesmedicinales, de acuerdo con el criterio establecido en el artículo 3°de la Resolución (MS) Nº 435/2011.
Que el Programa Nacional de Control de Mercado de Medicamentos yProductos Médicos y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado laintervención de su competencia.
Que se actúa en uso de las facultades acordadas por los Decretos Nros.1490/92 y 425/10, y por el artículo 3° de la Resolución (MS) Nº435/2011.
Por ello,
EL INTERVENTOR DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA
DISPONE:
ARTICULO 1° — Incorpóranse al Sistema Nacional de Trazabilidad deMedicamentos implementado por la Resolución (Ministerio de Salud) Nº435/2011, a partir del día 15 de junio de 2013, todas aquellasespecialidades medicinales, ya registradas o que en el futuro seregistren, que contengan en su composición los ingredientesfarmacéuticos activos (IFA’s) incluidos en el ANEXO I que forma parteintegrante de la presente, sea como monodroga o en asociación concualquier otro u otros IFA’s, en todas sus formas farmacéuticas.
ARTICULO 2° — De conformidad con lo dispuesto en el artículo anterior,establécese que los distintos eslabones involucrados en la cadena dedistribución y dispensa de tales especialidades medicinales deberáncumplir en un todo con los requerimientos y exigencias técnicasprevistos en las Disposiciones (ANMAT) Nº 3683/11 y Nº 1831/12.
ARTICULO 3° — Invítase a los Gobiernos de las Provincias en el marco delas Actas Acuerdo oportunamente celebradas con esta Administración, aadherir a la presente disposición para su aplicación a la distribucióny dispensación de medicamentos que se efectúen en jurisdicción de susrespectivos territorios.
ARTICULO 4° — La presente Disposición entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 5° — Regístrese; comuníquese a los Ministerios de SaludProvinciales, a las Cámaras y Entidades profesionales correspondientes.Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación.Cumplido, archívese PERMANENTE. — Dr. CARLOS A. CHIALE, Interventor,A.N.M.A.T.
ANEXO I
IFAAlprazolamButamiratoBromazepamClonazepamDiazepamDihidrocodeinonaFlunitrazepamLorazepamPrometazinaTramadolTrihexifenidiloe. 16/01/2013 N° 2830/13 v. 16/01/2013
Texto Actualizado
Actualizado 02 de Marzo de 2017
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS
ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA
Disposición Nº 247/2013
Bs. As., 15/1/2013
VISTO la Ley Nº 16.463, los Decretos Nº 150/92 y sus modificatorios ycomplementarios, Nº 1490/92 y Nº 1299/97, las Resoluciones (ex MSyAS)Nº 538/98 y (M.S.) Nº 435/2011, y las Disposiciones ANMAT Nº 7439/99,Nº 3475/05, Nº 3683/11 y Nº 1831/2012; y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 435/2011 el Ministerio de Salud de la Naciónha establecido el Sistema Nacional de Trazabilidad de Medicamentos.
Que el Sistema de Trazabilidad establecido en dicha norma consiste enla identificación individual y unívoca de cada una de lasespecialidades medicinales a ser comercializadas y el registro porparte de todos los eslabones de la cadena de suministro, conociendotodos los movimientos logísticos asociados a cada una de las unidades.
Que de conformidad con el artículo 1° de la Resolución (MS) Nº 435/11,“...las personas físicas o jurídicas que intervengan en la cadena decomercialización, distribución y dispensación de especialidadesmedicinales, incluidas en el Registro de Especialidades Medicinales(REM) de la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS YTECNOLOGIA MEDICA (ANMAT) deberán implementar un sistema detrazabilidad que permita asegurar el control y seguimiento de lasmismas, desde la producción o importación del producto hasta suadquisición por parte del usuario o paciente, y que además permitabrindar toda otra información suministrada en la actualidad por elsistema de troquel para que en forma inmediata asegure su reemplazo”.
Que de conformidad con la Resolución (MS) Nº 435/2011, correspondeconsiderar un esquema gradual de implementación de la trazabilidad delas especialidades medicinales, teniendo en cuenta la disponibilidad demedios y sistemas tecnológicos, manteniendo las condiciones deaccesibilidad de las mismas para la población.
Que de conformidad con el artículo 3° de la Resolución (MS) Nº 435/11,la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIAMEDICA (ANMAT) es autoridad de aplicación de la misma, con facultadespara dictar las normas modificatorias, aclaratorias e interpretativasque estime oportunas para el mejor desenvolvimiento del aludido sistema.
Que asimismo corresponde a la ANMAT definir, entre otros aspectos, uncronograma de aplicación gradual del aludido sistema, en función delgrado de criticidad y distintas categorías de medicamentos, procurandoque las medidas a implementar no perjudiquen el acceso a los mismos porparte de la población.
Que por la Disposición Nº 3683/2011, esta Administración reguló laprimera etapa de implementación del Sistema Nacional de Trazabilidad,estableciendo los lineamientos técnicos generales del Sistema y su Basede datos, las características y modalidades del código unívoco y elprimer grupo de productos alcanzado.
Que asimismo, por la Disposición Nº 1831/2012 se avanzó en laimplementación del Sistema Nacional de Trazabilidad, ampliando elespectro de productos alcanzados.
Que la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadiccióny la Lucha contra el Narcotráfico (SEDRONAR) se encuentra abocada aldiseño de estrategias y acciones que ayuden a contrarrestar el usoproblemático de sustancias psicotrópicas con alcohol, fundamentalmenteen la población juvenil.
Que en este contexto, ha expresado que la incorporación de determinadassustancias controladas al Sistema Nacional de Trazabilidad permitiríamitigar la problemática referida, por lo que sería de mucha importanciapara dicha Secretaría.
Que habiéndose cumplido ya una primera etapa de implementación delSistema Nacional de Trazabilidad con resultados más que favorables,resulta imprescindible continuar con el proceso gradual deimplementación de la trazabilidad, alcanzando a más especialidadesmedicinales, de acuerdo con el criterio establecido en el artículo 3°de la Resolución (MS) Nº 435/2011.
Que el Programa Nacional de Control de Mercado de Medicamentos yProductos Médicos y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado laintervención de su competencia.
Que se actúa en uso de las facultades acordadas por los Decretos Nros.1490/92 y 425/10, y por el artículo 3° de la Resolución (MS) Nº435/2011.
Por ello,
EL INTERVENTOR DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA
DISPONE:
ARTICULO 1° — Incorpóranse al Sistema Nacional de Trazabilidad deMedicamentos implementado por la Resolución (Ministerio de Salud) Nº435/2011, a partir del día 15 de junio de 2013, todas aquellasespecialidades medicinales, ya registradas o que en el futuro seregistren, que contengan en su composición los ingredientesfarmacéuticos activos (IFA’s) incluidos en el ANEXO I que forma parteintegrante de la presente, sea como monodroga o en asociación concualquier otro u otros IFA’s, en todas sus formas farmacéuticas.
ARTICULO 2° — De conformidad con lo dispuesto en el artículo anterior,establécese que los distintos eslabones involucrados en la cadena dedistribución y dispensa de tales especialidades medicinales deberáncumplir en un todo con los requerimientos y exigencias técnicasprevistos en las Disposiciones (ANMAT) Nº 3683/11 y Nº 1831/12.
ARTICULO 3° — Invítase a los Gobiernos de las Provincias en el marco delas Actas Acuerdo oportunamente celebradas con esta Administración, aadherir a la presente disposición para su aplicación a la distribucióny dispensación de medicamentos que se efectúen en jurisdicción de susrespectivos territorios.
ARTICULO 4° — La presente Disposición entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 5° — Regístrese; comuníquese a los Ministerios de SaludProvinciales, a las Cámaras y Entidades profesionales correspondientes.Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación.Cumplido, archívese PERMANENTE. — Dr. CARLOS A. CHIALE, Interventor,A.N.M.A.T.
ANEXO I
(Anexo sustituido por art. 11 de la Disposición N° 10564/2016 de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica B.O. 23/9/2016. Vigencia: a partir deldía siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.)
(Consolidado de especialidades medicinales que se deben continuar trazando)
IFAFORMA FARMACÉUTICA
1 AbacavirTodas
2 AbataceptTodas
3 AbciximabTodas
4 Abiraterona acetatoTodas
5 Abobotulinumtoxina o toxina botulínicaTodas
6 Acetato de Zinc Sólo formas farmacéuticas sólidas
7 AdalimumabTodas
8 Adefovir dipivoxilTodas
9 AfatinibTodas
10 AfliberceptTodas
11 Agalsidasa alfaTodas
12 Agalsidasa betaTodas
13 Albúmina humanaTodas
14 AlemtuzumabTodas
15 Alfa 1-antitripsinaTodas
16 AlfuzosinaTodas
17 Alglucosidasa alfaTodas
18 AliskirenTodas
19 AlitretinoínaTodas
20 AlprostadilTodas
21 AmbrisentanTodas
22 AnagrelidaTodas
23 Anfotericina B liposomalTodas
24 AniracetamTodas
25 Anti inhibidor factor VIII y IXTodas
26 Antitrombina IIITodas
27 ApixabanTodas
28 Arsénico trióxidoTodas
29 AsparaginasaTodas, no en asociación
30 Asparaginasa pegiladaTodas
31 AtazanavirTodas
32 AtomoxetinaTodas
33 AxitinibTodas
34 AzacitidinaTodas
35 BasiliximabTodas
36 Bcg intravesicalTodas
37 BelataceptTodas
38 BelimumabTodas
39 BemiparinaTodas
40 BendamustinaTodas
41 BenznidazolTodas
42 BevacizumabTodas
43 BexarotenoTodas
44 BicalutamidaTodas
45 BivalirudinaTodas
46 BoceprevirTodas
47 BortezomibTodas
48 BosentanTodas
49 BuserelinaTodas
50 BusulfanoSólo formas farmacéuticas inyectables
51 CabazitaxelTodas
52 CalcitoninaTodas
53 CanakinumabTodas
54 CapecitabinaTodas
55 CarboplatinoTodas
56 CarfilzomibTodas
57 CasponfunginaTodas
58 Ceftarolina fosamilTodas
59 Certolizumab pegolTodas
60 CetrorelixTodas
61 CetuximabTodas
62 CiclosporinaTodas
63 CladribinaTodas
64 ClofarabinaTodas
65 Colistimetato sódicoTodas, a excepción de gotas oftálmicas
66 Corifolitropina alfaTodas
67 Coriogonadotrofina alfaTodas
68 CrizotinibTodas
69 DaclizumabTodas
70 DalteparinaTodas
71 DaptomicinaTodas
72 DarunavirTodas
73 DasatinibTodas
74 DecitabineTodas
75 DeferasiroxTodas
76 DeferipronaTodas
77 DegarelixTodas
78 DenosumabTodas
79 DesfluranoTodas
80 DexmedetomidinaTodas
81 DextrometorfanoSólo asociado a Quinidina
82 DiazóxidoTodas
83 DidanosinaTodas
84 DocetaxelTodas
85 DoripenemTodas
86 DoxercalciferolTodas
87 DoxorrubicinaTodas
88 Doxorrubicina liposomalTodas
89 Drotrecogin alfaTodas
90 EculizumabTodas
91 EfalizumabTodas
92 EfavirenzTodas
93 EltrombopagTodas
94 EnfuvirtidaTodas
95 EnoxaparinaTodas
96 EntecavirTodas
97 EnzalutamidaTodas
98 EpirrubicinaTodas
99 ErlotinibTodas
100 EstramustinaTodas
101 EstreptoquinasaTodas
102 EtanerceptTodas
103 EtravirinaTodas
104 EverolimusTodas
105 ExemestanoTodas
106 ExenatidaTodas
107 Factor IXTodas
108 Factor IX recombinanteTodas
109 Factor VIITodas
110 Factor VII eptacog alfaTodas
111 Factor VIIITodas
112 Factor VIII de alta purezaTodas
113 Factor VIII monoclonalTodas
114 Factor VIII octocog alfaTodas
115 Factor VIII recombinanteTodas
116 Factor XIIITodas
117 FampridinaTodas
118 Fce-hr (factor de crecimiento humano recombinante)Todas
119 FingolimodTodas
120 FludarabinaTodas
121 Fondaparinux sódicoTodas
122 FosamprenavirTodas
123 FotemustineTodas
124 FuIvestrantTodas
125 GalsulfasaTodas
126 GefitinibTodas
127 GemcitabinaTodas
128 GemtuzumabTodas
129 Glatiramer (copolímero-1)Todas
130 GolimumabTodas
131 GoserelínTodas
132 HidrocodonaEn asociación con Clorfeniramina
133 Hidrogel sintéticoTodas
134 HistrelinaTodas
135 Hormona Folículoestimulante (FSH)Todas
136 IdursulfasaTodas
137 IloprostTodas
138 lmatinibTodas
139 ImfliximabTodas
140 ImiglucerasaTodas
141 IndacaterolTodas
142 IndinavirTodas
143 Inhibidor de C1 esterasa humanaTodas
144 InmunocianinaTodas
145 Inmunoglobulina anticitomegalovirusTodas
146 Inmunoglobulina antiendotoxinaTodas
147 Inmunoglobulina antihepatitis BTodas
148 Inmunoglobulina antilinfocitto t humanoTodas
149 Inmunoglobulina antirrábicaTodas
150 Inmunoglobulina antivaricela zosterTodas
151 inmunoglobulina GTodas
152 Inmunoglobulina humanaTodas, no en asociación
153 Insulina aspárticaTodas
154 Insulina aspártica bifásicaTodas
155 Insulina bovinaTodas
156 Insulina degludecTodas
157 Insulina detemirTodas
158 Insulina glarginaTodas
159 Insulina glulisinaTodas
160 Insulina humanaTodas
161 Insulina humana bifásicaTodas
162 Insulina lisproTodas
163 Insulina porcinaTodas
164 Interferón alfaTodas
165 Interferón alfa 2 ATodas
166 Interferón alfa 2 A pegiladoTodas
167 Interferón alfa 2 B pegiladoTodas
168 Interferón alfa 2 B recombinanteTodas
169 Interferón betaTodas
170 Interferón beta 1 ATodas
171 Interferón beta 1 BTodas
172 IpilimumabTodas
173 IrinotecanTodas
174 IxabepilonaTodas
175 KetaminaTodas
176 LacosamidaTodas
177 LamivudinaTodas
178 LanreotidaTodas
179 LapatinibTodas
180 LaronidasaTodas
181 LenalidomidaTodas
182 LetrozolTodas
183 Leuprolide acetatoTodas
184 LevetiracetamTodas
185 Levonorgestrel endoceptivoInserto intrauterino
186 LevosimendanTodas
187 LinagliptinaTodas
188 LinezolidTodas
189 LiraglutidaTodas
190 LomifilinaTodas
191 LoprazolamTodas
192 Lutropina alfaTodas
193 MaravirocTodas
194 MelfalanoTodas
195 MetadonaTodas
196 Metil 5-aminolevulinatoTodas
197 MetoxipolietilenglicolTodas
198 Micafungina sódicaTodas
199 Micofenolato sódicoTodas
200 Micofenólico ácidoTodas
201 MiglustatTodas
202 MipomersenTodas
203 MisoprostolTodas
204 MitomicinaTodas
205 NadroparinaTodas
206 NatalizumabTodas
207 NelfinavirTodas
208 NevirapinaTodas
209 NilotinibTodas
210 NimotuzumabTodas
211 OctreotidaTodas
212 OfatumumabTodas
213 OmalizumabTodas
214 Onabotulinum toxinaTodas
215 OxaliplatinoTodas
216 OxicodonaTodas
217 PaclitaxelTodas
218 PalivizumabTodas
219 PanitumumabTodas
220 ParicalcitolTodas
221 PasireotideTodas
222 PazopanibTodas
223 PegvisomantTodas
224 PemetrexedTodas
225 PertuzumabTodas
226 PiracetamTodas
227 PirfenidonaTodas
228 PlerixaforTodas
229 PosaconazolTodas
230 PralidoximaTodas
231 PropofolTodas
232 RacotumomabTodas
233 RaltegravirTodas
234 RanibizumabTodas
235 RatitrexidaTodas
236 RegorafenibTodas
237 ReviparinaTodas
238 RibavirinaTodas
239 RiluzolTodas
240 RitonavirTodas
241 RituximabTodas
242 RivaroxabánTodas
243 RivastigminaTodas
244 RoflumilastTodas
245 RopinirolTodas
246 RufinamidaTodas
247 RuxolitinibTodas
248 SapropterinaTodas
249 SaquinavirTodas
250 SevelamerTodas
251 SirolimusTodas
252 SomatotropinaTodas
253 SorafenibTodas
254 StavudinaTodas
255 Suero antitimocíticoTodas
256 SunitinibTodas
257 Surfactante pulmonarTodas
258 TacrolimusTodas
259 Tafamidis megluminaTodas
260 TegafurTodas
261 TelaprevirTodas
262 TelbivudinaTodas
263 TemozolomidaTodas
264 TemsirolimusTodas
265 TenofovirTodas
266 Tenofovir disopropil fumaratoTodas
267 TeriflunomidaTodas
268 TeriparatidaTodas
269 TerlipresinaTodas
270 TetrabenazinaTodas
271 TicagrelorTodas
272 TigeciclinaTodas
273 TimoglobulinaTodas
274 TinzaparinaTodas
275 TipranavirTodas
276 Tirotropina alfaTodas
277 TobramicinaSolución inhalatoria
278 TocilizumabTodas
279 TofacitinibTodas
280 TopotecánTodas
281 TrabectedinaTodas
282 TrastuzumabTodas
283 Trastuzumab emtasineTodas
284 Treprostinil Todas
285 TriptorelinaTodas
286 TrombinaTodas
287 UstekinumabTodas
288 ValgaciclovirTodas
289 VandetanibTodas
290 Velaglucerasa alfaTodas
291 VemurafenibTodas
292 VerteprofinTodas
293 VildagliptinaTodas
294 VinfluninaTodas
295 VinorelbinaTodas
296 VoriconazolTodas
297 ZidovudinaTodas
298 Zoledrónico ácidoTodas
e. 16/01/2013 N° 2830/13 v. 16/01/2013
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